INTRODUCCIÓN Es de todos sabido que, en la rotación del capital, se originan las tres fracciones de la clase de los compradores de fuerza o capacidad de trabajo, a saber, industriales, comerciantes y banqueros. Son fracciones de clase con intereses contrapuestos entre sí. Si, divididas naturalmente -como lo muestra la rotación del capital-, tuviesen que […]
INTRODUCCIÓN
Es de todos sabido que, en la rotación del capital, se originan las tres fracciones de la clase de los compradores de fuerza o capacidad de trabajo, a saber, industriales, comerciantes y banqueros. Son fracciones de clase con intereses contrapuestos entre sí. Si, divididas naturalmente -como lo muestra la rotación del capital-, tuviesen que dominar a quienes venden su fuerza de trabajo, no podrían hacerlo. Por eso, para conseguir su objetivo de dominar y continuar siendo clase dominante, se unen en un bloque social y conforman un verdadero Bloque en el Poder dentro del cual una de ellas -apoyada por otra que, generalmente, es la comercial-, se impone sobre las demás para ejercer su hegemonía sobre el conjunto social. Así, la dominación de los compradores de fuerza o capacidad de trabajo por sobre los vendedores de esa mercancía se hace posible.
Entre los años 1990 y 2000, la hegemonía que, dentro del Bloque en el Poder internacional, ejercía la fracción industrial, aliada con la comercial, llegó a su término; la fracción bancaria, también aliada con la comercial, tomó el mando de la sociedad, subordinando a la industria. Hoy, ese predominio, si bien parece mantenerse, también muestra fuertes señales de haber comenzado a experimentar un fuerte deterioro. Las crisis continuas que ha experimentado el sistema -y que culminaron hasta hace poco con la elección de Donald Trump- constituyen una manifestación de ese fenómeno. Los problemas que enfrenta la Comisión de Basilea vienen a confirmar esos temores; la reforma bancaria que se prepara en Chile también es una manifestación de esa lucha que se libra entre los poderosos. Intentemos ordenar los sucesos y extraer resultados.
LA NECESIDAD DE REFORMAR LA LEY GENERAL DE BANCOS.
La Ley General de Bancos fue dictada bajo la dictadura de Pinochet; fue reconocida como tal bajo los gobiernos de la Concertación de Partidos Por la Democracia y modificada en parte bajo la administración de Ricardo Lagos Escobar. Pero eso no bastaba para hacerla funcional al sistema internacional.
En julio de 2013, bajo la presidencia de Sebastián Piñera Echeñique – y siendo ministro de Hacienda Felipe Larraín Bascuñán – , se envió al Parlamento un proyecto destinado a crear un porgano colegiado que, bajo el nombre de ‘Comisión de Valores y Seguros’, pudiese ejercer las funciones que hasta ese momento cumplía la Superintendencia de Valores y Seguros. No obstante, y bajo el segundo gobierno de Michelle Bachelet, el ministro de Hacienda, militante del PPD, Rodrigo Valdés Pulido, decidió adecuarse a las recomendaciones del acuerdo Basilea III y, cuando concluía la tramitación del proyecto de Piñera, a través de una indicación, resolvió reemplazar la Comisión de Valores y Seguros por una Comisión para el Mercado Financiero CMF que unificara las funciones de las tres siguientes superintendencias: Superintendencia de Valores y Seguros, Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y Superintendencia de Pensiones.
El proyecto, sin embargo, se atrasó pues numerosos otros acontecimientos conspiraron para que así sucediera. Y eso creó suspicacias en los sectores empresariales, especialmente luego que la ‘Standard & Poors’ Global Ratings (o S&P, como se la conoce) manifestara su opinión en el sentido que la reforma no se tramitaría dentro del actual gobierno sino en el próximo.
«Chile se ha retrasado en la implementación de Basilea III en comparación con sus pares Brasil, México y Argentina, los únicos países que lo han puesto en marcha hasta ahora […] »
señaló la administradora de riesgos, para admitir que tal retraso se debió a que la administración bacheletista tuvo que
» […] abordar un gran número de otros proyectos de ley de suma importancia».
Concluía en su informe ‘S & P’ que el proyecto se discutiría
«[…] en el Congreso durante el próximo periodo de gobierno de Chile -la elección presidencial está programada para el 19 de noviembre de 2017-« [1] .
