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Comparando los casos de Julián Conrado y María del Pilar Hurtado

¿Legalidad, DIH y Asilo se aplican solamente para preservar a genocidas?

Fuentes: Rebelión

Día 181 de la detención ilegal de Julián Conrado en Venezuela, un cantor revolucionario, enfermo, que solicitó asilo político y humanitario, que se encuentra en riesgo de ser entregado a la tortura del régimen colombiano y contra el cual se han legalizado decenas de ilegalidades manifiestas en el irregular procedimiento, pisando el Derecho Internacional Humanitario […]

Día 181 de la detención ilegal de Julián Conrado en Venezuela, un cantor revolucionario, enfermo, que solicitó asilo político y humanitario, que se encuentra en riesgo de ser entregado a la tortura del régimen colombiano y contra el cual se han legalizado decenas de ilegalidades manifiestas en el irregular procedimiento, pisando el Derecho Internacional Humanitario (DIH), la Constitución venezolana y, por ahora, el derecho de asilo… Un cantor con el cual aún se espera que el gobierno venezolano no cometa una ilegal e ilegítima entrega que sería hacer jirones la ética bolivariana e internacionalista, para en su lugar plantar la bandera del Plan Cóndor, bajo los lineamientos de EEUU.

1. Lluvia de preguntas abiertas a la humanidad y al presidente Chávez sobre el DIH, el asilo y la geometría variable con que los gobernantes violan y obvian las leyes que deberían ser las mismas para todo ser humano:

¿Acaso las leyes, los convenios, y el DIH sólo sirven para que los gobiernos de derecha protejan a los derechistas amparándose en ellos (acatando la legalidad); y que en cambio los mismos convenios, leyes y DIH no sirvan para proteger a los verdaderos perseguidos políticos porque contra ellos se saltan toda legalidad (y hasta los gobiernos que se dicen ‘progresistas’ violan la legalidad para hundir a los revolucionarios)?

¿si la legalidad impide que el gobierno de Panamá contemple iniciar siquiera un procedimiento contra María del Pilar Hurtado del DAS; por qué esa misma legalidad no impide que el gobierno de Venezuela avale las ilegalidades manifiestas que en contra del perseguido político Julián Conrado aplica el régimen colombiano?

Si para María del Pilar Hurtado hace falta un pedido de extradición del gobierno colombiano, en forma, en plazos, y en legalidad, y que Panamá así lo exige: ¿por qué Venezuela en cambio no exige que se respete la legalidad?

¿Por qué si Panamá le otorga el Asilo de manera casi inmediata a una persona como María del Pilar Hurtado, el gobierno de Venezuela aún no da respuesta positiva de asilo para un verdadero perseguido político?

2. Geometría variable del gobierno colombiano

Se acaba de conocer otro asunto escandaloso de la política a geometría variable del gobierno colombiano: un asunto que revela el abismo que hay entre el ensañamiento del gobierno de Santos contra los opositores políticos y en cambio las omisiones en pedir a los genocidas del DAS prófugos de la justicia. El gobierno colombiano aún no hace pedido de extradición por la directora del DAS María del Pilar Hurtado, pese a que la justicia sí lo ordenó. Esta semana la Cancillería le confirmó al abogado de Piedad Córdoba, una de las víctimas del DAS (policía política), que el trámite todavía no se ha iniciado. Aunque el gobierno panameño ha dicho que estaría dispuesto a estudiar una extradición de María del Pilar Hurtado, El abogado de Piedad Córdoba expresó: «En el caso de la señora María del Pilar Hurtado no se ha recibido la petición de extradición por parte de la autoridad judicial que conoce de la investigación penal en Colombia». Anticipó que lo que puede pasar con la ex directora de DAS, porque para el Gobierno de Panamá no existe solicitud formal de extradición, es que: «María del Pilar Hurtado puede quedar libre». Desde el pasado 19 de noviembre el Gobierno de Panamá le concedió asilo político, a la exdirectora del DAS.

http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=bIPm7peegDc

3. Legalidad, DIH y Asilo se aplican para preservar a genocidas de organismos equivalentes a la Gestapo, mientras que se violan contra los periodistas y revolucionarios

La directora de un organismo que ordenó torturas y asesinatos goza de «asilo» y se vela a que toda la legalidad sea respetada para preservarla; mientras que contra un revolucionario, en Venezuela, se pisotea toda legalidad.

Para la directora del DAS de Colombia, María del Pilar Hurtado -ésta sí implicada en graves crímenes DAS-, el gobierno colombiano no ha emitido una solicitud de extradición en legalidad, y lo único que existe contra ella es una orden de Interpol: y por esta razón, Panamá no puede, ni siquiera, contemplar su extradición a Colombia, dado que la sola órden de Interpol no valida iniciar tal procedimiento de extradición, siendo indispensable, para la legalidad, que haya una solicitud de extradición del gobierno colombiano, que éste, para la directora del DAS NO hace.

Recordamos que el gobierno colombiano tampoco hizo en legalidad la solicitud de extradición por Julián Conrado a Venezuela, dado que se saltó el plazo legal de 60 días que tenía para hacerlo.

