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El Tribunal de la Unión Europea cuestiona el canon digital español

Fuentes: Diario de León

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) se prepara para declarar ilegal el canon digital que aplica España a todos los equipos, aparatos y soportes de grabación porque es «indiscriminado» y contrario a la legislación comunitaria. La jurista del tribunal Verica Trstenjak, encargada de preparar el fallo judicial del caso que enfrenta a […]

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) se prepara para declarar ilegal el canon digital que aplica España a todos los equipos, aparatos y soportes de grabación porque es «indiscriminado» y contrario a la legislación comunitaria.

La jurista del tribunal Verica Trstenjak, encargada de preparar el fallo judicial del caso que enfrenta a la empresa de comercialización de aparatos electrónicos Padawan con las reclamaciones de la Sociedad General de Autores de España (SGAE), ha dictaminado hoy que el canon solo puede aplicarse a los equipos, aparatos y soportes que vayan a destinarse presumiblemente a la realización de copias privadas.

El dictamen de la jurista del Tribunal de la UE destaca: «La aplicación indiscriminada de dicho canon a empresas y profesionales que, según muestra la práctica, adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para fines ajenos a la copia privada no es compatible» con la directiva comunitaria.

RECLAMACIÓN DE LA SGAE La polémica del canon digital español ha llegado al Tribunal de la UE mediante una cuestión judicial planteada por la Audiencia de Barcelona ante la reclamación de la SGAE de 16.759 euros a la empresa Padawan por el canon correspondiente a los aparatos comercializados entre septiembre del 2002 y septiembre del 2004. La Audiencia de Barcelona preguntó al Tribunal de la UE si el canon español es conforme al derecho comunitario y si puede considerarse una «compensación equitativa» a los autores y artistas, como establece la directiva.

La jurista del Tribunal de la UE considera que no. Argumenta que el canon digital debe respetar un «justo equilibrio» entre los titulares de derechos de la propiedad intelectual y las personas que son obligadas directa o indirectamente a pagar ese canon.

RELACIÓN ESTRECHA La jurista Trstenjak precisa que debe existir «una relación suficientemente estrecha» entre el uso de los aparatos y la correspondiente compensación económica por copia privada. Por lo tanto, concluye que ese canon solo se puede aplicar a los aparatos, soportes y materiales de reproducción que vayan a destinarse presumiblemente a la realización de copias privadas. Como el canon digital español es indiscriminado y se aplica a todos los aparatos y soportes, sea cual sea su uso, es contrario al derecho europeo.

El Tribunal de la UE utilizará el dictamen de la jurista para la elaboración de su sentencia definitiva en los próximos meses. El Tribunal de la UE suele seguir las recomendaciones de sus juristas, pero el dictamen no es vinculante.

http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=526922