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Comunicado íntegro de la organización española

La Fundación Presidente Allende explica los mecanismos para que las víctimas de la dictadura accedan a la indemnización del Riggs Bank

Fuentes: Rebelión

1. la acusación en el proceso a Pinochet está exigiendo las oportunas responsabilidades legales a las personas, físicas y jurídicas, que han colaborado en ocultar y blanquear capitales de aquel, burlando el embargo cautelarmente dispuesto en el Auto de 19 de octubre de 1998 para responder de la responsabilidad civil por actos de genocidio, terrorismo […]

1. la acusación en el proceso a Pinochet está exigiendo las oportunas responsabilidades legales a las personas, físicas y jurídicas, que han colaborado en ocultar y blanquear capitales de aquel, burlando el embargo cautelarmente dispuesto en el Auto de 19 de octubre de 1998 para responder de la responsabilidad civil por actos de genocidio, terrorismo y torturas. La cuantía de ésta ha sido establecida, de modo provisional, en 1.445.530.116 euros (Auto de 25-02-2005);

2. la información documental que se obtenga en cumplimiento del acuerdo con el Riggs Bank será estudiada durante los meses de marzo y abril. También lo será la reunida en cumplimiento de las diligencias en curso en varios países, sometidas al secreto del Sumario que se instruye en España;

3. se exigirán responsabilidades legales a quienes hubieren participado, o estén participando, en el alzamiento de los bienes. Las compensaciones económicas que por este concepto se obtengan incrementarán el Fondo de Pensiones de las víctimas. La base de partida de éste hoy es conocida, ocho millones (8.000.000) de US$; su cuantía última resultará del proceso en curso, dentro del citado límite de 1.445.530.116 euros;

4. la gestión del Fondo será confiada a una entidad financiera de primer orden. Su identidad se conocerá cuando el Riggs Bank transfiera los fondos a la Fundación española Presidente Allende -previsiblemente dentro del presente mes de marzo. Del desarrollo de la gestión se rendirá informe la autoridad judicial competente y a los beneficiarios;

5. la relación de víctimas con derecho a la rentabilidad que producirá el Fondo, reconocida por el Tribunal español, está disponible en CLARÍN (www.elclarin.cl), sección «Caso Pinochet». Incluye también a todos los sobrevivientes de torturas por motivos políticos identificados por la Comisión Valech;

6. quienes figuren en dicha relación y postulen a dichos beneficios pueden escribir a la Fundación Presidente Allende -calle Alfonso XII num. 18, Madrid 28014, España-, o al buzón electrónico [email protected]. Deben acompañar una copia legalizada de su Cédula Nacional de Identidad;

7. las víctimas de torturas, de desaparecidos o de asesinatos por motivos políticos que no figuren en los citados listados (publicados en CLARÍN) pueden solicitar, motivadamente, acceder a los beneficios del Fondo. El fundamento de su postulación será oportunamente estudiado, y resuelto, por una Comisión cualificada que, habilitada por el Auto de 25-02-2005, creará la Fundación durante los próximos meses. Su composición será hecha pública oportunamente. Entre sus misiones figura la de asignar la participación que corresponda en caso de pluralidad de reclamantes en relación con una persona asesinada o detenida-desaparecida, según el orden de prelación que corresponda;

8. no hay plazo preclusivo para solicitar acogerse a los beneficios del Fondo. Los beneficiarios que, habida cuenta de los recursos limitados con que se inicia el Fondo, se abstuvieran ahora de postular al mismo por entender que otros beneficiarios necesitan más la ayuda, podrán optar a solicitar los beneficios en fecha ulterior;

9. para marzo de 2006 está prevista la primera distribución de los intereses anuales del Fondo entre quienes, teniendo derecho a los mismos -por estar en los citados listados o haber sido reconocidos por la Comisión calificadora- lo hubieren solicitado a la Fundación española Presidente Allende;

10. el pago de los intereses tendrá lugar en conformidad con lo convenido con el Riggs Bank y los porcentajes establecidos en el Auto de 25/02/2005 del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional de España. Es decir, el 40% del total de los intereses entre quienes ya perciben una pensión del Estado de Chile en calidad de víctimas de ejecuciones, desapariciones o torturas por motivos políticos, y el restante 60% entre quienes no reciban tal pensión.

– Más información en CLARIN (www.elclarin.cl).