Este 30 de julio de 2013, el Tribunal Superior del Distrito judicial de Cundinamarca, adoptó una decisión histórica y trascendental para las víctimas de crímenes de Estado: Declaró como crimen de lesa humanidad la desaparición forzada y ejecución extrajudicial del joven FAIR LEONARDO PORRAS BERNAL. FOTO: Periodismo Humano / Luz M. Bernal muestra una imagen […]
Este 30 de julio de 2013, el Tribunal Superior del Distrito judicial de Cundinamarca, adoptó una decisión histórica y trascendental para las víctimas de crímenes de Estado: Declaró como crimen de lesa humanidad la desaparición forzada y ejecución extrajudicial del joven FAIR LEONARDO PORRAS BERNAL.
FOTO: Periodismo Humano / Luz M. Bernal muestra una imagen de su hijo Fair Leonardo, quien nació con deficiencia mental. A los 26 años tenía la edad neurológica de 9. Fue desaparecido del barrio de Soacha (Bogotá) el 8 de enero de 2008 y asesinado por los militares 3 días después. El informe de defunción del ejército afirmaba que lideraba una peligrosa banda criminal y había muerto en combate. Su familia recuperó el cuerpo de la fosa común a los 8 meses de su muerte.
Fair Leonardo fue uno de los 11 jóvenes de Soacha trasladados mediante engaños a la municipalidad de Ocaña – Norte de Santander, donde fueron entregados a militares del BAEV – Plan Meteoro, agregado al Batallón Francisco de Paula Santander, quienes procedieron a ejecutarlo extrajudicialmente. La víctima fue inhumada como NN y entregada 8 meses después a sus familiares una vez se surtió el procedimiento de plena identificación.
El Tribunal reconoce en su decisión que este crimen se cometió en el marco de un ataque sistemático y generalizado dirigido claramente contra la población civil, que contiene además un elemento discriminatorio, en tanto las víctimas en su totalidad eran jóvenes humildes de la municipalidad de Soacha.
En la misma decisión de segunda instancia, atendiendo las argumentaciones de la representación de víctimas, el Tribunal reconoce que los delitos de desaparición forzada y ejecución extrajudicial del joven PORRAS BERNAL, se cometieron desde aparatos organizados de poder, en razón a lo cual extendió la condena por concierto para delinquir y desaparición forzada al cabo CARLOS MANUEL GONZALEZ ALFONSO y los soldados Richard Contreras Aguilar, Carlos Antonio Zapata Roldán y Ricardo García Corzo, absueltos por tales punibles por la Juez 2 penal del circuito especializado de Cundinamarca.
Sin duda alguna la decisión resulta trascendental para las víctimas, pues aunque no tiene efectos sobre la pena a imponer; sí implica el reconocimiento expreso de la naturaleza y gravedad de estos hechos que afectaron la conciencia de la humanidad, además de poner freno cualquier posibilidad de aplicación futura del Fuero militar que se reforzó a través del acto legislativo 002 de 2012.