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El caso de Villafranca de los Barros (Extremadura)

Extremadura Digna y el PSLF ante la necesaria participación de los trabajadores en la gestión de la empresa, la salud y la prevención de los riesgos laborales

Fuentes: Rebelión

1.- El desarrollo del art. 129 de la CE que se anuncia desde el Ministerio de Trabajo.

Los sindicatos alternativos llaman a la huelga el día 25 de junio para seguir exigiendo la derogación de las reformas laborales realizadas por el PSOE y el PP en los años 2010 y 2012, respectivamente.  

La tímida reforma laboral realizada por Yolanda Díaz, ministra de trabajo del gobierno más progresista desde la época de Atapuerca es un lavado de cara de las anteriores a pesar de que desde los potentes medios de comunicación nos vendan que se han logrado mejoras en las condiciones laborales de los trabajadores.

Los cambios de nombre en los tipos de contrato no aseguran ni mucho menos la estabilidad en el empleo, se mantienen las facilidades para los despidos y las indemnizaciones, se siguen dejando de lado los salarios de tramitación y las empresas pueden modificar las condiciones de trabajo o acogerse a los ERTES o ERES en función de las necesidades de acumulación de capital.

Ahora, la Ministra de Trabajo nos anuncia sus intenciones de impulsar la participación de los trabajadores en la gestión de las empresas y su acceso al capital en base al desarrollo del artículo 129.2 de la constitución española.  

El carácter liberal-burgués de las políticas del gobierno de coalición predicen que no vamos a ir muy lejos, que nuevamente las poderosas organizaciones empresariales y la burocracia del aparato del estado limitarán los deseos reformistas de la ministra y todo quedará en poco más que propaganda gubernamental.

2.- La necesidad de la participación de los trabajadores en la gestión de la empresa.

Resulta difícil explicar que teniendo en este país unos sindicatos tan dialogantes y poco combativos como CCOO y UGT, muy pocos inclinados al enfrentamiento con la clase dominante y al desarrollo de la lucha de clases, no hayan conseguido en base al diálogo que tanto practican convencer a las organizaciones empresariales para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.  

Este estado de cosas viene a poner de manifiesto que la clase dominante, la burguesía, acepta de muy buena gana a estos sindicatos tan dóciles con la monarquía como sucede en la región extremeña. Lo cierto es que las clases trabajadoras carecen de una representación sindical con capacidad de movilización y lucha.

En todo caso, hay muchas razones que hacen necesaria la reorganización de la clase obrera para la recuperación de una combatividad que asegure, entre otras cuestiones, una presencia legal en la gestión de las empresas como garantes de la vigilancia y el cumplimiento de todas las condiciones laborales, especialmente las relacionadas con la salud y los riesgos laborales en algunos tipos de instalaciones productivas.

Así, es imprescindible la intervención obrera en la gestión de establecimientos productivos como en las empresas recuperadoras de vidrio, en donde se dan unas peligrosas condiciones ambientales que generan las propias tareas productivas, y en donde los trabajadores no pueden estar sometidos a una posible despreocupación empresarial.

En estas empresas se generan nubes de polvo que a veces son insoportables y que deben ser corregidas de inmediato con todos los medios técnicos necesarios y con los más modernos equipos de protección individual  (los EPIS), en la prevención de su estrecha e inmediata influencia en la salud de los trabajadores.

 Las partículas generadas por las secadoras que intervienen en el proceso productivo están presentes en forma de niebla más o menos intensa que se propaga en todo el ambiente interior, emponzoñando los espacios que conforman las instalaciones de la empresa, provocando en algunos trabajadores irritaciones en sus ojos, y a medio plazo posibles enfermedades pulmonares.  

En otras ocasiones, el olor desagradable provocado por la difusión de las partículas de polvo se hace palpable con cierta intensidad hasta en los exteriores de las instalaciones de la empresa.

En conversaciones con algunos trabajadores de este tipo de empresas nos destacan que sería muy necesario una mayor presencia de las inspecciones de la Junta de Extremadura al objeto de evitar todos los posibles riesgos asociados a sus actividades laborales, ya que consideran que no existe la atención empresarial ni la presencia adecuada de la Inspección de Trabajo para la eliminación de todas esas contingencias que influyen en su salud.

3.- La unidad de la clase obrera es la mejor garantía para la aplicación efectiva de los convenios laborales.

