La constatación de anomalías en el accionar de los fiscales del Ministerio Público no constituye novedad para quienes veníamos denunciando irregularidades de diversa naturaleza cometidas por los mismos fiscales hoy cuestionados en las causas que se han seguido en contra de los mapuche por los conflictos de tierras acaecidos en los últimos años en esta […]
La constatación de anomalías en el accionar de los fiscales del Ministerio Público no constituye novedad para quienes veníamos denunciando irregularidades de diversa naturaleza cometidas por los mismos fiscales hoy cuestionados en las causas que se han seguido en contra de los mapuche por los conflictos de tierras acaecidos en los últimos años en esta región.
En días pasados el Fiscal Nacional Guillermo Piedrabuena pidió a la Corte Suprema la remoción de la Fiscal Regional de la Araucanía, Esmirna Vidal, por la comisión de diversas irregularidades que configuran un cuadro de «negligencia manifiesta» en el cumplimiento de sus funciones, en el marco de la investigación que se sigue en contra del Senador Lavandero por las denuncias de abuso de menores.
Entre las irregularidades que se le imputan a la Fiscal Vidal figuran el no adoptar las medidas necesarias para que se indagara las denuncias existentes en contra del parlamentario por el delito antes referido, contando con antecedentes para ello; supeditar el avance del caso a la orden de investigar el delito de robo en la casa del legislador; no pedir reportes periódicos del caso; no proteger a los testigos y calificar la investigación como «indagaciones preliminares» respecto de hechos graves que configurarían una acción penal pública, trascurriendo cinco meses sin que se conocieran avances.
En la ocasión el Fiscal Nacional anunció también sanciones en contra de cuatro fiscales (Sergio Díaz, Pedro García, Jaime Pino y Alejandro Ivelic) por similares irregularidades cometidas en el contexto de la misma investigación, sanciones que van desde la destitución hasta la suspensión -por uno y dos meses- y el goce de medio sueldo.
La constatación de anomalías en el accionar de los fiscales del Ministerio Público no constituye novedad para quienes veníamos denunciando irregularidades de diversa naturaleza cometidas por los mismos fiscales hoy cuestionados en las causas que se han seguido en contra de los mapuche por los conflictos de tierras acaecidos en los últimos años en esta región.
Entre las irregularidades en la actuación de la Fiscalía Regional al perseguir los delitos que puedan haber cometido los mapuche en el contexto de los conflictos antes señalados que han sido denunciadas por diversas autoridades y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales -como el Relator de la ONU para los derechos indígenas, Rodolfo Stavenhagen; el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU; Human Rights Watch y el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas- se encontraban la utilización para estos efectos de legislación especial (antiterrorista) frente a delitos en contra de la propiedad que no revisten el carácter de terrorista a la luz del derecho nacional e internacional; la utilización de testigos sin rostro en los juicios en contra de los mapuche, práctica condenada por los órganos internacionales de protección de los Derechos Humanos; la destinación de parte importante de los recursos humanos y materiales de dicha entidad a la persecución de los delitos que involucraban a los mapuche, en contraposición con la falta de investigación y desatención de casos de delitos cometidos en contra de los mapuche en el contexto del mismo conflicto; y las imputaciones falsas e injuriosas proferidas en contra de defensores de derechos humanos e indígenas a objeto de descalificarlos ante la justicia.
Es por ello que valoramos de manera muy positiva la decisión del Fiscal Nacional, Guillermo Piedrabuena, de solicitar a la Corte Suprema la remoción de la Fiscal regional y de sancionar a los fiscales antes aludidos por su actuar negligente en el caso del Senador Lavandero. Estas medidas vienen a demostrar nuestro acierto cuando denunciamos, sin ser escuchados, el comportamiento irregular, parcial y negligente de varios integrantes de la Fiscalía regional, encabezados por Esmirna Vidal, en las causas antes referidas.
Pensamos que las medidas adoptadas y sugeridas por el Fiscal Nacional otorgan a la Fiscalía regional de la Araucanía una nueva oportunidad de cumplir de una manera profesional, independiente e imparcial la función para la cual ésta fue establecida, esto es la investigación de delitos graves con prescindencia de quienes sean sus autores. Ellas permiten además que la justicia y sus instituciones relacionadas, como la Fiscalía, puedan tener credibilidad ante los chilenos, incluidos los sectores más desprotegidos, como los son los pueblos indígenas.
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1 Ver caso Loayza Tamayo Sentencia contra Perú, Corte Interamericana Derechos Humanos.
2 En un recurso de nulidad presentado en noviembre pasado por la Fiscalía regional frente a una sentencia absolutoria del Tribunal Oral de Temuco en un juicio en contra de mapuche por el supuesto delito de asociación ilícita terrorista, se descalifica la cita que los magistrados hacen de un artículo de José Aylwin, director del Observatorio, señalando que el autor tendría una postura reconocida por la «justificación permanente que realiza de los delitos que cometen estas agrupaciones de hecho, como legítima reivindicación de derechos…» Por la gravedad de esta afirmación, carente de todo fundamento, el Observatorio formuló un reclamo ante el Fiscal Nacional y presentó en enero pasado una querella por injurias graves con publicidad en contra de la varios Fiscales, incluyendo la Fiscal Vidal.
– José Aylwin Oyarzún es director del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas