Desde el inicio de las conversaciones las FARC-EP hemos venido exponiendo al país, la grave crisis humanitaria que enfrentan los prisioneros políticos en Colombia, y planteando alternativas para su liberación, dentro de lo contemplado en el punto 3.3 del Acuerdo General de la Habana. Habiendo avanzado en extensos debates y en importantes acuerdos parciales que […]
Desde el inicio de las conversaciones las FARC-EP hemos venido exponiendo al país, la grave crisis humanitaria que enfrentan los prisioneros políticos en Colombia, y planteando alternativas para su liberación, dentro de lo contemplado en el punto 3.3 del Acuerdo General de la Habana. Habiendo avanzado en extensos debates y en importantes acuerdos parciales que nos permiten avizorar la anhelada paz, hoy es claro que la libertad de todos los procesados y condenados por motivos políticos será pieza angular para el fin del conflicto.
En recientes declaraciones el Fiscal General de la Nación, propone sustituir las medidas privativas de libertad, con beneficio de excarcelación, para los condenados y procesados por hechos del conflicto, no solamente para los casos en que padezcan problemas de salud, indicando que existen vías en el ordenamiento jurídico, para ello incluso antes de la firma del Acuerdo Final de Paz. En palabras del Fiscal, estas personas podrían quedar a disposición de la justicia con la obligación de permanecer en ciertos lugares del territorio.
Reconocemos la intención del Fiscal de ponerse a tono con el proceso de paz y con los acuerdos del Estado colombiano de desescalamiento del conflicto, aunque aun persistan acciones en contravía de estos fines como el anuncio en días anteriores del vicefiscal Perdomo de 1500 nuevas investigaciones penales contra civiles pretendiendo procesarlos por delitos políticos.
La liberación de los 30 indultados, así como la ejecución efectiva de las medidas propuestas por la Fiscalía, se configuran como un primer paso fundamental hacia la resolución de la problemática de los prisioneros políticos. Pero para que este proceso sea pleno, se requiere de la integración al bloque de constitucionalidad del Acuerdo del SIVJRNR y el rápido trámite de la normatización de la amnistía y el indulto consecuente a lo firmado, que permita la liberación y excarcelación de quienes hayan sido procesados por hacer uso del derecho a la rebelión o en ejercicio del legítimo derecho a la protesta social, así como medidas equivalentes para agentes del Estado.
Entre tanto y dentro de las posibilidades actuales para llevar el acordado desescalamiento del conflicto al terreno jurídico, queda en manos de la Presidencia de la República la aprobación de nuevos indultos; y en potestad de la autoridad del Fiscal General está la extinción de la responsabilidad penal para los miles de condenados y procesados por delitos políticos y de protesta social, así como la inhibición de la Fiscalía para nuevas investigaciones penales por rebelión y hechos del conflicto armado, incluyendo el fin de la expedición de más órdenes de captura derivadas de estos procesos; todo ello sustentado en el notorio desarrollo del proceso de diálogos y los incontrovertibles gestos de paz de las FARC-EP.