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Primera Parte

Elecciones, cambio de régimen político y nueva democracia

Fuentes: Rebelion

Documento de trabajo y de discusión

A la memoria de Luis Moulian E.

en los 20 años de su partida

“La democracia es una ficción estadística”

Borges

“No es, por cierto. merced a cartas y reconocimientos

como el pueblo poder garantizarse el seguro

disfrute de sus derechos.

La garantía solamente reside en el fuerza.

Con el poder, no resultan necesarias cartas otorgadas, ni, por

Lo demás, con las cartas detalladas y auténticas se posee

nada en ausencia del poder

E.J. Sieyes.

“Es razonable concebir la crisis como un instante anómalo en la vida

de una sociedad, y eso querría decir una hora en las cosas no se

presentan como son en lo cotidiano y se presentan en

cambio como son en verdad, esto es,

la crisis como desnudamiento de la lógica como ruptura

 de sus mediaciones y como resquebrajamiento de sus fetichismos”

René Zavaleta

0.- Presentación

Este documento de trabajo y de discusión tiene como objetivo central llamar la atención sobre una extraordinaria paradoja política que se presenta en la sociedad chilena: en pleno proceso constitucional, o sea, de cambio histórico, político e institucional. Es decir, al mismo tiempo de la construcción de nuevas reglas, normas e instituciones se tienen programado realizar elecciones con el objeto de seleccionar nuevas autoridades políticas destinadas a ocupar órganos del poder político. Las cuales podrían desaparecer o ser modificados sustantivamente por la Convención Constitucional (CC).

Ello significa que las autoridades políticas que fueran electas en noviembre lo serían con reglas y normas que podrían que habrán dejado de existir si ellas fueran modificadas sustantivamente por la CC. Por lo tanto, esas autoridades podrían tener una muy baja legitimidad y, perfectamente, ser autoridades “transitivas”. En otras palabras, debieran cesar en sus cargos una vez promulgada la nueva Constitución Política.

En consecuencia, tanto el nuevo Presidente de la República, los nuevos parlamentarios (Diputados y Senadores) como los Cores (Consejeros regionales) no solo serán los últimos representantes en ser elegidos con las normas y reglas de un régimen político “democrático” en crisis, deslegitimado y en fase terminal, sino, también, debieran, en razón de lo anterior, cesar en sus cargos y funciones con el fin de la impopular Constitución de la dictadura y de los últimos 30 años.

Ahora bien, si, por diversas razones, la nueva Constitución Política que sea elaborada por la CC no es aprobada por la comunidad política nacional, la espuria CP1980/2005 seguirá rigiendo, con lo cual las elecciones de noviembre no tendrían el carácter de ser las últimas sino otro torneo electoral de la democracia protegida y todas las autoridades electas serían, nuevamente legales, pero no legitimas, como lo han sido los dos últimos presidentes y las y los parlamentarios electos, en 2013 y en 2017.

Un escenario político como el señalado sería, por cierto, inaudito como catastrófico para las fuerzas sociales y políticas que impulsaron el cambio político institucional, especialmente, desde la revuelta popular de 2019 y un triunfo para los sectores dominantes. Habría que preguntarse si existen antecedentes políticos, sociales o culturales para que pueda producirse un escenario tan insólito y paradojal. Aparentemente, pareciera que no, pero, sin lugar a dudas es una posibilidad abierta. De la misma forma que el escenario político de un apruebo a la nueva Constitución deje a las autoridades electas como un relicto político espurio del viejo sistema político y de una democracia fenecida.

Cabe advertir que si hoy estamos en un proceso político de cambio institucional-constitucional se debe a la acción social y política de una ciudadanía que mayoritariamente ha cuestionado ya sea de manera directa (Rebelión de octubre de 2019 y otras formas de movilización social activa) o pasiva (abstencionismo electoral) la legitimidad institucional y, sobre todo, la nula ética del régimen político, del sistema judicial y de diversas instituciones vigentes desde 1990. Por lo tanto, ninguna autoridad procedente de la decadente democracia neoliberal debiera estar presente en la nueva democracia. Pues, la desconfianza permea la relación entre la ciudadanía con los actuales actores políticos, especialmente, con los partidos políticos.

Consideramos que esta situación abre un conjunto de problemáticas políticas e institucionales que podrían obstaculizar tanto el desenvolvimiento del poder constitucional, el ejercicio del poder ejecutivo como legislativo de las autoridades electas en noviembre próximo. Generándose, un conflicto de poderes, entre el Constitucional y el constituido, conflicto que ya se ha expresado en los dos meses y medio que lleva en funciones la CC. Lo más probable que surja una contienda jurídica-política sobre la legitimidad de las autoridades electas con normas y reglas que siendo legales poseen una nula o una muy baja legitimidad entre la ciudadanía como también los actores políticos que participarán en las próximas elecciones. Esta doble ilegitimidad explica la baja tasa participación electoral de los últimos años.  

La falta de legitimidad, credibilidad y confianza en las actuales instituciones políticas es, por cierto, uno de los principales factores que explican la alta abstención electoral que registra la democracia protegida/neoliberal. Además, el profundo descontento con esta forma democrática fue uno de los sustentos políticos de la rebelión popular y ciudadana de octubre 2019. Por consiguiente, si en la próxima elección presidencial y parlamentaria la abstención se mantiene alta y el nivel de participación sigue a la baja, las autoridades electas tendrán una muy baja legitimidad en relación con los convencionalistas.

Esta problemática como veremos, si bien, no fue prevista de manera integral por los legisladores actuales, la Constitución Política en el Capítulo XV, específicamente, en el artículo 138 entrega la facultad a la CC para resolverla. Dicha resolución pasa, esencialmente, por la instalación de un nuevo modelo de democracia lo que supone, a su vez, un cambio radical de régimen político.

Este documento tiene como objetivo analizar estas problemáticas y ofrecer una visión de ellos. Y, al mismo tiempo, entregar un conjunto de proposiciones acerca de cómo debiera ser no solo la nueva forma de Estado, de gobierno, sino, fundamentalmente, la nueva democracia.

La sociedad chilena necesita de manera urgente una nueva democracia para superar la actual crisis política. Requiere una democracia ciudadana, radical, directa, paritaria, feminista con representación por mandato, plurinacional, con forma de participación política que contemple tanto a los partidos políticos, organizaciones sociales civiles o ciudadanas e independientes. Disponer un régimen semipresidencial y unicameral, con iniciativa popular y ciudadana de la ley, con revocatoria de mandato y con nuevas reglas electorales donde la abstención electoral sea considerada como una manifestación de la voluntad popular-soberana ciudadana. Pero por, sobre todo, requiere de una nueva política democrática con una nueva ética política.[i]

Una de las tareas fundamentales de la CC será refundar la democracia. Para que esta devuelva a la ciudadanía su legitimidad, credibilidad y confianza en sus instituciones políticas. Por esa razón, todas las nuevas autoridades que asuman algunas de las responsabilidades políticas e históricas deberán ser electas y seleccionadas por instituciones no ligadas ni vinculadas con las formas que tuvieron vigencia en el corrupto e ilegitimo régimen político que fenece.

