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El derecho a conformar una familia libre del esquema patriarcal

Fuentes: SEMlac

Liusba no tuvo otra opción que recurrir a una inseminación casera para realizar su sueño y derecho de ser una madre lesbiana. Durante todo el proceso sobrellevó el sufrimiento, el temor al fracaso por segunda vez y la posibilidad de serias complicaciones de salud.

«Si no hubiese hecho ese sacrificio, no tendría el regalo más grande del mundo, que es mi hija. Realmente fue duro. En medio de todo el proceso, le dije a mi pareja que no quería, me sentía mal, porque no es lo mismo cuando estás en una clínica, con la atención de especialistas», cuenta Liusba Grajales Guerra a SEMlac.

La también activista por los derechos de las personas LGBTIQ (lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersexuales y queers) ha conformado una familia junto a su pareja Lisset Díaz Vallejo y las hijas que juntas ven crecer: Laura, concebida por Lisset, y la pequeña Ainhoa, fruto del empeño y sacrificio de ambas. La familia reside en la ciudad de Santa Clara, a unos 280 kilómetros de La Habana.

Liusba y Lisset optaron por un camino propio porque se habían quedado sin opciones y decidieron empoderarse con todos los conocimientos a su alcance para reproducir en casa los procedimientos que se realizan en las instituciones médicas. Liusba aprendió sobre el ciclo de ovulación, midió su temperatura corporal, encontró insumos alternativos y en el segundo intento logró quedar embarazada.

«Insisto en que es muy duro psicológicamente porque hay a quien no le resulta, sé de mujeres que lo han intentado varias veces. De poder acceder a una institución médica, me hubiese podido ahorrar las afecciones que padecí en parte del embarazo, el trauma psicológico, la posibilidad de desarrollar un cáncer cérvico uterino, entre otras complicaciones», relata esta madre lesbiana.

Hasta el momento, las opciones de conformar una familia para las parejas homosexuales en Cuba se reducen a acceder a servicios de reproducción humana asistida en el extranjero -una posibilidad que muy pocas personas pueden costear-, tener relaciones heterosexuales en contra de su orientación sexual, simular un matrimonio heterosexual ante los servicios del Programa de atención a la pareja infértil o asumir por cuenta propia la inseminación casera.

Todas estas posibilidades tienen impactos en la salud mental y física, en la economía de las parejas y en sus derechos. Por ejemplo, al incluirse una tercera persona en la ecuación y no existir mecanismos legales que reconozcan la unión y la familia homoparental, se corre el riesgo de enfrentar complejos procesos de reclamación de la paternidad.

¿Por qué exponerse a tantos riesgos sin la seguridad del éxito? La respuesta es sencilla: esas personas luchan por el derecho humano a conformar una familia, enfrentando la ausencia, hasta el momento, de mecanismos que lo garanticen.

El modelo de familia binario y heteropatriarcal es el principal freno que prevalece en leyes, reglamentos e interpretaciones jurídicas que rigen la reproducción humana asistida y la adopción en Cuba.

Ese es el esquema presente en el vigente Código de la Familia (1976), principal ley rectora de los protocolos del Programa nacional de atención a la pareja infértil, creado en 2016.

Esa vía cuenta con indicadores que avalan su éxito y calidad científica: en 2020 se lograron 7.027 embarazos, el mayor número desde la creación del programa. Las autoridades de salud cubanas han destacado la importancia del programa y los esfuerzos realizados para mantenerlo, pese a sus costosas tecnologías, en medio de la pandemia y el reforzamiento del bloqueo económico de Estados Unidos a Cuba.

Sin embargo, ninguna de estas dificultades es motivo de la exclusión de las parejas homoafectivas de los servicios de reproducción humana asistida, a los cuales acudieron 25.774 parejas en 2020.

La socióloga Yailyn Rosales Sánchez, especialista del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex), realizó un estudio de dicho programa con el fin de hacer sugerencias para la inclusión de las familias homoafectivas en sus servicios. Rosales estudió el reglamento y protocolos de la política gubernamental y entrevistó a parejas de lesbianas y gays, además de profesionales de la salud.

