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La jornada de 40 horas no será un avance si permanece el Artículo 161 del Código del Trabajo

Fuentes: Rebelión

La discusión sobre la jornada laboral ha generado expectación en quienes serán los afectados directos de ella: las y los trabajadores. Tanto el proyecto del gobierno, denominado Adaptabilidad Laboral, como el presentado por dos diputadas comunistas y que reduce la jornada semanal a 40 horas, intentan mejorar el mercado del trabajo, tendiendo el primero a […]

La discusión sobre la jornada laboral ha generado expectación en quienes serán los afectados directos de ella: las y los trabajadores. Tanto el proyecto del gobierno, denominado Adaptabilidad Laboral, como el presentado por dos diputadas comunistas y que reduce la jornada semanal a 40 horas, intentan mejorar el mercado del trabajo, tendiendo el primero a implantar mayor flexibilidad y desprotección, mientras que el segundo busca aumentar las horas de descanso y, por efecto, mayor posibilidad de empleo. Sin embargo, independiente del proyecto que se imponga, al igual como sucedió con la reducción de la jornada de 48 a 45 horas, el impacto recaerá sobre las y los trabajadores, porque el conjunto de normas que contiene la legislación laboral chilena pone a resguardo al capital por sobre el trabajo. Aquello proviene desde la época de Pinochet y ningún gobierno postdictadura intentó derogarla, ya que, todos han sido invariablemente pro empresariales. Las leyes que actualmente regulan los sistemas de trabajo son producto de la Reforma Laboral impulsada en 1979 por José Piñera, la que junto a la Reforma Previsional instaurada en 1980, constituyeron el pilar de las llamadas «Siete modernizaciones», la plataforma propulsora del modelo neoliberal chileno. ¿Dónde está el principal eje de la legislación laboral chilena? Sin ninguna duda en el Artículo 161 del Código del Trabajo, el que señala: » el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores». Así, todo trabajador o trabajadora puede ser despedido en cualquier momento, constituyéndose en la herramienta más eficaz de los patrones para sortear todos los problemas en la fábrica o el servicio. Si triunfase el proyecto de la jornada semanal de 40 horas, el empresariado lo aceptará y luego reducirá al máximo el personal, contratando mano de obra con menor sueldo. Al igual que con la reducción de la jornada de 48 a 45 horas semanales, el costo será diferido a la mano de obra.

Chile es el país en donde se aplicó de manera más temprana e implacable el modelo neoliberal, por lo tanto, la clase trabajadora se encuentra al arbitrio de la clase empresarial. No hay relación con Europa, por lo que es absurdo que esta sirva de ejemplo. Ninguna iniciativa destinada a moderar la sobreexplotación de la fuerza de trabajo, tendrá éxito debido a un problema estructural: los empresarios tienen el poder y se refleja en las leyes. Un caso es el Consejo Superior Laboral, CSL, creado por Ley 20.940 en 2017, al que concurren tres representantes de los empleadores, tres del gobierno y tres de los sindicatos, con el fin de consensuar temas como el empleo y la sindicalización. Pero ¿qué diálogo puede haber si el empresario tiene el pie sobre la cabeza del trabajador? Así, el CSL es un chiste cruel. Cualquier iniciativa corta y aislada no será un avance para las y los trabajadores. La eliminación del artículo 161 si constituiría un cambio en la correlación de poder, pero el sindicalismo chileno no tiene todavía suficiente capacidad ni decisión para enfrentar una tarea de tal envergadura. Boletín N°2 de la Intersindical de Trabajadores de Iquique

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de los autores mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.