En Maikou (Wajira) [Maicao (La Guajira)], entre el 23 y el 24 de junio de 2007, un número significativo de autoridades tradicionales, líderes y liderezas en representación de alrededor de dieciséis comunidades del pueblo Wayúu localizadas principalmente en Maicao pero también en otros lugares de La Guajira colombo-venezolana, y cuyo común denominador es haber sido […]
El trabajo que se desarrolló durante los dos días que duró el encuentro fue muy provechoso y enriquecedor, en razón a que permitió el intercambio de experiencias, la socialización de propuestas y la construcción de consensos básicos, todo en la perspectiva de continuar avanzando en la consolidación de un movimiento de víctimas y sobrevivientes Wayúu, articulado a las autoridades tradicionales y a las organizaciones de base.
Adicionalmente, entre el 25 y el 26 de junio de 2007, varias de las autoridades tradicionales, líderes y liderezas Wayúu participantes en el mencionado encuentro y que fueron seleccionados para tal efecto, sostuvimos un encuentro con instituciones del Gobierno Nacional para abordar el tema de la seguridad y protección de las víctimas y sobrevivientes Wayúu que han sido amenazados por las llamadas «Águilas Negras».
Muchos fueron los planteamientos que se tejieron tanto a lo largo del encuentro como en la reunión con el Gobierno Nacional, sin embargo, entre las conclusiones más relevantes, se pueden citar las siguientes:
1. Frente a la llamada «Ley de Justicia y Paz» (Ley 975 de 2005):
1.1. Es manifiestamente insuficiente para garantizar adecuadamente los derechos de las víctimas y sobrevivientes Wayúu a la verdad, a la justicia y a la reparación, al igual que no brinda garantías para la no repetición de los hechos. En ese contexto los estándares definidos en la ley no satisfacen las expectativas de varias de las comunidades del pueblo Wayúu victimizadas por paramilitares y autodefensas.
1.2. Evidencia una abismal asimetría entre los grandes beneficios otorgados a nuestros victimarios por un lado, y las pobres garantías brindadas a las víctimas y sobrevivientes por el otro, los cuales son prácticamente invisibilizados a lo largo de todo el articulado. Esta asimetría se profundiza aún más si se tiene en cuenta que mientras el Gobierno Nacional, a través del naciente Plan Nacional de Desarrollo, entrega sumas exorbitantes de dinero a la Alta Consejería Presidencial para la Reintegración, el llamado Fondo Nacional de Víctimas languidece en la bancarrota.
1.3. Tiende una cortina de humo que pretende evadir y ocultar las responsabilidades del Estado respecto a la conformación, expansión y consolidación de los grupos paramilitares y de autodefensas en el país. En ese sentido, es que la reparación de las víctimas y sobrevivientes queda prácticamente dependiendo de la «buena voluntad» y de las «posibilidades» de los victimarios.
1.4. Es fruto de un proceso de negociación cuestionable que el Gobierno Nacional adelantó con paramilitares y autodefensas de espaldas al país y en el cual se construyeron acuerdos sobre los cuales hay un sospechoso hermetismo. Sobre este particular puede decirse que el objetivo central que le dio origen fue el de brindar garantías jurídicas a las estructuras paramilitares con las que el Gobierno Nacional negoció.
1.5. El concepto que trae de víctimas es sumamente restrictivo, en razón a que se refiere exclusivamente a las víctimas de paramilitares y autodefensas, en un período que básicamente va desde 1997 hasta principios de 2006, de suerte que las víctimas de las remozadas estructuras paramilitares de hoy no quedan amparadas, como tampoco caben las víctimas de la insurgencia armada y de la fuerza pública.
2. Sobre el llamado proceso de «desmovilización» de las estructuras paramilitares:
2.1. Pese a la retórica de la propaganda gubernamental que señala que los paramilitares y autodefensas son cosa del pasado, lo cierto es que en La Guajira, y particularmente en territorio Wayúu, persisten estructuras paramilitares que continúan ejerciendo control sobre los circuitos más importantes de la economía regional, tanto legal como ilegal.