Aunque los convenios colectivos establecen medidas relacionadas con los derechos y deberes de los trabajadores, no obstante, lo escrito y firmado en un papel no se traduce de modo automático en algo cierto y efectivo en el lugar de trabajo. La más potente garantía del cumplimiento de los convenios colectivos es la unidad y fuerza de la clase obrera.

Cuando hay fortaleza sindical lo pactado se cumple, pero cuando aquella de por sí es débil o se resquebraja aparecen las diferencias y los caminos que conducen al incumplimiento de lo concertado, lo que se facilita cuando nos encontramos con sindicatos más entretenidos en firmar acuerdos inútiles con el presidente del gobierno regional que supervisar lo que ocurre en los centros de trabajo.

A veces la unión obrera se va a pique por que algunas direcciones empresariales de manera tramposa fomentan la división entre los trabajadores. La clase burguesa tiene meridianamente claro que un colectivo obrero carece de capacidad para defender sus derechos cuando está fragmentado y dividido.

La necesidad imperiosa de satisfacer las necesidades familiares es un aguijón que obliga a aceptar en silencio decisiones arbitrarias e injustas, o a soportar el trato que reciben de algunos compañeros que se comportan como verdaderos esbirros en el ejercicio de sus funciones al servicio de la empresa.

4.- La acumulación capitalista es una prioridad frente a la salud de los trabajadores.

Lo que es evidente es que la acumulación capitalista no se detiene ante nada. La reproducción del capital y las ansias de beneficios obligan a romper todas las barreras que encuentran a su paso. En este proceso, incrementan el capital fijo, es decir, meten más maquinarias y mejoran las técnicas para ganar en productividad. La proporción de capital fijo (capital muerto) se incrementa respecto al capital variable (mano de obra). El capital en maquinarias sube respecto al que se emplea en la compra de fuerza de trabajo; de este modo, disminuye la tasa de ganancia. El empresario para conseguir más plusvalía del trabajo producido por el obrero pone en marcha mecanismos que disminuyen los salarios e incrementan la dureza de las condiciones de trabajo.

Algunas empresas recuperadoras de vidrio han introducido hace unos años, cuatro o cinco años, nuevas máquinas secadoras que mejoran la productividad un 100 %, es decir, en vez de tratar unos 80.000 kilos de vidrio pueden tratar más de 160.000 Kilos, el aumento de la cantidad de materia prima que se manipula genera lógicamente una nube mayor y más densa de polvo. La eliminación de estas partículas requiere una mejora en las instalaciones y en la calidad de los equipos de protección individual (los EPIS). La empresa debe destinar más dinero a la protección de la salud de los trabajadores, y si no lo hace, estos tienen que exigir irremediablemente las inversiones necesarias para asegurar la protección de su vida que es lo más importante.

De otro modo, las condiciones ambientales en dónde se realizan las actividades laborales en el interior de la instalación de la empresa hay que calificarlas de humanamente inaguantables. Sin duda, suprimiendo la distancia en el tiempo podríamos afirmar que ciertas realidades a las que se enfrentan actualmente los trabajadores son muy similares y nos retrotraen a lo que ocurría en los centros de trabajo ingleses, tan bien descritos por Friedrich Engels en el libro publicado allá por 1845: La situación de la clase obrera en Inglaterra.

5.- El cumplimiento de los convenios en materia de salud y riesgos laborales

Por tanto, una cuestión prioritaria en este tipo de empresas de recuperación y reciclado es el cumplimiento de lo que se establece en el convenio referido a la protección de la salud y seguridad en el trabajo; es una cuestión básica que la empresa debe cumplir en todos sus términos, y los trabajadores deben exigir con todas sus fuerzas. En este orden de cosas el convenio, la propia legalidad, señala que:

“Es compromiso de las partes, en cumplimiento de lo previsto en la ley 31/1995 de 10 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, fomentar cuantas medidas sean necesarias para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores/as frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo y ello en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz para prevenir aquellos. Todo ello presupone un derecho de protección de los/as trabajadores/as frente a los riesgos del trabajo y el correlativo deber del empresario de dar una protección eficaz de los/as trabajadores/as frente a dichos riesgos, esta protección se concreta, en el ámbito de la empresa, en una serie de derechos de información, formación, vigilancia de la salud, consulta y participación de los trabajadores/as, entre otros”.