La extensa crisis orgánica de la sociedad chilena se encuentra en un momento crucial para encontrar líneas de solución relativas y de ninguna manera definitiva. Estamos -de acuerdo a la expresión del sociólogo boliviano René Zavala- en un “momento constitutivo”. Este es un momento de deterioro de la hegemonía y del probable comienzo de un nuevo momento histórico. Pero, para que este momento lo sea en plenitud política e histórica requiere que este “momento” se transforme en “fundacional”. Para ello se requiere, a su vez, que la CC asuma el poder constituyente, revolucionario, con toda su potencia democrática. Y, esa posibilidad, hasta ahora esta clausurada por la permanencia del poder constituido y, sobre todo, por la vigencia de la estructura político institucional de la Constitución de 1980/2005.

En relación a lo anterior pensamos que las elecciones de noviembre de 2021 en vez de facilitar la acción de un proceso refundacional se transformaran en un obstáculo, principalmente, por los intereses cruzados que existen entre actores políticos que están en la CC con los que pueden ser electos en esas elecciones. Especialmente, al predominio de la vieja partidocracia.

En este documento elaborado en dos parte, en esta primera, se analizan aspectos específicos tanto de la paradoja como de las problemáticas anunciadas en esta presentación. En ese sentido, el documento se ha organizado en tres puntos. En el primero hacemos un breve análisis del proceso electoral como también de los actores que van a participar en ella. Nuestro punto aquí es que las elecciones presidenciales y parlamentarias como también de Cores serán la última del ciclo electoral que se regirán con las normas y reglas e instituciones que se corresponden con la democracia protegida-neoliberal bajo el total control de los partidos políticos dominante en los últimos 30 años. Lo cual es una completa contradicción y una extraña paradoja.

En el segundo, exponemos la conflictividad entre el poder constituido tanto gubernamental y legislativo y el poder constitucional que se expresa en la Convención Constitucional. Aquí proponemos que la única forma de resolver esta conflictividad es que la CC pueda asumir el poder constituyente originario y soberano que le permita establecer un nuevo régimen político democrático de manera integral y radica.

En el tercer punto nos interesa especificar en que consiste un cambio de régimen político para una nueva democracia. Aquí precisamos la diferencia fundamental entre un cambio enel régimen del cambio de régimen. Donde las preposiciones “en” y “de” son fundamentales porque nos indican el carácter como la profundidad del cambio político. Nuestra tesis aquí es que Chile desde 1990 solo ha experimentado cambios “en” el régimen político, lo que se requiere con urgencia es un cambio “de” régimen político. Por último, en la segunda parte, abordamos directamente al modelo de democracia futura.  

El método de exposición utilizado en este ensayo político combina la perspectiva diacrónica y sincrónica de carácter interdisciplinario que armoniza la historia y la politología con el objeto de destacar y relevar ciertos aspectos del proceso político chileno actual ya sea virtuosos o débiles, haciendo un análisis comparado indirecto con los procesos constitucionales latinoamericanos recientes, especialmente, el caso venezolano, ecuatoriano y boliviano.

Documento elaborado como insumo para la discusión ciudadana para una nueva Constitución Política.

Juan Carlos Gómez Leyton

Dr. en Ciencias Sociales y Política

San Joaquín, 2021.

1.- La última función electoral de la democracia protegida/neoliberal

Cerrado el proceso de selección, designación e inscripción de candidaturas para las elecciones presidenciales y parlamentarias de noviembre próximo, tenemos la impresión de que no se registraron muchas novedades: el escenario electoral presidencial ha sido ocupado por los mismos actores políticos y protagonistas de los últimos años. El coro (las y los candidatxs al parlamento) igual de multitudinario que en otras ocasiones, aunque sus integrantes son algo más variados y multifacéticos que en otras puestas en escenas. No obstante, a pesar de los cambios producidos, desde octubre de 2019 a la fecha, en la comunidad política nacional, en lo sustantivo la puesta en escena sigue siendo la misma de los últimos 10 años. Lo nuevo está, sin ninguna duda, en el contexto histórico político en que se inserta el proceso electoral de noviembre como también en los libretos (nuevos discursos) de algunos actores políticos como el discurso de la derecha o de la socialdemocracia chilena y, sobre todo, en los públicos que pueden concurrir su puesta en escena.

En relación con el elenco de actores, digamos que los actores principales son, a pesar de su descredito y rechazo ciudadano, los partidos políticos tradicionalmente conformes con el sistema neoliberal y activamente participante de la decadente democracia protegida. La parrilla está integrada por la derecha que se presenta dividida, por un lado, el Partido Republicano, que presenta a José Antonio Kast, en su segunda incursión presidencial; y por otro, la alianza Chile Vamos se transformada en Chile Podemos + (UDI, RN, Evopoli y PRI) cuyo candidato es el “independiente” Sebastián Sichel. La centro izquierda neoliberal, primero como Unidad Constituyente muta a Nuevo Pacto Social (Democracia Cristiana, PPD, Partido Radical Social Demócrata y Partido Socialista) cuya abanderada presidencial es expresidenta del Senado y democratacristiana Yasna Provoste; la versión de la social-democracia nacional reúne a los partidos del Frente Amplio, al Partido Comunista, la Federación Regionalista Verde y Social, eligieron en una disputada primaria al exlíder del movimiento estudiantil y actual diputado Gabriel Boric, por el pacto Apruebo Dignidad.

Entre los actores secundarios encontramos al ya eterno candidato de la última década de la socialdemocracia chilena y latinoamericana Marco Enríquez-Ominami por el Partido Progresista PRO, quien se postula por cuarta vez a la presidencia. Este es un candidato que viene rodando cuesta abajo desde 2010[ii].  Por segunda vez, se presenta el economista Franco Parisi, apoyado por el Partido de la Gente. Un candidato altamente cuestionado por diversas razones. E incluso al momento del cierre de este documento, el candidato Parisi, ha quedado fuera de la competencia pues ha solicitado “asilo político” en Estados Unidos de Norteamérica. Y, por último, la izquierda revolucionaria, agrupada tras el profesor Eduardo Artés, militante del Partido Comunista Acción Proletaria (PC AP) y en representación de la Unión Patriótica (UPA), inscribieron, por segunda vez, su candidatura a la presidencia con el objeto de “Refundar Chile”.

Y, por último, entre los actores de reparto, el coro, o sea, las listas parlamentarias como es tradicional lo conforman desde la derecha republicana a la izquierda revolucionaria-testimonial una gran contingente de ciudadanxs, colectivos sociales y grupos políticos, autoproclamados como independientes y micro partidos, de todos los colores imaginables.[iii] Sin considerar la lista de candidatos que postulan a CORES.

Este elenco, como lo hemos dicho, tiene y tendrá la particularidad histórica y política que será el último en presentarse en el teatro electoral construido por la Constitución Política de 1980/2005 y, por tanto, son los actores y protagonistas políticos de la última función de la democracia protegida.

En efecto, la elección presidencial y parlamentaria de noviembre de 2021 será, tal vez, la última que se realice bajo las reglas, normas y procedimientos establecidas tanto por la CP de 1980-2005 como por las leyes orgánicas constitucionales (de partidos políticos, sistema electoral, etcétera) que regulan el régimen democrático vigente desde 1989.

Independientemente de los resultados que produzca esa elección pasará a la historia como la elección que cerró el proceso político abierto no solo con las elecciones fundacionales de 1989 sino con la promulgación por parte del dictador A. Pinochet Ugarte de la Constitución Política de 1980 reformada por el socialdemócrata neoliberal Ricardo Lagos en 2005. Aunque, por cierto, el cierre definitivo de dicho proceso histórico solo se verificará y cuando se apruebe y se promulgue la nueva Constitución Política que actualmente se redacta en la Convención Constitucional.

Por consiguiente, la condición terminal de las elecciones de noviembre está dada por el contexto histórico-político en que ellas se insertan. El actual escenario político esta signado por el cambio constitucional establecido por decisión ciudadana en octubre de 2020. Cuando esta mayoritariamente se pronunció por cambiar la Constitución Política de 1980, a través de una Convención Constitucional ciudadana. Con su instalación, el 4 de julio, se puso en marcha el proceso político destinado, en un periodo no mayor a un año, a elaborar, redactar y aprobar una nueva Carta Magna para Chile.

Es, justamente, el cambio constitucional, el fin de la CP1980/2005, y la promulgación de la nueva Constitución, por ende, la conformación de una nueva estructura jurídica-política del Estado que probablemente establezca una nueva forma de Estado, de gobierno, de régimen político, etcétera. En otras palabras, el cambio constitucional se traducirá en el establecimiento de nuevas reglas, normas e instituciones políticas que dejarán obsoletas y reemplazarán a las promulgadas bajo el amparo de la Constitución Política de 1980.

Por esa razón, las autoridades políticas electas que tendrán la condición de ser “transitivas”, en otras palabras, deberán durar un corto lapso tiempo en sus cargos. Tanto el Presidente como los parlamentarios como los Cores, la ser los últimos representantes elegidos con las normas y reglas de una democracia deslegitimada y en crisis y en fase terminal. Debieran cesar en sus funciones al momento que la ciudadanía apruebe la nueva Constitución Política y que en el menor lapso temporal convoque a nuevas elecciones generales para proveer los nuevos cargos y funciones establecidas en la nueva Carta Fundamental.

Lo anterior significa que el poder constituido que se instituya en marzo de 2022 cesa sus funciones y quien asume de manera transitoria la dirección política del país conforme a las disposiciones establecidas en el Artículo 138. De las normas transitorias, del Capítulo XV de la Constitución Política de la Republica referido a la Reforma de la Constitución y del Procedimiento para Elaborar una nueva Constitución Política de la República, es la Convención Constitucional.

En dicho artículo se establecen tres normas que entregan dicha facultad a la CC y hemos destacado (negritas) la que consideramos fundamental para dejar sin efecto la elección de noviembre. Por eso dicha elección es extemporánea, por ende, inútil. Las normas allí establecidas son:

“La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de algunas de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al periodo de las autoridades electas por votación popular, salvo que aquellas instituciones que integren sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones”[iv]

Obviamente que no sabemos al momento de redactar este documento, si la CC va a decidir soberanamente suprimir y modificar sustantivamente todas las instituciones que actualmente conforman y estructuran la forma de Estado, de gobierno y la forma del régimen democrático. Si fuera así, la CC debiera solicitar y/o establecer la cesación de todas las autoridades electas en noviembre próximo deberán cesar de sus funciones y lo más probable sería que la misma CC, en virtud de sus facultades, convocará a nuevas elecciones populares con el objeto de elegir las nuevas autoridades políticas de la República.

Por esa razón, considero que tanto CC como la comunidad ciudadana debieran comenzar a discutir de manera prioritaria la forma de Estado, de gobierno y que régimen democrático debiera instalar la nueva Constitución Política. El problema adicional que se le adiciona a la paradoja antes señalada será el más probable choque de poderes que confrontará a la CC con el poder constituido actual y con el que se va a constituir tras las elecciones de noviembre.

Este problema remite a una dura confrontación de poder, fundamentalmente, porque surge la interrogante en torno a la actitud y comportamiento que asumirán los actores políticos, los partidos relevantes tanto de la derecha, de la centro izquierda, de la socialdemocracia como de la izquierda que resultaran ganadores en las elecciones de noviembre y obtuvieran ya sea la presidencia o  cuotas importantes de poder en el parlamento y, al mismo tiempo, tengan representación en CC estarán dispuestos a impulsar, sostener y aprobar la total supresión como la modificación sustantiva de aquellas instituciones que hipotéticamente los obligaría a cesar y abandonar sus cargos.

Esto nos lleva a otra interrogante: la CC, los actores políticos, especialmente, los partidos políticos, tanto de gobierno como de las oposiciones, están interesados en realizar un cambio de régimen o solo un cambio en el régimen político. En otras palabras, están estos actores políticos comprometidos y jugados por cambiar radicalmente el sistema político que impuso la dictadura militar desde 1980, consolidado con los gobiernos concertacionistas, de la Nueva Mayoría y la Derecha en los últimos 30 años.

Tengo la impresión de que, dado los actores principales, secundarios y los de reparto siguen siendo los mismo de los últimos 10 años y dada la ausencia de un proyecto político de democracia sustantivo y alternativo, estos actores estarían más proclives a realizar solo leves cambios en el régimen democrático. Es decir, introducir algunas normas y reglas que terminen definitivamente con las instituciones de la democracia protegida y permitan dar viabilidad plena a la democracia liberal representativa. Sin proponerse, por ejemplo, la instalación de un nuevo modelo de democracia ya sea, la democracia social participativa, la democracia radical o cualquier otra.

Con todo, aunque el cambio sea dentro de continuum sin rupturas ni inflexiones drásticas no elimina los problemas políticos e institucionales que provocara para el proceso político la realización del torneo electoral de noviembre.

2.- Una Convención Constitucional con mayoría social, pero sin liderazgo ni poder constituyente

Es más que evidente que en el escenario político nacional desde el 4 de julio actúan dos poderes políticos, a saber: el poder constituido y el poder constitucional. Se trata de dos poderes asimétricos, con distintas fuentes legales y, sobre todo, de legitimidad. Donde lo paradojal esta dado en el hecho de que el poder que tiene mayor legitimidad política-ciudadana, el constitucional, depende y, en cierta forma está subordinado, al poder constituido que posee una muy baja legitimidad ciudadana. La existencia de un operativo poder constituido, que no ha dejado de ejercer su poder constituyente derivado tanto a nivel gubernamental como parlamentario, tiene al poder constitucional ciudadano (CC) con las manos atadas e impedida su potencia constituyente democrática y, eliminada toda potencia revolucionaria.