2.2. Las «Águilas Negras» como así mismo se llaman, o las «Bandas Criminales Emergentes» como las denomina el Gobierno Nacional, se diferencian muy poco de la estructura paramilitar que antes se conocía como «Frente Contrainsurgencia Wayúu»: Se dedican a las mismas actividades económicas; ejercen control sobre casi los mismos espacios territoriales; continúan cobrando sus «impuestos» a ganaderos, empresarios y comerciantes; persisten en sus crímenes contra las comunidades del pueblo Wayúu; algunos de los comandantes y mandos siguen siendo los mismos; tienen incidencia en el devenir político… etc. Es por lo anterior que en La Guajira se dice que los paramilitares y las autodefensas «lo único que hicieron fue cambiar de nombres».
2.3. El solo desmantelamiento de la estructura netamente militar de los paramilitares y de las autodefensas no es suficiente para que estos grupos dejen de existir, si continúan intactas sus estructuras económicas y si siguen manteniendo estrechos vínculos con sectores de la política regional que se fortalecieron con el proyecto político-militar de las llamadas «Autodefensas Unidas de Colombia, (AUC)», que es lo que se ha venido dando en La Guajira, el fenómeno del paramilitarismo se seguirá afianzando.
3. Acerca de actividades y jornadas que entidades e instituciones han adelantado con víctimas y sobrevivientes Wayúu:
3.1. Varias de las llamadas «jornadas de atención a víctimas» que han sido adelantadas por distintas entidades gubernamentales con víctimas y sobrevivientes Wayúu con la finalidad fundamental de aplicar el «Formato de registro de hechos atribuibles a grupos organizados al margen de la ley», al no ir acompañadas adecuadamente de la implementación de medidas de seguridad y protección, han terminado por exponer aún más a las víctimas y sobrevivientes Wayúu a la acción de las estructuras paramilitares.
3.2. A las víctimas y sobrevivientes Wayúu que han participado en algunas de estas «jornadas de atención a víctimas» varias instituciones deliberadamente se han encargado de generar falsas expectativas sobre la llamada «Ley de Justicia y Paz» que con el paso del tiempo desencadenarán una gran frustración, que sin duda alguna será asumida como una burla y una afrenta a nuestro dolor y a nuestros muertos.
3.3. Las denuncias sobre las amenazas que las llamadas «Águilas Negras» profirieron contra autoridades tradicionales, líderes y liderezas Wayúu que venimos trabajando, fundamentalmente en el entorno de Maicao, en una dinámica organizativa de víctimas y sobrevivientes Wayúu de la violencia de todos los actores armados, no recibieron por parte del Gobierno Nacional la atención que la gravedad de los hechos ameritaba. Al respecto la visita de una comisión interinstitucional que se había acordado con suficiente antelación para que se desplazara a la región entre el 25 y el 26 de junio de 2007, hasta último momento algunas instituciones del Gobierno Nacional procuraron, argumentando diversas razones, cancelarla y agendarla para una nueva fecha, con lo que nos transmitieron el mensaje que las víctimas y sobrevivientes Wayúu no somos una prioridad.
4. Frente a los efectos que la violencia paramilitar y de otros actores armados han causado a comunidades del pueblo Wayúu:
4.1. La tragedia por la que han atravesado diversas comunidades del pueblo Wayúu a causa de la violencia derivada del conflicto armado, ha permanecido silenciada e invisibilizada. La magnitud de los desplazamientos de comunidades Wayúu que se presentaron, y aún se presentan, generados por los actores armados, no aparece reflejada en las estadísticas oficiales que están disponibles. La inmensa mayoría de desplazamientos de comunidades Wayúu pasaron totalmente desapercibidas para las instituciones responsables y, consecuentemente, no recibieron ningún tipo de atención.
4.2. Con el manido argumento de que eran producto de las atávicas vendetas entre clanes rivales que caracterizan al pueblo Wayúu, la inmensa mayoría de instituciones gubernamentales explicaron muchas de las muertes y varias de las masacres de Wayúu que se iban presentando a lo largo y ancho de La Guajira. Cuando el argumento de los conflictos intraétnicos no se ajustaba a los hechos, salían otras explicaciones como que eran ajustes de cuentas entre contrabandistas, pero nunca las entidades gubernamentales quisieron reconocer que varias comunidades del pueblo Wayúu estábamos siendo víctimas de una sistemática arremetida paramilitar, máxime cuando estas ocurrian en pleno proceso de negociación con las «AUC».