A pesar de ello, el 17 de agosto de 2016, el Ministerio de Hacienda hizo una presentación ante la Cámara de Diputados en el que proponía la creación de una Comisión Para el Mercado Financiero, tal cual se había acordado anteriormente. La proposición se entregó en un documento de 14 páginas cuyo solo título revelaba, de por sí, la naturaleza de su contenido: «Creación de una Comisión Para el Mercado Financiero» [2] .
EL COMITÉ DE BASILEA VIAJA A CHILE.
La elección de Donald Trump como presidente de Estados Unidos fue un balde de agua fría a la pretensiones de los sectores hegemónicos del Bloque en el Poder internacional: el nuevo mandatario no sólo representaba, precisamente, el triunfo de vastos sectores sociales vinculados a la industria norteamericana – que veían con desesperación cómo, poco a poco, las grandes ciudades que habían dado cobijo a grandes contingentes de obreros y empleados comenzaban a quedar vacías y cómo Manhattan se convertía en una gran oficina financiera dedicada a especular con valores – , sino se aprestaba a introducir notables modificaciones a las regulaciones bancarias. Por eso, no debe causar sorpresa que la elección de Trump no fuese bien vista por los sectores dirigentes de Basilea III.
«Todos temen que el nuevo presidente Trump trate de revisar toda la regulación bancaria y financiera y que él y el próximo gobierno no aprueben las reglas de Basilea»,
aseveró el director del programa de investigación sobre regulación financiera de la London School of Economics y ex funcionario de Banco de Inglaterra Charles Goodhart, en Santiago [3] .
Por eso, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea CSBB o, simplemente, Comité de Basilea (Basel Committee of Banking Supervision BCBS) acordó realizar un encuentro en Santiago de Chile los días lunes 28 y martes 29 de noviembre de 2016
» […] para tratar de zanjar las profundas divisiones entre los Estados Unidos, Europa y otros países respecto de un paquete de reglas consideradas la respuesta definitiva de regulación internacional a la crisis financiera de 2008″ [4] .
El grupo, que integraban representantes de los Bancos Centrales europeos y otras autoridades monetarias del viejo continente, estaba presidido por su presidente Stefan Magnus Ingves, presidente, a la vez, del Banco Central sueco y ex ejecutivo bancario.
En esa oportunidad, los miembros del Comité de Basilea sostuvieron una entrevista con la presidenta Bachelet y aprovecharon de plantearle la necesidad de apurar la adecuación de la banca chilena a los requerimientos de esa entidad a fin de prever eventuales riesgos. Por eso, el superintendente de Bancos Eric Parrado pudo señalar el mismo día de la entrevista que, si bien Chile podría adecuarse a tales requerimientos, era necesario recordar que
» […] existe a nivel individual un déficit de capital. Nuestra estimación es que la banca nacional debe incrementar sus niveles de capital en US$ 2.800 millones» [5] .
El apuro del Comité era asegurar todos los compromisos posibles antes que Trump asumiera el mando, tarea que, finalmente logró realizar.
REDACCIÓN Y ENTREGA DEL PROYECTO.
El proyecto, sin embargo, quedó listo a fines de mayo y se entregó a la presidenta Bachelet para su estudio y aprobación, por lo que el 12 de junio, en una sobria ceremonia, la mandataria, junto a su ministro de Hacienda Rodrigo Valdés, procedió a firmar dicho proyecto y enviarlo al Congreso para su discusión y posterior aprobación.
En el transcurso de la ceremonia f ué la propia presidenta quien dio a conocer los fundamentos que la impulsaban a emprender la reforma con las siguientes palabras:
«Con esta iniciativa estamos dando un gran paso en el objetivo de avanzar hacia la consolidación de un sistema bancario eficiente, competitivo y mejor preparado para enfrentar los vaivenes del mercado […] este proyecto de ley permitirá a los bancos estar mejor preparados para enfrentar choques de distinto tipo, porque se modifican los requerimientos de capital y gestión de riesgos, adaptándolos a los estándares de Basilea III» [6]
Por su parte, el ministro Valdés señaló que el BancoEstado necesitaría mil millones de dólares para adecuarse a las exigencias de Basilea III y que la generalidad de los bancos tendrían tres años para cumplir con las exigencias. Ya lo había señalado Eric Parrado con motivo de la visita de la Comisión de Basilea, en noviembre de 2016:
«Nuestra estimación es que la banca nacional debe incrementar sus niveles de capital en US$ 2.800 millones» [7] .