Esta dualidad de poder político, aunque, no es inédita en los procesos constitucionales recientes de América Latina tiene en Chile la particularidad de que el “poder constitucional ciudadano” está limitado, controlado y obstruido por el poder constituido. Tanto, el poder legislativo actual como el que pueda conformarse en marzo del año próximo, lo ejercen los partidos políticos del orden político neoliberal y de la democracia protegida, los cuales tienen resistencias, recelos y cierta rivalidad con el poder constitucional ciudadano que se expresa en la CC, fundamentalmente, porque ella está integrada por un significativo número de convencionalistas “independientes” que fueron electos como alternativa a la “partidocracia”.

A pesar de que en la CC el número de convencionalistas que responden a los lineamientos de los partidos políticos de la democracia protegida constituyen el 54% y los “independientes” solo el 46%, se instaló en la opinión pública que los “independientes apartidistas” dominan la CC. Lo cual es un equívoco o una realidad menos que a medias. Más allá del espectacular número de ciudadanxs apartidistas de la Lista del Pueblo, de los Independientes No Neutrales y de otrxs independientes dispersos, lo cierto es que la CC resulto ser bastante “mixta” y con un equilibrio relativo entre “convencionalistas independientes” y “convencionalistas de partidos”. Incluso la mesa inicial de la CC tuvo una mixtura hibrida entre lo que podríamos denominar de “independientes ficticios”: Elisa Loncón, la Presidenta, representante del pueblo-nación mapuche, según los datos que se conocen ha sido cercana a los partidos de la exConcertación y la Nueva Mayoría, o sea, una “independiente por x”; por su parte, Jaime Bassa, el Vicepresidente, es un “independiente” vinculado a Convergencia Social del Frente Amplio.

De tal manera entonces que la vieja “partidocracia” tanto de la derecha (Chile Podemos +), la centro izquierda neoliberal (exConcertación y ahora el Nuevo Pacto Social) como de la socialdemocracia (Apruebo Dignidad y el PRO) tejen sus redes de influencia al interior de la CC, situación que despliega un manto de dudas sobre la necesaria autonomía de los convencionalistas partidistas de las directrices y operativas que llevan a cabo sus orgánicas al interior del poder legislativo. Puesto que son estos mismos actores políticos al ejercer un poder con mayor capacidad de ingerencia e incidencia en el sistema político deciden sobre cuestiones coyunturales que repercuten no solo el desenvolvimiento del régimen político sino sobre, incluso, del hacer y el quehacer de la CC.

Como ha sido sostenido por distintos analistas políticos y medios de comunicación ligados y vinculados al establishment, las y los convencionalistas pueden hacer la Ley suprema, o sea, los principios normativos generales de la Nueva Constitución, pero, las leyes orgánicas constitucionales, es decir, las normas y reglas que operacionalizan esos principios la hacen las y los parlamentarios. Por esa razón, el rol que puedan asumir y jugar las nuevas autoridades electas en noviembre, la mayoría de ellos, vinculados a la vieja partidocracia, serán cruciales para el éxito tanto para la aprobación como de la instalación y aplicación de la nueva Constitución Política.  

A pesar de que la mayoría de la ciudadanía se manifestó a favor de una Convención Constitucional no integrada por la partidocracia. Todos los partidos políticos relevantes de la democracia protegida están presentes en la CC. Es cierto, que algunos muy disminuidos electoralmente como es el caso de la Democracia Cristiana que solo obtuvo un convencionalistas, siendo el caso más dramático. El resto de los partidos (desde la derecha a la izquierda socialdemócrata) lograron instalar representantes. La vieja partidocracia en los procesos constituyentes de Venezuela, Ecuador y Bolivia, donde se expresó plenamente el poder constituyente, no tuvo presencia o su acción fue nula. Esos procesos se realizaron en contra de la partidocracia dominante en la democracia que fenecía. Aunque no fueron procesos anti-partidos. Lamentablemente, en el caso chileno, la partidocracia sigue teniendo el control del proceso político, lo cual conspira para la realización, expresión y manifestación del poder constituyente ciudadano originario y soberano. El poder de la partidocracia se expresa como he dicho tanto a nivel del ejercicio del poder ejecutivo como del poder legislativo.

Este poder es, sin duda, un punto central y políticamente estratégico para resolver la controversia entre el poder constituido y el poder constitucional. Aunque, la relación es bastante desequilibrada a favor de la partidocracia. Pues, el poder constituido es el poder de los partidos políticos.

Ahora bien, de acuerdo con la actual normativa constitucional, si bien, los parlamentarios como es sabido poseen una reducida facultad para hacer la Ley. Esta la tiene el Presidente de la República (Arts. 65 a 75, de la CP de Chile)[v]. Ello explica, entre otras razones, la baja o casi nula colaboración de parte del gobierno actual y del Presidente Sebastián Piñera, al proceso constitucional en marcha.

Advirtamos que de los seis postulantes a la presidencia que competirán en noviembre, tengo la impresión de que solo tres que tienen alguna posibilidad de llegar a La Moneda, pues, cuatro de ellos son candidaturas electoralmente “no relevantes” o con escasas o nulas posibilidades de triunfar. Con los datos actualmente disponibles (resultados electores anteriores, encuestas de opinión como también análisis de la incidencia de sus planteos y de su perfil personal entre la ciudadanía) nos indican que las candidaturas de José Antonio Kast, de Marco Enríquez-Ominami y Eduardo Artés, solo un milagro electoral los podría llevar a La Moneda. Claro esta hay milagros electorales.

De las tres candidaturas restantes, en mi opinión, ninguno de ellos podría asumir el liderazgo que la CC requiere con el objeto de que ella pueda asumir, en su fase final, el poder constituyente soberano con autonomía y legitimidad.

El candidato que podría hacerlo dado que cuenta con el apoyo de los partidos que tienen un buen número de convencionalistas en la CC. Los cuales siempre se han manifestado por la realización de una Asamblea Constituyente, es el abanderado de la alianza Apruebo Dignidad, Gabriel Boric. Sin embargo, su activo compromiso con las leyes que criminalizaron la revuelta popular y ciudadana de Octubre de 2019 y por haber firmado el Acuerdo de Paz y Nueva Constitución que derrotó a la Revuelta Popular y Ciudadana de octubre de 2019 y que evitó la caída del gobierno de Sebastián Piñera, no tiene legitimidad política entre los sectores más progresistas y rupturistas de la ciudadanía. Lo mismo ocurre con la candidata de la Democracia Cristiana Yasna Provoste. Ella es la genuina representante de un conglomerado que expresa política y simbólicamente la continuidad de los últimos tres décadas de la dominación neoliberal; por ende, tampoco tiene la legitimidad política para liderar ni conducir desde la presidencia de la República, el proceso constitucional. Por último, dudo que el candidato Sebastián Sichel, representante de la decadente alianza de la derecha Chile Podemos +, tenga ningún interés en apoyar la labor de la CC que está enterrando la CP del orden neoliberal. Por consiguiente, independientemente de quien sea la o el próximo Presidente de la Republica este no será el líder que el proceso constitucional reclama o requiere.

