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Juicio contra dirigentes Mapuche sin imputados, sin público y sin prensa

Fuentes: Periódico Azkintuwe

Desde tempranas horas de ayer martes fueron incomunicados en celdas de castigo los imputados en el caso Poluco Pidenco, el Lonko José Cariqueo Saravia y el dirigente Juan Antonio Colihuinca, quienes se unieron a la huelga de hambre que desde hace 10 días mantienen otros cinco presos mapuche de la cárcel de Angol. Desde ese […]

Desde tempranas horas de ayer martes fueron incomunicados en celdas de castigo los imputados en el caso Poluco Pidenco, el Lonko José Cariqueo Saravia y el dirigente Juan Antonio Colihuinca, quienes se unieron a la huelga de hambre que desde hace 10 días mantienen otros cinco presos mapuche de la cárcel de Angol. Desde ese lugar fueron trasladados hoy al Tribunal Oral en lo Penal de esa ciudad , para continuar con las audiencias del juicio.

Sin embargo, al comenzar la audiencia los imputados se negaron a que les fueran retiradas las esposas, siéndoles sacadas a la fuerza por gendarmería. Lo que provocó incidentes entre algunos de los familiares que allí se encontraban, entre ellos, la machi Adriana Loncomilla -esposa de José Cariqueo- y sus cuatro hijos menores de edad. Ante esto, el tribunal ordenó el desalojo inmediato y total del público presente en la sala, incluida la prensa. Además de trasladar a los imputados a una sala contigua, sin permitírseles estar presentes en el juicio que enfrentan. Finalmente, se ordenó la presencia de un contingente de carabineros de fuerzas especiales de Malleco, quienes rodearon el tribunal.

En relación a la incautación por parte del Tribunal el Oral en lo Penal de Angol el pasado lunes -durante el primer día de audiencias en este caso- de dos equipos de filmación a los periodistas de la Productora Nueva Imagen, quienes realizan un documental sobre la situación mapuche en la Araucanía, los afectados presentaron a primera hora un escrito a los jueces del tribunal Ricardo Laneras, Luis Soto y Julio Sandoval, en donde se alega la arbitrariedad e ilegalidad del procedimiento adoptado, instándoles a deponer la medida y a restituir los equipos a dichos profesionales (Ver Recuadro). La respuesta del tribunal se obtuvo 45 minutos después, siendo esta «no ha lugar». Por los que los equipos siguen requisados.

En este contexto, las disposiciones del tribunal violan el Art.1 del Código de Procedimiento Penal, puesto que en él se dispone que «toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral y público». A su vez, en la Constitución Política de la República, se entiende como implícita la consagración del derecho a un juicio público dentro de las garantías de un justo y racional proceso (Art. 19, inciso 3, 5º). Por tales razones, consideramos que un Estado acusador, juzgador y defensor vulnera las normas que él mismo considera mínimas para asegurar un juicio justo. Los observadores de derechos humanos, nos hemos quedado sin poder observar este proceso. Una vez más los juicios contra mapuche son el paradigma del indebido proceso.