Reconocimiento de las víctimas colectivas en cabeza de organizaciones políticas, sociales y sindicales, de comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, y de mujeres En desarrollo de las propuestas mínimas sobre Derechos integrales de las víctimas para la paz y la reconciliación nacional, las FARC-EP presentamos el siguiente conjunto de iniciativas correspondientes a la tercera propuesta concerniente […]
Reconocimiento de las víctimas colectivas en cabeza de organizaciones políticas, sociales y sindicales, de comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, y de mujeres
En desarrollo de las propuestas mínimas sobre Derechos integrales de las víctimas para la paz y la reconciliación nacional, las FARC-EP presentamos el siguiente conjunto de iniciativas correspondientes a la tercera propuesta concerniente al «Reconocimiento de las víctimas colectivas».
3.1. Reconocimiento de víctimas colectivas en cabeza de organizaciones políticas. En atención a que el propósito principal de los procesos de victimización organizados por el Estado y sectores de las clases dominantes a lo largo del conflicto, adoptaron la forma del terrorismo de Estado y se han orientado a la contención, represión, estigmatización, exterminio y liquidación de la oposición política y de los proyectos políticos democráticos, revolucionarios y alternativos de la sociedad, habrá un reconocimiento de la calidad de víctimas colectivas al Movimiento Gaitanista, a la Unión Nacional de Oposición, al Frente Democrático, al Partido Comunista Colombiano, a la Unión Patriótica, al Movimiento A Luchar y al Frente Popular, entre otras organizaciones políticas. La Unión Patriótica, por haber sido objeto de un genocidio político, será objeto de un reconocimiento especial.
3.2. Reconocimiento de víctimas colectivas en cabeza de organizaciones sindicales. Considerando que los procesos de victimización organizados por el Estado y sectores del empresariado privado nacional y extranjero se han encauzado contra organizaciones que han luchado contra la explotación de los trabajadores, por reivindicaciones laborales y mejoras en las condiciones de vida y de trabajo, habrá un reconocimiento especial de las organizaciones sindicales, del nivel nacional, sectorial y empresarial, como víctimas colectivas del conflicto. Se procederá a una identificación precisa de todas las organizaciones sindicales que han sido victimizadas a lo largo de la historia del conflicto.
3.3. Reconocimiento de víctimas colectivas en cabeza de organizaciones campesinas, indígenas y afrodescendientes. Teniendo en cuenta que los procesos de victimización organizados por el Estado, los latifundistas y terratenientes se han encauzado contra procesos y organizaciones campesinas, que han luchado por la erradicación del latifundio, la democratización de la propiedad sobre la tierra y la defensa del territorio y la soberanía alimentaria, habrá un reconocimiento especial de la calidad de víctimas colectivas de las comunidades campesinas y de sus organizaciones, incluidas las organizaciones de las zonas de reserva campesina. En igual sentido se procederá con los pueblos y comunidades indígenas y las comunidades afrodescendientes, y sus organizaciones. Se procederá a una identificación precisa de todas las organizaciones que han sido victimizadas a lo largo de la historia del conflicto.
3.4. Reconocimiento de víctimas colectivas en cabeza de organizaciones de derechos humanos. Considerando que el terrorismo de Estado ha tenido uno de sus blancos principales en las organizaciones defensoras y promotoras de los derechos humanos, se reconocerán estas organizaciones como víctimas colectivas del conflicto. Para tal efecto, se realizará una identificación precisa del conjunto de organizaciones que han sido objeto de victimización a lo largo del conflicto.
3.5. Reconocimiento de víctimas colectivas en cabeza de organizaciones de mujeres. Las organizaciones de mujeres que, en defensa de sus derechos, han sido victimizadas a lo largo del conflicto merecerán reconocimiento especial como víctimas colectivas del conflicto. Se procederá a una identificación precisa del conjunto de organizaciones.
3.6. Implicaciones del reconocimiento de víctimas colectivas. El reconocimiento de las víctimas colectivas del conflicto tendrá consecuencias políticas y jurídicas en términos de los compromisos del Estado con la garantía y la materialización plena de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición.
DELGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP