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En libertad los campesinos con órdenes de captura por ejercer el derecho a la protesta contra la minera en Río Blanco

Fuentes: Equipo Jurídico Pueblos

Durante los días 15 y 16 de julio de 2015 se efectuó audiencia penal concentrada ante un Juez de Garantías de Cimitarra – Santander contra cinco campesinos pertenecientes a comunidades rurales de Landázuri y Vélez que de manera digna se oponen a la explotación minera adelantada por una trasnacional de la India. A los campesinos […]

Durante los días 15 y 16 de julio de 2015 se efectuó audiencia penal concentrada ante un Juez de Garantías de Cimitarra – Santander contra cinco campesinos pertenecientes a comunidades rurales de Landázuri y Vélez que de manera digna se oponen a la explotación minera adelantada por una trasnacional de la India. A los campesinos les imputaron los delitos de Obstrucción de vías, Violencia contra servidor público y Lanzamiento de sustancia peligrosa por hechos ocurrido el 26 de diciembre de 2014 en una zona conocida como «El Puente» en el sector de Río Blanco en límites de los municipios de Landázuri y Vélez. Finalmente el Juez impuso medida no privativa de la libertad consistente en la prohibición de participar en reuniones públicas que se oponga a la explotación minera.

Ante la inminencia del inicio de un proyecto de explotación a cielo abierto de carbón por 30 años en esa región de Santander y la oposición espontánea de la comunidad, habitantes de distintas veredas del Municipio de Vélez y Landázuri, decidieron comenzar el 3 de junio de 2014 un plantón pacífico en la zona conocida como «El Puente» en el sector de Río Blanco. Este plantón duró más de 5 meses y terminó abruptamente el día 26 de diciembre del mismo año, por el accionar del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), el cual utilizando la fuerza desproporcionada, procedió a disolver el plantón para dar paso a la maquinaria pesada de la empresa minera INVERCOAL.

Entre INGOEMINAS (Hoy Servicio Geológico Colombiano) y la SOCIEDAD MARTÍNEZ LEROY LIMITADA, representada legalmente por el señor CRISTIAN GREGORIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, se celebró un contrato de concesión de exploración y explotación de un yacimiento de carbón mineral No. FHD-161, el cual fue suscrito el día 17 de febrero de 2005.

Mediante la Resolución de 21 de octubre de 2010 expedida por la Corporación Autónoma de Santander -CAS-, se otorgó Licencia Ambiental Global en Zona de Reserva Forestal (ZRF) declarada mediante Ley 2 de 1959, ZRF que no fue sustraída como lo ordena la Ley 685 de 2001 (art. 34).

Dicha Licencia Ambiental autoriza la explotación de 60.000 toneladas de carbón al mes; la toma de 3 lt/seg de agua, lo que implica más de 93 millones de litros de agua anual del Rio Blanco; el vertimiento de 0.83 lt/seg, es decir, más de 25 millones de litros de agua contaminada vertida sobre sus territorios y, la remoción de más de 821.955 metros cúbicos de madera nativa, así como la construcción de una planta para transformar el mineral extraído en carbón coque, lo que implica la combustión de éste a temperaturas entre los 500 y los 1100 °C.

Como consecuencia de los anteriores hechos, los Juzgados Primero y Segundo Promiscuos de Cimitarra, el día 7 de abril de 2015 ordenaron la captura de varios campesinos en resistencia, por los presuntos punibles de obstrucción a vías públicas que afectan el orden público y violencia contra servidor público; además por haber encontrado en los cambuches de los campesinos unos pocos galones de gasolina se profirió también orden de captura por el delito de lanzamiento de sustancia peligrosa. En vista de ello, el día 15 de julio del presente año, de manera libre y voluntaria las personas con orden de captura acudieron a las instalaciones de la Policía Judicial- SIJIN de Cimitarra, con el propósito de afrontar jurídica y políticamente el proceso evitando que su proceso de resistencia sea clandestinizado tal como pretende la política de criminalizar la protesta social.

Entre el 15 y 16 de julio del presente año se llevó a cabo la audiencia concentrada (legalización de captura, formulación de imputación y medida de aseguramiento). En dichas audiencias el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Cimitarra con funciones de control de garantías decidió legalizar la captura, formalizar la imputación y dictar medida de aseguramiento no privativa de la libertad.

Si bien es cierto que los campesinos fueron puestos en libertad, no deja de ser preocupante la criminalización de la protesta que adelantaron las comunidades para evitar que proyectos mineros deterioren una zona ecosistémica tan importante, máxime cuando esta criminalización viene ocurriendo continuamente en diversas partes del país.