El problema o deficiencia central del proceso constitucional chileno es que carece de un gobierno progresista (ejecutivo), de un conglomerado político y/o de un liderazgo que apoye de manera manifiesta el proceso constitucional. Donde predomine abierta y consistentemente una postura de ruptura no solo con una Constitución Política sino también con todo el orden social, político, económico y cultural existente. Es decir, que efectivamente, se asuma la radicalidad de cambiar todo. Tal como lo han dicho algunos convencionalistas: fundar un nuevo Chile.

Hasta ahora, ese liderazgo (tengo en mente, a un Hugo Chávez, en Venezuela, a Rafael Correa, en Ecuador, a Evo Morales, en Bolivia, por ejemplo), no está presente; tampoco tenemos un conglomerado político semejante a Alianza País, Ecuador, el MAS-IPSP, Bolivia o, el movimiento de la séptima papeleta en Colombia, y, tampoco, un gobierno progresista, cabe señalar, que el proceso político está bajo la dirección/control de un gobierno de derecha neoliberal contrario al cambio constitucional. Lo cual es otra paradoja y una profunda contradicción. Pero, también, lo hace único y excepcional en el sentido que se está realizando un proceso político de cambiar una Constitución Política sin controlar, el ejecutivo, como fueron los casos de Venezuela, Ecuador, Bolivia e incluso, el colombiano. Pero, se hace con los mismos actores políticos que han controlado la política nacional en los últimos 10 años.

Un espacio progresista para modificar esa situación se abrió el 15 y 16 de mayo de 2021 con la elección de 48% de Convencionalistas ciudadanos sin militancia partidista, en unas elecciones con paridad de género, escaños reservados para los pueblos originarios y con la activa participación de listas conformadas por ciudadanxs independientes con bajos umbrales de participación. Estas elecciones si las comparamos con las realizadas desde 1989 hasta la actualidad, e incluso con las del periodo democrático de 1932 hasta 1973, han sido las más democráticas de todas. Lo cual posibilitó que la CC fuera desde el punto de la representación ciudadana más amplia, plural y diversa que el actual parlamento. Aunque, por cierto, por efecto del sistema electoral D’Hondt y otras distorsiones electorales (abstención electoral), quedaron sin una adecuada representación política importantes sectores sociales de la comunidad nacional como por ejemplo las y los trabajadores, las y los campesinos, las y los pobladores, las y los jóvenes entre 15 y 18 años, actores, fundamentales para abrir la coyuntura constitucional, entre otros grupos. Aunque la intención era que la CC tuviera un carácter íntegramente ciudadana, como ya he señalado, internamente, esta equilibrada entre ciudadanxs sin partidos y ciudadanxs con partido.  

Con todo, la expresión democrática ciudadana lograda en la elección de las y los convencionalistas fue frenada en seco por los partidos políticos conformes con el orden neoliberal. Los cuales desde el parlamento se encargaron de volver a las formas democráticas excluyentes, restringidas y, monopolizadas por los partidos políticos. O sea, mantuvieron las reglas y normas que sostienen la “democracia electoral de los partidos y para los partidos” para las elecciones de noviembre de 2021.

Ninguna de las reglas establecidas para la elección de Convencionales fue considerada como valida, adecuada o pertinente para las elecciones de noviembre, aunque fue solicitado, esta demanda fue ampliamente rechazada. Por lo tanto, se involuciono democráticamente. Incluso algunos parlamentarios de la comisión del Senado sostuvieron que permitir la conformación de listas de independientes para las elecciones de Senadores y Diputados era “debilitar la democracia”, así lo expreso la senadora Luz Ebensperger, de la UDI; planteó que, a su juicio, “la norma es inconstitucional y, además, no estoy de acuerdo con el fondo de la propuesta. Concuerdo con que los partidos tendrán que trabajar para reestablecer la confianza de sus militantes y luego de la ciudadanía, pero de aprobar un proyecto como este es debilitar la democracia”. Por su parte, senador socialista José Miguel Insulza, quien argumento que la propuesta “propicia la anarquía y el populismo. Los profesores que han expuesto en la Comisión han señalado que sería profundamente dañino para la democracia. (…)”[vi]

Al no mantener por ejemplo la regla electoral que permitía a los independientes a inscribirse en listas con bajos umbrales de entrada y así competir con los partidos políticos, al no considerar la paridad de género, ni los escaños reservados para los pueblos originarios, ni la posibilidad de que las y los jóvenes entre 15-18 pudieran ejercer el derecho al sufragio, y otros elementos democratizadores de los procesos electorales, la elección de noviembre se presenta como un “coto vedado” de los partidos políticos. Como un espacio excluyente de la ciudadanía.

Por esa razón, el actual proceso electoral no entusiasma a nadie y alienta la abstención electoral. La reciente encuesta del Centro de Estudios Públicos (CEP registro que más del 50% de las y los ciudadanos nacionales no tienen preferencia alguna por los candidatos a presidente.

Este hecho, por cierto, no favorece a las posiciones progresistas de la CC, todo lo contrario, favorece a los sectores conservadores y moderados de ella. Estos buscarán cambiar la institucionalidad política, pero no alterar la estructura de poder de la sociedad chilena. Súmese a este cierre desde arriba, el desastre político del principal colectivo ciudadano apartidista La lista del Pueblo que termino por sepultar toda opción de los independientes sin partidos desde abajo y desde la izquierda radical.

Por consiguiente, el poder de los partidos políticos esta actualmente disminuido, pero de ninguna manera ha desaparecido. La adopción de parte de los diversos partidos de un discurso político que coloca en el centro la idea del cambio, de la transformación y de la nueva política que se vincula con las demandas de la ciudadanía expresadas en las distintas movilizaciones sociales desde octubre de 2019 hasta la actualidad, es más bien una estrategia política de sobrevivencia que una convicción política real con el cambio histórico.

La partidocracia se adapta para seguir existiendo. Y, tiene en las próximas elecciones de noviembre la oportunidad de recomponer, reestructurar y reorganizar a sus clientelas, militantes y simpatizantes con el objeto de seguir dirigiendo los destinos de la sociedad chilena como lo han hecho desde 1989 cuando legitimaron la Constitución Política de la dictadura y hoy tienen la posibilidad que desde la CC sigan manteniendo el “monopolio de la representación política”. Eso es lo que hay que evitar.

Cambiar esta nefasta realidad política es una tarea, sin duda, de la ciudadanía, pero también, de alguna manera de la CC. Sin embargo, dada su composición política interna favorable a los sectores partidistas. Se ve relativamente difícil.

