En Colombia según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, para el año 2018, existían 661.000 trabajadoras domésticas, bajo el concepto que contempla este Departamento para su medición; «aquella persona que le trabaja a un solo hogar, realizando actividades propias del servicio doméstico y recibe por su trabajo un salario en dinero y/o en […]
En Colombia según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, para el año 2018, existían 661.000 trabajadoras domésticas, bajo el concepto que contempla este Departamento para su medición; «aquella persona que le trabaja a un solo hogar, realizando actividades propias del servicio doméstico y recibe por su trabajo un salario en dinero y/o en especie. Comprende a los sirvientes, conductores, jardineros, porteros de casa, niñeras, amas de llaves, etc. Estas personas pueden vivir o no en el hogar donde trabajan.» Significa que existe un subregistro que no tiene en cuenta la creciente cantidad de mujeres que trabajan para varios hogares en la semana, por horas y por días, y las que no reciben pago alguno por su labor. Sin hablar de las cargas semánticas que existen en este concepto.
El 94% de esta población son mujeres y pobres, con bajos niveles educativos y muchas de ellas víctimas en todas sus formas del conflicto armado. Ellas, junto a las que cuidan sin recibir nada por su trabajo, sostienen la economía del país, con un aporte del 20.1% del producto interno bruto.
En el marco de la semana donde se conmemora el «Día Internacional del Trabajo Doméstico», en pleno siglo XXI, nos seguimos preguntando ¿cómo es qué, mujeres que laboran cuidando la vida, son quienes menos están protegidas por el sistema integral de seguridad social?. Del total, el 39% está en el regimen contributivo de salud, solo el 18 y 17.5% cotiza a pensión y cuenta con afiliación a riesgos profesionales respectivamente.
¿Cómo es posible que después de contar con la ratificación del convenio 189 en 2014 y la ley de prima de servicios para trabajadoras domésticas (Ley 1788 de 2016) nos encontremos que solo el 4% disfruta de este derecho y solo al 25.8% le remuneran sus vacaciones?, según la investigación «El trabajo doméstico en Colombia: historias tras las cortinas»
Varias son las respuestas, una es que el país, como muchos otros, no ha comprendido que el cuidado es un derecho humano. Todos y todas en cada momento de nuestro ciclo vital y en condiciones especiales necesitamos del cuidado: infancia, vejez, enfermedad, discapacidad etc. Pero además requerimos la preparación de los alimentos, el mantenimiento y limpieza de la vivienda, de la ropa, entre otras. Al no considerarse el cuidado como derecho, las políticas al respecto escasean y se limitan a una visión centrada en quien requiere del cuidado, dejando de lado los derechos de los y las que cuidan.
Otra respuesta es que se ha dado por hecho que son las mujeres quienes deben ejercer esta responsabilidad de cuidado para con los otros, como una función natural y por tanto despojada de reconocimiento social y económico. Aquí descansa un problema estructural de redistribución social de una tarea fundamental para la sobrevivencia con desventaja para las mujeres.
Aunado a esto se presenta las características de las relaciones que se edifican en un espacio laboral como la vivienda, donde los lazos de afecto construidos alrededor del cuidado, desproveen de derechos a la cuidadora para constituirse como alguien más de la familia. Por tanto, así visto, es lejana la posibilidad para los empleadores y trabajadoras, que el Estado llegue con políticas de regulación e inspección laboral a dichos espacios.
Todo lo anterior redunda en que no contemos con un «Sistema público de Cuidado» que reconozca la importancia del cuidado como derecho humano. También se debe reconocer al doméstico como un trabajo y no cualquier trabajo; es la labor que sostiene la vida, y por tanto requiere políticas, por un lado, de formalización de sus derechos, de inspección y profesionalización y por otro, de redistribución del cuidado en la sociedad, entre hombres, mujeres y Estado para que se reduzca el tiempo que las mujeres dedican a esta labor. Los trabajadores domésticos deberían gozar de «trabajo decente» y este debería ser un trabajo a ser elegido y no uno del limitado abanico de posibilidades para las mujeres pobres.
El llamado entonces es a que seamos ciudadanos conscientes de la trascendencia del derecho al cuidado. Además debemos exigir ajustes contundentes para la implementación del » Sistema Nacional de Cuidado» que se introduce en los lineamientos de política en la materia, también deberíamos promover su creación en los niveles departamentales y locales.
Construir una sociedad más justa pasa por el reconocimiento y redistribución del cuidado.
Fuente original: http://ail.ens.org.co/opinion/cuidar-y-ser-cuidado-funcion-natural-amor-o-derecho/