Varios hechos en los últimos meses dejan mucho que decir sobre si se están dando o no pasos certeros hacia la construcción de una política criminal concordante con los derechos humanos, en especial el de la libertad y la dignidad humana. Política criminal con doble rasero En enero del presente año, el presidente Juan Manuel […]
Varios hechos en los últimos meses dejan mucho que decir sobre si se están dando o no pasos certeros hacia la construcción de una política criminal concordante con los derechos humanos, en especial el de la libertad y la dignidad humana.
Política criminal con doble rasero
En enero del presente año, el presidente Juan Manuel Santos salió a los medios de comunicación a hacer un llamado a los jueces del país a no dejar en libertad a personas capturadas en flagrancia. Según el mandatario «un porcentaje importante de los delitos están siendo perpetrados por personas que ya habían cometido los delitos, reincidentes» por lo cual anuncia que se reunirá con el Consejo Superior de la Judicatura «porque es un tema que cada vez nos preocupa más y la Policía, y todo ese esfuerzo que hace la Fiscalía, pues queda frustrado porque los jueces dejan en libertad a estos delincuentes».
En febrero, en el marco de la contienda electoral por la Presidencia de la República, todos los candidatos y precandidatos, a excepción de Gustavo Petro, al unísono han abogado por el aumento del pie de fuerza policial, la implementación de políticas de prevención basadas en la geo-referenciación, el incremento de la vigilancia a través de cámaras y reformas legislativas para evitar la libertad de quienes cometen delitos en flagrancia e incluso para promover mayor severidad en la sanción contra menores de edad que incursionan o se ven involucrados en el delito. Aunque parezca mentira, al plantear propuestas en materia de política criminal, a) Se culpa de la reincidencia delictiva e incremento de la «inseguridad», al excesivo garantismo y proteccionismo a «los delincuentes»; b) Se propugna por procedimientos judiciales expedidos que permitan condenas exprés a quienes son capturados en ejecución de un punible; c) Se culpa a los jueces de liberar a los detenidos; d) Se proponen políticas de «cero tolerancia» y e) de construcción de nuevas cárceles. Tímidamente algunos de ellos hablan de penas y medidas alternativas a la prisión y programas de inclusión social.
Mientras exigen mano dura contra la delincuencia callejera y los delitos de hambre, olvidan que los partidos políticos que les avalan, han sido fuertemente cuestionados por sus proximidades con estructuras paramilitares, y el involucramiento en casos de desviación de recursos públicos, recibo de coimas de empresas privadas a cambio de multimillonarios contratos y de podredumbre en la administración de justicia desde los más altos niveles. Según El Espectador «Los partidos que cuentan con mayor cantidad de candidatos cuestionados por vínculos con grupos ilegales, corrupción, escándalos como el de Odebrecht o el Cartel de la Toga, son: el partido Cambio Radical (27%), partido de la U (26%), partido Conservador (14%), partido Liberal (14%) y partido Opción Ciudadana (12%)». Frente a esta realidad se han mostrado ajenos y sin sonrojo sólo atinan a tomar la anticorrupción como bandera… discurso de candidatos y precandidatos del pasado, y que años más tarde se ve derruido ante los hechos que se logran traslucir a la opinión pública.
En este contexto, el Ministro de Justicia, Enrique Gil, se ha visto acorralado por los medios y otros políticos, al defender el Proyecto de Ley 014 de 2017; aún tibio en reformas progresivas en materia de beneficios, subrogados y derechos de las y los presos del país.