El mismo día de la ceremonia de firma del proyecto, en conocimiento que la reforma incluía modificaciones más profundas que las incorporadas a la legislación en 1997, sostuvo Parrado que
«[…] esta reforma va a representar uno de los cambios más grandes en las últimas décadas» [8] .
El Banco Central no estuvo ajeno a esos hechos pues, a través de un comunicado, junto con destacar la importancia del proyecto, explicó que éste
«[…] propone modernizaciones en tres dimensiones fundamentales: institucionalidad de supervisión, solvencia y administración de situaciones críticas, todos temas en los cuales resulta de interés introducir perfeccionamientos e iniciar un profundo debate» [9] .
Dos días después de firmado el proyecto de reforma a la legislación bancaria, acompañado del superintendente de Bancos Eric Parrado, procedió a entregar el ministro de Hacienda el proyecto de ley ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, oportunidad en la que dio a conocer el monto total de los dineros requeridos para adecuar la banca que opera en Chile a los requerimientos de Basilea III, indicando que la cifra total alcanzaba a US$ 2.700 millones de dólares de los cuales un tercio correspondería al BancoEstado [10] .
El documento respectivo, sin embargo, fue redactado por el presidente del Banco Central Mario Marcel quien lo envió con fecha 20 de junio de 2017 a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, según consta del documento de esa institución intitulado ‘Proyecto de Ley General de Bancos’ Presentación en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados [11] .
CONTENIDO GENERAL DE LA REFORMA BANCARIA DE BACHELET.
A nuestro entender, los principios que orientan la reforma bancaria de Bachelet se encuentran definidos en su propia presentación:
«[…] la consolidación de un sistema bancario eficiente, competitivo y mejor preparado para enfrentar los vaivenes del mercado […]» [12]
Así es; tal es la concepción del proyecto. No hay en su texto propósito alguno diferente o alternativo al indicado. No hay que buscar en sus enunciados principio alguno de solidaridad, de cooperación o de servicio: competencia (entendida como tal la acción de emular o superar al eventual contendor) y mercadocracia son sus pilares. Porque tales valores constituyen la base del modelo de acumulación vigente.
Es más: la reforma bancaria propuesta por el gobierno no sólo se ajusta estrictamente a los parámetros establecidos por el modelo de economía social de mercado sino tiende a consolidarlo y a perfeccionarlo de acuerdo a las recomendaciones establecidas en los acuerdos de Basilea III que, en síntesis, tuvieron por objeto evitar la crisis de liquidez que afectó a los bancos en 2008 e, indirectamente, buscaban consolidar la hegemonía del capital bancario por sobre el capital industrial dentro del Bloque en el Poder a nivel planetario. Porque el problema radica, precisamente en eso: en el amplio predominio que ejerce hoy, en el mundo, la fracción bancaria de la clase de los compradores de fuerza o capacidad de trabajo. En palabras más simples: poco o nada le interesa la producción de plusvalor sino la transferencia del mismo desde los sectores periféricos hasta los centros neurálgicos del sistema capitalista mundial SKM. Repetimos: transferencia; no producción de plusvalor. Y esa práctica hay que protegerla de sus propias abominaciones, como se verá al tratar las medidas propuestas.
Se puede entender así que el proyecto presentado haya sido del agrado de la generalidad de los sectores dominantes y de la prensa oficial; pero no desde el punto de vista de los sectores críticos, que no formularon -al menos, aparentemente- observación alguna al mismo.
Veamos algunos de sus rasgos más destacados.
Para Eric Parrado, la ley tiene tres ‘ejes’ centrales que serían:
- » […] fortalecimiento de los requerimientos de capital en base a Basilea III».
Dentro de estos se incluyen:
1.1. «La obligación a los bancos de aumentar sus reservas de capital para protegerse de posibles caídas (Tier 1 aumenta de un 4,5% a un 6% de los activos ponderados por riesgo, manteniendo el nivel mínimo de patrimonio en 8%).