Del mismo modo, en el convenio se establecen los mecanismos para la Vigilancia de la Salud como son los reconocimientos médicos obligatorios para los trabajadores y la comunicación de los resultados correspondientes a todos ellos. Así, el convenio señala que:

 “El empresario es el responsable de la vigilancia de la salud de los trabajadores/as a su servicio en función de los riesgos inherentes al trabajo y, por lo tanto, resulta obligatorio realizar reconocimientos médicos específicos en los términos previstos en la normativa aplicable y protocolos médicos publicados por el ministerio de sanidad y consumo”.

Los resultados de esta vigilancia serán comunicados a los/as trabajadores/as afectados. así mismo el empresario y las personas y órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se derivan de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador/a para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que pueda desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva.

6.- Propuestas desde Extremadura Digna y el PSLF

Como hemos comentado inicialmente el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz quiere desarrollar el artículo 129.2 de la Constitución Española (CE) para llevar adelante la participación de los trabajadores en la gestión de las empresas y el acceso al capital.

En principio esperamos que no sea una tímida reforma que deje las cosas tal y como están, al igual que ha ocurrido con la reforma de las reformas laborales de 2010 y 2012, sino que mejore las condiciones en las que desarrollan su actividad las clases trabajadoras.

Consideramos que la participación de la clase obrera en la gestión de las empresas es un factor necesario para frenar la abusiva explotación laboral que sufre en el estado español, y sobre todo en Extremadura. Además, debe ser un elemento preparatorio y de formación para avanzar en el control de los medios de producción y hacia él socialismo.

Algunos trabajadores de grandes empresas productivas afincadas en Villafranca de los Barros, localidad de la zona Tierra de Barros en Extremadura, destacan la dominación que sufren por parte de la clase dominante en una región sin muchas alternativas laborales como la extremeña. En la mayoría de los casos, los trabajadores se callan y soportan injustas decisiones empresariales por el miedo a perder su puesto de trabajo lo que paraliza su capacidad de lucha y les obliga a soportar la dureza de algunas de las circunstancias que rodean a su trabajo.

La participación en la gestión de la empresa no sólo debe tener una influencia positiva en la vigilancia y el control de las condiciones laborales, sino que debe ser un elemento decisivo para potenciar la unidad, la organización y la fuerza de la clase obrera.

La normativa que regule esa participación obrera debe posibilitar acciones que modifiquen y anulen aspectos que oprimen a los trabajadores de estas grandes instalaciones productivas, potenciando su organización y actuaciones en el desarrollo de la lucha de clases. Entre otras:

1.- Las que permitan la corrección de las nefastas condiciones medioambientales que se dan en algunas instalaciones productivas que afectan muy seriamente a las condiciones de salud y a la vida de los trabajadores. Por norma general, nadie debe olvidar que la salud y la vida de las personas valen mucho más que las plusvalías y los beneficios que obtienen.

2.- Las que faciliten el control de la selva en la que se mueve la explotación laboral que da alas al crecimiento a toda máquina de la acumulación de capital. El enriquecimiento de los grandes empresarios se produce gracias a la plusvalía que se obtiene del trabajo obrero, a la realización de turnos y horas de trabajo por encima de lo marcado en los convenios, en las firmas de unas horas inferiores a las que realmente se hacen y luego se pagan con dinero negro, los días de vacaciones y en base a qué criterios se contabilizan los días festivos como días vacacionales, etc…

3.- La eliminación de la realización de horas extraordinarias que se hace a todo pasto, organizadas casi de modo obligatorio con el objetivo de que la empresa ahorre las cotizaciones sociales a la hacienda pública.

4.- Para que los reconocimientos médicos se realicen adecuadamente, se informe y comuniquen a los trabajadores. Para que se adopten medidas preventivas de carácter sanitario y no se dejen al albur ciertas precauciones como ha venido ocurriendo durante la pandemia y sucede en la actualidad.

5.- Para que los trabajadores cuando caen enfermos o sufren accidentes no se vean presionados para acudir a los centros de trabajo o a la realización forzosa de tareas sustitutorias, aunque sean compatibles con una lesión de la que debían guardar reposo.

6.- Para que los trabajadores tengan la capacidad real de exigir y participar con los Inspectores de Trabajo en las tareas propias en sus visitas periódicas a los centros de trabajo.

7.- Para conocer las subvenciones que reciben las grandes empresas, porqué las reciben y a qué las dedican. Todas las subvenciones proceden de dinero público que aportamos las clases trabajadoras.

 ¡¡POR LA UNIDAD Y LUCHA DE LA CLASE OBRERA FRENTE AL CAPITAL!!