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Primera condena contra militar de alto rango en el caso del Palacio de Justicia

Fuentes: Rebelión

La sentencia de la Señora Jueza Estela Jara, del Juzgado 3 Especializado de Bogotá, resolvió condenar a 30 años de prisión, en un centro carcelario común, al coronel ® Luís Alfonso Plazas Vega. Convirtiendo este fallo en un hecho histórico, luego de más de medio siglo de impunidad en los crímenes de Estado en Colombia. […]

La sentencia de la Señora Jueza Estela Jara, del Juzgado 3 Especializado de Bogotá, resolvió condenar a 30 años de prisión, en un centro carcelario común, al coronel ® Luís Alfonso Plazas Vega. Convirtiendo este fallo en un hecho histórico, luego de más de medio siglo de impunidad en los crímenes de Estado en Colombia.

Este es el resultado de la persistencia, de la resistencia, de familias, algunas de ellas, casi anónimas, que contra toda adversidad han llevado tercamente la presencia histórica de sus seres queridos desaparecidos forzados y ejecutados extrajudicialmente, exigiendo verdad, justicia y reparación integral.

Se trata de un avance en el reconocimiento jurídico y penal a la verdad histórica, arañada, cimentada en la búsqueda de las familias de los desaparecidos del palacio de justicia, de las familias de los ejecutados extrajudicialmente y de los torturados.

La Sentencia con más de 300 folios, fundamentada en la valoración de decenas de pruebas testimoniales, técnicas, cotejadas en la sana crítica y el debido proceso declara penalmente responsable a este mando militar por la desaparición forzada de Norma Constanza Esguerra, Gloria Estela Lizarazo Figueroa, Lucy Amparo Oviedo, Gloria Anzola de Lanao, Ana Rosa Castiblanco, Cristina del Pilar Guarín Cortez, Luz Mary Portela León, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes y Carlos Augusto Rodríguez Vera, desaparecidos del Palacio de Justicia en su calidad de empleados de la cafetería y visitantes ocasionales durante la retoma militar realizada el 6 y 7 de noviembre de 1985, junto a la desaparición forzada de Irma Franco Pineda en su calidad de militante del M-19.

En la sentencia se ordenó compulsar copias para que se investigue: el conocimiento previo que pudo tener la fuerza pública de la intención del M-19 de tomarse el Palacio de Justicia y la falta de medidas para la protección del personal que se encontraba en las instalaciones del recinto de la justicia y las posibles ejecuciones extrajudiciales de las que pudieron ser víctimas algunos rehenes y subversivos del M-19. Igualmente, ordenó compulsar copias para abrir investigación contra el ex presidente Belisario Betancur, teniendo en cuenta «i) la calidad que ostentaba de suprema autoridad administrativa, según lo disponía la Constitución Nacional de 1889; ii) la aceptación de responsabilidad en cuanto al desarrollo y consecuencias del operativo expresada por él en la primer alocución que ofreció a los medios de comunicación el 7 de noviembre de 1985, una vez finalizada la operación militar de la retoma«, así como a los demás integrantes de la línea de mando de las Fuerzas Armadas de la época, que participaron en el operativo del Palacio de Justicia; así como a los miembros de la Policía Nacional y de los organismos de seguridad del Estado que intervinieron en el operativo.

Hoy, 24 años y 9 meses después de la comisión de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y graves infracciones al derecho internacional, los familiares no conocen en donde se encuentran los desaparecidos forzados el 6 y 7 de noviembre de 1985. Aún no hay respuesta de los militares procesados a la pregunta en dónde se encuentran los desaparecidos? Ese derecho les continúa siendo negado.

La Sentencia es tardía para los familiares de algunos de los desaparecidos que ya han fallecido como Don José Guarín, Doña Rosalbina y Doña Aura. Es el resultado de la tenacidad del señor Enrique Rodríguez. padre de Carlos Augusto, Doña Carmen, madre de David Suspes Celis, Don Bernardo Beltrán, Don Héctor Beltrán y su esposa Clara, Doña Elsa Cortés, Doña Elvira, de Cecilia Cabrera, de Cesar Rodríguez, de Alejandra Rodríguez, de Rosa Milena y Edinson Cárdenas León, de René Guarín, de Ermida y Damaris Oviedo, de Esmeralda y Raúl Lozano Castiblanco, de Miriam Suspes y su hija Elizabeth, de Sandra Beltrán, Pilar Navarrete y sus hijas, de Juan Francisco Lanao padre e hijo, de Amparo Esguerra y Debora Arango Esguerra, de la familia Ospina Lizarazo, de Mario Beltrán y sus hijas, de las hermanas Castiblanco, de Jorge Franco, de Inés, Rosa, Carmen, y los demás familiares que persisten a pesar de la impunidad, de la formalidad jurídica, de la ilusión judicial, y contra todo en la exigencia de justicia.

La independencia judicial y la división de poderes, como hace 25 años, continúa amenazada frente a este avance parcial en el derecho a la verdad y a la justicia. El propio Alvaro Uribe Vélez conocido el fallo manifestó que «una alianza criminal entre el narcotráfico y una guerrilla asesinó a la Corte Suprema de Justicia» y cuestionó que «ninguno de los actores criminales está en la cárcel». Para Uribe, la sentencia contra Plazas Vega es la condena «a un integrante de las Fuerzas Armadas de Colombia que simplemente buscó cumplir con su deber. Duele, da tristeza«.

Por su parte, un día antes de conocerse el fallo, el ministro de Defensa, Gabriel Silva, le ofreció toda su solidaridad y sostuvo que esperaba se acabara la «justicia espectáculo» contra oficiales como el Coronel Alfonso Plazas y los demás uniformados investigados.

Es de conocimiento público de las presiones contra la Fiscal Ángela María Buitrago, contra la jueza Estela Jara y su hijo durante el proceso fueron permanentes. Bajo la persecución a estas operadoras de justicia se pretendió instaurar un mecanismo de impunidad, el que se suma a la estrategia de dilación, de la burla procedimental, de las acusaciones, de los señalamientos y de amenazas contra los familiares de las víctimas y representantes jurídicos de estas.

Los cuestionamientos y señalamientos a las actuaciones judiciales indican que los factores de riesgo sobre la Fiscal y la Jueza, y en particular, sobre los familiares de las víctimas y sus apoderados, constata la ausencia de garantías para quiénes afirman la exigencia de verdad y de justicia. Estas posturas pretenden desconocer que en un Estado de Derecho el uso de la fuerza tiene límites, que desaparecer, torturar, ejecutar extrajudicialmente no es una defensa de la democracia.

La postura del ejecutivo, de militares y exmilitares pueden conllevar a daños irreparables a la vida e integridad personal, de los familiares y de sus apoderados, como ha sucedido en el pasado con Eduardo Umaña Mendoza, defensor de derechos humanos, que durante 12 años, fue un cogestor de lo que hoy es este avance en la verdad y la justicia jurídica de este crimen de lesa humanidad.

Bogotá, D.C. 09 de junio de 2010

Corporación Colectivo de Abogados «José Alvear Restrepo»

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz

Ver sentencia completa en:

http://justiciaypazcolombia.com/Fallo-historico-en-contravia-de-la