Últimamente se ha hecho esta distinción, en la creencia intuitiva de que los Presos de Conciencia son aquellos que por una ideología determinada, sin apelar a ninguna vía de hecho, son encarcelados por el establecimiento; o de que los Presos Políticos son aquellos que plantean abiertamente la transformación de las relaciones de poder de tal […]
Últimamente se ha hecho esta distinción, en la creencia intuitiva de que los Presos de Conciencia son aquellos que por una ideología determinada, sin apelar a ninguna vía de hecho, son encarcelados por el establecimiento; o de que los Presos Políticos son aquellos que plantean abiertamente la transformación de las relaciones de poder de tal forma que nuevos actores sociales conquisten la cúpula de la administración del Estado; y los Presos de Guerra serían aquellos que por medio de las armas se han propuesto conquistar el Estado para construir una sociedad diferente.
Salgámonos de lo intuitivo y veamos conceptualizaciones más formales. Amnistía Internacional ha establecido una definición clara de qué se entiende por «preso de conciencia»:
«Se considera «preso de conciencia» a toda persona encarcelada o sometida a otras restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o cualquier otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social, situación económica, nacimiento, orientación sexual u otras circunstancias, siempre que esa persona no haya recurrido a la violencia ni propugnado su uso.» 1
A falta de tener unas fuentes más rigurosas, echemos mano de Wikipedia para analizar que se entiende por preso político:
«Un preso político o prisionero político es cualquier persona física al que se mantenga en la cárcel o detenido de otra forma, por ejemplo bajo arresto, porque sus ideas supongan un desafío o una amenaza para el sistema político establecido, sea este de la naturaleza que sea.»2
El III Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, de 1949, define Prisionero de guerra como:
«Artículo 4 – Prisioneros de guerra
A. Son prisioneros de guerra, en el sentido del presente Convenio, las personas que, perteneciendo a una de las siguientes categorías, caigan en poder del enemigo:
1) los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto, así como los miembros de las milicias y de los cuerpos de voluntarios que formen parte de estas fuerzas armadas.
2) los miembros de las otras milicias y de los otros cuerpos de voluntarios, incluidos los de movimientos de resistencia organizados, pertenecientes a una de las Partes en conflicto y que actúen fuera o dentro del propio territorio, aunque este territorio esté ocupado, con tal de que estas milicias o estos cuerpos de voluntarios, incluidos estos movimientos de resistencia organizados, reúnan las siguientes condiciones:»3 [Tener armas, poseer distintivos, obedecer a un mando, etc. N del A]
El eje que diferencia estas tres categorías es el uso de la violencia. A simple vista se concluye que Preso de conciencia es aquel que ni utiliza ni promueve la violencia, el Preso político es aquel que tácita o expresamente la apoya o la promueve y el Preso de guerra es aquel que la lleva a la práctica de forma organizada.
Si el Preso de conciencia está al margen de la violencia, ¿por qué está preso? Porque el establecimiento lo considera un peligro, un mal ejemplo para una sociedad que debe marchar acorde a determinados valores; entonces, en esos momentos, ¿qué lo diferencia del Preso político? Los campesinos de Ituango, un pequeño municipio colombiano, que se organizan para impedir que un megaproyecto arrase con sus tierras, por ejemplo, ¿qué son? Presos de conciencia, claro, porque jamás han promovido el uso de la violencia para frenar el megaproyecto, pero también serían Presos políticos pues sus luchas van en contravía de un determinado modelo productivo defendido por las leyes y las armas del Estado. En resumen: no hay diferencia entre Preso de conciencia y Preso político, pues el encierro es síntoma inequívoco de que su libertad socava los cimientos de los intereses imperantes en una sociedad.
Pero y ¿el preso de guerra? ¿Cuánta conciencia, ideología y claridad política necesita una persona para alzarse en armas contra un enemigo formidablemente superior? Sobra decir que mucha, pues los riesgos a los que se somete al arriesgar su vida en el combate armado son superiores a sus compañeros presos políticos o de conciencia.
Es decir, a los tres los une lo mismo. Un ideal. En el cómo lo materializa hay diferencias, pero lo que los une es el tipo de castigo que el establecimiento aplica a quienes se salen de sus lineamientos. Más severo, eso sí, sobre los que osan ejercer el supremo derecho de la rebelión: son tildados de terroristas, forajidos, bandoleros, subversivos.
Entonces, ¿por qué esa diferenciación? Porque divide a los perseguidos, el Preso de guerra, en muchas ocasiones de origen humilde, es «visto» por algunas instituciones, como por debajo de los otros: es que utilizó la violencia…y la violencia engendra más violencia…y es que las guerrillas de izquierda, que supuestamente nacieron porque unos campesinos, obreros e intelectuales se organizaron para tomarse el poder, fueron las causantes del surgimiento de esa «cosa tan horrible» que fueron y son el Terrorismo de Estado, los paramilitares, etc. La violencia oficial, muchos la condenan pero la soportan con denuncias internacionales que no llegan a ninguna parte y esos mismos que agachan la cabeza levantan el dedo acusador sobre los que se rebelan porque «es que mire que por su culpa la respuesta que se nos vino encima» y esos mismos son los que encumbran al «preso de conciencia» y disminuyen al preso político y más aún al preso de guerra.
Ha habido un preso ejemplar en el mundo, Nelson Mandela. Abogado, político, guerrillero. Fue el símbolo mundial de la lucha contra el Apartheid en Sudáfrica. Estuvo preso 27 años. En 1993 recibió el Premio Nóbel de la Paz y hasta en 2008 EEUU lo tuvo en su lista de terroristas.4 Es uno de tantos ejemplos que hacen innecesaria la clasificación de la que venimos hablando.
En Colombia, 9500 personas están recluidas en las peores condiciones, sólo por soñar con un país en el que la igualdad de oportunidades para todos sea la base para que la más creativa e innovadora de las libertades individuales y colectivas florezcan en la sociedad. Sus derechos humanos son totalmente desconocidos por un Estado que está en la obligación de protegerlos.
Desde Europa enviamos una voz de aliento a todas esos seres humanos que están tras las rejas por defender un ideal, que no desfallezcan, que estos sacrificios forjarán en su alma el brillo de la justicia y el valor. Al mismo tiempo, decimos a los verdugos y carceleros, sean de cuello blanco o de uniforme, que no olviden que la ley de la compensación, en este mundo, es inexorable.
NOTAS:
[1] http://www.es.amnesty.org/temas/presos-de-conciencia/
[2] http://es.wikipedia.org/wiki/Preso_pol%C3%ADtico
[3] http://www.icrc.org/spa/resources/documents/treaty/treaty-gc-3-5tdkwx.htm
[4] http://www.semana.com/confidenciales/articulo/se-olvido-sacarlo/350011-3
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