Recomiendo:
0

Estados Unidos es el país que tiene menos moral para juzgar la situación de los derechos humanos en cualquier parte del mundo, en particular en el caso de Cuba

Cuba y los derechos humanos

Fuentes: Revista Tricontinental

La esencia de la política de Cuba en materia de derechos humanos se fundamenta en el consenso alcanzado en la Declaración y Programa de Acción de Viena, resultado de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos que tuvo lugar en 1993. La posición de Cuba en el tema tiene como eje central el reconocimiento del carácter […]

La esencia de la política de Cuba en materia de derechos humanos se fundamenta en el consenso alcanzado en la Declaración y Programa de Acción de Viena, resultado de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos que tuvo lugar en 1993.

La posición de Cuba en el tema tiene como eje central el reconocimiento del carácter universal, indivisible, interdependiente e interrelacionado de todos los derechos humanos. Sobre esta base, Cuba concede particular importancia al hecho de que los derechos humanos deben ser tratados en forma global, de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso, tanto a los derechos civiles y políticos como a los económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo.

Al propio tiempo, Cuba entiende la universalidad en la diversidad, que presupone la no existencia de un modelo único en lo político, económico, social y cultural, y el respeto a las particularidades nacionales y regionales, así como a los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos.

A su vez, Cuba promueve y defiende los principios de objetividad, imparcialidad y no selectividad en el tratamiento de las cuestiones relativas a los derechos humanos, y su no utilización con fines de dominación política. En este sentido, Cuba rechaza la tendencia creciente de los países del Norte que pretenden erigirse en jueces y censores de todo cuanto acontece en los países del Sur, al tiempo que tratan de ocultar las numerosas violaciones de derechos humanos que tienen lugar en sus propios territorios y aquellas otras derivadas del injusto orden internacional del que se benefician .

Cuba reafirma la necesidad de la promoción de una genuina cooperación internacional, basada en el diálogo y la transparencia, como la forma verdaderamente eficaz de promover y proteger los derechos humanos en todo el mundo. Mediante presiones y condicionamientos resulta imposible lograr dicho objetivo.

El país tiene un compromiso firme y permanente con la promoción y protección de los derechos humanos. No sólo ha firmado y ratificado numerosos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, sino que mantiene un elevado nivel de cooperación con los mecanismos internacionales de derechos humanos de aplicación universal y establecidos sobre bases no discriminatorias.

Asimismo, Cuba mantiene un elevado perfil en el tema, participando activa y coherentemente en los diversos foros de debate y cooperación internacional en materia de derechos humanos y, contribuyendo con sus posiciones e iniciativas, al desarrollo progresivo del sistema internacional de promoción y protección de todos los derechos humanos para todos.

En el año 2000, en el marco de la Comisión de Derechos Humanos, Cuba presentó 6 proyectos de resolución, que fueron adoptados por una amplia mayoría:

1- «Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación.»

2- «Derecho a la Alimentación»

3- «Consecuencias de las políticas de Ajuste Estructural y de la Deuda Externa para el goce efectivo de los derechos humanos y especialmente de los derechos económicos, sociales y culturales.»

4- «Composición del Personal de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos».

5- «Promoción del Derecho a un Orden Internacional Democrático y Equitativo».

6- «Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales».

Asimismo, en el marco del 55 período de sesiones de la Asamblea General, fueron aprobados 5 proyectos de resolución presentados por Cuba:

1- «Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación».

2- «Respeto del derecho a la libertad universal de viajar e importancia vital de la reunificación de las familias».

3- «Fortalecimiento de las actividades de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento de la cooperación internacional e importancia de la no selectividad, imparcialidad y objetividad».

4- «Promoción de un Orden Internacional Democrático y Equitativo».

5- «Respeto de los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas para lograr la cooperación internacional en la promoción y el aliento del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y en la solución de los problemas internacionales de carácter humanitario».

Derechos Humanos y Doble Moral

El ejercicio anticubano en materia de derechos humanos, que tiene lugar en el marco de la Comisión de Derechos Humanos [de Ginebra], es uno de los ejemplos más evidentes de manipulación política de la cooperación internacional en esta materia, así como de la selectividad, el carácter discriminatorio, los dobles raseros y la doble moral que caracterizan los trabajos de este órgano.