4.3. Pero para las comunidades del pueblo Wayúu los impactos nefastos del paramilitarismo van mucho más allá del largo número de víctimas fatales (asesinatos y desapariciones forzadas) y de los innumerables desplazamientos forzados de familias y comunidades enteras que se han presentado. Los paramilitares pervirtieron los códigos de honor y de guerra del pueblo Wayúu; depredaron el poder de las autoridades tradicionales; fracturaron redes de reciprocidad y ayuda mutua que se extendían a lo largo de familias y clanes; erosionaron aspectos significativos de nuestro patrimonio cultural e intelectual sobre todo lo relacionado con las prácticas y ceremonias fúnebres; se apropiaron de las actividades económicas históricamente en manos Wayúu; desterritorializaron a numerosas comunidades… y un largo etcétera.
4.4. Antes que sentirnos protegidas por la presencia de la fuerza pública, muchas comunidades del pueblo Wayúu contrariamente expresamos que nos sentimos hostigadas, acosadas y hasta amedrentadas, debido a las actitudes que la fuerza pública asume en algunos lugares del territorio Wayúu, en donde al parecer los Wayúu somos vistos como los enemigos y no como la población civil que está obligada a proteger. Algunas autoridades tradicionales trajeron a colación los casos sucedidos anteriormente en donde la fuerza pública llegaba hasta las rancherías para decomisar las armas que allí se encontraba y luego ante su indefensión total incursionaban los paramilitares, causando muerte y terror. En la larga lista de Wayúu asesinados por los actores armados que se está recopilando y sistematizando, hay un importante número de muertos ocasionados por acciones de la fuerza pública, en las cuales hay evidencias de montajes de escenas para hacer falsos positivos de «caídos en combate».
En razón de lo anteriormente enumerado, las autoridades tradicionales, líderes y liderezas de distintas comunidades del pueblo Wayúu participantes en el encuentro de Maicao, resolvemos y solicitamos lo siguiente:
5. Sobre la reparación de las comunidades del pueblo Wayúu víctimas de la violencia política:
5.1. Desde la Sukuaipa Wayúu, sistema jurídico del pueblo Wayúu, hemos definido consensuadamente unos criterios de reparación que deben ser tenidos en cuenta por cualquier tribunal o autoridad, nacional o internacional, que busque resarcir los daños espirituales, culturales y materiales causados a las comunidades del pueblo Wayúu por los distintos actores armados. Estos criterios se han definido teniendo en cuenta el tipo de daño y la gravedad del mismo, según lo estipula la cosmovisión del pueblo Wayúu. En ese contexto la reparación busca compensar y restablecer el equilibrio y la armonía rotas por las acciones criminales.
5.2. Las reparaciones no solamente deben ser individuales, sino que deben estar articuladas a una propuesta de reparación colectiva e integral para las comunidades del pueblo Wayúu, sobre todo las que fueron especialmente afectadas por el conflicto armado y la violencia política. Debe quedar claro, por ejemplo, que el derramamiento de sangre en territorio Wayúu y la imposibilidad de enterrar los muertos según nuestra tradición, tienen amplias implicaciones y pueden cobijar a comunidades enteras.
5.3. Es el Estado colombiano, quien por acción u omisión, posibilitó la creación, expansión y consolidación de los paramilitares y autodefensas, el responsable directo y principal de las reparaciones a que hayan lugar con las comunidades del pueblo Wayúu. La responsabilidad de la reparación, sea esta individual, colectiva o simbólica, no puede recaer en los victimarios.
5.4. Hay que resaltar que desde el trabajo organizativo con víctimas y sobrevivientes Wayúu que estamos adelantando, no se hacen distinciones ni separaciones entre ellas. Independientemente del actor armado que haya realizado las acciones se considera que todas son víctimas y sobrevivientes Wayúu, con los mismos derechos. Esto adquiere mayor importancia si se tiene en cuenta que la inmensa mayoría de Wayúu muertos o desaparecidos en razón del conflicto armado, lo fueron a manos de alijunas o de actores armados comandados por alijunas. En definitiva, cayeron en una guerra que en modo alguno le pertenece al pueblo Wayúu.
6. Sobre las investigaciones de los asesinatos, desapariciones forzadas y desplazamientos forzados cometidos contra comunidades del pueblo Wayúu:
6.1. La Fiscalía General de la Nación debe constituir un equipo de alto nivel y especializado de fiscales e investigadores para que aboque, como parte de un mismo proceso, los diferentes crímenes cometidos contra algunas comunidades del pueblo Wayúu. Las investigaciones, si es que se están adelantando, no pueden seguirse haciendo bajo el supuesto que los asesinatos y desapariciones forzadas de Wayúu son casos aislados y sin ninguna conexión entre sí, ya que hay evidencias de que los paramilitares pusieron en marcha diversos dispositivos para aniquilar sistemáticamente a ciertas comunidades del pueblo Wayúu que ocupaban áreas convertidas en corredores de movilidad para los intereses de las «AUC».