El momento político actual chileno, pensando en el proceso eleccionario de noviembre, puede caracterizarse por la imposibilidad de que se produzca un “gobierno de las mayorías” proconstituyentes. Fundamentalmente, por la probable alta abstención electoral que se pronostica para la elección del 21 de noviembre, a dos meses de ellas, no se observa un mayor entusiasmo por estas elecciones terminales. Ninguno de los tres candidatos principales logra quebrar la indiferencia de la ciudadanía y según la encuesta CEP de agosto 2021, el 50% de la ciudadanía no tiene preferencia por ninguno de los seis candidatos presidenciales, aunque tiene un nivel aceptable de confianza en la CC con un 24% y un mayor nivel de expectativas en la nueva Constitución, ya que el 49%, considera que esta dará solución a los problemas existentes en la sociedad chilena. Mientras que la desconfianza ciudadana para el parlamento como para los partidos políticos sigue siendo muy baja un 8 y 4% respectivamente.

La ciudadanía no confía en la clase política ni en los partidos políticos. Sin embargo, la próxima elección está dirigida y controlada por los partidos políticos. El principal problema del régimen democrático actual es, justamente, el monopolio y la verdadera expropiación de la soberanía ciudadana y popular de parte de partidos políticos. El alejamiento y descontento de la ciudadanía con los partidos políticos se viene manifestando desde hace ya varios lustros. Pero esta situación nunca ha sido abordada ni solucionada debido fundamentalmente puesto que quienes son los que deben resolverla son las y los parlamentarios, todos o en su máxima mayoría son militantes de partidos políticos. Considero que este punto es un importante factor causal e incidente para el proceso constitucional. Ya he dicho que el 54% de los convencionalistas son militantes de partidos. Ellos, sin duda, estarán más interesados en mantener el sistema de partidos actual que producir su transformación radical.   

En los procesos constituyentes que se realizaron en Venezuela, Ecuador y Bolivia se distinguen del caso chileno, precisamente, por la formación de amplias mayorías a favor de gobiernos de mayorías progresistas con liderazgos consolidados y legitimados en elecciones presidenciales con alta concurrencia ciudadana, no vinculados con los partidos de la partidocracia decadente. Tanto Hugo Chávez, en 1998; Rafael Correa, 2007, y Evo Morales, 2005, todo estos presidentes que lideraron la convocatoria a una Asamblea Constituyente lo hicieron sin partidos políticos tradicionales.

En los tres casos, las y los asambleístas electos para conformar la AC asumieron plenamente el poder soberano constituyente. En los tres países, todo los parlamentos dejaron de funcionar. Aunque, el poder constituido presidencial (poder ejecutivo) Chávez, Correa y Morales vigilaron y supervisaron de una u otra manera el proceso constituyente. Sin embargo, entre lo que hacía la AC y el gobierno había una cierta coherencia de acción y de propósitos políticos. No había un divorcio. Por esa razón, la redacción y elaboración de la nueva Constitución no tuvo mayores tropiezos ni obstáculos, aunque ello no significa que no existiera algún grado de conflicto y controversias. Ellas estuvieron presentes, por ejemplo, en Bolivia como también Ecuador y algo menor en Venezuela. Solo en el caso boliviano la aprobación de la nueva Constitución se vio dificultada por la activación de las minorías a partir de la activación y politización del conflicto regional. En Venezuela y Ecuador, las nuevas constituciones fueron aprobadas por cómodas mayorías ante débiles oposiciones política.

En Chile la amplia mayoría en favor de un proceso constitucional se registró en dos momentos. El primero fue social y se registró masivamente en los espacios públicos y en las calles, entre el 18 de octubre y el 14 noviembre 2019, la activa movilización social y política de una ciudadanía en rebeldía presionó al poder constituido. Ante esta masiva movilización popular el poder constituido decidió sacrificar políticamente la Constitución Política (herencia de la dictadura militar, aunque había sido reformada en el año 2005, mantuvo su estructura y carácter neoliberal, antidemocrática y autoritaria) con el objeto de frenar y contener la revuelta.

El segundo momento fue electoral en dos oportunidades con mayorías electorales distintas pero fundamentales, la ciudadanía nacional se manifestó, primero, en el plebiscito de entrada (25 de octubre de 2020) mayoritariamente en favor de “cambiar la constitución política de 1980”. A través de una Convención Constitucional. Y, luego, el 15 y 16 de mayo de 2021, se eligió a 118 convencionalistas, o sea, al 76,13% de la Convención dispuestos a elaborar y redacción de una nueva Constitución. Solo el 23,87% de los convencionalistas electos son mujeres y hombres que habían “rechazado” la idea de cambiar la Constitución.  

Las mayorías tanto social como electoral ciudadanas no tuvieron liderazgos consolidados ni estructurados en orgánicas políticas semejante a Alianza País o al MAS-IPSP de Ecuador y Bolivia, respectivamente. La mayoría ciudadana por el Apruebo se conformó transversalmente desde la derecha liberal a la izquierda revolucionaria. En las elecciones convencionales los sectores políticos pro neaconstitución obtuvieron una alta mayoría, pero fragmentada en 8 distintos grupos políticos y sociales ya sea de independientes como de partidos políticos.

Ninguno de estos grupos políticos posee la fuerza política y electoral interna para instalar un proyecto específico de Constitución Política. En realidad, no existe uno o dos o más proyectos constitucionales propiciados o levantados por un conjunto de actores políticos y sociales previamente organizados, los que se observa, incluso desde antes de la instalación de la CC, es una constelación multifacética de ideas y planteos fragmentados sobre distintas tópicos constitucionales. Algunas de estas ideas están presentes en todos los grupos, pero otras son contradictorias y antagónicas. Por esa razón, toda la normativa constitucional deberá ser negociada y consensuada entre los distintos grupos incluyendo las y los convencionalistas de la derecha. Se requerirá reunir 2/3 (103) de los y las convencionalistas para aprobar esas normas. En el caso que no se logre, se está manejando la propuesta del “plebiscito ciudadano dirimente”.

La ausencia de un grupo político dominante, con liderazgos fuertes o con un proyecto de nueva constitución específica y clara constituye otra diferencia sustantiva entre el proceso chileno con los procesos constituyentes antes mencionados. En los tres procesos la existencia de un conglomerado político organizado, afiatado y coherente que era mayoritario tanto a nivel nacional, social, político y electoral conducido por un bloque dirigente unitario nucleado en torno a un líder carismático, fuerte y responsable social y político del proceso constitucional que además contaba con un amplio entorno de intelectuales, académicos y profesionales directamente comprometidos e intervinientes con el proceso, fueron factores centrales y fundamentales para la exitosa redacción y elaboración de la nueva Constitución Política. Todo lo anterior está relativamente ausente o son muy débiles en el caso chileno.

La pregunta que interroga al presente es:  la nueva constitución que se comenzará a ser redactada en octubre de este año tendrá la posibilidad de instituir una política que tenga la virtud de satisfacer las aspiraciones mayoritarias de las ciudadanías y, sobre todo, ponga fin a la democracia secuestrada por los partidos políticos.

