La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CortIDH) condenó por sexta vez en los últimos tres años, al estado colombiano; en esta ocasión por colaborar con grupos paramilitares para cometer una masacre contra operadores de justicia.El pasado viernes, el alto tribunal notificó al Centro de Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y al Colectivo de Abogados […]
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CortIDH) condenó por sexta vez en los últimos tres años, al estado colombiano; en esta ocasión por colaborar con grupos paramilitares para cometer una masacre contra operadores de justicia.
El pasado viernes, el alto tribunal notificó al Centro de Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y al Colectivo de Abogados ‘José Alvear Restrepo’, representantes de las víctimas y sus familiares, la sentencia en el ‘Caso de la Masacre de La Rochela’.
En la condena se estableció que el grupo paramilitar ‘los Masetos’, responsable del crimen, actuó con el apoyo y la colaboración de agentes estatales.
La Corte determinó que Colombia violó los derechos a la libertad personal, a la integralidad personal y a la vida, a las garantías judiciales y a la protección judicial, tanto de las víctimas como de sus familiares, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El estado colombiano debe activar y completar la investigación de la masacre, con el fin de juzgar y sancionar a todos los autores materiales e intelectuales; la sentencia de la CortIDH también constituye un aporte significativo en la búsqueda de justicia, verdad y reparación de los sobrevivientes y familiares de las víctimas de la masacre de La Rochela.
Este caso se refiera a la masacre ocurrida en enero de 1989, en el corregimiento de ‘La Rochela’, departamento de Santander, donde murieron 12 personas y sobrevivieron 3; las víctimas, todos funcionarios judiciales, investigaban, entre otros crímenes, la masacre de 19 comerciantes, caso que también analizó la Corte Interamericana en julio de 2004.
Las autoridades políticas y judiciales en Colombia deben leer esta sentencia con mucha atención ya que da pautas fundamentales para que el estado colombiano adecue su accionar en el proceso de desmovilización a los estándares internacionales de protección de los derechos humanos, expresó Viviana Krsticevi, Directora Ejecutiva de CEJIL.