La falacia de los jueces y la legislación garantistas
Ellos/a y Santos que culpan sin atino a los jueces de la república por liberar presuntos delincuentes reincidentes, omiten informarle al país que «Según datos de la Defensoría del Pueblo, del total de casos del SNDP (Sistema Nacional de Defensoría Pública) que llegaron a audiencias de imposición de medidas de aseguramiento (90.898), en un 84,6% de ellos éstas fueron decretadas (76.949), mientras que tan sólo en el 15,4% de los casos no fueron decretadas (13.949)». De hecho, podemos decir sin temor a errar, que si hay algo por lo que no se caracterizan los jueces en Colombia, es por su garantismo y que no es gratuito aquel adagio popular que indica que «una medida de aseguramiento no se le niega a nadie»
De otra parte, decir que la legislación colombiana es un dechado de garantías, es más que falso. Al contrario, los últimos años en materia de reformas legislativas, se ha distinguido por restringir y excluir beneficios y subrogados y prolongar la privación de la libertad a quienes incurren (o son acusados de incurrir) en un amplio y ambiguo catálogo de punibles (Para la muestra ver/leer artículo 68 A del Código Penal vigente). La Corte Constitucional, en Sentencia T-388 de 2013 señaló además que «La tendencia al endurecimiento punitivo es una característica de la política criminal colombiana que, según el diagnóstico realizado por la Comisión Asesora, puede evidenciarse a partir del estudio de: (i) la creación de nuevas conductas penales, (ii) el incremento en las penas mínimas y máximas de los delitos existentes y, (iii) el aumento de las personas privadas de la libertad.» Por otro lado calificó la política criminal como «poco reflexiva frente a los retos del contexto nacional», «subordinada a la política de seguridad», «inestable e inconsistente» y «volátil, en tanto, existe debilidad institucional». Así pues, las luminosos planteamientos de los políticos en campaña electoral, resultan -cuando menos- pocos estudiosas y altamente regresivos en materia de derechos humanos.
Prevención a través de la represión
Lo más grave. Para hablar del carácter preventivo de la política criminal; algunos candidatos/a han hecho gala de la más retrógrada noción de prevención y seguridad, defendiendo -descarada o veladamente- propuestas de «tolerancia cero», muy estrechamente relacionadas con algunos enfoques de la geo-prevención del delito (que por lo general se traducen o bien en el aislamiento/cercamiento de barrios populares, o su ocupación /militarización-) e iniciativas que exacerban el poder policial e incitan a su abuso.
La implementación de políticas de «Tolerancia cero» en otros países, especialmente en los EEUU, habla de un incremento ostensible de violaciones a los derechos humanos perpetradas por la fuerza pública. «El modelo (…) se concentró en tres aspectos específicos: 1.Focalizar la atención en las faltas y contravenciones que afectan la calidad de vida [incivilidad]; 2. Trabajar en la comunidades -no con ellas- para la reducción de estas faltas; 3. Evaluar los riesgos y, sobre todo, las poblaciones que constituyen un riesgo para la seguridad – que en la práctica son los sectores marginados, de determinado origen y color», plantean Farid Samir Benavides Vanegas y Juan Carlos Garzón Vergara. Y explican además que esta concepción tuvo su fundamento en teoría de las «ventanas rotas» diseñada por James Q. Wilson, Catherine M. Coles y George L. Kelling, para quienes existe una relación de causalidad entre «el desorden callejero y el delito», por lo que justifican la intervención violenta con carácter «preventivo» de la policía frente a situaciones o conductas que se califican como infracciones a la «convivencia» o «actos de incivilidad».
Benavides y Garzón señalan también que tras la invitación realizada por el entonces Alcalde de Nueva York (años 90) Giuliani; para bajar las tasas de criminalidad, el comisionado «Bratton retomó métodos policiales de «antaño», de los tiempos cuando, según los ideólogos de las ventanas rotas, los tribunales, los medios de comunicación y las leyes no habían «atado de manos» a la Policía. Bajo este supuesto, el uso de la identificación y registro (conocido como stop and frisk) fue el pan de cada día, dirigida a todo aquel que pareciera un sospechoso. En definitiva: una invitación al abuso policial».Cualquier parecido con los argumentos que los políticos que ofrecen seguridad a Colombia, es pura coincidencia
Quienes defienden el modelo de «tolerancia cero» descartan de tajo la relación entre la realidad social y el delito, más aún, la entienden justamente al revés; al establecer casi como rasgos de proclividad a la delincuencia, aspectos como la extracción social, étnica o cultural (ser pobre, negro/a, habitante de calle, joven rapero, etc), el lugar de procedencia (barrios populares, determinadas zonas rurales), entre otras expresiones de un sistema económico y político excluyente como el actual. Con ello, se sigue afianzando una política de discriminación y construcción de esa «otredad» que «merece» y debe ser reprimida y eliminada. Una suerte de presunta anticipación al delito, extirpando lo que ellos (las clases dominantes) identifican como su causa.