Tanto el proyecto constitucional bolivariano, ecuatoriano y boliviano tenían relativamente definido o dibujado o trazado los lineamientos generales del régimen político que debía reemplazar al modelo de democracia existente. En efecto, en estos procesos políticos sus dirigencias como también las y los asambleístas, desde mucho antes de ejercer el poder constituyente tenían un proyecto de democracia alternativo a la democracia liberal representativa o sus formas derivadas que fueron instaladas en los años ochenta del siglo pasado por los procesos de transición. En Venezuela se puso fin a la democracia liberal del “Puntofujismo”, en Ecuador, a la democracia liberal instalada en 1979 que había entrado en descomposición desde la década de los años noventa del siglo XX, se instaló la democracia ciudadana; en Bolivia, se puso fin a la “democracia pactada” y se estableció la democracia social plurinacional. En los tres se puso fin a la partidocracia.

Nuevas formas de participación, de representación, de la delegación de autoridad e instituciones de la democracia radical, la iniciativa legislativa popular, nuevas forma de mediación política que si bien no reemplazaron a los partidos políticos crearon nuevas organizaciones, entre muchas otras que recrearon y actualizaron la democracia.

Con este aggiornamiento los regímenes políticos que se construyeron en estos países dejaron atrás la democracia liberal representativa y, sobre todo, la deformación democrática que supuso la instalación del patrón de acumulación neoliberal en la comunidad política. Especialmente, en lo referido al sujeto político, es decir, a la ciudadanía que se conformó en las sociedades neoliberales y que actuado y sigue actuando en las democracias neoliberales: el ciudadano consumidor soberano o el ciudadano credicard o ciudadano consumidor-usuario.[vii]

La superación tanto de la democracia neoliberal como la democracia liberal en estos tres países fue producto de una acción política de las Asambleas Constituyentes que asumieron de manera efectiva el poder constituyente originario y soberano implico realizar un cambio de régimen político y no solo un cambio en el régimen.

3.- Cambio de régimen político: para una nueva democracia

Desde hace varios décadas el régimen político democrático, la democracia protegida/neoliberal, nacional atraviesa por una profunda crisis política e institucional que se expresa en una ruptura entre el sistema político, sus instituciones y actores con la comunidad política.

Esta ruptura se ha expresado principalmente en el “vaciamiento” ciudadano de los procesos electorales, en Chile, desde mucho antes que se estableciera el voto voluntario y la inscripción automática (2009) la ciudadanía había comenzado masivamente a abandonar la democracia electoral, como también a rechazar no solo a los partidos políticos, a la denominada “clase política”, sino a expresar una profunda desconfianza y falta de credibilidad de las instituciones pilares de la democracia como, por ejemplo, del poder ejecutivo (presidente) del parlamento (diputados y senadores) y del poder judicial.

El desprestigio de las instituciones políticas es total y el rechazo intenso. Todo lo anterior agravado por los sinnúmeros casos de corrupción política, que afecta a la ética y a la responsabilidad política de actores como sujetos de la actividad política democrática nacional.

Por consiguiente, la democracia en Chile es un régimen político legal, pero sin legitimidad política y, por lo general, sin electores. Pues, la mayoría de las y los ciudadanos no concurren a sufragar. En promedio, el 60% del padrón electoral no participa en la elección de las autoridades que ocupan cargos de elección popular. Incluso, los últimos presidentes de la República (Bachelet I y II como Piñera I y II) fueron electos con bajísimas votaciones, lo mismo que los parlamentarios, los alcaldes, los concejales e inclusive los recientes gobernadores como también los integrantes de la Convención Constitucional. Solo la magia y la ficción aritmética del Servicio Electoral entrega porcentajes de apoyo electoral ficticios o engañosos, pues, al no considerar todo el padrón electoral sus cálculos lo realizan sobre los “votos válidamente emitidos”.[viii]

Es un hecho histórico, entonces, que las principales instituciones de la democracia liberal representativa en su versión “protegida” requieren nuevas y dinámicas instituciones que se correspondan con el nuevo proceso de democratización demandado y puesto en marcha en Octubre de 2020. Lo cual supone la realización de un cambio de régimen político integral.

Aunque el cambio de o en el régimen político es un cambio relativamente frecuente y de gran relevancia al interior de las sociedades actuales ya que puede afectar significativamente el comportamiento político de las ciudadanías y, sobre todo, de los actores políticos y sociales estratégicos relevantes al interior de la comunidad política. Esos cambios pueden dar lugar a transformaciones históricas de carácter progresistas o revolucionarias como también a involuciones políticas como las experimentadas por la sociedad chilena durante el siglo XX, especialmente, entre 1932-1973.[ix]  

En el Chile neoliberal (1975-2021) en el cambio de régimen político fue negado y postergado de manera permanentemente por la derecha política desde 1990 hasta la fecha. A pesar de que en algunas oportunidades se hicieron cambios institucionales que afectaron al régimen político, estos no modificaron sustantivamente el sistema político. En ese sentido, los cambios operados en 2005 (fin de los senadores designados), en 2009 (fin del voto obligatorio y estableciendo del voto voluntario) y en el año 2012 (fin del sistema electoral binominal), si bien, tuvieron impacto en el comportamiento electoral de lxs ciudadanxs no tuvieron un impacto en el sistema político. Fundamentalmente, porque no provoco una transición de régimen político. Lo ocurrido en los tres casos que he señalado solo se produjeron cambios en el régimen y no de régimen.

Ahora bien, considero que, dada la estructura de oportunidades políticas abierta con la instalación de la CC, la pérdida de poder de veto de la Derecha y el desmantelamiento de la Constitución pinochetista, la crisis terminal de la democracia protegida y liberal representativa y sus instituciones los partidos políticos, etcétera. Estamos en el momento histórico y político oportuno para cambiar de manera radical el régimen político democrático nacional, o sea, impulsar una transición de régimen político y no un mero cambio en el régimen.

Cuando sostengo que la transición política que está en curso en la sociedad chilena no solo es un tránsito constitucional sino también es un cambio de régimen político estamos sosteniendo que se trata de un cambio político e histórico relevante. Pero al mismo tiempo debemos considerar que se trata de un tipo de cambio restringido y delimitado que podría estar acompañado o no de un proceso de transformación mayor como podría ser la modificación de la forma de Estado o del padrón de acumulación capitalista.

Para ejemplificar lo anterior diré lo siguiente: Entre 1989-1990 en Chile se produjo un cambio de régimen político, se transitó de un régimen autoritario a un régimen democrático: la democracia protegida. En aquella ocasión el cambio de régimen se realizó manteniendo la vigencia de la Constitución Política de 1980 y sin modificar el padrón de acumulación capitalista establecido en 1975 por la dictadura militar. Por esa razón, desde 1990 en adelante el proceso histórico-político que se desarrolló en el país no fue una transición como muchos analistas supusieron, sino más bien la institucionalización y consolidación de un particular régimen político: la democracia protegida.

Esta fue acordada y consensuada entre la oposición democrática que había triunfado en el plebiscito sucesorio de octubre de 1988 y los jerarcas de la dictadura que si bien estaban plan de salida buscaban mantener la perdurabilidad temporal de la institucionalidad del sistema político autoritario. El pacto o acuerdo político registrado en mayo de 1989 posibilitó que mediante acotadas reformas constitucionales se pusiera en marcha, en marzo de 1990, el régimen político democrático previsto en la Constitución Política de 1980. Por consiguiente, en Chile la transición de un régimen a otro fue breve y acotado.

