Es la cantinela que se repite por estos días, como en el reciente pasado. Desde el militarismo y su sustento, la extrema derecha, hasta los medios masivos, pasando por el establecimiento y, por desgracia, hasta sectores democráticos repiten la misma jaculatoria (seguramente con el propósito de blindaje, aunque finalmente justificativa) de que ese fue el […]
Es la cantinela que se repite por estos días, como en el reciente pasado. Desde el militarismo y su sustento, la extrema derecha, hasta los medios masivos, pasando por el establecimiento y, por desgracia, hasta sectores democráticos repiten la misma jaculatoria (seguramente con el propósito de blindaje, aunque finalmente justificativa) de que ese fue el pecado de la UP, que significó su eliminación física como ‘expiación’.
Aunque eso no es lo que consideró la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA al aceptar el caso 11.227, previo de la demanda contra el Estado colombiano por el genocidio político contra la UP y paso inicial para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos resuelva el caso. En efecto la CIDH entró a evaluar la sistemática persecución y el asesinato, desplazamiento, amedrentamiento, despojo y toda suerte de crímenes contra la UP que inician estándose en un proceso de tregua pactada entre el Gobierno-en cabeza del Estado colombiano- y la insurgencia de las FARC.»Acuerdo de cese al fuego y tregua para la desmovilización en el término de un año», suscrito el 28 de marzo, que comenzaba a regir desde el 28 de mayo de 1984, teniendo como propósito incorporar a las guerrillas a la vida civil, con todas las garantías y seguridades. La CIDH conoció el caso porque el acuerdo de tregua bien puede asimilarse a Tratado, en términos del Derecho Internacional.
Pero es que además la CIDH conoció que desde el momento de aplicación de la tregua (pactada solemnemente como acto para el no uso de armas de manera ofensiva) el 1º de junio de 1984, es decir cuatro días después del inicio, el general Miguel Vega Uribe, a la sazón ministro de Defensa, en El Tiempo en una declaración dio la orden de «continuar las acciones ofensivas y destructivas» con lo que el pacto de cese de fuegos y tregua fue roto intencionalmente por el ejército nacional. La tregua se firmó como un acto de cese de hostilidades ofensivas, sin deponer ni entregar las armas por una organización político-militar (es decir una tregua, no una desmovilización ni dejación de armas, en términos del mismo DRAE) y en ese mismo acuerdo se estableció la creación de un vehículo político para lograr la paulatina incorporación de los alzados a la vida civil normal, tras la verificación y prolongación de la tregua, y como paso para permitir ahí sí la desmovilización y desarme: la Unión Patriótica.
La CIDH auscultó que el ataque no fue solo contra las guerrillas en tregua, sino que se enfiló especialmente contra civiles inermes, que no cayeron en campos de batalla, y que no estaban ‘combinando formas de lucha’, como las entiende el establecimiento; que eran militantes sindicales, comunales, campesinos, políticos de izquierdas; y que la combinación de estos civiles inermes era entre la acción política y las huelgas, paros, mítines y diversas formas de organización y reivindicación popular, sin usar de armas u otro tipo de acción violenta; sin pretender derrocar al Estado sino proponiendo reformas que hicieran viable una verdadera democracia: democracia avanzada fue llamada porque entre las múltiples propuestas para hacer más incluyente al Estado, en los 19 puntos de la UP, se hallaban entre otros:elección popular de alcaldes y gobernadores, descentralización administrativa, terminación del paritarismo en la justicia, devolución de funciones a la rama Legislativa y los órganos administrativos, etcétera.
Como los hechos de ataques en tregua, de violación proclamada de la misma;así como el argumento de no ser requerido un cese de hostilidades porque las FF.AA. estaban en condición de derrotar y destruir militarmente a las guerrillas están suficientemente documentados (en libros, periódicos, revistas y extensas cartas de la época) la CIDH al sopesar las pruebas consideró que no era cierto el argumento -y la justificación- del exterminio por ‘combinar las formas de lucha’ y por eso invitó a una solución amistosa; pero al conocer la Corte Interamericana casos como el del asesinato del senador Manuel Cepeda Vargas, concluyó que es un crimen auspiciado por el Estado en el turbión del exterminio delmovimiento político. Y lo propio ha dicho la Corte Suprema de Justicia de Colombia, al examinar varios casos del genocidio contra la UP.
Pero además por otra cosa, que deberían examinar, no la extrema derecha, ni la gran prensa pero sí los demócratas: nadie podría acusar válidamente a Jaime Pardo Leal, a Bernardo Jaramillo, a Leonardo Posada, a Manuel Cepeda (para poner solo los ejemplos más emblemáticos) de ‘combinar las formas de lucha’, salvo si estas se entienden como la utilización de la acción parlamentaria y política con la periodística, la sindical y popular, etc. Pero tampoco nadie puede acusar válidamente a los miles de asesinados (civiles) de combinar. En los más de 5.000homicidios solo se encuentran menos de 100 guerrilleros asesinados fuera de combate, y estando en labores políticas del vehículo pactado.
¡En Colombia sí que se combinan las formas de lucha!A partir de 1854, al menos, desde el establecimiento, desde la oligarquía que se adueñó del poder se atacó de forma aleve, sañuda, exterminadora al movimiento artesanal, con el pretexto de la ‘dictadura de José M. Melo’ (dictadura su generis la llamó Eduardo Lemaitre).Pero de antes ‘combinando’ la represión y el crimen con la ‘justicia’ se condenó a fusilamiento al abogado popular José Raimundo Russi, en 1851, para castigar su apoyo a los pobres y su socialismo, en una especie de concesión del gobierno liberal a sus opositores conservadores (alzados en guerra civil) y de advertencia a los desarrapados, que habían llevado al poder a aquél partido.
Y Guadalupe Salcedo, después de haber dejado las armas, desmovilizado sus hombres, fue asesinado en Bogotá, con el pretexto de haber atacado a una patrulla de la policía, ‘combinando’ la acción política con la armada.
La UP no combinó todas las formas de lucha. Su acción fue exclusivamente civil, abierta; opositora sí pero no insurreccional. Que las FARC tras sufrir los ataques declarados y proclamados, estando en tregua, hayan determinado que sus dos únicos parlamentarios (‘Braulio Herrera’ e ‘Iván Márquez’) regresaran a la acción militar es otra cosa. Pero acusar a la Unión Patriótica es además de una falsedad histórica una justificación del genocidio. Las guerrillas que no se habían comprometido a entregar las armas o deponerlas, y que habían pactado un espacio de tiempo en el cual no usar de sus armas ofensivamente, al verse atacadas respondieron usando su forma de lucha, que no fue la de la UP.
Cuando uno repasa lo que dijeron, por ejemplo en la Conferencia Ideológica del PDA, y lo que se ha escrito en otros medios, acusando a la Unión Patriótica de semejante ‘desatino’, pero también a las guerrillas de no haber depuesto sus armas y dejarse matar en las ciudades, le parece estar releyendo los informes del coronel Jürgen Stroop, relatados en el ‘Ghetto de Varsovia’, acusando a los judíos que se defendían de las balas y los incendios de «terroristas», que es uno de los epítetos ahora empleados hasta por demócratas impolutos contra los que ellos llaman ‘los combinadores de las formas de lucha’.