La mayoría de la comunidad internacional, en particular los países en desarrollo, se han negado a acompañar los sucesivos proyectos de resolución contra Cuba, presentados en la Comisión de Derechos Humanos a lo largo de todo el decenio de los 90, cuya motivación real ha sido la necesidad del Gobierno de Estados Unidos de desacreditar la Revolución social emprendida por el pueblo cubano, para tratar así de justificar la política de guerra sucia y bloqueo genocida que le ha impuesto durante cuarenta años.

La hostilidad histórica de Estados Unidos contra la nación cubana, ha incluido intervenciones militares directas, la organización de invasiones mercenarias, la aplicación de un genocida bloqueo económico, comercial y financiero a la Isla, la introducción de gérmenes para propagar enfermedades entre la población civil y plagas a los cultivos, el aliento a la emigración ilegal mediante la aplicación de la llamada Ley de Ajuste Cubano, la organización y financiación de acciones subversivas dirigidas contra el orden público y la seguridad nacional cubana, e incluso, intentos de asesinato contra sus principales dirigentes.

Sin embargo, a pesar del creciente rechazo de los miembros de la CDH a los sucesivos proyectos de resolución presentados por los Estados Unidos contra Cuba, oposición que tuvo su punto culminante en la derrota inobjetable de tal ejercicio en el año 1998, el Gobierno de ese país no ha renunciado al objetivo de utilizar la Comisión en función de sus intereses hegemónicos y de dominación del pueblo cubano, incluso mediante el reclutamiento de ciertos países de Europa Oriental que dócilmente se han prestado a cumplir este servicio.

En este sentido, es de público conocimiento que los proyectos de resolución que la República Checa y Polonia han presentado «por encargo» contra Cuba, fueron elaborados en Washington. Por sólo citar un simple ejemplo, en su intervención ante la 56 Comisión de Derechos Humanos, la Secretaria de Estado norteamericana, Madelaine Albright, llamó públicamente y sin ningún reparo a los miembros de la Comisión a apoyar el proyecto de resolución que presentaría la República Checa sobre la situación de los derechos humanos en Cuba, en un momento en el que todavía los checos ni siquiera habían comenzado a circular el proyecto.

Mediante fuertes presiones y chantajes políticos y económicos, Estados Unidos logró hacer adoptar sendos proyectos de resolución contra Cuba en el marco de las 55 y 56 CDH (1999 y 2000), en votaciones que polarizaron al órgano, al decidirse por la diferencia de uno y tres votos, respectivamente. En la 56 CDH, la votación del proyecto anticubano fue de 21 votos a favor y 18 en contra, con 14 abstenciones.

Los resultados de estas votaciones son una evidente muestra del rechazo de los miembros de la Comisión a esta maniobra contra Cuba, pues la gran mayoría se negó a apoyar la resolución, a pesar de las brutales presiones ejercidas a todos los niveles por el Gobierno de los Estados Unidos.

En consecuencia, la comunidad internacional no puede admitir la continuación de una iniciativa fundada en intereses de dominación y en el total desprecio a los principios de universalidad, objetividad, imparcialidad y no selectividad que deben caracterizar la cooperación internacional en materia de derechos humanos.

Por su parte, Cuba ha continuado avanzando su cooperación tradicional con los mecanismos internacionales establecidos sobre bases no discriminatorias y ha mantenido el curso de su cooperación bilateral en el tema con aquellos países que enfrentan el diálogo con respeto y seriedad.

Durante 1999 visitaron Cuba dos relatores temáticos de la CDH, en cumplimiento de sendas invitaciones extendidas por el Gobierno cubano.

Cuba ha respondido todas las solicitudes de información acerca de supuestos casos de violaciones a los derechos humanos que les han sido enviadas a través de los distintos procedimientos y mecanismos de la CDH y la Resolución 1503 del ECOSOC.

Cuba ha cumplido, como pocos países en todo el mundo, sus compromisos de presentación de informes periódicos a los órganos establecidos en virtud de instrumentos internacionales contractuales de derechos humanos. En junio del 2000, Cuba presentó su Cuarto Informe periódico ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Estados Unidos es el país que tiene menos moral para juzgar la situación de los derechos humanos en cualquier parte del mundo, en particular en el caso de Cuba.

Dicho Gobierno ha sido el responsable de la muerte de 3478 y la discapacidad física y sicológica permanente de 2099 ciudadanos cubanos, como fuera probado ante un tribunal competente por 8 organizaciones sociales y estudiantiles cubanas.

Ese Gobierno ha mantenido por más de 4 décadas un bloqueo económico, comercial y financiero genocida contra el pueblo cubano, que ha sido condenado por la abrumadora mayoría de los miembros de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Los daños económicos del bloqueo que aplica unilateralmente Estados Unidos contra Cuba, se estiman, de modo preliminar, en más de 65 mil millones de dólares.