1.2. La incorporación de un colchón de conservación de capital -2,5% de los activos ponderados por riesgo por sobre el mínimo establecido- para evitar que las instituciones paguen altos dividendos y bonos incluso cuando sufren un deterioro de capital; y
1.3. la exigencia de tener un colchón de carácter anti-cíclico -máximo de 2,5% de los activos ponderados por riesgo- para proteger el sistema en períodos de expansión de crédito».
- «[…] fortalecimiento del gobierno corporativo del supervisor bancario a través de su incorporación a la Comisión de Mercado Financiero (CMF)»,
- «[…] entrega herramientas que hacen mucho más eficiente la resolución bancaria cuando algún banco está en problemas o cuando entramos a una crisis bancaria» [13] .
ALGUNOS ASPECTOS PARTICULARES DE LA REFORMA.
No es nuestra intención hacer aquí un análisis exhaustivo del articulado que contiene el proyecto de reforma a la Ley General de Bancos pues resultaría agobiador. Señalemos, no obstante, algunos de esos temas y, en especial, aquellos que acapararon el interés de los medios de comunicación.
En primer lugar, eleva las penas para los controladores que incurran en determinados actos delictuales. El proyecto emplea la expresión ‘controladores’ que, a nuestro entender, corresponde a la terminología acuñada por el Servicio de Impuestos Internos SII [14] .
En segundo lugar, no hay innovación alguna en cuanto al financiamiento de la Superintendencia. Si la ley señala que los gastos que demanda el funcionamiento de ese organismo han de ser pagados por los propios supervigilados (bancos) y establece el monto que han de pagar, ese mismo sistema seguirá aplicándose en el futuro.
«Para el ejercicio 2017, la Dirección de Presupuesto asignó a la SBIF un gasto de $18.280 millones, 2,7% por sobre 2016 pero también debajo del avance de 10,08% del año previo.
Ello significa que del total de los $61 mil millones proyectados en ingresos por concepto de aporte de los regulados, un 70% ($42.731 millones) irán a la partida de «integros al fisco»» [15] .
Una tercera disposición de la reforma se refiere a los ‘bancos sistémicos’ que son aquellos bancos cuyas caídas, por su gran tamaño e importancia en el mercado mundial, pueden ocasionar gran conmoción. Para evitar aquello, la ley exige que les sea aplicable una determinada reserva técnica:
«[…] la reserva técnica que establece el artículo 65 sea aplicable desde que los depósitos y demás sumas a que se refiera esa norma excedan de una vez y media su patrimonio efectivo» [16] .
La cuarta innovación se refiere al monto que deberá pagar el Fisco para ajustar al BancoEstado a las exigencias de Basilea III, tema al que nos referimos en otra parte de este documento.
La quinta se refiere a elevar los montos depositados por los ahorrantes que tendrán protección estatal y así se señala que la suma de 108 UF se eleva a 200 UF con un tope por persona de 400 UF, cifra que tiene un efecto en el cálculo de los llamados ‘pasivos contingentes’ que son situaciones que representan una posibilidad de ocurrencia y, por eso, crean una incertidumbre financiera en la empresa.
«En efecto, con la modificación señalada, la exposición fiscal máxima asociada a la garantía estatal, calculada con datos a diciembre de 2016, ascendería a 3,14% del PIB, en comparación con la estimación de exposición máxima presentada en el informe de pasivos contingentes del año 2016, de 2,28% del PIB» [17] .
EL TODO HACE A LA PARTE. LA ORGANIZACION DE LA BANCA.
En la teoría general de los sistemas, un sistema es una totalidad, un todo [18] . Las partes que lo componen no sólo son funcionales al mismo sino se encuentran determinadas por el plan general. Es el todo el que hace la parte y no lo contrario. Así sucede con el sistema capitalista que es un sistema mundial que existe desde los inicios de la civilización aunque no de modo dominante como hoy lo es [19] . Los países que integran el sistema capitalista deben adecuar su funcionamiento a los requerimientos del mismo. Si no lo hacen pasan a constituirse en partes incómodas, en elementos exóticos que, de no adecuarse a los requerimientos del todo, sufren las consecuencias de su arrogancia o desidia y pasan, a la larga, a ser dominados por el mismo en peores condiciones.
