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Masacre en cárceles con la excusa de un plan de fuga

Fuentes:

El hacinamiento carcelario presente en la mayoría de los establecimientos penitenciarios del país es un problema de gran calado social; el hacinamiento y otros problemas han generado una crisis carcelaria, que representa una vulneración continuada y sistemática a los Derechos Humanos.

La crisis carcelaria y penitenciaria en Colombia no es reciente,  el lamentable estado de hacinamiento de los centros penitenciarios, la casi inexistente calidad de vida y el deterioro de los Derechos Humanos (DDHH) de los reclusos, situaciones que persisten y se agravan; obligaron a que desde 1998 la Corte Constitucional a través de su Sentencia T-153/98 afirmara que, “existe de un estado de cosas inconstitucional en el sistema carcelario y penitenciario” [1].

El pánico es resultado de un sistema penitenciario en ruinas

En Colombia existen 134 centros penitenciarios con una capacidad de albergar 80.156 reclusos/as; sin embargo, en la actualidad hay cerca de 123.000 reclusos/as, que implica un hacinamiento del 53,45 por ciento [2]. El 4,7 de la población carcelaria es mayor de 60 años, el 34,6 por ciento cumple penas menores a cinco años y el 29,5 por ciento son apenas sindicados [3].

El hacinamiento carcelario, la falta de medicinas, de un adecuado sistema de salud en las cárceles del país, entre otras falencias, hacen extremadamente vulnerables a la población carcelaria frente al COVID-19, situación que genera pánico en los presos y sus familias. 

El sábado 21 de marzo en distintas cárceles del país los internos organizaron una protesta pacífica, que consistía en un cacerolazo para que el Gobierno tomara medidas que previnieran el contagio del COVID-19, donde solicitaban reivindicaciones básicas como desinfectantes, tapabocas, guantes, deshacinamiento, entre otros.

Fue una Masacre, no un plan de fuga

Los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad, adoptados desde el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, prevén que de conformidad con el Derecho Internacional, los Estados deberán adoptar medidas apropiadas y eficaces para prevenir todo tipo de violencia entre las personas privadas de libertad [4].

Los mítines y protestas pacíficas realizadas por la población carcelaria colombiana el pasado 21 de marzo, dejó un trágico saldo de 23 muertos y 83 heridos, todos reclusos; estos hechos se pueden catalogar como una masacre, por la desproporción en el uso de la fuerza por parte de las Fuerza Armadas en contra de los reclusos.    

El Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), General Norberto Mujica, y la Ministra de Justicia, Margarita Cabello, intentaron justificar la masacre alegando que no se buscaba reprimir las protestas legítimas de los presos, sino evitar un plan de fuga masivo que había sido detectado días antes [5]. Esto es una irresponsabilidad y un asalto a la verdad.

Mejorar la calidad de vida de los reclusos 

El Movimiento Nacional Carcelario (MNC) ante la inoperancia del Estado y la respuesta violenta de esta a sus legítimas solicitudes, a través de un comunicado planteó unas propuestas básicas que traería un alivio humanitario a la población carcelaria [6]:

1.- Excarcelación de mayores de 60 años, enfermos crónicos y terminales, discapacitados, mujeres embarazadas y lactantes, sindicados y quienes han cumplido el 60 por ciento de la condena.

2.- Otorgar los subrogados penales a quienes ya tengan el tiempo establecido para ello.

3.- Rebaja del 20 por ciento de las condenas a todos los presos.

4.- Habilitar juzgados de emergencia para descongestionar las cárceles.

5.- Levantar la suspensión de los términos judiciales.

6.- Abastecer de alimentos los expendios de todas las cárceles.

7.- Mejorar sustancialmente las comidas brindadas por la USPEC.

8.- Hacer brigadas de salud y brindar los implementos necesarios de aseo y autocuidado de los prisioneros.

9.- Medidas de prevención frente al COVID-19 y la atención médica requerida.

10.- Garantizar un sistema de remisiones rápidas y eficientes a centros hospitalarios.

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[1] Sentencia T-153/98. Corte Constitucional, 28-04-1998.

[2] Hacinamiento carcelario: un problema que crece sin control. Noticias RCN, 26-01-2020.

[3] Sindicado: persona acusada de cometer un delito que aún no tiene sentencia judicial. 

[4-5] Masacre de presos por protesta en cárcel Modelo de Bogotá. Rebelión, 28-03-2020.

[6] Comunicado a la opinión pública. MNC, 24-03-2020.