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Caso Bateragune

Garzón y Murillo en el otro banquillo

Fuentes: Deia

La diferencia entre la democracia británica y la española es que mientras en el Reino Unido se liberaba a Gerry Adams para acercar la paz, aquí se encarcelaba a Otegi para dificultarla o impedirla. Aquí ganó la opción de la tierra vasca quemada, sin diálogos, en larga agonía, de más violencia, de erradicación solo represiva […]


La diferencia entre la democracia británica y la española es que mientras en el Reino Unido se liberaba a Gerry Adams para acercar la paz, aquí se encarcelaba a Otegi para dificultarla o impedirla.

Aquí ganó la opción de la tierra vasca quemada, sin diálogos, en larga agonía, de más violencia, de erradicación solo represiva y a largo plazo de ETA porque, de paso, así se condenaba al ostracismo al nacionalismo radical y se hacía inviable la resolución de la cuestión nacional. Esa estrategia siempre presente en la derecha se asumió por el Gobierno Zapatero tras el atentado de la T-4, con Rubalcaba a la cabeza, a pesar de que el coste para el Estado de Derecho era inasumible, como lo ha mostrado una parte del sistema judicial que, poco a poco, se ha desmarcado de los abusos políticos.

Otra diferencia con el Reino Unido es que allí, si el Parlamento escocés lo quiere, pueden autoconsultarse sobre la independencia de Escocia. En cambio, en la democracia española está prohibida cualquier consulta no ya sobre la independencia sino sobre la estructura de Estado.

Pero no solo son distintos los principios, también las formas.

Basta leer el auto instruido por Baltasar Garzón en el caso Bateragune para darse cuenta de su inconsistencia. Tiene su inconfundible sello: chirridos entre hechos y deducciones; descontextualización para encajar cada actuación en la clave de bóveda de todo es ETA; y vaporosa literatura de fantasía hasta generar un relato imposible.

El Garzón- Doctor Jekyll que juzga meritoriamente dictaduras del mundo entero y al franquismo, tiene su alter ego. Precisamente, el Garzón- Mister Hyde, que deteriora las garantías del Estado de Derecho y, en el caso vasco, dificulta la pacificación y la normalización. Y siempre con el guiño puesto en la opinión pública. Su éxtasis. Para rematar la singularidad del juicio, oficia como juzgadora Ángela Murillo, presidenta de la Sección 4ª, y tres veces desautorizada por llevar al límite su imparcialidad.

En el auto, Garzón identifica Bateragune, unas veces con la sucesora de la vieja Mesa Nacional como «Comisión de Coordinación o Dirección de la Izquierda Abertzale»; otras, con un tipo de organismo parecido a la antigua coordinadora KAS (y que reuniría Batasuna, Ekin, ANV, Askatasuna…) y, en otras, es Ekin. Y todo ello como «frente institucional de ETA» o «complejo terrorista». Como le atribuye (solo) a ETA la intención de crear un «polo soberanista», todo aquel que se reivindique del polo está a las órdenes de ETA. ¡Fino razonamiento!.

Es un tipo de razonamiento que las propias Sección 1 (Gómez Bermúdez) y Sección 2 de la Audiencia Nacional ya desacreditaron en los casos Egunkaria y Udabiltza. Igualmente lo hizo la minoría de la sala 61 del TS y el Tribunal Constitucional. El espectáculo de doctrinas tan contrapuestas en el sistema judicial es insoportable.

Ya hizo bastante el ridículo la Justicia cuando juzgó a Ibarretxe y López por reunirse con la Izquierda Abertzale, con el impecable argumento de que Batasuna es ETA, y que reunirse con aquella era colaborar. Todo el Parlamento Europeo y el Congreso de los Diputados debieron ser también juzgados por apoyar que el Gobierno Zapatero se reuniera no con Batasuna sino con ETA. ¡Todos a la cárcel!.

Lo especial de este caso es que se juzga a quienes públicamente se desmarcaron de la violencia y se tomaron valientemente como tarea lo que la sociedad, las bases abertzales, el propio Estado y la clase política les pedían: conducir a la Izquierda Abertzale a una estrategia solo política. Eso no se logra sin reunirse y hablar.

Así, en el caso Bateragune se sientan en el banquillo dos derechos.

En primer lugar, el derecho de asociación para hacer política pacífica. Ciertamente se puede interpretar la restrictiva Ley de Partidos sea en claves garantistas, sea en claves inquisitoriales. Y cabe hacerlo incluso más allá de la Inquisición como es el caso, cuando ni siquiera el repetido desmarque de la violencia le sirvió al instructor, y ya veremos si a la juzgadora, para reconocer el derecho de reunión de los abertzales de izquierda.

En segundo lugar, la apuesta por la paz. Precisamente se juzga a quienes apostaron por ella. ¿Quién puede entender que se juzgue a los líderes del cambio estratégico, incluida la confrontación ideológica y estratégica con ETA, bajo cuyas órdenes no estaban ni podían estar evidentemente?. Es un disparate.

Otegi y los otros procesados, pudieron optar por marcharse a casa pero decidieron asumir las riendas y el riesgo tanto ante el Estado -lo han pagado con cárcel- como ante ETA y los partidarios del continuismo. Era la última oportunidad para evitar un conflicto largo y agónico y la quiebra social de la izquierda abertzale. Esta generación de militantes debía terminar la faena. Y han ganado la batalla. Convencieron internamente de que la lucha armada era contraproducente.

Queda pendiente, para un futuro, una reflexión no ya sobre si la violencia servía o no, sino sobre si era legítima, además de ajena a las mayorías sociales. Y ello incluso contextualizando la ética política en las limitaciones del modelo político español.

Otegi, Diez, Rufi… fueron quienes iniciaron ese lento proceso que tuvo algunos signos en la época del Acuerdo de Lizarra (1998) y como primer hito público la Declaración de Anoeta (2004). Por lo tanto mucho antes de los hechos juzgados. Asimismo lograron la tregua (marzo de 2006) que ETA embarrancó en la T-4 poco después (diciembre de 2006). Todo olía a fracaso en el 2007 pero se desmarcaron de dicho atentado e, inmediatamente, se inició un proceso irreversible de pugna por la toma de la dirección de la corriente. Fue justamente entonces, ya iniciado el debate dentro de la Izquierda Abertzale, cuando fueron detenidos por orden de Garzón. ¿Conspiración?, ¿Boicot al proceso?, ¿Estupidez?.

O sea, el delito que se les imputa en la época -asociación ilegal a las órdenes de ETA- era inexistente en el momento de la detención. Las reuniones eran, en cambio, un ejercicio de responsabilidad, como se puede comprobar por el rosario de decisiones ulteriores de las bases de la Izquierda Abertzale, y ello a pesar del grave handicap y provocación que suponía que los promotores del giro ya estuvieran en la cárcel. Hay ahí una cadena comprobada de decisiones: Declaración de Altsasu (2009), Zutik Euskal Herria, Declaración de Euskalduna, Acuerdo de Gernika, estatutos de Sortu, Bildu… En las elecciones locales y territoriales, y para estupor en España, Bildu ha demostrado que es una fuerza social tan real como imprescindible para avanzar entre todos. Y que la exclusión, además de inútil a plazo, solo agrandaría el problema y también la solidaridad social.

Lo cierto es que en el banquillo del otro lado del espejo están Garzón y Murillo. ¡Dejen de judicializar la política! ¡Dejen de molestar!

Ramón Zallo. Catedrático de la UPV-EHU

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.