En la historia del ser humano, uno de los elementos de evolución como ser esencial y naturalmente social ha sido la manera de tomar decisiones, de ejercer el poder, de ampliar y ensanchar las posibilidades de tener en cuenta las propuestas de la mayoría del grupo, de la comunidad. Ese carácter de ser social, clave para la idea democrática (el ejercicio del poder por el pueblo), fue expresado de manera magistral por Aristóteles en su Política, hace ya veinticuatro siglos, con esta conocida frase: “la naturaleza arrastra pues instintivamente a todos los hombres a la asociación política”.
En los últimos siglos de la historia universal, una vez finalizada y superada la Edad Media, hemos evolucionado desde el absolutismo extremo que personalizaba en el monarca al propio Estado (ya lo dijo Luis XIV de Francia, el Rey Sol: “el Estado soy yo”), hasta sociedades democráticas avanzadas, con sufragio universal y mecanismos de participación popular directa, situación en la que nos encontramos ahora en una parte del planeta, pasando por una fase histórica intermedia, desarrollada en Europa y América del Norte (antiguas colonias británicas) a final del siglo XVIII y durante el siglo XIX, de nacimiento de la idea liberal y constitucional, de revoluciones, de fines traumáticos de las monarquías en algunos casos, de declaraciones de derechos, de proclamaciones de Constituciones, todo ello con muchos episodios de avances y retrocesos. Esto último es clave, la idea democrática no es absolutamente estable en su evolución histórica, como veremos. Ni tampoco lo es ahora, justo en la mitad de la tercera década del siglo XXI.
En esa época del triunfo de la razón y las luces, Charles de Secondat, barón de Montesquieu, publicó una obra clave en la historia de la democracia en Europa, El espíritu de las leyes (1748), que expresa las tres formas de gobierno, la republicana, la monárquica y la despótica, indicando que “el gobierno republicano es aquel en el que todo el pueblo, o al menos parte de él, detenta el poder supremo”. Aquí tenemos uno de los pilares teóricos centrales de la idea democrática contemporánea, que sin duda tuvo una influencia trascendental en la propuesta constitucional que surgiría unas décadas después, como hemos apuntado antes, en Europa y América del Norte, ideas y propuestas que llegarían también a España vía nuestros ilustrados afrancesados, y que concretarían política y constitucionalmente tras la invasión francesa de 1808 y la primera de nuestras Constituciones, la de 1812, tras la carta otorgada que supuso el Estatuto de Bayona (1808).
Pero, en pleno siglo XXI siguen existiendo partes del mundo en el que rige aún el absolutismo, no monárquico, pero absolutismo, al fin y al cabo, y hemos sufrido experiencias en la Europa del siglo XX de autoritarismos violentos contra el propio ser humano, con operaciones de estado para reprimir o exterminar parte de su propia población por razones ideológicas o de raza (nazismo, fascismo, salazarismo, o el franquismo), o con Estados totalitarios de otro orden ideológico bajo la denominación de “dictaduras del proletariado”. En todo caso, como nos recuerdan los profesores Pérez Royo y Carrasco Durán en su clásico manual de Derecho Constitucional, “en términos generales, antes de 1914, en Europa existe el Estado constitucional pero no el Estado Democrático, pues, el Estado de finales del siglo XIX y primeros años del siglo XX, es un Estado oligárquico, en el que es una parte reducida de la población la que únicamente participa en el proceso político”.
Por esto es tan importante cuidar y potenciar la idea democrática, el ideal constitucional como proyecto común de vida y como patrimonio jurídico-público colectivo. Como nos recordó el profesor J. J. Linz en su extraordinario trabajo La quiebra de las democracias (1977), los politólogos norteamericanos S. Levitski y D. Ziblatt en su conocida obra Cómo mueren las democracias (2018), o el politólogo británico David Runciman, en su sugerente ensayo Así termina la democracia (2018), los Estados con estructuras democráticas asentadas también colapsan, a veces con enemigos interiores, que desde la institucionalidad las destruyen.
Tengamos también en cuenta una idea recientemente manifestada por el Profesor Martín de la Vega, que puede hacernos entender algunos de los actuales problemas de defensa democrática: “si la democracia es un régimen de opinión, la democracia es también un régimen de afectividad y el cerebro es un cerebro emocional”.
Con esta reflexión pretendo que nos sigamos haciendo preguntas, de manera colectiva, para no dar por cierto y hecho que nuestra democracia es realmente avanzada y profunda, para seguir buscando respuestas actualizadas. Realmente, ¿son realmente efectivos los derechos de participación política que tenemos?, ¿vivimos actualmente en una sociedad democrática avanzada?. Las respuestas empiezan a no estar claras, no debemos perder la perspectiva de que la democracia no solo es votar periódicamente, también es respeto permanente al conjunto de derechos y libertades en la esfera democrática, a las facultades de participación política de la ciudadanía.
Actualmente, los textos constitucionales son la norma esencial para cualquier sociedad democrática, sobre todo tras la segunda contienda mundial, superado el horror causado por las diferentes formas de autoritarismo en Europa, momento histórico en que la aspiración universal de la dignidad humana se conecta de manera definitiva a la idea de Estado constitucional, democrático. El reto es que siga siendo así en la tercera y siguientes décadas del siglo XXI.
Actualmente España en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, que asume que la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social, y que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos. Esencial planteamiento que determinará futuras acciones de nuestro Estado.
Pero, no siempre fue así, también lo era en la Constitución de 1931 y colapsó dicho Estado democrático, y España sufrió cuatro décadas de represión y violencia de Estado sobre una parte de la población española. Por eso insistimos en la necesidad de cuidado y atención a la idea democrática, por eso es tan importante la educación en valores y principios democráticos, y en la historia constitucional y democrática, tanto en lo universal como en referencia a España.
Y, la democracia se cultiva con educación, como decimos, pero también con participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, incluidos los mecanismos constitucionales de participación directa (referéndum e iniciativa legislativa popular). Por eso es tan importante que nuestra actual Constitución de 1978, en su artículo 27, al proclamar como fundamental el derecho a la educación, inserte en su literal, que dicho derecho tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Debemos tener en cuenta que, según el último Informe sobre la Democracia en España, coeditado por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, las principales debilidades de la democracia española son la falta de respeto que muestran los medios de comunicación, la dependencia económica del poder político, las interferencias internacionales sobre el país, la escasa accesibilidad de los representantes, el difícil y desigual acceso al poder, y la corrupción.
Además, se concluye también en este importante informe de situación, que hay otras cuestiones que deben mejorarse, como la baja participación ciudadana, la alineación de los medios de comunicación con determinadas posiciones partidistas, la dependencia de los partidos políticos del poder económico, o la escasa cooperación entre niveles de gobierno.
Las ideas generales que he apuntado en esta reflexión constituyen parte del capítulo introductorio de mi libro La democracia en el constitucionalismo español (pasado, presente y futuro), editado en marzo de 2025 en Barcelona por la editorial Atelier Libros Jurídicos, que tiene como pretensión de servir de recurso para la pedagogía democrática, sobre todo pensando en las personas jóvenes, para que el principio democrático siga muy presente en nuestras sociedades. Ese es el sentido de las medidas que expongo en su parte final como propuestas de cambios futuros y de posibles contenidos para una nueva Constitución del siglo XXI.
Nota: este artículo se ha publicado originariamente en el blog del espacio de pensamiento Prometeo.
Ángel B. Gómez Puerto, Profesor Ayudante Doctor de Derecho Constitucional (Universidad de Córdoba).
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.