Recomiendo:
0

Autoridades en ridículo

El derrumbe del «caso bombas»

Fuentes: Punto Final

 El derrumbe del llamado «caso bombas» se inició cuando el 8º Juzgado de Garantía rechazó el 60% de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, obligando al ente acusador a solicitar el sobreseimiento definitivo de los trece imputados, que permanecieron ocho meses en la cárcel. El Ministerio Público argumentó que la petición de sobreseimiento se […]

 El derrumbe del llamado «caso bombas» se inició cuando el 8º Juzgado de Garantía rechazó el 60% de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, obligando al ente acusador a solicitar el sobreseimiento definitivo de los trece imputados, que permanecieron ocho meses en la cárcel. El Ministerio Público argumentó que la petición de sobreseimiento se debía a que «el tribunal excluyó pruebas que eran fundamentales para llevar a juicio oral a los imputados por ese ilícito», como era la supuesta existencia de una «asociación ilícita terrorista». El desenlace de esta historia confirmó, según acusados y defensores, que existió un montaje impulsado por las autoridades.

El abogado Rodrigo Román, defensor de los imputados, dice que la sospecha de montaje surgió el mismo 14 de agosto de 2010, cuando se produjo la detención de numerosas personas que tres días más tarde fueron formalizadas, pues una cadena de acontecimientos previos mostraba una estrecha ligazón en el esfuerzo por favorecer una puesta en escena judicial.

La investigación por la detonación de artefactos explosivos se realizaba desde 2005. Inicialmente por el fiscal Francisco Jacir, y más tarde por el fiscal Xavier Armendáriz. El 14 de junio de 2010, Armendáriz fue relevado por el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, que nombró al fiscal Alejandro Peña.

Dos días antes -el 12 de junio de 2010- había detonado una bomba de ruido cerca de la casa del presidente Sebastián Piñera y al día siguiente, el ministro Hinzpeter declaró que había que «apurar el tranco» en el proceso investigativo. Para el abogado Román resulta curioso que a dos días de las palabras del ministro del Interior, se haya producido el cambio de fiscales. «Transcurren dos meses y detienen a catorce personas mediante un operativo increíble en la ciudad, con el fiscal Peña sobrevolando en helicóptero la ‘Operación Salamandra’. Allanan unas veinte viviendas y detienen a quince personas. Hay daños ocasionados a casi todas las viviendas allanadas, además de lesiones causadas a las personas, e incluso a miembros de las familias de los detenidos», explica el profesional.

 

Montaje al desnudo

 

La sospecha surgió respecto a cómo el fiscal Peña, en dos meses, sin realizar ninguna diligencia investigativa -asevera Román- fue capaz de formalizar cargos, en circunstancias que la investigación la venía realizando un fiscal especial y no había podido hacer síntesis siquiera para formalizar, que es un estadio preliminar en términos procesales. «A poco andar descubrimos, según información obtenida del Ministerio Público, que previo al 14 de agosto hubo reuniones en horas de la noche entre el ministro Hinzpeter y Alejandro Peña, en dependencias de la Fiscalía Sur. Eso fue armando la sospecha de que había un contubernio», puntualiza.

La simulación pretendida era la existencia de una asociación ilícita terrorista. «Dijimos que aquello era imagenería pura, y que si existió, sólo fue en la mente de Peña. Y probablemente en la de Hinzpeter». La comprobación de que estos antecedentes conformaban un montaje se habría producido cuando se presentó la acusación contra los imputados el 4 de abril de 2011 y a los dos días, el fiscal Peña renunció a su cargo y se incorporó al Ministerio del Interior como asesor de seguridad. «Entonces, la independencia del Ministerio Público como órgano autónomo, quedó severamente cuestionada ante la opinión pública. La sociedad entendió que había algo extraño, porque no se avizoraba con claridad la diferencia en los roles que tienen los distintos órganos del Estado. Y eso es muy peligroso para una sociedad que se dice democrática, fundada en el estado de derecho» agrega Román.

Si el persecutor penal trabaja dirigido o presionado por el Ministerio del Interior, no asegura un mínimo de justicia ni de equidad, enfatiza, pues el país vivió en su historia reciente los resultados trágicos de la falta de independencia del Poder Judicial.

La Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público establece la obligación de investigar con igual celo las circunstancias que agravan, así como las que atenúan, las responsabilidad penal del imputado. «Pero ese principio de objetividad es en el fondo una frase de pergamino -señala el defensor-, porque aquí quedó al descubierto que el Ministerio Público fue instrumentalizado por el poder político».

Y aún cuando las razones pudieran ser justificadas, desde el punto de vista que para el Estado resulta imperioso dar respuesta a sucesos como la sucesión de bombazos investigada, se debe cautelar la dirección de las líneas e hipótesis de investigación. En este caso «quedó al descubierto que el Ministerio Público fue instrumentalizado por el poder político a propósito de la necesidad de dar respuesta. Pero obviamente lo direccionaron equivocadamente, porque de paso pretendieron responder a otro problema, cual es la criminalización de la disidencia expresada en los grupos más vulnerables, como son el movimiento de ocupación o casas okupas. Son personas de ideas libertarias, anarquistas y antiautoritarias, como se definen ellos mismos».

¿Por qué inculparlos a ellos?

