Una resolución judicial, fechada el 30 de enero en el municipio de Mislata (Valencia), determinó que no admitía a trámite la solicitud de nacionalidad española (por simple presunción), para una niña de tres meses que realizaron su padre y madre migrantes.
El día anterior, el Registro Civil de Valencia decidió desestimar la petición de nacionalidad (por simple presunción) al no contar –entre la documentación presentada- con el permiso de residencia de los progenitores (“o al menos el de uno de estos”).
En este contexto, las ONG informaron que en la Oficina General del Registro Civil de Valencia está entregándose una hoja con los (supuestamente) “documentos necesarios” para tramitar la petición de nacionalidad, entre los que figura la tarjeta de residencia (NIE) y el pasaporte de los progenitores.
La clave reside en que la exigencia de la citada documentación, en la que se fundamenta la negativa por parte del Registro, dice basarse en una Instrucción –fechada el 28 de marzo de 2007- de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).
Sin embargo, “en la Instrucción no se hace referencia a la exigencia de residencia legal de los progenitores; la misma negativa a la inscripción por carecer de residencia legal se está produciendo en el Registro Civil de (los municipios de) Burjassot y Mislata”, denunciaron 30 ONG, asociaciones de personas migrantes y sindicatos en un comunicado del 5 de marzo.
“Esta práctica contraviene tanto la legislación española como la normativa internacional que protege el interés superior del menor y supone convertir en apátridas a los hijos e hijas nacidas en España de progenitores cuyo país de origen no les reconoce la nacionalidad a sus descendientes”, señalan las organizaciones.
¿Qué supone la apatridia? “Implica implica sufrir todo tipo de restricciones para acceder a derechos fundamentales como la educación, atención sanitaria, empleo y libertad de circulación”, explican las entidades en la nota informativa.
Se da la circunstancia que, desde finales de 2024, los colectivos han tenido conocimiento de múltiples casos en los que se archivaron las solicitudes de nacionalidad para los bebés nacidos en municipios valencianos; incluso se les ha impedido la realización de los trámites en los Registros.
En su argumentación legal, las organizaciones recuerdan los puntos establecidos en el Artículo 17 del Código Civil español (en el Título I, De los españoles y los extranjeros), así como en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
“En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”, detalla el Artículo 3.1 de la citada Convención de la ONU.
Pero no se trata de la única reivindicación de los colectivos; el pasado 20 de febrero, 25 entidades del País Valenciano y el estado español remitieron una carta a la secretaria de Estado de Migraciones, Pilar Cancela, para que -en el contexto de la DANA o gota fría en octubre de 2024- se establezcan medidas alternativas al padrón, así como un mayor número de recursos y citas en Extranjería.
El objetivo es que las personas migrantes víctimas de la DANA (y en situación oficialmente considerada irregular) puedan obtener el permiso de residencia y trabajo.
El comunicado adjunto a la citada Carta evalúa de manera positiva el Acuerdo del Gobierno español –con fecha 11 de febrero- que aprueba las Instrucciones por las que se determina el procedimiento para la prórroga y renovación de las autorizaciones de estancia de larga duración; residencia y/o trabajo para los ciudadanos extranjeros que tuvieran el domicilio/lugar de trabajo en municipios afectados por la DANA (entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024).
La Resolución establece, asimismo, el procedimiento para solicitar una autorización por circunstancias excepcionales sobrevenidas (el balance del Gobierno español daba cuenta de la dimensión de las inundaciones: 233 muertes -225 de ellas en el País Valenciano- y un total de 78 municipios afectados).
En la misiva, las organizaciones sociales realizaron la siguiente advertencia: “Las dificultades para acceder al empadronamiento son numerosas y, en ocasiones, insalvables para las personas en situación de mayor vulnerabilidad: para aquellas que viven habitaciones alquiladas, en bajos sin cédulas de habitabilidad, en infraviviendas o incluso en situación de calle (…)”.
Y agregaban que no contar con el empadronamiento supondría la imposibilidad de acceso a los servicios y derechos sociales básicos.
Las ONG detallaron que, según los cálculos oficiales, la autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas podría beneficiar a cerca de 26.000 personas; pero, en caso de tenerse en cuenta otras estadísticas (“40.000 personas en situación irregular afectadas por la DANA”), 14.000 quedarían excluidas.
Una perspectiva global puede adquirirse en el Informe Discriminació quotidiana per racisme i xenofòbia en València, presentado en diciembre de 2024 por ocho ONG (Accem; Asociación Rumiñahui; Campaña por el cierre de los CIE; CEAR-País Valencià; Elche Acoge; Fundación Cepaim; València Acull y Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad).
En el apartado Racismo en el marco de la DANA, las organizaciones hacían referencia a la difusión de bulos, fake news y discursos del odio en las redes sociales; también al impacto del cataclismo en los sectores de la agricultura y la construcción, lo que llevó a la pérdida de ingresos a una parte significativa de la ciudadanía sin papeles.
Los colectivos recabaron testimonios de paradas policiales basadas en perfiles raciales, que se dirigieron contra ciudadanos magrebíes y afrodescendientes; a las situaciones de explotación laboral y despidos improcedentes; también a la infravivienda y desalojos; y a las “exclusiones y dificultades para acceder a las prestaciones sociales”.
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