Diversos cambios fueron realizados en las instituciones de la democracia protegida entre 1990 y 2019, que no los vamos a detallar aquí, pero, ninguno de ellos transformó sustantivamente el carácter antidemocrático de su diseño. La democracia protegida ha seguido estando vigente en sus aspectos centrales, es decir, sigue siendo un conjunto de dispositivos de poder mediante los cuales, hasta ahora, una minoría política la derecha, heredera de la dictadura, sigue manteniendo un sistema político y económico de carácter elitista que carece, como he dicho más arriba, de legitimidad.

Ahora bien, ¿qué supone impulsar un cambio de régimen? Para responder esta pregunta habría que comenzar señalando que no estamos pensando a la democracia como un tipo específico de sociedad, sino que la estamos acotando su concepción a la condición o forma de régimen político. Esto es a un conjunto de reglas y normas procedimentales que rigen la forma como una comunidad política dirime y resuelve la problemática de quien gobierna o ejerce el poder político. Entendiendo al gobierno y el poder político en un sentido amplio constituido tanto por el poder ejecutivo como el poder legislativo e incluso el poder judicial tanto a nivel nacional, regional y local. Esto implica también la forma cómo se ejerce el poder político gubernamental, quiénes pueden ejercerlo, cuáles son sus facultades y sus límites. Las relaciones entre los poderes gubernamentales y la comunidad política, etcétera.

Ahora bien, la forma como se estructuran esas normas y reglas, es decir, como se organizan y se establecen los regímenes políticos dependen, por cierto, de la concepción política, filosófica e ideológica que se tenga de la democracia. Por cierto, este es un punto conflictivo y abierto. La democracia no tiene una sola definición filosófica, política o ideológica ni una sola forma operativa de implementarse, sino que existen diversas concepciones y modelos de ella.

La ideología dominante desde 1991, especialmente, desde la caída del Muro de Berlín, el hundimiento de la Unión de Repúblicas Socialistas soviéticas, URSS, del fin de la Guerra Fría, etcétera y la proclamación “urbi et orbi” de parte del intelectual orgánico del Imperio Francis Fukuyama, que estábamos ante el fin de la historia, puesto que había triunfado el capitalismo y la democracia liberal a nivel global/planetario; las ciencias sociales y políticas hegemónicas provenientes desde la academia estadounidense y europea impusieron en toda la región latinoamericana una sola y excluyente forma de régimen democrático: la democracia liberal representativa.

Durante las últimas décadas (1990) dicho modelo de democracia ha sido el “tipo ideal” con el cual la politología a estudiado las “democracias realmente existentes” en América Latina y el Caribe rechazando y condenando a todos los regímenes políticos que no tengan las mismas instituciones, normas y reglas que el modelo posee.  

¿Qué democracia, para el nuevo Chile? Y, específicamente, cuáles serían las nuevas reglas y normas que la van a regir y qué consecuencias tendrán sobre las nuevas autoridades electa (presidentes y parlamentarios como también los CORES e incluso de las autoridades electas en las últimas elecciones municipales y de gobernadores de mayo pasado.

En realidad, como decíamos más arriba la ciudadanía nacional, en general, como los analistas, en particular, no se tiene claramente identificado cuál es el modelo de democracia que los distintos sectores políticos y sociales representados en la CC, con la excepción, tal vez, de la derecha autoritaria y antidemocrática, buscarán instalar en Chile.

Lo más probable que entre las y los convencionalistas predomine la concepción tradicional de democracia. Especialmente, el referido al modelo de democracia liberal representativa. Por esa razón, lo más factible que en un grupo relativamente mayoritario de los integrantes de la CC se propongan introducir diversos cambios en la actual normativa e instituciones del régimen democrático, esencialmente, eliminando los elementos constitutivos de la “democracia protegida” que aún perduran en el régimen político. 

Tengamos presente que el actual régimen político: la democracia protegida, fue pensada y diseñada por los autoritarios e inserta en la normativa constitucional, lo mismo que el régimen de gobierno, el presidencialismo exacerbado, el sistema de partidos, etcétera.

De manera que se hace necesario iniciar en la comunidad política nacional una profunda discusión ciudadana sobre cuál es el régimen político democrático se quiere establecer en la nueva Constitución. La discusión sobre el régimen político es urgente, fundamentalmente, por el próximo proceso electoral.

 Notas.


[i] Durante la elaboración de este trabajo la comunidad política ha sido estremecida por una serie de situaciones políticas protagonizado por diversos actores y sujetos políticos y sociales que colocan en tela juicio la forma como las y los individuos se presentan ante la comunidad y cómo utilizan diversos medios para conseguir sus objetivos políticos:  la manipulación, tergiversación y la mentira.

[ii] Al momento de cerrar este documento el Servicio Electoral, SERVEL, había resuelto bajar la candidatura de Marco Enríquez-Ominami por tener aun una situación pendiente con la Justicia.

[iii] La lista de pactos parlamentarios la componen: FRENTE SOCIAL CRISTIANO; DIGNIDAD AHORA, INDEPENDIENTES UNIDOS, ECOLOGISTA VERDE, CHILE PODEMOS +, PARTIDO DE TRABAJADORES, APRUEBO DIGNIDAD, PARTIDO DE LA GENTE, NUEVO PA.CTO SOCIAL, PARTIDO PROGRESISTA DE CHILE, UNIÓN PATRIÓTICA y NUEVO TIEMPO.

[iv] Cfr. Constitución Política de la República de Chile. (Texto actualizado a 28 de abril de 2021), págs. 92

[v] Cfr. Constitución Política de la República de Chile. (Texto actualizado a 28 de abril de 2021), págs. 39-55

[vi] Ver: https://www.senado.cl/noticias/elecciones/sala-debera-pronunciarse-sobre-proyecto-que-permite-formar-listas, consultado el 19 de septiembre 2021

[vii] Cfr. Niklas Olsen, The Sovereign Consumer: A new Intellectual History Neoliberalism. Palgrave Macmillan, Basingstoke; Tomás Moulian, Chile Actual. Anatomía de un mito. LOM Ediciones/ARCIS, 1997 y Juan Carlos Gómez Leyton, Política, Democracia y Ciudadanía en una Sociedad Neoliberal (Chile: 1990-2010) Editorial Arcis/CLACSO, 2010.

[viii] Hemos analizado en diversos trabajos esta problemática ver: Juan Carlos Gómez Leyton, El “partido de las y los no electores” en la democracia neoliberal, Chile 1990-2016 en www.congresoalacip2017.org  y Política, Democracia y Ciudadanía en una Sociedad Neoliberal (Chile: 1990-2010) Editorial Arcis/CLACSO, 2010.

[ix] Cfr. Juan Carlos Gómez Leyton, La Frontera de la Democracia. LOM Ediciones, Santiago, 2004/2012 ver especialmente, la Introducción, pág. 15-50.