La propuesta Para unos es la «Circunscripción Especial de Paz«. Para otros es la entrega gratuita de un poder que debería alcanzarse en franca lid electoral. La concesión de una cuota o un número predeterminado de curules a los desmovilizados de las FARC en los distintos cuerpos colegiados es por supuesto objeto de lecturas muy […]
La propuesta
Para unos es la «Circunscripción Especial de Paz«. Para otros es la entrega gratuita de un poder que debería alcanzarse en franca lid electoral. La concesión de una cuota o un número predeterminado de curules a los desmovilizados de las FARC en los distintos cuerpos colegiados es por supuesto objeto de lecturas muy opuestas.
El tema saltó a la palestra gracias al proyecto de Acto Legislativo para «implementar los acuerdos de paz», cuando en ponencia para segundo debate se introdujo la idea respecto de la Comisión Legislativa Especial, iniciativa que no aprobó el Congreso pero que relanzó el concejal del Partido Verde en Bogotá, Antonio Sanguino, quien sostiene que se trata de una concesión ineludible para llegar a la paz por la vida negociada. Entre otros antecedentes, Sandino alude al Frente Nacional, que en su opinión fue un sistema de favorabilidad política para los dos partidos tradicionales que les permitió compartir el poder durante 16 años con exclusión de las terceras fuerzas.
En las negociaciones exitosas con organizaciones guerrilleras en Colombia la favorabilidad política fue un asunto central y un principio aceptado en todas las ocasiones.
La senadora Claudia López se apresuró a aclarar que se trataba de una iniciativa personal de Sandino, no de una propuesta oficial de su partido, y añadió que no comparte la idea porque las FARC deben acceder a esas corporaciones por la vía electoral y después de someterse a la justicia transicional. El senador Juan Manuel Galán y otros congresistas expresaron su rechazo a la propuesta.
Un poco de memoria
Aunque en el proceso de La Habana ya es usual que cada paso adelante despierte reacciones enconadas, importa recordar que en las negociaciones exitosas con organizaciones guerrilleras en Colombia la favorabilidad política fue un asunto central y un principio aceptado en todas las ocasiones. A los grupos que se desarmaron y desmovilizaron les fueron concedidas curules «a dedo» o se les ofrecieron otros mecanismos de «favorabilidad política» en los cuerpos colegiados de carácter nacional y municipal.
La «Circunscripción Especial de Paz» que acordaron el M-19 y el gobierno Barco fue motivo de debates muy intensos. El acuerdo estipulaba que, para promover la incorporación a la vida civil de los guerrilleros, las partes se comprometían a impulsar la figura de una circunscripción especial – por una sola vez- para Senado y Cámara, que a más tardar operaría en las elecciones de 1992. Los detalles serían definidos más adelante.
El acuerdo con el M 19 fue un mecanismo inédito en el ordenamiento jurídico colombiano, que por lo mismo exigía reforma constitucional. El debate alrededor de ese asunto culminó con un pacto entre los partidos Liberal y Conservador para llevarlo al Congreso en la reforma constitucional que promovió el gobierno Barco en 1989. Como dijera el Consejero de Paz de la época, Rafael Pardo, la razón fundamental para cambiar la lucha armada por la lucha política era, sin duda, la ampliación de los espacios democráticos y el acceso de los líderes del M-19 al Congreso.
El gobierno Barco se vio obligado a hundir la reforma constitucional debido al «mico» que prohibía la extradición de nacionales, y de este modo aquel punto del acuerdo con el M-19 quedó en el aire; un contratiempo que, gracias a la ponderación de las partes, no dio al traste con el proceso de reinserción.
No está de más recordar que el M-19 entró a la arena electoral despojado de sus armas y sin el privilegio de la favorabilidad para las elecciones parlamentarias de 1990. Vera Grave resultó elegida a la Cámara con 31.149 votos, mientras que Carlos Pizarro perdió la alcaldía de Bogotá con unos nada despreciables 80 mil votos.
La desmovilización de varios grupos guerrilleros permitió construir la Alianza Democrática -M19, integrada por desmovilizados del M-19, del Ejército Popular de Liberación (EPL), del Parido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) y otros grupos de izquierda, que se montó en la ola de generosidad electoral de la época: la opinión pública estaba entonces dispuesta a «premiar» el abandono de las armas.
En las presidenciales de 1990, el candidato Navarro Wolf de la AD-M19 obtuvo 800.000 votos es decir, el 12,5 por ciento del total. En las elecciones de ese mismo año para la Constituyente, la AD-M19 obtuvo un millón de votos o sea el 27 por ciento del total de sufragios emitidos. Y ninguno de estos logros se debió al preacuerdo de favorabilidad política.
La Constitución y la favorabilidad
La persistencia de grupos armados (comenzando por las FARC y el ELN) condujo a que la Constitución del 91 en su artículo transitorio 13 autorizara al gobierno para crear circunscripciones especiales de paz en un plazo no superior a tres años. Estas facultades se utilizaron para asignarle a la Corriente de Renovación Socialista (CRS) dos curules en la Cámara durante el período 1994-1998.
En 1994, el gobierno Gaviria procedió a crear las circunscripciones especiales de paz para los concejos de 199 municipios. Gracias a esto la AD-M-19 obtuvo 235.000 votos y 250 concejales en las elecciones locales de aquel año.