De esta realidad se desprenden nuestras preguntas, que reformulamos rompiendo el silencio y la censura mediática:

¿si la legalidad impide que el gobierno de Panamá contemple iniciar siquiera un procedimiento contra Pilar Hurtado; por qué esa misma legalidad no impide que el gobierno de Venezuela sí se ensañe contra el cantor revolucionario Julián Conrado acatando las ilegalidades manifiestas que en contra de este perseguido político aplica el régimen colombiano?

Si para Hurtado hace falta un pedido de extradición del gobierno colombiano, en forma, en plazos, y en legalidad, y que Panamá así lo exige: ¿por qué Venezuela en cambio no exige que se respete la legalidad?

Recordemos que el periodista Joaquín Pérez Becerra fue entregado al régimen colombiano por parte de Venezuela en total violación al DIH y a todo procedimiento legal. Pues bien, contra Julián Conrado se sigue violado la legalidad, si bien los malabarismos para «marear la perdiz» o confundir a la opinión son múltiples.

Hay una clara violación de la legalidad por parte de las autoridades venezolanas, que se están dejando llevar a manejos ilegales por el régimen colombiano: esto debe ser denunciado para evitar una nueva entrega ilegal de un perseguido político, y para lograr frenar el avance del Plan Cóndor nuevamente en nuestro continente americano. Además porque las entregas de perseguidos políticos son anti-éticas e ilegales y conllevan la degradación y derechización del proceso venezolano, a manos de una derecha infiltrada en parte del PSUV, que los venezolanos revolucionarios denuncian.

Además de la violación ética que significa para un gobierno que se proclama «bolivariano» el entregar a revolucionarios a la tortura, aquí hay un tema de violación a la legalidad procesal, a los convenios internacionales en la materia, al DIH, al derecho a Asilo: esta violación demuestra que es un ensañamiento político, un proceso político que ejercen ambas autoridades, tanto las colombianas, como las venezolanas, contra un perseguido político. Muy grave.

Nos dice el texto de la Coordinadora que no Calle el Cantor que puntualiza sobre las ilegalidades del procedimiento:

«El «garante de la legalidad», luego de señalar que el imputado no ha cometido ningún delito en el Territorio Nacional, insólitamente pide se «legalice» su detención, por una «solicitud de extradición de Interpol», dándole carácter de «Estado Requirente» a esta ( a la solicitud de Interpol!), es decir de representante legal del Estado colombiano para pedir extradiciones con una simple e írrita «Alerta Roja de Interpol». Así iniciaron el ilegal proceso de entrega del bolivariano Julián a la criminal oligarquía colombiana que lo persigue.»

La comparación entre el accionar del gobierno de Panamá (que es de derecha asumida), y el gobierno de Venezuela (que se dice de ‘izquierda’ pero viola la legalidad y el DIH contra un revolucionario): muestra un doble rasero muy preocupante.

Pareciera que las leyes, los convenios, y el DIH sólo sirvieran para que los gobiernos de derecha protejan a los derechistas amparándose en ellos (acatando la legalidad); y que en cambio los mismos convenios, leyes y DIH no sirvan para proteger a los verdaderos perseguidos políticos porque contra ellos se saltan toda legalidad (y hasta los gobiernos que se dicen ‘progresistas’ violan la legalidad para hundir a los revolucionarios).

Lo que debería haber ya pasado desde hace meses con Julián Conrado, si las autoridades venezolanas respetaran la legalidad y los convenios internacionales, así como el DIH, es que el cantor Julián Conrado hubiera sido liberado, dado que el plazo para presentar una solicitud de extradición en legalidad venció, y durante esos 60 días el gobierno colombiano no formalizó tal solicitud.

Así como aduce Panamá, respaldándose en las leyes, que: «para el Gobierno de Panamá no existe solicitud formal de extradición» por Hurtado y que por lo tanto esta podría pronto quedar libre; de la misma manera el gobierno venezolano podría respetar y ampararse en las leyes para no entregar a un perseguido político, además enfermo, a un régimen cuyo historial de torturas contra los presos políticos es de los más graves del mundo.


4. La figura del Asilo está siendo vejada

El Gobierno de Panamá le concedió asilo político a la exdirectora del DAS: una medida muy jalada por los pelos, porque María del Pilar Hurtado no es perseguida por motivos políticos, sino por dirigir una de las instituciones más criminales de la historia de Colombia: el DAS. El DAS (ahora rebautizado ANI por Santos, pero no desmontado en su accionar), cuyas labores incluyen desde interceptaciones telefónicas hasta asesinatos, pasando por amenazas, saboteo en red, auto- atentados con bomba para endilgárselos a las insurgencias, connivencia con el paramilitarismo y el narcotráfico, operaciones contra países vecinos como testimonió claramente otro directivo del DAS, Rafael García: que el DAS financiaba sus operaciones de guerra sucia contra Venezuela y en Colombia misma, con dineros del narcotráfico, etc.

