El borrador de las «Normas de seguridad en las repatriaciones y en el traslado de detenidos por vía aérea y/o marítima» justifica perfectamente el terrorismo del estado español con los trabajadores migrantes. El Colectivo por la Justicia y los Derechos Humanos Queda la Palabra quiere manifestar su más absoluta repulsa y condena al nuevo borrador […]
El borrador de las «Normas de seguridad en las repatriaciones y en el traslado de detenidos por vía aérea y/o marítima» justifica perfectamente el terrorismo del estado español con los trabajadores migrantes.
El Colectivo por la Justicia y los Derechos Humanos Queda la Palabra quiere manifestar su más absoluta repulsa y condena al nuevo borrador que está a punto de cerrarse llamado «Normas de seguridad en las repatriaciones y en el traslado de detenidos por vía aérea y/o marítima» por diversas razones de suma importancia que pasamos a especificar:
1.- Las personas inmigrantes tienen «derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un país» como marca el art. 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; con lo cual, el hecho de apresarlos por el incumplimiento de una normativa administrativa como es la Ley de Extranjería y someterlos a un procedimiento de expulsión o deportación por parte del estado español, es una práctica ilegal que no puede estar motivada por ninguna razón. Consideramos que solamente se podría repatriar a una persona extranjera que hubiera cometido un delito fijado por nuestro Código Penal, con lo cual, sería repatriado a su país con todas las garantías de seguridad que puede tener una persona nacional apresada y juzgada según este código Penal.
2.- La gran mayoría de las personas inmigrantes irregulares no han cometido ningún delito (como ya hemos dicho, solo han cometido una falta administrativa), por lo tanto no se les puede aplicar una normativa parecida a las personas que, por tener antecedentes penales o por estar incursos en una causa penal, puedan tener un comportamiento que ponga en peligro su vida o la de las personas que viajan con ellos. No se puede presumir, por tanto, que las personas inmigrantes vayan cometer delitos o daños hacia sí mismos o hacia terceros en el viaje de repatriación y utilizar así un protocolo cuando, encima, su aplicación de una u otra forma, queda bajo la decisión del agente responsable de turno.
3.- Es una tortura psicológica el hecho de que las personas inmigrantes irregulares que están en el estado español normalmente por necesidades económicas y búsqueda de empleo sean privadas de libertad y obligadas a subir a un avión para ir a un sitio al que no quieren ir, es decir, a hacer algo en contra de su propia voluntad. Con lo cual consideramos que las personas que reaccionan con actitudes violentas ante tales tratos inhumanos y degradantes deben ser consideradas como personas temporalmente enfermas por «enajenación mental» así que, si hay una persona enferma a bordo de un medio de transporte, debe ser inmediatamente atendida, por un médico especializado en tal patología y evitar inmediatamente las causas y circustancias que han dado origen y están motivando tal situación. Cuando la persona salga de ese estado de crisis o shock tiene el Derecho reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en las Leyes españolas de denunciar y responsabilizar a las personas o a los representantes de las instituciones que han dado lugar a estos daños psicológicos, ya que ellos mismos, por su propia voluntad, nunca se los habrían producido.
4.- Las personas que sean víctimas del uso, por parte de las fuerzas de seguridad, de cinta adhesiva durante los traslados o cualquier otro método susceptible de causar asfixia o sofocación, como mordazas, cascos o cojines, de medicamentos sedantes, camisas de fuerza etc están siendo sometidas a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, de forma que toda persona que empiecer a tener un comportamiento violento en caso de ser obligado por las fuerzas del orden a hacer algo en contra de su voluntad, como ser repatriado, debe ser, como cualquier otro delincuente (máxime cuando ni siquiera ha cometido ningún delito) que está cometiendo un acto violento, esposado y llevado inmediatamente a la comisaría o el juzgado más próximo para ponerlo inmediatamente a disposición judicial.
5.- La repatriación de grupos trae consigo el crecimiento de un sentimiento de frustración y dolor colectivo que puede crear ambientes de conflicto, con lo cual es necesario que no se ejecuten.
6.- Cualquier persona y con más razón, grupos de personas, apresadas bajo la custodia de la autoridad, deben tener Derecho a que un video grave el recinto donde están, al igual que las prisiones o la comisaría para que en caso de haber abusos de poder o daños de un lado u otro, estos puedan ser vistos y analizados por un Juez. Es muy extraño que el Ministerio del Interior impida con tanto ahinco que no se grave, se hagan fotos, o se tengan los móviles apagados en las repatriaciones y que las fuerzas de seguridad de los países de destino no deban subir en ningún momento a los aviones. ¿Es que el Estado que ha de vigilar y proveer la seguridad de todas las personas, sea cual sea su nacionalidad, raza, religión o sexo, dispone de alguna normativa en que tenga que haber excepción con los trabajadores inmigrantes? ¿Qué quiere ocultar el Ministro de Interior? ¿Qué evidentemente están haciedo torturas? ¿Quieren una total impunidad para cometer en vuelo o en barco todas las torturas que se les ocurran a los agentes que, «según su criterio», deban imponer como medidas represivas ante posible la normal reacción de rebeldía de estas personas inmigrantes?
El borrador actual así como las diferentes normativas y prácticas que se han ejecutado en el pasado son absolutamente ilegales ya que atentan contra la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su arts 3, 5, 7 ,9, 12, 13, y 15 a los que se somete la constitución española y, por lo tanto todas las leyes, normas y protocolos que se dicten; contradicen las recomendaciones del Comisario Europeo de Derechos Humanos y ponen en cuestión otras garantías y disposiciones del Derecho Internacional.
Condenamos al gobierno español por estas prácticas realizadas en el pasado, en el presente y que siguen elaborando con sus protocolos y normativas para seguir ejecutándolas en el futuro. Ya hemos tenido acceso, por contactos con sus países de orígen, con las vícitimas de tales abusos y algunas de ellas están dispuestas a denunciar. No obstante, la indefensión de estas víctimas ante tales prácticas y la incapacidad de la Justicia, las organizaciones Pro Derechos Humanos, la prensa y los ciudadanos en general para tener acceso visible a lo que ocurre a los trabajadores migrantes cuando están siendo ilegalmente deportados o expulsados hace que consideremos al gobierno del estado español como una organización terrorista y no pararemos de denunciar hasta que se dejen de hacer estas prácticas y/o los responsables de tales actos sean juzgados.
Queda la Palabra va ha hacer las gestiones, incluso las denuncias necesarias, para que este borrador no salga adelante.