La necesidad de dominar exige al sistema capitalista mundial SKM organizarse de determinada manera y crear organismos controladores a lo largo y ancho del planeta. Por eso existen el Comité de Basilea y su Consejo de presidentes de los Bancos Centrales Mundiales y del Tesoro Norteamericano. Ellos no se reúnen porque sí sino con la finalidad de imponer sus políticas. A esas deben adecuarse las demás naciones. Por eso existe el Comité de Basilea; por eso los acuerdos que deben cumplirse; por eso, la Asociación de Bancos de Chile. Veámoslos en ese orden.
El Comité de Basilea para la Supervisión de los Bancos CBSB
Hasta 1988 funcionaba en Basilea (Basel), Suiza, un organismo que integraban representantes de los Bancos Centrales de Alemania , Bélgica , Canadá , Estados Unidos, Francia , Italia , Japón , Holanda , Inglaterra, Suecia y Suiza. Ese grupo de países era conocido como ‘Grupo de los 10’ o G-10 y era el impulsor principal de esa instancia financiera. Sin embargo, a pesar de no estar aún incluidos en el G-10, se permitió la participación de España y Luxemburgo en ese organismo dada su importancia económica y estratégica. La reunión de los representantes de los Bancos Centrales de esas naciones, además de otras autoridades de carácter financiero, comenzó a ser conocida bajo el nombre de ‘Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria’ CBSB
Cuando, en 2009, desapareció el ‘Grupo de los Diez’ para dar paso al ‘Grupo de los 20’ o G-20, fueron los representantes de esta nueva entidad quienes pasaron a formar parte del Comité de Basilea, incluyéndose igualmente a Hong Kong y a Singapur por las mismas razones que otrora se había aceptado la participación de España y Luxemburgo. El Comité, entonces, decidió establecer su secretariado general en Basilea, precisamente, en una de las oficinas del ‘Banco de Pagos Internacionales’ cuyo edificio principal se levantaba en esa ciudad.
Nunca tuvo el Comité facultades para imponer determinadas políticas de tipo financiero, sino se preocupó de dictar ‘recomendaciones’ que la generalidad de los países aceptaba como si fuesen normas internacionales destinadas a regular la conducta de la banca internacional. Pero, en los años posteriores, la generalidad de los países convirtió en leyes, decretos o reglamentos nacionales las recomendaciones propuestas por el Comité, con lo cual éste ha pasado a quedar, en la práctica, revestido de poderes especiales.
Los acuerdos del CBSB y su aplicación en el plano nacional
Los acuerdos del Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria son de orden exclusivamente financiero y se han orientado, en consecuencia, a prevenir eventuales quiebras bancarias, consideradas hasta el día de hoy como el terror de la nueva forma de acumular. El objetivo central de las recomendaciones del CBSB se orienta, por lo tanto, a disminuir al máximo los riesgos que implica el comercio del dinero y, en especial, el riesgo que llevan implícito las operaciones financieras. Por lo mismo, puede asegurarse, incluso, que la generalidad de esos acuerdos se ha originado como reacción a las crisis financieras generadas luego del establecimiento de la nueva forma de acumular que se conoce bajo el nombre de ‘monetarismo’, ‘economía neoliberal’, ‘economía social de mercado’ o ‘acuerdos de Washington’. Fundamentalmente, dichos acuerdos son tres y se les conoce bajo el nombre de Basilea I, Basilea II y Basilea III.
Tal cual se ha señalado, tales acuerdos no constituyen, en modo alguno, imposiciones. Pero, en la práctica, lo son pues los países, en prevención de posibles riesgos en materia financiera, determinan adecuar sus legislaciones internas a las recomendaciones que impone ese Comité con lo cual le confieren rango imperativo a aquellas.
Esta forma de evaluar las recomendaciones del Comité también se aplica en Chile: nuestro país acata sumisamente aquellas convencido que, en virtud de esa actitud, prevé eventuales crisis financieras. No hay que olvidar que Chile es un país en donde el modelo monetarista se ha impuesto con extrema rigurosidad tanto por sus creadores en dictadura como por sus continuadores en democracia, encontrándose hoy sujeto, por entero, a los avatares del mercado.
No debe sorprender, por ende, que las reformas hechas a la Ley General de Bancos en esta materia tienden a robustecer el funcionamiento óptimo del mercado financiero nacional -y, por ende, a desarrollar la transferencia de plusvalor- y no a establecer condiciones que promuevan la creación de estructuras productivas destinadas a generarlo.
