La modificación del artículo 135 de la Constitución Española pactada por Zapatero y Rajoy un día de agosto hace siete años afecta a muchos ámbitos de la vida cotidiana de la gran mayoría de la ciudadanía.
Rajoy y Zapatero tras un encuentro en el Palacio de la Moncloa en 2010. Foto. La Moncloa
Se ha hablado mucho en estos siete años sobre aquella noche de agosto en la que el Gobierno socialista de José Luís Rodríguez Zapatero pactara votar una modificación de la Constitución Española con el Partido Popular de Mariano Rajoy. En solo un día de verano se consiguió cambiar el artículo 135 de la Constitución para anteponer el pago de la deuda a cualquier otro tipo de pago. La deuda pública sería la partida presupuestaria que deberá ser considerada y pagada en primera instancia. Nunca sufrirá recortes, ya se recortará de otros sitios.
Pero la partida dedicada al pago de la deuda de los Presupuesto Generales del Estado no es la única que ha sufrido las consecuencias del cambio en el artículo 135. Tras la modificación, otra serie de leyes trasladaron esa misma comanda de los mercados y el sector financiero a muchos otros niveles y ámbitos.
Las leyes Montoro, aquellas aprobadas por el ministro de Hacienda del Partido Popular seis meses después de modificar dicho artículo, han alargado la sombra de esa modificación de la Constitución y afectado a la vida de la mayoría de la población mediante normas que atañen al funcionamiento de los municipios y las comunidades autónomas.
El artículo 135 puede estar perjudicando tu vida ahora mismo y puede que no sepas identificarlo. Existen muchas más, pero aquí os traemos algunas de las consecuencias de anteponer la deuda a todo lo demás.
1. Que tu Ayuntamiento no pueda gastar el dinero de tus impuestos
Una de las principales herramientas para la «estabilidad presupuestaria» del señor Montoro fue la imposición del techo de gasto. Mediante esta norma, los municipios no pueden gastar más de lo que se presupuestó en el 2012, año de recortes, más un porcentaje en función del crecimiento del PIB, aún incluso si se tiene superávit. Gracias a esta norma se puede dar la paradoja de que el dinero recaudado mediante tus impuestos no se esté gastando en las necesidades que tiene tu municipio porque la ley creada tras la modificación del 135 lo prohíbe, aunque a ti te los cobren y el municipio necesite gastarlo.
2. Que tus impuestos vayan a pagar cuotas de deuda de manera anticipada y perdiendo dinero
Imaginad que tenéis una hipoteca, cumplís con vuestros pagos mensuales y aún así os sobra dinero a final de año para realizar mejoras en casa o invertir en algo que os pueda reportar ingresos o ahorro en un futuro. Pero llega un ministro, te prohíbe hacerlo y te obliga a pagar cuotas de la hipoteca del año que viene. Te obliga incluso si la comisión por amortización anticipada de tu hipoteca es mayor que el tipo de interés que pagarás el año que viene, algo fácil ahora mismo con los tipos de interés en mínimos históricos. No tiene sentido, ¿verdad? Pues eso es lo que hace la ley Montoro con los municipios mediante el techo de gasto. El superávit tienen que ser utilizados en amortizar deuda de manera anticipada, aunque salga más caro.
3. Que el dinero de tus impuestos esté muerto de risa o un banco esté especulando con él
Siguiendo el ejemplo anterior, si no tienes hipoteca tampoco te lo puedes gastar, aunque tengas necesidades o buenas oportunidades de inversión. Lo tienes que depositar en la cuenta de un banco. La ley que se desprende de la modificación del 135 no deja gastar el superávit a los municipios sin deuda, sino que lo deben dejar en una cuenta bancaria, aunque este dinero pierda valor al no ser usado ni ofrecer ninguna rentabilidad. Sin embargo, el banco puede usar el dinero de tus impuestos para prestarlo a otros clientes o invertirlo en actividades especulativas. Tu ayuntamiento no puede, el banco sí.
