Tras conocerse el acuerdo entre los grupos parlamentarios del PSOE e IU, que desbloquea la tramitación del Proyecto de Ley de Memoria Histórica y, por lo tanto, con la debida prudencia y reservas, a la espera de conocer más profundamente los términos exactos del acuerdo y, más adelante el texto definitivo de la Ley, desde […]
Tras conocerse el acuerdo entre los grupos parlamentarios del PSOE e IU, que desbloquea la tramitación del Proyecto de Ley de Memoria Histórica y, por lo tanto, con la debida prudencia y reservas, a la espera de conocer más profundamente los términos exactos del acuerdo y, más adelante el texto definitivo de la Ley, desde la Federación Estatal de Foros por la Memoria hacemos las siguientes consideraciones:
En primer lugar, celebramos cada avance como un éxito del movimiento social por la recuperación de la memoria en nuestro país, en el cual participan, desde diferentes ámbitos, las asociaciones memorialistas, las de Derechos Humanos, y las de represaliados, sus familiares y amigos. No sólo es mérito de este movimiento haber puesto este asunto en lugar central de la agenda política, sino que su rechazo al texto original presentado por el Gobierno en Julio de 2006 y los argumentos críticos expuestos a la sociedad civil, y asumidos por gran parte de ella, han forzado la modificaciones que fueron explicitadas en el día de ayer.
En segundo lugar, se trata de un acuerdo alcanzado entre dos grupos parlamentarios sobre el futuro texto de la Ley que no ha sido apoyado por el resto de grupos en el Congreso de los Diputados y que, por lo tanto, todavía no ha sido aprobado ni tiene ninguna vigencia.
A la espera, como decimos, de un conocimiento más concreto y exhaustivo de los términos del acuerdo que modifican el proyecto original, realizamos las siguientes consideraciones iniciales:
Valoramos positivamente determinados elementos, tales como:
· La supresión del lamentable preámbulo, que igualaba con el tratamiento de «bandos en conflicto» a golpistas y a defensores de la legalidad democrática.
· La sustitución de dicho preámbulo por una condena explícita del golpe de estado del 18 de julio de 1936 y de la dictadura franquista.
· La desaparición de la esperpéntica «Comisión de Notables».
· La supresión del artículo 25.3 sobre el tratamiento documental y archivístico que implicaba plenas garantías de anonimato para los verdugos.
Sin embargo, esta Federación considera que, independientemente de que haya o no una Ley integral de Memoria Histórica, el centro de la cuestión es si se va a aplicar de una vez en España la normativa internacional sobre Derechos Humanos (crímenes de guerra, de lesa Humanidad, desapariciones forzadas, inhumaciones ilegales, etc.), o si, por el contrario, nuestro país va a seguir manteniendo lo que en el lenguaje internacional de los Derechos Humanos se conoce como el Modelo Español de Impunidad.
Consideramos que para que el Estado Español se inscriba y normalice de hecho en el marco internacional del cumplimiento de la legislación de Derechos Humanos debe partirse de la derogación de la Ley de Amnistía de 1977, tal y como ha hecho el Parlamento de la Argentina con sus leyes de Punto Final y de Obediencia Debida.
La justicia española, aplicando criterios de extraterritorialidad, lleva años procesando a autores y responsables de crímenes contra la Humanidad en países del Cono Sur americano. Nos permitimos recordar que coincidiendo con los años de máximo rigor de la represión en Argentina o Chile, por ejemplo, en Estado Español se torturaba a los antifranquistas en la Dirección General de la Seguridad de la Puerta del Sol, en Via Laietana y en muchos otros cuartelillos y comisarías; se fusilaba mediante sentencias emitidas por consejos de guerra ilegítimos, sin que se respetasen las más elementales garantías procesales, sustentándose en pruebas y testimonios obtenidos por medio de la tortura; se cometían crímenes de estado como los de Montejurra y Vitoria. Todos estos casos deben considerarse como crímenes de lesa humanidad, y por esta naturaleza, jamás prescriben
No podemos aceptar la manipulación terminológica a la que nos quieren someter con la declaración de «ilegitimidad» de las sentencias o de los tribunales franquistas. Esa manipulación esconde una realidad: las sentencias no se anulan. Serán los interesados o sus familiares los que tendrán que instar a los actuales Tribunales para que las anulen y ya el Tribunal Supremo ha tenido ocasión de rechazar varias peticiones que se le han presentado. La humillación llega a tal extremo que quienes deseen anular su sentencia tendrán que contratar, a su costa, los servicios de abogados y procuradores y todo ello sin la certeza de que, al final, la anulación llegue a producirse.
Debe ser la Ley la que anule las sentencias, esas a las que el presidente del Tribunal que, paradójicamente, no anuló la que condenó a Julián Guimau calificó como «acto estremecedor para la conciencia jurídica» y rebajó la categoría de esa presunta decisión judicial a la de «apariencia de sentencia».
No renunciamos a que se anulen todos los actos represivos del franquismo, no sólo las sentencias de las que ahora se habla, sino también el resto de actos represivos tales como depuraciones de funcionarios, incautaciones de bienes, multas, etc.
Del mismo modo, seguiremos siempre en contra del certificado de buena conducta que ahora se pretende otorgue, en lugar de la Comisión de Notables, el Ministerio de Justicia. No queremos certificados sino el cumplimiento íntegro del Derecho Internacional de los Derecho Humanos con sus tres pilares fundamentales: verdad, justicia y reparación.
Los ciudadanos represaliados del Estado Español no se merecen el denigrante trato de realizar una búsqueda, tanta veces imposible, de aquellos documentos que se encuentran en los archivos públicos para demostrar su condición de víctimas del franquismo. Esto conculca todos los principios democráticos de los que tanta gala se hace desde las instituciones públicas.
Asimismo, a la espera de conocer con más detalle los términos del acuerdo echamos en falta aspectos fundamentales e innegociables, tales como:
Una Ley integral de Exhumaciones, dado que es inadmisible que el estado siga haciendo dejación de su responsabilidad y trasmitiendo la misma a asociaciones de memoria y familiares, en lo que se ha dado en llamar la «privatización de la verdad».
La adopción de medidas que permitan en un corto plazo de tiempo la eliminación de todos y cada uno de los monumentos, nomenclatura y toponimia franquistas cuya pervivencia, que ya dura 70 años, supone una constante provocación, humillación e insulto a la memoria de centenares de miles de luchadores por la libertad, represaliados por la dictadura, y a sus familiares.
Los monumentos y los nombres de las calles no son «historia» aséptica. Por el contrario, significan reconocimiento, así como apuesta por la socialización de los valores y principios representados por los homenajeados. Creemos que la pervivencia de calles dedicadas a siniestros personajes, como Yagüe, Queipo de Llano o Millán Astral, es inaceptable por una sociedad democrática en el siglo XXI.
En resumen, esta Federación Estatal de Foros por la Memoria reitera su exigencia y apuesta en defensa de la aplicación íntegra y sin subterfugios de la legislación de Derechos Humanos en España, y desde este planteamiento y con ese objetivos orientará en el futuro su desarrollo organizativo, su propuesta programática y sus acciones reivindicativas concretas, tal y como ha venido haciendo hasta hoy, independientemente de cómo resulte al final de su tramitación, el texto definitivo de la Ley.
Federación Estatal de Foros por la Memoria
19 de Abril de 2007