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La resitencia pasiva será considerada atentado contra la autoridad

Fuentes: Público

Además, hacer convocatorias en Internet será consierado integración en organización criminal.

El Gobierno sabe que los recortes sociales y la reforma laboral van a seguir causando que las calles se llenen de gente protestando. Lo han visto ya en las movilizaciones de los indignados del 15-M, los estudiantes de la ‘Primavera Valenciana’ y la huelga general del 29 de marzo. Ante esta escalada de la tensión social, y contando con que aumente, el Partido Popular ha decido reformar el Código Penal para endurecer las legislaciones que afectan al orden público.

El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, ha justificado hoy en el sesión de control del Congreso este endurecimiento alegando que es necesario luchar contra lo que denomina una «espiral de violencia» practicada por «colectivos antisistema» que practican «técnicas de guerrilla urbana». Pero la legislación va más allá de los violentos y plantea una nueva batería de restricciones de derechos.

Las medidas que se han anunciado en los últimos días y las que ha adelantado hoy el ministro de Interior van todas dirigidas a mantener un mayor control del orden público. Una de las más sonadas ha sido el endurecimiento de las sanciones para la violencia callejera, equiparándolo con la legislación antiterrorista diseñada para tratar los casos de kale borroka en el País Vasco, directamente relacionado con los enfrentamientos que se vivieron en Barcelona durante la jornada de huelga del 29-M. Se trata de que «la gente tenga más miedo al sistema», como dijo la semana pasada el conceller de Interior de Catalunya, Felip Puig.

Sin embargo, no solo los violentos son el objetivo de las reformas que proponen los conservadores. Por contra, otra de sus propuestas es incluir como delito de atentado a la autoridad la resistencia pasiva o activa. En clara referencia a las movilizaciones estudiantiles de Valencia y el movimiento 15-M, con esta legislación podrían ser condenados por atentado todas las personas que acudan a las movilizaciones de los indignados, que suelen llevarse a cabo sin previa notificación a la Delegación de Gobierno.

La participación en estas protestas no será el único acto castigado. La reforma propuesta prevé que sea considerado delito de integración en organización criminal difundir a través de Internet y las redes sociales las convocatorias «violentas» y que «alteren gravemente el orden público», que podrían ser todas aquéllas que no hayan sido notificadas y que se nieguen a abandonar el lugar pese al aviso de la Policía. Y eso es exactamente lo que pasó el 15 de mayo y los días posteriores en la Puerta del Sol de Madrid.

Además, se va a introducir entre «las modalidades de acometimiento» (ataque violento dirigido contra un policía) las amenazas y comportamientos intimidatorios o el lanzamiento de objetos peligrosos.

Se considerará como agravante cuando las conductas violentas se produzcan en manifestaciones o concentraciones y se incluirá como delito de desorden público los supuestos en los que se penetre en establecimientos públicos o se obstaculice el acceso a los mismos. En este sentido, se ampliará la cuantía de los daños no sólo a los que se produzcan en establecimientos, sino también a los que se deriven por la interrupción de cualquier servicio público.

Fuente: http://www.publico.es/espana/429078/la-resitencia-pasiva-sera-considerada-atentado-contra-la-autoridad