Los acuerdos de Basilea I dicen relación, por consiguiente, con el establecimiento del capital mínimo que una entidad bancaria debe tener en función del riesgo que corre ejerciendo la labor de comerciar con el dinero, capital que se fija en 8% del total de los ‘activos de riesgo’, a saber, crédito, mercado y tipo de cambio.
Los acuerdos de Basilea II se originaron en 2004 y, junto con reiterar la necesidad de disminuir los riesgos que implican las operaciones financieras, formula cálculos referidos a los montos mínimos de capital, a la supervisión de las gestiones realizadas con los fondos propios y a establecer algunas proposiciones para el funcionamiento del mercado financiero.
Sin embargo, el más importante de estos acuerdos se encuentra contenido en el documento denominado Basilea III, pues fue un intento de fortalecer el sistema financiero tras las crisis de las hipotecas sub prime. En efecto, en 2008 se desató una fuerte crisis por el excesivo crecimiento de los valores anotados en los bancos y la imposibilidad de éstos para responder a las necesidades de liquidez.
Para el sistema financiero, lo más grave es lo que se conoce como ‘bank run’ (corrida bancaria o pánico bancario) y eso se evita aumentando las reservas de capital para responder a las eventuales caídas. Para ello, los acuerdos de Basilea III elevan los montos de capital que los bancos deben mantener permanentemente a disposición de sus clientes y determinan una serie de medidas que dicen relación con los distintos tipos de capital existentes en el mercado financiero, entre otros, el Common Equity Tier, el Capital Tier 1, el Capital Tier 2, Total Capital, etc.
Organización de la banca en Chile
La banca se organiza, en Chile, a través de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras AG, entidad que sustituye a la Asociación General de Bancos creada en 1945. Agrupa, por tanto, a todos los bancos e instituciones financieras del país y a toda la banca extranjera e instituciones financieras que se establecen en Chile. La dirige un Directorio integrado de 10 miembros titulares y 9 suplentes que designan al presidente, y dos vice presidentes que duran dos años en sus funciones. Su actual presidente es Segismundo Schulin-Zethen.
Como soporte fundamental y fracción hegemónica de la clase dominante que conforma el Bloque en el Poder, es miembro de la Confederación de la Producción y del Comercio CPC; pertenece, además, tanto a la Federación Latinoamericana de Bancos FELABAN como a la Cámara de Comercio Internacional CCI, Capítulo Chileno.
LA COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO.
Tal cual se señaló en los acápites precedentes, el gobierno de Bachelet siguió adelante con el plan diseñado por Piñera; el 23 de febrero de 2017 se promulgó la Ley N° 21.000 que dio vida y continuidad a la ‘Comisión Para el Mercado Financiero’, cuerpo colegiado de cinco miembros encargado de determinar las políticas financieras a seguir.
De acuerdo con la ley, la Comisión es un organismo técnico cuyo objetivo es regular, supervisar, sancionar y velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero local. La Comisión, por tanto va a disponer sobre la política financiera nacional.
La dictación de ese cuerpo legal -como muchos otros- no fué un acto por entero volitivo del Estado chileno sino obedeció a una recomendación de la OCDE que, en su informe «Regulatory Policy in Chile, Government Capacity to Ensure High-Quality Regulation», de 2016, señalaba como un problema común entre los órganos regulatorios y los Gobiernos de turno la intromisión del Estado y la falta de regulación en otras materias.
Por eso, y a fin de participar con plenos poderes en los organismos financieros internacionales como IOSCO (International Organization of Securities Commisions), en marzo de 2017, el ministerio de Hacienda apuró la puesta en marcha de la Comisión seleccionando los nombres de quienes irían a integrarla [20] . Esos nombres fueron propuestos a Bachelet quien, el 20 de junio de 2017, los entregó a la prensa señalando que las personas elegidas por ella sólo podrían ejercer su labor si los 4/7 del Senado daban su aprobación al nombramiento. Ningún poblador ni obrero figuró en la lista; tampoco algún estudiante o dueña de casa. Por el contrario: solamente ‘doctors’ y ‘magisters’, expertos en asesorías y desarrollo del modelo; sus curriculum vitae CV hacen palidecer, a esar que los hemos reducido. Veámoslos:
Kevin Cowan Logan
Ingeniero comercial de la Universidad Católica de Chile, doctor en Economía en el Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT), Estados Unidos, Director Ejecutivo por Chile y Ecuador ante la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) y Director Ejecutivo alterno por Chile y Perú en el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ex Asesor Económico Regional para los países andinos en el BID, director de la División de Política Financiera (2008-2013)del Banco Central, coordinador de investigación de la División de Política Financiera (2007-2008) del mismo y economista senior de la Unidad de Investigación Económica (2005-2007) del mismo, economista en el Departamento de Estudios del BID (2002-2005), asesor en el Ministerio de Hacienda de Chile (1995-1998), e integrante del Grupo Asesor convocado por el Ministro de Hacienda para realizar propuestas de modificación a la Ley General de Bancos (2016), profesor de Macroeconomía y Finanzas en la Universidad de Chile y de Economía en la Universidad Católica.