Julián Conrado ha solicitado Asilo a Venezuela: es un cantor del pueblo empujado a la clandestinidad ante la intolerancia política y sistemática represión del régimen contra la oposición civil. Una represión que se expresa claramente en los récords dantescos que ostenta en el Orbe el gobierno colombiano: como que el 60% de los sindicalistas asesinados en el mundo sean asesinados en Colombia por las herramientas del mismo estado colombiano (paramilitares y fuerza pública); o como que existan en el país más de 7.500 presos políticos, más del 90% de ellos civiles encarcelados bajo burdos montajes judiciales. Julián Conrado es un perseguido político, dado que la motivación de su vida y su lucha, y la razón misma de su ingreso a la guerrilla es la persecución política sufrida: por lo tanto Venezuela debería otorgarle el asilo político.

Además de lo anterior, cabe señalar que a Julián Conrado también le corresponde el asilo por razones humanitarias: es un cantor ya entrado en años, que ha sobrevivido a varios bombardeos y a enfermedades devastadoras como el paludismo o la leishmaniasis, está gravemente enfermo, y su situación se agrava cada día.

Es flagrante el expediente amañado que el gobierno colombiano aduce en contra de Julián Conrado, las acusaciones cambian constantemente: al habérseles caído un montaje judicial ensayan otro, contando con la eterna ‘paciencia’ de las autoridades venezolanas que eligen dar validez a que el gobierno colombiano de salte todos los plazos legales mientras arma sus enclenques montajes.

Julián Conrado fue detenido por un operativo de fuerzas colombianas y venezolanas en Barinas, el 31 de mayo 2011. Ya han pasado más de 6 meses de su detención y se halla preso en Venezuela de manera ilegal.

¿Por qué si Panamá le otorga el Asilo de manera casi inmediata a una persona como María del Pilar Hurtado, el gobierno de Venezuela aún no da respuesta positiva de asilo para un verdadero perseguido político como sí es Julián Conrado?

Se espera que las autoridades venezolanas recobren el sentido de la coherencia revolucionaria y no entreguen a una tortura segura al cantor Julián Conrado. Se espera que le sea otorgado el asilo político y humanitario al cantor Julián Conrado, o que, en su defecto, sea remitido a un tercer país que sea neutral, como lo estipula el DIH que ampara al cantor.

5. El caso Julián Conrado se enmarca en la preocupante reedición del Plan Cóndor

Recordamos que la situación de Julián Conrado está enmarcada en una realidad preocupante de entregas de perseguidos políticos al régimen colombiano.

El manejo ilegal de la humanidad de los perseguidos políticos por parte de la colaboración de fuerzas represivas colombianas y venezolanas, es altamente preocupante: pues desemboca la mayoría de las veces en entregas de perseguidos políticos, en las que éstos son privados de todos sus derechos, y entregados a un estado torturador como el colombiano, quién en lo que va de 2011 ha asesinado a 11 presos políticos. Se cuentan ya por decenas los perseguidos políticos entregados de manera ilegal al régimen colombiano por parte de Venezuela: han sido entregados varios heridos y enfermos en violación al DIH, al igual que reconocidos perseguidos políticos (periodista Joaquín Pérez Becerra). Esta cacería humana que implementa el régimen colombiano, bajo las directrices estadounidenses, es una medida de guerra sucia contra la población. El derecho a Asilo, y el derecho a defensa para todo perseguido político es contemplado en las leyes internacionales, y por la propia constitución venezolana que también contempla esos derechos fundamentales, aunque lamentablemente la constitución está siendo violada por las propias las autoridades venezolanas contra los perseguidos políticos.

El caso de Conrado es emblemático y ha suscitado una amplia solidaridad internacional, dado que sus canciones y música son testimonio de su alta sensibilidad social.

El cantor Julián Conrado se dirigió a Venezuela debido a su grave estado de salud, y allí vivía como agricultor en Barinas junto con su compañera, mientras encaminaba el tratamiento médico que urgentemente necesitaba; lamentablemente sobre él se abatió un funesto operativo represivo: ¿Cómo pueden colaborar las autoridades venezolanas en operativos de cacería humana con las fuerzas represivas colombianas y sus conocidos paramilitares, los cuáles actúan evidentemente bajo la dirección de la CIA y de la mano operativa del Mossad israelí?

La reedición del Plan Cóndor es algo que los pueblos de América Latina repudian con todas sus fuerzas. Como bien lo dice Calle 13 en su canción, himno de los descalzos y dirigida al imperio: «Tú no puedes comprar el viento/ tú no puedes comprar el sol (…) / La Operación Cóndor invadiendo mi nido (…) / Perdono pero nunca olvido / (…) Aquí estamos de pie «

Para finalizar este texto sobre el doble rasero en la aplicación del DIH, y la triste reedición del Plan Cóndor de cacería humana, quiséramos recordar esta frase:

«… la vida es muy peligrosa. No por las personas que hacen mal, sino por las que se sientan a ver lo que pasa…»

Albert Einstein

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de los autores mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.