Estados Unidos continúa la promoción, organización, apoyo material y financiamiento público y encubierto, de individuos y grupos que desde Cuba o el exterior, bajo el manto de supuestos «defensores de los derechos humanos», realizan actividades dirigidas a socavar el orden constitucional que decidiera darse la mayoría abrumadora del pueblo cubano.

El vergonzoso y doloroso caso de secuestro del niño cubano Elián González, quien permaneció públicamente secuestrado en el territorio de los Estados Unidos por el espacio de 7 meses, puso al descubierto que en el cumplimiento de sus mezquinos intereses de dominación del pueblo cubano, ciertos sectores políticos norteamericanos y la mafia anticubana radicada en Miami, lidereada por la terrorista Fundación Nacional Cubano-Americana, pueden acudir a las más infames y repugnantes prácticas de violaciones a los derechos humanos.

Cuba, sin embargo, continúa resistiendo y avanzando en su proceso de transformaciones revolucionarias y socialistas, inspiradas en los principios de justicia social, participación popular y distribución equitativa de la riqueza social.

El país ha sostenido la recuperación y el crecimiento económico, manteniendo al mismo tiempo una atención prioritaria a las necesidades sociales básicas. En el presupuesto nacional del año 2000, los gastos de educación, salud y seguridad social constituyen el 39 % de las asignaciones para gastos.

Un nuevo ejemplo ilustrativo del apoyo y participación popular en el sistema político cubano, lo constituyó el exitoso desarrollo del proceso de elecciones de las autoridades del poder local, que tuvieron lugar en el primer semestre del año 2000, y que contaron con la participación del 98.06% de los electores, a pesar de que en Cuba el voto no es obligatorio. De las boletas depositadas, sólo el 2.82% fueron dejadas en blanco y el 3.05% quedaron anuladas.

En Cuba, cualquier ciudadano puede ser postulado como candidato en estas elecciones, por los residentes del área electoral correspondiente. Las autoridades elegidas, se mantendrán bajo el permanente control de sus electores, tanto mediante el proceso periódico de rendición de cuentas, como mediante el disfrute legal del derecho de los electores de revocar a sus representantes en cualquier momento, en caso de incumplimiento del mandato que les fuera conferido.

El pueblo cubano sigue dando innumerables muestras de su vocación solidaria. La Escuela Latinoamericana de Ciencias Médicas se mantiene preparando cientos de médicos con alumnos provenientes de prácticamente todos los países latinoamericanos. Cuba continúa extendiendo su cooperación médica internacional, incluido el llamado Programa Integral de Salud, dirigido a contribuir al desarrollo de los servicios de salud para numerosos pueblos de África y América Latina y el Caribe.

El bienestar y pleno desarrollo de cada ser humano, constituye la primera prioridad de las políticas y programas del Gobierno, lo cual incluye el estímulo de la práctica masiva del deporte y la educación física. Cuba alcanzó el noveno lugar por países en la Olimpíada recién concluida en Sydney.

Cuba está orgullosa de su historia en materia de derechos humanos, de los elevados valores de su pueblo, de su sólida unidad, de su capacidad de resistencia, de su consagración al trabajo, de su espíritu solidario, de su decisión definitiva de defender la Revolución y el Socialismo que le dio independencia, justicia social y dignidad nacional a pesar de la guerra sucia de Estados Unidos contra el país.

Resoluciones presentadas por Cuba en el marco del 55 Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas:

– «Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación».

Esta Resolución retoma esencialmente lo dispuesto en la resolución que con el mismo título se presenta en la Comisión de Derechos Humanos, en el sentido de los peligros que entrañan las actividades mercenarias y la necesidad de que se adopten medidas para enfrentar e impedir tales actividades.

Por otra parte, se recomienda a la CDH la extensión por un período de 3 años, del mandato del Relator designado para ese tema.

– «Respeto del derecho a la libertad universal de viajar e importancia vital de la reunificación de las familias».

Esta resolución refrenda el derecho universalmente reconocido de toda persona a viajar, así como reconoce la importancia vital de la reunificación de las familias. Adicionalmente, exhorta a todos los Estados a que permitan, de conformidad con la legislación internacional, el movimiento sin restricciones de las remesas financieras que los ciudadanos de otros países que residen en su territorio envíen a sus familias en el país de origen, las cuales constituyen fuente de ingreso vital para numerosas personas en países en desarrollo.