Según pudo confirmar en la versión actualizada de 2019, el reglamento establece que pueden acceder al servicio las parejas unidas en matrimonio formalizado y las unidas sin formalización, según el Código de Familia vigente. También las parejas infértiles que procedan de las consultas especializadas de infertilidad.

El estudio deja en claro que «estas parejas deben cumplir con los requisitos de maternidad y paternidad, definiendo los roles de madre y padre que avala el sistema patriarcal». En consecuencia, las parejas homosexuales y las mujeres solteras quedan fuera del programa.

Esta concepción viola la Ley de Salud Pública de 1983, la cual establece en su artículo 4, inciso a, «el reconocimiento y garantía del derecho de toda la población a que se atienda y proteja adecuadamente su salud en cualquier lugar del territorio nacional».

La fuerte cultura patriarcal y los consecuentes prejuicios machistas y homofóbicos también median en los procesos de adopción en el país.
Reportes de prensa recientes reconocen los pasos complejos y dilatados de este proceso en Cuba, que entre otros motivos inciden en el número de adopciones llevadas a cabo en los últimos años.

«En los últimos cinco años, en los hogares de niños y niñas de cero a seis años sin amparo familiar se han dado en adopción 13 infantes. En los casi dos años de enfrentamiento a la pandemia de la Covid-19, se encuentran en ese proceso cuatro niños, pertenecientes a estas mismas instituciones», reportó el periódico Granma en julio pasado.

Especialistas afirman que se necesita de un proceso de actualización jurídico en temas relacionados con la responsabilidad parental -en sustitución de la patria potestad-, el derecho progresivo de infantes dentro del proceso, los pasos y requisitos para la adopción.

Manuel Vázquez Seijido, subdirector del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex), aclara a SEMlac que la ley «no distingue en cuanto a estado civil u otras características de las personas adoptantes».

«La idea instalada de que la adopción, al amparo del vigente Código de la Familia, es exclusiva para familias formadas a partir del matrimonio de personas heterosexuales no tiene sustento legal. Me atrevo a conjeturar que en ese erróneo influyeron posibles interpretaciones del requisito contenido en el artículo 100.4, que exige del adoptante «tener las condiciones morales y haber observado una conducta que permitan presumir, razonablemente, que cumplirá respecto al adoptado los deberes que establece el artículo 85″ (relativos a la patria potestad)», afirma el abogado.

«Por supuesto, me refiero a interpretaciones respaldadas en prejuicios respecto a las personas por su orientación sexual, identidad o expresión de género, e incluso, respecto a la posibilidad de que personas solteras pudieran ser aptas para asumir tan importante tarea en la vida», agrega el subdirector del Cenesex.

Vázquez Seijido alerta que los prejuicios se encuentran en cualquier estatus social y diversos grados de instrucción.

«También los podemos ver en personas que toman decisiones políticas a distintos niveles, que prestan servicios públicos, que enseñan en nuestras escuelas y universidades, que administran justicia, en personas jóvenes, entre otras», afirma.

Diferentes mitos se esgrimen y naturalizan como excusas para negar derechos y excluir a las familias y parejas homoafectivas. El interés superior de infantes suele ser una de las justificaciones para oponerse a la adopción y reproducción humana asistida como derecho de personas homosexuales y trans.

«Es verdaderamente preocupante que, basadas en prejuicios, algunas personas prefieran que niños, niñas y adolescentes permanezcan en estado de indefensión o en condiciones de vida precarias antes que ser acogidos por personas con sexualidades no heterosexuales, que tienen la voluntad y las posibilidades de garantizarles una familia», reflexiona el jurista.

Liusba coincide en que estas son justificaciones carentes de sustento científico, ético y humano. Desde su experiencia, las familias solo se diferencian por la calidad afectiva y los valores que defienden.

«Creo que el mayor mito en torno a las familias homoparentales es que los niños y niñas pueden desarrollar conductas homosexuales. Eso es lo más ridículo e irónico que se escucha porque, hasta ahora, viviendo en familias y una sociedad que te educa para ser heterosexual, ¿cómo se explica que las personas homosexuales lo seamos?», pregunta la activista lesbiana.