4. Que los impuestos que recauda el Estado para tu Ayuntamiento nunca le lleguen
Si se da el caso de que no consigas ingresar más de lo que gastas y no te llegue el dinero para pagar esas cuotas de tu hipoteca, el ministro coge el dinero que te toca por ser parte de este país y se lo da directamente al banco. Eso es lo que pasa cuando un Ayuntamiento incumple sus cuotas de los préstamos del plan de pago a proveedores. Estos préstamos, utilizados para pagar las facturas escondidas en los cajones, están respaldados por el Gobierno central. De manera que, si el ayuntamiento incumple un pago, el banco le mete su correspondiente comisión de demora y le pasa la factura al Gobierno, el cual le paga con la Participación en los Impuestos del Estado (PIE) que le corresponde al municipio, o sea el dinero de los impuestos que debe llegar al ayuntamiento. Pero, gracias al 135, el banco siempre está primero.
5. Que estés en una interminable lista de espera
Otra de las condiciones de los planes de ajuste a los municipios es la tasa de reposición cero. Esta tasa impide que cuando un funcionario se jubila o deja su empleo por cualquier otra razón, la administración pública pueda sustituir ese puesto con otra persona. Esta restricción provoca que los ayuntamientos u otras administraciones públicas estén adelgazando su plantilla hasta no poder ofrecer los servicios públicos que son de su competencia con normalidad. En municipios como Jerez de la Frontera, la lista de espera para ser atendido por parte de los servicios sociales del ayuntamiento ha subido de una media de 20 días a cerca de los 90 días en la actualidad.
También te puedes encontrar con que el colegio donde asisten tus hijos no tenga portero, la escuela infantil o la residencia pública para personas ancianas no tenga personal para abrir, que la piscina municipal no tenga socorrista o que tu calle esté más sucia porque hay falta de personal en el servicio de limpieza.
6. Que pagues más impuestos por el mismo servicio público
Algo curioso de esta «estabilidad presupuestaria» es que no permite a los Ayuntamientos contratar personal, pero sin embargo sí que permite que esos servicios, que no se pueden dar por esa misma falta de personal, se externalicen. O sea, no permite que se gaste dinero para ofrecer el servicio público, pero sí que se gaste dinero en que se privatice y lo haga una empresa privada, aunque en este segundo caso se tenga que pagar IVA, cotizaciones mayores por los trabajadores, el margen de los directivos de dicha empresa o el dividendo a los accionistas. El Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2011 publicado por el Tribunal de Cuentas en ese año deja claro que los servicios públicos que se prestan de manera directa por la administración pública son más baratos para las arcas públicas que si los presta una empresa privada.
7. Que hayan intervenido las cuentas de tu comunidad autónoma
El Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) vio la luz con el Decreto Ley de julio de 2012, al amparo de la modificación de la Constitución, con el cometido de ser un mecanismo de apoyo a la liquidez de las comunidades autónomas. Pero también ha servido como herramienta de control sobre las políticas de las comunidades autónomas que pedían financiación mediante este mecanismo. En noviembre de 2015 y agosto de 2017, el ministro Montoro utilizó el FLA para aumentar las exigencias e intervenir las cuentas de la Generalitat con «el objetivo es que no se gaste ni un euro en veleidades independentistas», según declaró el propio ministro. O sea que no solo las acciones económicas se libran de las consecuencias de la modificación del 135, también las políticas.
8. La casa donde vives es ahora de un fondo buitre
El plan de ajuste al que se adhirió el Ayuntamiento de Madrid por su elevada deuda en 2012, gobernado por Ana Botella en aquel entonces, exigía el adelgazamiento de las empresas públicas de la ciudad. La alcaldesa y su equipo decidieron que la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) fuera una de ellas y se apoyó en ese plan de ajuste para vender viviendas de protección oficial a fondos buitre. Algo que en la actualidad se encuentra en los juzgados, pero no porque el 135 no lo permita, claro.
@econocabreado
Fuente: https://www.elsaltodiario.com/constitucion/ocho-formas-puede-afectar-articulo-135-modificado-pp-psoe