– «Fortalecimiento de las actividades de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento de la cooperación internacional e importancia de la no selectividad, imparcialidad y objetividad»:

Esta resolución enfatiza la importancia de los propósitos de las Naciones Unidas, del principio de libre determinación de los pueblos, así como de la cooperación internacional en materia de derechos humanos como vía para aportar una contribución eficaz y práctica a la tarea urgente de evitar las violaciones masivas y manifiestas de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y reforzar la paz y la seguridad internacionales.

Igualmente, en su texto se reafirma que la promoción, protección y plena realización de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, como legítima preocupación de la comunidad internacional, debe guiarse por los principios de no selectividad, imparcialidad y objetividad y no utilizarse con fines políticos.

– «Promoción de un Orden Internacional Democrático y Equitativo»:

Esta resolución retoma elementos esenciales del texto que bajo el mismo título se adoptó en el 56 período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos en el sentido de reafirmar la necesidad de un orden internacional democrático y equitativo, al cual tienen derecho todos los seres humanos.

– «Respeto de los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas para lograr la cooperación internacional en la promoción y el aliento del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y en la solución de los problemas internacionales de carácter humanitario»:

Esta resolución refrenda la validez de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. En este sentido, afirma el solemne compromiso de todos los Estados de mejorar la cooperación internacional en el ámbito de los derechos humanos y en la solución de los problemas internacionales de carácter humanitario, mediante la observancia estricta de tales propósitos y principios. Asimismo, reafirma que las actividades de las Naciones Unidas en estas materias, deben conducirse en pleno respeto a la igualdad soberana de los Estados y el rechazo a la amenaza y al uso de la fuerza que sea incompatible con los propósitos establecidos en la Carta.

Importancia de los principios de objetividad, imparcialidad y no selectividad en el tratamiento del tema de los Derechos Humanos

Los cambios trascendentales operados en el sistema de relaciones internacionales durante la última década modificaron de manera dramática la situación del mundo.

En el plano político, el reordenamiento global bajo el control hegemónico de los Estados Unidos se ha expresado en la imposición a los países del llamado «Tercer Mundo» de un código de valores unilateralmente favorable a los grandes centros de poder, en los intentos de afianzar el concepto de soberanía limitada y en la ampliación de las facultades de mecanismos supranacionales y coercitivos.

En lo económico y social, este nuevo diseño ha venido acompañado de un modelo neoliberal de economía de mercado, con su corolario de privatización y cuestionamiento del papel del Estado, devenido aun más oneroso en las condiciones actuales de globalización de la economía mundial.

Ese código de valores se basa, fundamentalmente, en una supuesta defensa de determinado modelo de democracia y los derechos humanos, y se asocia al intento de los poderosos de convertir esta causa en instrumento de una política fundamentalista, que busca someter y condenar a quienes se aparten o discrepen del modelo único que se trata de institucionalizar.

A partir de finales de la década de los 80, se aprecia con nitidez el afianzamiento de esta tendencia. Al ponerse fin a las llamadas contradicciones Este-Oeste, los países del Norte, en particular la única superpotencia mundial, decidieron convertir a la Comisión de Derechos Humanos en herramienta de dominación sobre los países del Sur.

Es evidente la acción de un grupo de países poderosos encaminada a imponer su modelo y sus normas y patrones de conducta a los países del Sur. Todo aquel que se resista a aceptarlos corre el riesgo de ser «sentado en el banquillo de los acusados» en el marco de la CDH.

Esta concepción, que pretende refrendar como universales los valores del occidente industrializado, constituye una burda negación del derecho internacionalmente reconocido de los pueblos a la libre determinación, y un irrespeto a postulados tan importantes recogidos en el consenso de Viena como el que establece que «la democracia se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, para determinar su propio régimen político, económico, social y cultural».

En los más de 50 años de existencia de la CDH, no ha sido posible establecer mecanismo alguno de monitoreo de las violaciones de los derechos humanos en un país del Norte, a pesar de ser bien conocidos los problemas que existen en esos países, tales como la violación de los derechos de las minorías y de los pueblos indígenas, la brutalidad policial, el racismo, la discriminación racial, la xenofobia, la prostitución y pornografía infantiles, por solo mencionar algunos.

Tal selectividad y tratamiento discriminatorio pone realmente en tela de juicio la credibilidad y la capacidad de este órgano para cumplir eficientemente el mandato para el que fue creado.