Derechos frente a prejuicios, el empuje de una Constitución

En 2019, la Constitución de la República de Cuba pautó el camino para un futuro de mayores derechos ciudadanos, entre ellos algunos históricamente postergados para la comunidad LGBTIQ.

Para Vázquez Seijido, la nueva Carta Magna blinda una serie de derechos de esta comunidad y los artículos 40, 41, 42, 81 y 82 asestaron «un duro golpe al sistema patriarcal».

«El reconocimiento de la diversidad familiar que opera en el artículo 81 desarticuló el modelo heteropatriarcal respecto a la configuración familiar en Cuba, a la vez que institucionalizó el afecto como elemento constitutivo de las familias», afirma Vázquez Seijido.

Ese cambio de enfoque resulta esencial para el futuro de las familias homoparentales y el tránsito de una visión centrada en la filiación (consanguineidad) a otra enfocada en los afectos (parentesco).

«Este cambio de enfoque, que debe entronizar en cambios legales siguiendo el dictado constitucional, garantiza los derechos sexuales de las personas LGBTIQ, específicamente, aquellos relativos a formar una familia, tener hijos e hijas, tomar decisiones sobre nuestros propios cuerpos y expresar nuestras sexualidades de manera plena, libre y responsable», explica el jurista.

El reconocimiento legal de las parejas homoafectivas es el primer paso para garantizar el acceso a la reproducción humana asistida y la adopción. El nuevo Código de las Familias deberá resolver esa ausencia, pero su presentación al legislativo nacional ha sido postergada debido a la pandemia, un escenario que desde 2020 preveían activistas de la isla.

Sin embargo, ya se vislumbran algunos cambios en las concepciones que acogerá la nueva ley. Durante una emisión del programa televisivo Hacemos Cuba, el ministro de Justicia adelantó que la figura del matrimonio debe estar en consonancia con la Constitución y no reproducir ningún tipo de exclusión. Lo mismo debe suceder con las figuras legales vinculadas a la reproducción humana asistida.

«Las ciencias médicas han creado diversas técnicas de reproducción asistida y el Código tiene que conectar esas técnicas con su efecto jurídico», afirmó el ministro Oscar Manuel Silvera Martínez, integrante de la comisión que tiene a su cargo redactar el nuevo Código de las Familias.

«Lo que debemos hacer es regular de forma muy actualizada, yo diría, esos nuevos adelantos de la ciencia para ampliar las posibilidades de formar familia, del nacimiento de nuestros hijos», dijo alto funcionario y diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular (parlamento).

Según la investigadora Yailyn Rosales Sánchez, a partir de esos cambios legales, no haría falta mucho más para que el Programa de Atención a la Pareja Infértil y los procesos adopción en Cuba se atemperen a la sociedad cubana actual y garanticen los derechos de las parejas y familias homoafectivas.

Entre otras sugerencias, la especialista propone asumir el nombre de Programa de Reproducción Humana Asistida, garantizar la inclusión paulatina de las parejas y familias homoafectivas, acelerar los esfuerzos por contar con bancos de semen y óvulos, incluir recursos de resiliencia en el acompañamiento psicológico a las parejas de gays y lesbianas, entre otras propuestas.

Las personas entrevistadas coinciden en la necesidad de capacitar y sensibilizar tanto al personal de la salud como a los operadores del Derecho y la población cubana, en función de romper con los prejuicios y estigmas patriarcales que afectan los derechos de parejas y familias no heteronormativas.

«No creo que la orientación sexual de las familias marque la diferencia en ningún lugar. La base de todo está en cuánto eres capaz de poner para construir una familia que sea para todas las personas; que sea el lugar seguro a donde llegar si un día regresas herida, con las alas rotas. Que sea un lugar seguro y tranquilo, donde compartas tus alegrías y tristezas», concluye Liusba, una madre cubana libre del esquema patriarcal.