Madres, esposas, hijos y familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales de Soacha, acompañados de representantes de la Ruta Pacífica de Mujeres y de otras organizaciones defensoras de los Derechos Humanos que conforman la Mesa de Chanchiros (como la Asociación MINGA, la Fundación Manuel Cepeda Vargas, el Centro de Atención Psicosocial (CAPS) y la Fundación […]
Madres, esposas, hijos y familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales de Soacha, acompañados de representantes de la Ruta Pacífica de Mujeres y de otras organizaciones defensoras de los Derechos Humanos que conforman la Mesa de Chanchiros (como la Asociación MINGA, la Fundación Manuel Cepeda Vargas, el Centro de Atención Psicosocial (CAPS) y la Fundación para la Educación y el Desarrollo (FEDES), marcharán este martes 28 de junio, a partir de la 1:45 de la tarde, desde el Hotel Sevilla Plaza Plaza -Calle 34 No 13-51- de la ciudad de Bucaramanga hacia el Palacio de Justicia, para llegar, hacia las 2 de la tarde, a la Audiencia, donde se realizará la lectura del fallo condenatorio contra los militares del Batallón de Infantería Rafael Reyes Prieto, -con sede en el municipio de Cimitarra (Santander)- , por la ejecución extrajudicial de los jóvenes Eduardo Garzón Páez y Daniel Andrés Pesca Olaya.
Las víctimas fueron desaparecidas de la ciudad de Bogotá el 4 de Marzo de 2008 y, posteriormente, presentadas como bajas en combate de grupos armados ilegales al día siguiente, 5 de marzo en la vereda el Brasil del municipio de Cimitarra- Santander.
El comandante del Batallón de Infantería Rafael Reyes Prieto, con sede en el municipio de Cimitarra – Santander -, Teniente Coronel Wilsón Javier Castro Pinto, el teniente Eduard Antonio Villany Realpe, el Sargento Viceprimero Jesús Eduardo Ñámpira Benavides y los Soldados Profesionales Guillermo Pacheco Anzola, Nelsón Ospina Tabares, Juan Carlos Álvarez, Benancio Puentes Guapacha y Germán Augusto Oliveros Tabares, responderán ante el Juzgado Tercero Penal Especializado de Conocimiento de la ciudad de Bucaramanga por los delitos de homicidio agravado, desaparición forzada agravada, peculado por apropiación y falsedad ideológica.
En días anteriores, el Juzgado dando lectura al sentido del fallo y acogiendo los alegatos del Colectivo de Abogados «José Alvear Restrepo», como representante de las víctimas, declaró la ejecución extrajudicial de los jóvenes, dado su carácter sistemático, como crímenes de lesa humanidad, configurando así, este tipo de hechos.
Así mismo, el juzgado, configuró el delito de Desaparición forzada agravada, por cuanto, se logró demostrar que los miembros del ejército tenían pleno conocimiento de las identidades de Eduardo Garzón Paéz y Daniel Pesca Olaya, pese a lo cual, los presentaron ante la opinión pública como N.N, para de esta manera encubrir su crimen.
En el transcurso del juicio, se demostró que algunos de los militares, tuvieron contacto directo con la persona que mediante engaños, reclutó y condujo a los dos jóvenes a las dos víctimas hasta el municipio de Cimitarra, lugar donde posteriormente fueron asesinados.
En este caso los miembros del ejército intentaron engañar a la justicia recreando una escena de combate que nunca existió, implantando armas de fuego en mal estado y uniformando los cadáveres para hacerlos pasar por integrantes de bandas criminales. Adicionalmente consignaron en un acta de pago de información, datos falsos sobre la pertenencia de Daniel y Eduardo a dichos grupos, y sobre su presencia en esta vereda, para el secuestro de una persona, información que en la etapa de juicio fue desvirtuada por la Fiscalía.
El Juzgado, en su lectura de sentido del fallo, adelantó que condenará al Teniente Coronel (r) Wilson Javier Castro Pinto, por su responsabilidad como coautor de los delitos de doble homicidio agravado, doble desaparición forzada agravada y peculado por apropiación. Al Teniente (r) Eduard Antonio Villany Realpe y al Sargento Viceprimero (r) Jesús Eduardo Ñampira Benavidez, por su responsabilidad como coautores de los delitos de delitos de doble homicidio agravado y doble desaparición forzada agravada, falsedad ideológica y peculado por apropiación. Al soldado Profesional Guillermo Pacheco Anzola como cómplice de los delitos de doble homicidio agravado y doble desaparición forzada agravada y como coautor de los delitos de falsedad ideológica y peculado por apropiación. Al soldado Profesional Juan Carlos Álvarez como coautor de doble homicidio agravado y doble desaparición forzada agravada y, a los soldados profesionales Nelson Ospina Tabares, Benancio Puentes Guapacha y Germán Augusto Oliveros Tabares, como cómplices de los delitos de de doble homicidio agravado y doble desaparición forzada agravada.
Para el Colectivo de Abogados «José Alvear Restrepo», este sentido de fallo, que reconoce las ejecuciones extrajudiciales como Crímenes de Lesa Humanidad, constituye, no sólo, un avance importante en la lucha contra la impunidad contra los cientos de militares implicados en los mal llamados falsos positivos, sino un llamado a las autoridades competentes que siguen este tipo de casos, para que además de tener en cuenta la decisión judicial, no se presten a las dilaciones sin justificación de los defensores de los militares, que pretenden ocultar una verdad a gritos.
Adjuntamos comunicado elaborado por el grupo de familiares de los falsos positivos.