Mauricio Larraín Errázuriz
Economista de la Pontificia Universidad Católica de Chile PUC, Magíster en Economía Financiera de la misma y Doctor en Economía de la Universidad de California, Berkeley, Estados Unidos, profesor de Finanzas de la Escuela de Administración de la PUC, donde dicta clases de finanzas corporativas, economista del Departamento de Estudios del Banco Central de Chile, profesor de Finanzas ((cátedra Roger F. Murray) de la Escuela de Negocios de la Universidad de Columbia en Nueva York, Estados Unidos.
Rosario Celedón Förster
Abogada de la Universidad de Chile y Master en Derecho de la Universidad de California, Berkeley, Estados Unidos, abogada en la Fiscalía del Banco Central de Chile en el análisis y desarrollo de iniciativas de regulación financiera, coordinadora de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda y Directora Ejecutiva del Consejo de Estabilidad Financiera (2012 y 2014), jefe de gabinete y asesora jurídica de la Superintendencia de Valores y Seguros (2010 y 2012).
Christian Larraín Pizarro
Ingeniero comercial y economista de la Universidad de Chile y Magister y Ph.D.(cand) de la Universidad Católica de Lovaina-La-Nueva, Bélgica, miembro del Consejo Directivo del Comité SEP (Sistema de Empresas Públicas) desde abril de 2014, consultor internacional para el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Fondo Monetario Internacional (FMI), Banco Mundial y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), asesor de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, consultor del Ministerio de Hacienda de Chile en la elaboración de un proyecto de reforma a los mecanismos de resolución bancaria, asesor del Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras (1992-1994), coordinador de Banca y Finanzas Internacionales del Ministerio de Hacienda (1995-1997), asesor de las Superintendencias de Valores y Seguros, de Seguridad Social y de Pensiones.
CONCLUSIÓN
De parte de quienes han impulsado la reforma bancaria no existe ánimo alguno de introducir formas de participación ciudadana en el comercio del dinero. Ninguno de ellos tiene el menor interés que personas comunes participen en la discusión de determinadas medidas financieras; menos aún que integren estamentos de Gobierno. El convencimiento que tenía la dictadura de estar frente a un pueblo inculto que debe llegar a la mayoría de edad para adquirir sus derechos sigue vigente en estos 22 años de democracia tutelada. Sólo los técnicos pueden disponer del destino de la población. Las nuevas reformas han de robustecer la tecnocracia que sacralizaran los gobiernos de la Concertación desde sus inicios. Y también la estructura de clases de la sociedad chilena en cuyos estadios superiores y de dirección puedan participar sólo los ‘letrados’.
Pero quizás haya algo más importante en todo este mar de innovaciones. Y es que la voluntad de continuar fortaleciendo a la banca como sector hegemónico del Bloque en el Poder parece ser uno de los objetivos fundamentales del gobierno chileno; a pesar de existir claros indicios de una suerte de agotamiento en el modelo de acumulación vigente. Chile, en manos de quienes impulsan tales medidas, sigue marchando a contrapelo de la evolución mundial que comienza a alejarse de algunas prácticas financieras consideradas nefastas.