Ningún Estado puede erigirse en juez supremo de los otros Estados, ningún sistema puede ser acuñado como un único modelo, ninguna imposición a terceros países puede resolver los problemas. Sólo el respeto a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, el reconocimiento de la diversidad, la cooperación franca y transparente y la más estricta observancia de los principios de objetividad, imparcialidad y no selectividad, pueden hacer avanzar el pleno ejercicio de todos los derechos humanos.

Universalidad, interdependencia, interrelación e indivisibilidad de todos los Derechos Humanos: Un concepto que todavía espera por su efectiva aplicación

La universalidad de los derechos humanos fue afirmada en Viena, a partir del reconocimiento de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos. Sin embargo, este postulado aun está muy lejos de ser una realidad en el mundo de hoy. Por otra parte, el tratamiento equitativo a las diferentes categorías de derechos humanos también continúa siendo un asunto pendiente, considerando que se siguen privilegiando los derechos civiles y políticos, mientras que los económicos, sociales y culturales son relegados a un segundo plano.

La Comisión de Derechos Humanos, como órgano de las Naciones Unidas encargado de la promoción y protección de los derechos humanos, de la formulación de políticas y la adopción de decisiones en esta materia, poco ha hecho por la aplicación efectiva de los preceptos de Viena, y es en si misma el ejemplo más claro de la omisión de estos principios.

La representación de los distintos sistemas económicos, políticos y jurídicos, de los distintos patrimonios históricos, culturales y religiosos no se ha logrado alcanzar de manera equitativa en esta Comisión.

Al ser establecida en 1946, la Comisión de Derechos Humanos estaba integrada por 18 países, cuando existían 53 Estados Miembros de las Naciones Unidas, es decir, el 34% de los Estados Miembros estaban representados en este órgano. Sin embargo, en la actualidad, solo 53 países de los 189 integrantes de las Naciones Unidas componen la Comisión, o sea el 28%, lo cual evidencia la falta de representatividad de la comunidad internacional dentro de dicho órgano.

La representatividad no sólo se ha erosionado en números globales. La composición de la Comisión de Derechos Humanos refleja un marcado desbalance geográfico. Los países del Norte, integrados en lo fundamental en el Grupo de Europa Occidental y otros Estados, que representan sólo el 15% del total de los Miembros de las Naciones Unidas, se han reservado casi el 20% de los asientos de la Comisión.

El trabajo sustantivo de la Comisión se ve afectado por otro fenómeno que favorece la imposición de los puntos de vista de una sola región del mundo. Los países del Norte tienen la posibilidad de pagar la presencia de grandes delegaciones a las sesiones anuales de la Comisión, que superan en varias veces el número de delegados que pueden enviar los países del Sur.

Como consecuencia, son los países del Norte los que presentan la mayoría de las resoluciones y decisiones que se aprueban en este órgano, de las cuales el más alto por ciento corresponde a iniciativas del Grupo de Europa Occidental y otros Estados. De tal modo, un grupo minoritario de países viene imponiendo sus posiciones y enfoques en las decisiones que se adoptan internacionalmente en materia de derechos humanos. La diversidad, precondición de la universalidad, se ve así comprometida.

Adicionalmente, y habida cuenta de que el interés fundamental del mundo occidental industrializado está dirigido al área de los derechos civiles y políticos, la mayor parte de las resoluciones y decisiones se concentran en esta esfera, contribuyendo a acentuar la brecha existente en el tratamiento de las diferentes categorías de derechos humanos.

Una manifestación notable de estos desequilibrios puede observarse al analizar el sistema de mecanismos establecidos por la Comisión. Las Relatorías y Grupos de Trabajo que se dedican a las cuestiones relativas a los derechos civiles y políticos duplican a aquellas creadas para la atención a los derechos económicos, sociales y culturales.

Principales instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por Cuba

1. Convención sobre los derechos del niño.

2. Conveción sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer.

3. Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.

4. Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

5. Convención internacional sobre la represión y el castigo del crimen de Apartheid.

6. Convención internacional contra el Apartheid en los deportes.

7. Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio.

8. Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.

9. Convención sobre los derechos políticos de la mujer.

10. Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada.

11. Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios.

12. Convención sobre la esclavitud de 1926.

13. Protocolo de 1953 para modificar la convención sobre la esclavitud.

14. Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas

15. Convención para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena.

Adicionalmente, en el año 2000, Cuba firmó los siguientes instrumentos:

1- Protocolo facultativo a la convención de los derechos del niño relativo a la participación de niños en conflictos armados.

2- Protocolo facultativo a la convención de los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

3- Protocolo facultativo sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.