Aunque, vencido el plazo de los tres años, la Constitución ya no contempla la favorabilidad para los exguerrilleros, la fórmula que utilizó Gaviria es similar a la que se describe en el acuerdoentre el gobierno y las FARC en materia de participación política. Las diferencias consisten en que
- no se trata de concejos municipales sino de curules adicionales en la Cámara de Representantes para las zonas especialmente afectadas por el conflicto, y en que
- estas curules estarían abiertas a la competencia entre todos los partidos y movimientos políticos, no reservadas exclusivamente para el movimiento o partido que promuevan las FARC.
¿Benéfica o dañina?
En términos generales puede decirse que las experiencias de Colombia en cuanto a circunscripciones de paz han sido positivas: no existe ningún caso notorio donde se haya constatado daño manifiesto a los procesos democráticos como consecuencia de aplicar los mecanismos de favorabilidad política.
Tampoco puede decirse que esa favorabilidad explique o haya promovido éxitos políticos resonantes para los guerrilleros desmovilizados. De hecho, sus mejores resultados se han dado bajo condiciones de igualdad, salvo la mencionada circunscripción para concejos municipales de 1994.
Pero el cambio de las balas por los votos ha contribuido claramente a deslegitimar la lucha armada y a legitimar las instituciones de Colombia. Sería absurdo pensar que tales beneficios «premian» la lucha armada porque algunos insensatos la usarían deliberadamente para obtener curules: estas pequeñas cuotas por supuesto no compensan 50 años de guerra. Es todo lo contrario: la favorabilidad política es un estímulo para abandonar la vía armada.
La favorabilidad es necesaria aunque no es suficiente para lograr la reinserción duradera de los desmovilizados. La literatura internacional muestra cómo la decepción política de los excombatientes tiende a inducir la reincidencia personal o colectiva en la violencia. Como dijo alguna vez Carlos Pizarro, comandante del M-19, no es fácil pasar de una conspicua oposición armada a una superflua oposición política. Y ese es un riesgo que las FARC deben estar calculando, como también lo deberían hacer quienes apoyan el proceso de paz.
¿Qué tan favorables?
No es fácil precisar los alcances deseables de la favorabilidad, pero es posible esbozar ciertos criterios para que las ventajas ofrecidas sirvan para la paz y no para la discordia.
El criterio principal se refiere al propósito de las concesiones: se trata de nivelar el terreno para que algunos representantes de las que fueran las FARC puedan participar en la lisa democrática con alguna probabilidad de éxito y de permanencia.
La desventaja principal que hoy les afecta es la carencia de las destrezas y el «know-how» necesarios para desenvolverse en el contexto de las reglas de juego democráticas. Hay que darles un empujón inicial, subsidiarles la curva de aprendizaje. Además, compensar su falta de recursos y de acceso a las instituciones.
Es posible calcular unos mínimos por debajo de los cuales el beneficio es una trampa retórica para justificar el eventual fracaso electoral de los ex guerrilleros como fruto exclusivo de su impopularidad. Pero también es posible identificar unos máximos por encima de los cuales se trataría de un privilegio capaz de auto-reproducirse sin responder al juego de la democracia. Por eso las ventajas tienen que ser
- transitorias, y
- proporcionales al objetivo de lograr la paz sin menoscabo de las reglas democráticas.
Magnitud de los beneficios
Aunque debamos partir del hecho de que cualquier concesión a las guerrillas tiene sabor a chantaje, la amenaza de violencia no puede ser legitimada de modo explícito como una fuente de beneficios políticos y jurídicos. Por eso mismo el dilema no podría resolverse traduciendo la fuerza militar en votos hipotéticos, si es que tal operación fuera posible.
Mayor consideración merece el hecho de que las FARC tienen unas presuntas bases sociales en determinados territorios y sectores. Aunque su magnitud es un incógnita, hay algunos elementos ciertos y visibles -como la ubicación histórica de las guerrillas (municipios, regiones…), la conocida influencia sobre determinadas juntas de acción comunal, la existencia de movimientos agrarios afines al grupo armado y otras formas de organización social cercanas a las FARC-. Sobre la base de estos elementos podrían estimarse las dosis de ventaja que necesitarían las FARC para mantener o aumentar ese poder por medios democráticos.
Entre la legitimación y la real politik
Todos los argumentos anteriores son controvertibles, pero no nos reducen al simplismo según el cual hay que aplicar la favorabilidad porque «el gobierno y buena parte de la clase política aceptan la idea», como declara la revista Semana.
Existen buenas razones políticas y jurídicas para justificar la Circunscripción Especial de Paz. Presentar la fórmula como producto de una decisión inevitable o de una manguala entre el gobierno y congresistas no hace otra cosa que aumentar la antipatía ciudadana contra esa iniciativa. El mecanismo – si está bien diseñado.- puede ser parte esencial y viviente de un futuro de paz. Y hay que creer en que los ciudadanos puedan entender los argumentos que sustentan semejantes medidas.
Fuente original: http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/9002-%C2%BFcurules-para-las-farc.html?utm_source=MadMimi&utm_medium=email&utm_content=%C2%BFCurules+para+las+FARC%3F&utm_campaign=20151123_m128378805_%C2%BFCurules+para+las+FARC%3F&utm_term=Juan+Carlos+Palou