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Human Rights Watch asegura que la aplicación de la ley antiterrorista contra los Mapuche viola el debido proceso

Fuentes: Mapu-express

La utilización de la ley antiterrorista para juzgar a los mapuche acusados de actos de violencia viola las garantías procesales fundamentales, señalaron Human Rights Watch y la organización chilena Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas en un informe publicado hoy. El informe de 60 páginas titulado: «Proceso Indebido: Juicios Antiterroristas, Tribunales Militares y los […]


La utilización de la ley antiterrorista para juzgar a los mapuche acusados de actos de violencia viola las garantías procesales fundamentales, señalaron Human Rights Watch y la organización chilena Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas en un informe publicado hoy.

El informe de 60 páginas titulado: «Proceso Indebido: Juicios Antiterroristas, Tribunales Militares y los Mapuche en el Sur de Chile«, muestra cómo los mapuche acusados de terrorismo se enfrentan a juicios desiguales por delitos que no constituyen un peligro directo para la vida, la libertad ni la integridad física. La aplicación de procedimientos excepcionales establecidos en la ley antiterrorista para confrontar casos de violencia extrema es totalmente injustificado si se trata de juzgar delitos-mayoritariamente contra la propiedad-de los se acusa a los mapuche.

«La ley antiterrorista es inaplicable a estas conductas delictivas y además viola las obligaciones jurídicas de Chile de garantizar el respeto al legítimo derecho de todos, incluidos los mapuche, al debido proceso», señaló José Miguel Vivanco, Director Ejecutivo de la División de las Américas de Human Rights Watch. «Como si fuera poco, cuando los mapuche comparecen ante los tribunales militares, ya sean en calidad de acusados de delitos o víctimas de abuso, se enfrentan a una verdadera denegación de justicia».

En el informe de Human Rights Watch y el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas también se documentan casos de abusos policial contra los mapuche en el Sur de Chile. «Estos casos recurrentes no son propios de una sociedad democrática. Estos abusos deberían ser enfrentados por Carabineros y el gobierno con la mayor decisión para lograr su efectiva erradicación,» dijo José Aylwin, Director del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas.

De hecho, los carabineros responsables de abusos y tratos degradantes contra los mapuche son juzgados por tribunales militares, los cuales tienen un historial de impunidad a favor de quienes violan los derechos de los mapuche. Adicionalmente, los mapuche acusados de violencia contra Carabineros, a pesar de ser civiles, también son juzgados por tribunales militares conformado por miembros de las Fuerzas Armadas.

En un juicio que se encuentra en curso en Temuco, siete acusados mapuche y una simpatizante no mapuche se enfrentan a cargos por supuestamente pertenecer a una asociación ilícita terrorista. Los mapuche están acusados de planear la comisión de una serie de atentados incendiarios contra bosques, campos, casas patronales y vehículos en tierras en disputa en la región de la Araucanía, en el Sur de Chile. Ninguno de estos delitos contra la propiedad alcanza la gravedad de un delito de terrorismo.

La ley con la cual están siendo juzgados los mapuche fue dictada por el General Augusto Pinochet en 1984 a objeto de enfrentar la creciente resistencia armada contra su régimen. De acuerdo con las nuevas disposiciones de esta ley, introducidas posteriormente durante los gobiernos democráticos, el delito de incendio puede considerarse atentado terrorista cuando su intención sea «producir temor en la población o en una parte de ella», aunque no constituya una amenaza directa contra la vida, la libertad o la integridad física.

Valiéndose de las disposiciones de la ley antiterrorista destinada a proteger a testigos, los jueces de Temuco han permitido que la fiscalía oculte a la defensa la identidad de al menos seis testigos, obstaculizando gravemente la capacidad de los acusados para cuestionar su testimonio y refutar los cargos que se formulan en su contra. Estos denominados «testigos sin rostro» han testificado en los tribunales detrás de pantallas y con micrófonos que distorsionan la voz, y sólo pueden ser vistos por fiscales y jueces.

El uso de testigos sin rostro viola el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos-ratificado por Chile-que garantiza a todo acusado el derecho «a interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo».

En el año 2003, dos loncos o jefes comunales mapuche, Pascual Pichún Paillalao y Aniceto Norín Catriman, fueron condenados a cinco años y un día de cárcel por amenazas terroristas, gracias a las pruebas aportadas por testigos sin rostro. La Corte Suprema anuló una sentencia judicial previa que por unanimidad los había absuelto. Ahora los loncos se enfrentan nuevamente a cargos por asociación ilícita terrorista y podrían permanecer hasta 20 años en la cárcel si llegaran a ser condenados.

Durante los noventa, los mapuche empezaron a protestar en contra de las empresas forestales y propietarios agrícolas que desarrollan sus actividades en las tierras que ellos reclaman. Las tierras fértiles de las regiones de Bío Bío y Araucanía, territorio ancestral de los mapuche, ahora están cubiertas de plantaciones de pino y eucalipto que, según los mapuche, dañan el ecosistema del cual depende su vida tradicional.

Las protestas cobraron violencia a finales de la década de los noventa, con enfrentamientos entre grupos que ocupaban tierras disputadas y Carabineros, ataques contra camiones de compañías madereras y el incendio de edificaciones, cultivos y plantaciones de pino. Bajo una fuerte presión política, sucesivos gobiernos chilenos recurrieron a leyes de excepción cada vez más represivas para combatir la violencia.

Los acusados de terrorismo suelen estar en prisión preventiva durante más de un año antes que su caso llegue a juicio. Según la Constitución, si llegan a ser condenados, no pueden ostentar un cargo público, ocupar un puesto de enseñanza, ejercer posiciones de responsabilidad en sindicatos o empresas ni ejercer el periodismo durante quince años. Además, se les niega la posibilidad de obtener un indulto presidencial.

Aunque la comunidad internacional no ha acordado una definición precisa de terrorismo, se da por sentado que el término sólo se aplica a los crímenes más graves de violencia política: «el equivalente de un crimen de guerra en tiempo de paz», en palabras del experto de la Subdivisión de Prevención del Terrorismo de las Naciones Unidas, A.P. Schmid. El uso de la acusación de terrorismo para delitos cometidos en el contexto de los conflictos de tierras, que no tiene tal carácter, es inadecuado y refuerza los prejuicios existentes contra los mapuche.

Rodolfo Stavenhagen, Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas, instó al gobierno chileno a no utilizar cargos tomados de otros contextos, como el terrorismo, «a hechos relacionados con la lucha social por la tierra y los legítimos reclamos indígenas».

Los mapuche, que por mucho tiempo han sido victimas de discriminación en Chile, continúan sufriendo un trato abusivo o degradante cuando los Carabineros allanan sus comunidades para realizar detenciones y registros. En el informe se describe una serie de casos recientes de maltrato cometido por Carabineros encargados de proteger a testigos o en busca de sospechosos.

Los tribunales militares continúan investigando todas las denuncias de abusos cometidos por Carabineros en servicio activo, y dichas investigaciones rara vez culminan con el castigo de los responsables.

En el informe se insta al gobierno del Presidente Ricardo Lagos a promover legislación para restringir la jurisdicción de los tribunales militares únicamente a las infracciones militares. Dichos tribunales no cumplen las normas básicas de independencia e imparcialidad requeridas por los tratados de derechos humanos ratificados por Chile.

Human Rights Watch y el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas instaron al gobierno chileno a que sólo use la legislación antiterrorista frente a los crímenes más graves, implemente salvaguardas para proteger las garantías procesales de los acusados, y se revisen los casos de los mapuche condenados por actos de terrorismo.