La Campaña Traspasa los Muros emite la presente comunica a la comunidad nacional e internacional que este 9 de mayo de 2011 se declararon en desobediencia civil los Prisioneros en las Torres 2 y 4 de la Penitenciaria de Alta Seguridad de Valledupar «LA TRAMACUA», por la sistematica violación a los derechos humanos a las que son sometidos y la omisión de las autoridades colombianas en resolver sus peticiones.
HECHOS
1. Desde el viernes 29 de abril hasta el 2 de mayo de 2011, a los prisioneros en la «Tramacua» se les negó el acceso al agua, teniendo que soportar una temperatura entre 35 a 40 grados sin poder bañarse o ingerir agua para calmar el excesivo calor, padeciendo a su vez el incremento de malos olores por la acumulación de orines y materia fecal en los baños.
2. El 2 de mayo de 2011, el prisionero político HERNAN RODRIGUEZ DIAZ cosió su boca y se declaró en HUELGA DE HAMBRE exigiendo la garantía a su derecho al traslado por cercana familiar a una reclusión en la ciudad de Bogotá, y denuncio que en la Penitenciaria de Valledupar están siendo violados sus derechos fundamentales, especialmente la vida en relación con la salud, la integridad personal y a la familia, y normas mínimas de tratamiento a los reclusos que exigen el respeto a la comunicación con el exterior.
3. El 3 de mayo de 2011, con fines de ser obligado a levantar la HUELGA DE HAMBRE, el prisionero político HERNAN RODRIGUEZ DIAZ fue víctima de TORTURA FISICA por parte de miembros de la guardia del INPEC, quienes lo trasladaron a un patio aislado donde fue expuesto al sol desde las 8 de las mañana hasta las 6 de la tarde, provocándole una fuerte deshidratación, sin que a la fecha haya recibido visita de verificación de su situación por parte de las autoridades encargadas de velar por el respeto de los derechos humanos, siendo ignorada su situación y sus justas peticiones.
4. El 6 de mayo de 2011, los prisioneros en la «Tramacua» emitieron un S.O.S. solicitando la intervención del presidente Juan Manuel Santos Calderón y el ministro del Interior y de Justicia Germán Vargas Lleras, a fin de que cesen las torturas físicas sistemáticas a las que son sometidos de múltiples maneras, una de ellas consistente en suministrarles el agua tan solo por 5 minutos cada 48, o negarles acceso al agua durante 3 o 4 días, tiempo en el cual los 166 presos de cada patio tienen que bañarse, lavar la ropa, asear el patio, los sanitarios, las celdas, calabozos, recoger para el consumo y lavado de utensilios de comida, etc., contando únicamente con 12 grifos por patio.
5. Por permanecer los sanitarios con materia fecal, los prisioneros se ven obligados a expulsar sus excrementos por las ventanas de celdas y calabozos, intensificando en los pabellones un ambiente de putrefacción que se agudiza con la temperatura que oscila entre los 35° y 40° sin ventilación, que a su vez genera la propagación de moscas, zancudos y todo tipo de insectos, que contaminan los alimentos cuando son transportados al aire libre por largos pasillos a los diferentes patios sin las mínimas practicas de higiene.
6. Esta crisis sanitaria y humanitaria ha generado enfermedades gastrointestinales, infectocontagiosas, respiratorias, fuertes dolores de estomago y de cabeza, vomito, diarrea y brotes en la piel, agravándose la situación de los prisioneros quienes tienen que padecer sus dolencias sin recibir la debida asistencia médica, toda vez que la empresa prestadora de salud CAPRECOM solo asiste cada 15 días a una torre.
7. El 9 de mayo de 2011, mas de 300 prisioneros en las Torres 2 y 4 se declararon en desobediencia negándose a ser contados en rechazo a la crisis que padecen y a la omisión de sus denuncia y peticiones por parte de las autoridades competentes, siendo objeto de agresión verbal y amenaza de aislamiento por parte de teniendo Rodríguez el prisionero político MIGUEL GUTIERREZ MARTINEZ.
RECHAZAMOS EL DESPRECIO A LA DIGNIDAD HUMANA DE LOS PRISIONEROS POR PARTE DEL INPEC
Las condiciones degradantes arriba enunciadas constituyen una forma de TORTURA con fines de degradar la dignidad humana y someter a los prisioneros a un castigo adicional a la pena privativa de la libertad que le fue impuesta, violentando así las tratados internacionales de exigen el respeto de los derechos humanos y trazan unas normas mínimas para el tratamiento de los reclusos.
Los prisioneros se encuentra en condición de especial sujeción, por lo tanto el estado colombiano en cabeza del INPEC no solo está obligado a garantizar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad sino a resolver de manera inmediata las situaciones problemáticas que ponen en riesgo la dignidad humana y el mínimo vital, pero en el presente caso dicha institución funge como verdugo de los prisioneros agravando sus condiciones bajo la comisión de crímenes de lesa humanidad como lo es la TORTURA y el procedimiento de amenazas para callar las denuncias de los prisioneros.
Por ACCION y OMISION el Estado colombiano es responsable de las violaciones a los derechos humanos de los prisioneros en la penitenciaría de Valledupar, por lo tanto se deben tomar las medidas urgente encaminadas a resolver de manera inmediata sus justas peticiones.
ACCION URGENTE Y LLAMADO A LA SOLIDARIDAD
Reiteramos nuestra solicitud a la Comunidad Nacional e Internacional para que EMITAN SUS PRONUNCIAMIENTOS DE RECHAZO a las condiciones a las que son sometidos los prisioneros en la penitenciaría de Valledupar y RESPALDEN LAS SIGUIENTES PETICIONES:
1. Que el PRESIDENTE JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN Y EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA GERMÁN VARGAS LLERAS INTERVENGAN CON CARÁCTER URGENTE a fin de que cesen las torturas físicas sistemáticas a las que son sometidos los prisioneros en la penitenciaría de Valledupar y en consecuencia se les garantice el derecho al acceso de agua potable de manera ilimitada.
2. Que el DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO (INPEC) ordene el TRASLADO INMEDIANTO del prisionero político HERNAN RODRIGUEZ DIAZ a un establecimiento de reclusión en la ciudad de Bogotá en garantía a sus derechos a la dignidad humana, a la vida en relación con la salud, a la cercanía familiar y a la integridad física y psicológica.
3. Que la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN en ejercicio del poder preferente ABRA INVESTIGACION DISCIPLINARIA y SANCIONE al director de la penitenciaría de Valledupar y funcionarios del cuerpo de guardia y custodia por violaciones graves a los derechos humanos de los prisioneros.
4. Que la DEFENSORIA DEL PUEBLO INTERVEGA CON CARÁCTER URGENTE y VERIFIQUE las graves condiciones a las que han sido sometidos los prisioneros en la Penitenciaria de Alta Seguridad de Valledupar, así como el estado de salud del prisionero político HERNAN RODRIGUEZ DIAZ, emita un informe público sobre la situación verificada y coadyuve las peticiones formuladas en la presente acción urgente.
5. Que la OFICINA DE LA ALTA COMISIONADA DE DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA Y EL COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA realicen VISITA DE VERIFICACIÓN de las graves condiciones a las que han sido sometidos los prisioneros en la Penitenciaria de Alta Seguridad de Valledupar y emita recomendaciones al Estado colombiano para se ordene el traslado inmediato del prisionero político HERNAN RODRIGUEZ DIAZ y cesen las violaciones a los derechos humanos en dicho establecimiento.
Participe en la campaña urgente de solidaridad internacional convocada por Traspasa los Muros: http://www.traspasalosmuros.