Las reformas bancarias, en consecuencia, no contienen mención alguna a los clientes, al cobro excesivo de intereses, al cobro de gastos usurarios como lo hace el Banco Estado (cobro por entregar el estado de las cuentas RUT), en fin. Y no podrían contenerlas sólo porque se trata de medidas que jamás pueden ser objeto de una ley sino porque no hay ánimo alguno de ayudar ni de preocuparse por la suerte del ciudadano común sino por el de la banca. El presidente de la Asociación de Bancos Segismundo Schulin-Zeuthen lo ha dicho en forma clara:
» [ … ] la rentabilidad en Chile ha permitido que la banca esté muy sólida, hoy día se les ubica como la novena banca más sólida del mundo, y eso en definitiva porque la banca ha ido capitalizando parte de estas utilidades, por ejemplo, Basilea, que es 10,5% y hoy día está en 13%» [21] .
Es el mismo principio que una vez defendió Pinochet y que el periódico ‘La Nación’ consignara un 26 de mayo de 1988:
«Los ricos son los que producen plata. A ellos hay que tratarlos bien para que den más plata».
Para formular tales apreciaciones no se necesita siquiera ir a la escuela…
¿Es posible romper esta dinámica? ¿Es posible romper este fatalismo que nos hace considerar como un axioma esa sentencia según la cual es el todo quien hace a la parte y no lo contrario? Bueno, ese es el problema y esa es la norma. Pero toda norma puede transgredirse; lo único que se necesita es conocer cuál es el elemento que permite hacerlo. La respuesta es sencilla: fuerza, poder, energía. Mucha fuerza, mucho poder, mucha energía. Lo que nos lleva a recordar una vieja fórmula, a menudo olvidada. Pero eso es algo que excede los márgenes de este documento.
Stockholm, 31 de julio de 2017
[1] Redacción: «S & P no le tiene fe a Valdés y dice que nueva Ley General de Bancos y Basilea III recién serán discutidos en el próximo gobierno», ‘El Mostrador’, 22 de mayo de 2017.
[2] Ministerio de Hacienda: «Creación de una Comisión para el Mercedo Financiero», Presentación ante la Comisión de Hacienda de la H. Cámara de Diputados, de 17 de agosto de 2016.
[3] Redacción: «Reguladores bancarios reunidos en privado en Santiago buscan ‘milagro’ para lograr acuerdo sobre requisitos de capital antes que asuma Trum», Informe de la empresa financiera ‘Bloomberg’, ‘El Mostrador’, 28 de noviembre de 2017.
[4] Redacción: Id. (3).
[5] Redacción: Id. (3).
[6] Marchetti Michels, Patricia: «Presidenta Bachelet firma proyecto que reforma la Ley General de Bancos», EMOL, 12 de junio de 2017.
[7] Redacción: Id. (3).
[8] Marchetti Michels, Patricia : «L as claves para entender la mayor reforma en 20 años de la ley general de bancos», EMOL, 12 de junio de 2017.
[9] Redacción: «Gobierno firma esperado proyecto para nueva Ley de Bancos: BancoEstado necesitaría US$1.000 millones para cumplir con nueva normativa», ‘El Mostrador’, 12 de junio de 2017.
[10] Redacción: «Hacienda pone en US$ 2.700 millones capital adicional requerido para que la banca cumpla con nueva ley de bancos», ‘El Mostrador’, 14 de junio de 2017.
[11] Banco Central de Chile: ‘Proyecto de Ley General de Bancos’ Presentación a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. Mario Marcel, Banco Central, presidente. Banco Central, 20 de junio de 2017.
[12] Marchetti Michels, Patricia: Id. (3)
[13] Marchetti Michels, Patricia: Id. (6).
[14] Según el SII, » es controlador de una sociedad, toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su propiedad y tiene poder para realizar algunas actuaciones».
[15] Villena, Maximiliano: «Reforma a Ley General de Bancos:Aumento de garantía estatal equivale a 3,14% del PIB», ‘Pulso’, 14 de junio de 2017.
[16] Villena, Maximiliano: Id. (15).
[17] Villena, Maximiliano: Id. (15).
[18] Véase de la obra de Ludwig Von Bertalanffy ‘Teoría General de los Sistemas’.
[19] Véase la obra de André Gunder-Franck ‘Re-Orient’. No sabemos si existe una traducción al castellano, pero el título es un juego de palabras.
[20] Redacción: «Hacienda a toda máquina para concretar la Comisión para el Mercado Financiero», ‘El Mostrador’, 30 de marzo de 2017.
[21] Weissman, Iván: «En defensa de la banca», ‘El Mostrador’, 17 de julio de 2017.
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