6.2. Que la Fiscalía General de la Nación informe permanentemente a las autoridades tradicionales, líderes y liderezas de las comunidades Wayúu concernidas, sobre el trámite que se le ha dado y la evolución de los casos que han sido recogidos a partir del diligenciamiento del «Formato de registro de hechos atribuibles a grupos organizados al margen de la ley».
7. Sobre la atención para los desplazamientos forzados que han soportado comunidades del pueblo Wayúu:
7.1. Que las instituciones gubernamentales concernidas, especialmente la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional y el Ministerio del Interior y de Justicia, con participación adecuada de las comunidades interesadas, inicie un proceso serio y riguroso de documentación y diagnóstico que permita conocer, entender, evaluar y definir alternativas de atención, en relación al fenómeno del desplazamiento forzado que han soportado numerosas comunidades del pueblo Wayúu, desde la irrupción de los paramilitares en su territorio hasta hoy, haciendo énfasis en los eventos que no fueron reportados en el momento en que se presentaron. Es claro que para el caso del pueblo Wayúu y dados los antecedentes que se presentaron, la condición de desplazados no puede otorgársele exclusivamente a los Wayúu que aparecen en los registros oficiales.
7.2. En el proceso de documentación y diagnóstico antes mencionado, atención especial deben merecen las comunidades del pueblo Wayúu que todavía se encuentran en situación de desplazamiento en Venezuela y otros lugares de La Guajira y el resto del país.
8. Acerca de la presencia de la fuerza pública:
8.1. Se hace un llamamiento a los actores armados para que se abstengan de involucrar en el conflicto armado a las comunidades del pueblo Wayúu, las cuales deben ser vistas como población civil especialmente protegida por el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
8.2. Con intervención del Ministerio Público, la fuerza pública y los organismos de seguridad del Estado, deben concertar con las autoridades tradicionales, líderes y liderezas de las comunidades del pueblo Wayúu correspondientes, las medidas de seguridad y protección que se requieren implementar para evitar acciones y retaliaciones de las denominadas «Águilas Negras» y de otras estructuras paramilitares.
8.3. Que con la intervención del Ministerio Público, de oenegés de derechos humanos, del Ministerio del Interior y de Justicia y de la Vicepresidencia de la República, y con la activa participación de las comunidades Wayúu interesadas, se definan escenarios adecuados en los que se discuta y elabore un protocolo, que sea ampliamente difundido, que oriente y trace normas de comportamiento de la fuerza pública en su tránsito por el territorio Wayúu.
9. En lo que respecta a la memoria histórica:
9.1. Se hace un llamamiento a las agencias del Sistema de Naciones Unidas (SNU), a los organismos de cooperación internacional y a las embajadas acreditadas en Colombia, para que apoyen la iniciativa que, desde diversas comunidades del pueblo Wayúu, se viene trabajando en la perspectiva de reconstruir la memoria del conflicto en La Guajira, sobre el cual realmente es muy poco lo que se conoce actualmente.
9.2. En el contexto de la recuperación de la memoria histórica se está trabajando para recobrar la dignidad de nuestros muertos y desaparecidos a causa de los actores armados, a través de la recopilación y sistematización de sus nombres, rostros y trayectorias vitales.
Dado en Winpumuin, Maikou (Wajira)
Maicao (La Guajira), 27 de junio de 2007
CABILDO WAYÚU NÓÜNA DE CAMPAMENTO
SÜTSÜIN JIYEYU WAYÚU – FUERZA DE MUJERES WAYÚU
AUTORIDADES TRADICIONALES DE COMUNIDADES DEL PUEBLO WAYÚU DE MAICAO Y OTROS LUGARES DE LA GUAJIRA:
MOSCOMANA, MALAKI, ATNEKISHAMANA, ISHAPA’A, COLOMBIA LIBRE, SANTA FÉ, WAMAYAO, SANTA CRUZ, SEGUANA, COCHORRETAMANA, LA CRUZ, BARSOVIA, PAQUIMANA, YOTOJOROY, MASHOU, NÓÜNA DE CAMPAMENTO, ATNAMANA, PAWASILA, LA ESPERANZA.