«Porque son una piedra en el zapato, no sólo para el gobierno de Piñera; lo eran también para los gobiernos de la Concertación. Y ya venía en marcha una persecución penal disfrazada. Previo al 14 de agosto de 2010 ya habían sido allanadas algunas casas okupa e imputados algunos de sus miembros».

¿Qué ocurre con las responsabilidades políticas después de este fracaso?

«Frente al despilfarro de recursos hay una responsabilidad y no la eufemística ‘responsabilidad política’. Aquí hay responsabilidad funcionaria definida en la ley orgánica constitucional del Ministerio Público. Al menos de los fiscales Víctor Núñez, Francisco Rojas y Marcos Emilfork, adjuntos de la Fiscalía Sur, que trabajaron con Alejandro Peña».

¿Qué continúa para quienes permanecen inculpados?

«Los fiscales insisten en una actitud contumaz, porque se sobresee respecto a la asociación ilícita terrorista, pero persiste la acusación respecto a cuatro chicos por colocación de ‘artefactos explosivos terroristas’. Así lo dijo el fiscal Rojas. Y respecto a otros dos: financiamiento de terrorismo, aunque saben que al único puerto posible de llegar es la absolución. No tienen un solo antecedente para vincular a los acusados con los hechos que se les imputan».

¿Cuáles son las acusaciones que persisten para quienes siguen imputados?

«Gustavo Fuentes Aliaga se encuentra preso por el homicidio frustrado en la persona de una de las sobreseídas. El era pareja de Candelaria Cortez-Monroy e intentó darle muerte hace tres o cuatro años. En ese contexto se produce la supuesta declaración que da formación a esta causa. Supuestamente él habría reconocido a otras personas en la colocación de un artefacto. Esta es la única imputación existente. Respecto a Felipe Guerra, Mónica Caballero y Francisco Solar: enfrentarán el juicio por la supuesta colocación de artefactos explosivos terroristas».

¿Y los acusados como financistas?

«A Carlos Riveros y Omar Hermosilla se les acusa -sin perjuicio de que también se les acusó como financistas de asociación ilícita terrorista- por financiamiento del terrorismo. El juicio oral tiene como único destino la absolución, porque no es que al Ministerio Público se le haya excluido abundante prueba, como ha dicho. Jamás tuvo pruebas para fundar una acusación. Lo dice el ex vocero de la Fiscalía Oriente, Mario Schilling. Conforme a los antecedentes, ni siquiera podían fundar una formalización, mucho menos una acusación».

¿Cómo evalúan este régimen de supervigilancia del Estado sobre los ciudadanos?

«En este caso quedó al descubierto que hubo 189 personas investigadas, a muchas de las cuales se les efectuó interceptación telefónica, seguimientos y otros. Establecieron redes a través de vínculos telefónicos, electrónicos e incluso, interceptaciones de la comunicación electrónica. A propósito de la falta de capacidad de las instituciones policiales, la brújula estaba tan perdida que hicieron una repasada investigativa a distintos grupos y organizaciones políticas y a militantes de ellas. Ex miristas, comunistas, frentistas, etc. No sería extraño que alguna de estas medidas estuviera fuera de la legalidad, porque el Ministerio Público en esta causa no dudó en alterar antecedentes».

 


 

RECUADRO

 

Comisión Etica

Contra la Tortura

 

El Informe de Derechos Humanos 2011 de la Comisión Etica Contra la Tortura (CECT), incluye un informe de la misión de observación a las personas presas por razones políticas imputadas en el «caso bombas», recluidas en la Unidad Especial de Alta Seguridad.

La misión analizó la violencia ejercida y constató que pese a no haber existido resistencia alguna, las acciones policiales no tuvieron consideración por la presencia de mujeres embarazadas y menores de edad. Se produjeron destrozos en los hogares allanados y fueron incautadas pertenencias familiares, incluidas computadoras, cámaras fotográficas, bicicletas, ropa, juguetes, entre otros.

A la vez, consideró el vasto operativo encabezado por el ex fiscal Alejandro Peña, que abarcó allanamientos y detenciones en Santiago y Valparaíso, en los que participaron personal del Grupo de Operaciones Especiales (Gope), Laboratorio de Criminalística de Carabineros (Labocar), la Trigésima Comisaría de Carabineros, con apoyo de dos helicópteros, y la Brigada de Investigaciones Policiales (Bipe).

Constató que la presión del Ejecutivo sobre el Ministerio Público y la calificación prematura de los hechos y de los imputados, vulneró el derecho de los detenidos a la presunción de inocencia, del cual el Estado debe actuar como garante, tanto de acuerdo a la legislación interna como a los tratados internacionales suscritos por Chile.

Otro aspecto abordado por la misión es la condena aplicada a priori por los medios de comunicación, que sin aguardar el desenlace de la investigación judicial y del proceso, trataron a los detenidos como culpables de los hechos que se les imputaban. Por ejemplo, El Mercurio tituló un reportaje «Caso bombas: Las tres claves que pusieron fin a siete años de impunidad».

El informe suma la estigmatización y persecución a creencias e historia política de las personas, el hostigamiento sistemático y seguimientos a las familias de los imputados, así como el tratamiento al que fueron sometidos durante la prisión.

 

Publicado en «Punto Final», edición Nº 744, 14 de octubre, 2011

[email protected]

www.puntofinal.cl

www.pf-memoriahistorica.org