Perverso pero cierto y es una realidad en Colombia! No gratuitamente en noviembre de 2013 Giuliani pisó suelo colombiano y sostuvo diálogos con el presidente Santos (visita y conversación que pasaron desapercibidos para la opinión pública) y varios meses más tarde se presentó por el gobierno el Proyecto de Ley número 99 de 2014, a la postre convertido en el actual código nacional de policía.
Desde esta lectura también pueden entenderse mejor los desesperados intentos de Peñalosa, por legitimar y justificar la medida adoptada por la Alcaldía Mayor de Bogotá en el sentido de prohibir el transporte parrillero hombres en motocicletas de determinado cilindraje, en algunos barios de la capital; bajo el argumento de que había un incremento de los delitos de hurto en la ciudad. Ejemplos como estos abundan en el país, lo grave es que se pretenda reforzar este cuestionado modelo de «prevención y seguridad» restrictivo de libertades e «institucionalizante» de la segregación, por parte de los candidatos presidenciales.
Una anotación más, relacionada con el asunto. En esta coyuntura electoral, el ex ministro de defensa Juan Carlos Pinzón fue considerado por Rudolph Giuliani como «el candidato más apropiado para Colombia». Manifestó el ex alcalde de Nueva York que el referido candidato es la persona mejor preparada en asuntos de seguridad, sugiriendo que se debe llegar a un acuerdo entre policía, fiscales y jueces para evitar que los detenidos obtengan la libertad. Hoy -16 de marzo-, se anunció que Pinzón será la formula vicepresidencial de Germán Vargas Lleras; el político que de manera abierta habla de implementar un modelo de «Tolerancia Cero». Definitivamente Vargas-Pinzón una dupla caliginosa.
Las prácticas sociales genocidas y la política criminal de impunidad
Muy contrario a la despiadada persecución y represión que se cierne sobre lo que se han llamado «delitos de pobreza»; la política criminal en Colombia frente lo que por hoy llamaremos «delitos de Estado y/o de riqueza» es blanda y promueve la impunidad.
Las directrices que ha expedido la Fiscalía para investigar y perseguir la «macro-criminalidad» del paramilitarismo no permite avanzar hacia la determinación de beneficiarios ni diseñadores (nacionales y extranjeros) del proyecto; tampoco promueven la develación de máximos responsables (civiles y militares) de otros crímenes de Estado. El órgano de persecución estatal -ni antes ni ahora- ha mostrado interés en indagar seria y exhaustivamente sobre estas prácticas criminales sistemáticas, menos aún ha evidenciado que éstas ha formado parte de una práctica social genocida. Las instancias diseñadas para el juzgamiento de altos dignatarios del poder político del país, son un verdadera mofa a la «justicia». La podredumbre en la judicatura, empezando desde su cúpula, es cuando menos una vergüenza y apenas la punta del Iceberg. La promoción de leyes de punto final que hoy se gestan impedirá avanzar en investigaciones y retroceder en las culminadas etc. Todas estas, son expresiones de una cosa: La política criminal del país, impone el negacionismo y la impunidad como respuesta a los «delitos de Estado y/o de riqueza».
La realidad habla por sí sola. En materia de política criminal, los próximos gobernantes (que no es igual a decir los actuales candidatos a la presidencia) prometen más de lo mismo.
http://caracol.com.co/radio/20
ídem 2.
Ver sobre el particular, informe de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-388 de 2014, disponible en https://drive.google.com/file/
Nos referimos tanto a los jueces de control de garantías como los de ejecución de penas.
Sentencia T-388 de 2013. Corte Constitucional
Ver «La receta Giuliani: remedio equivocado para la seguridad ciudadana» artículo publicado en Razón Pública, disponible en: https://www.razonpublica.com/i
Ídem 8.
Al respecto llamamos a estudiar a Daniel Feierstein.
Fuente original: https://equipopueblos.org/2018