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Problemas de los cabildos para la Nueva Constitución en Chile

Fuentes: El sismógrafo

Con fecha 12 de abril de 2016, la Presidenta Bachelet en cadena nacional, anuncia la primera etapa del proceso de los debates ciudadanos, por la cual se establecen cuatro formas de participación, tanto de forma individual como grupal (Descargar guía de este link). Tales encuentros ya se han realizado desde el día 23 de abril […]

Con fecha 12 de abril de 2016, la Presidenta Bachelet en cadena nacional, anuncia la primera etapa del proceso de los debates ciudadanos, por la cual se establecen cuatro formas de participación, tanto de forma individual como grupal (Descargar guía de este link). Tales encuentros ya se han realizado desde el día 23 de abril del 2016.

 

En cuanto a lo grupal, según una Guía («Guía paso a paso de encuentros locales») que propone una pauta a seguir a efectos de realizar los debates, a descargarse en la página www.unaconstitucionparachile.cl, existen tres preguntas a responder por los participantes: a) cuáles son para cada miembro, los «valores y principios más importantes que deben inspirar y dar sustento a la Constitución», debiendo elegir entre ellos el que consideraba más importante; b) cuáles son los derechos, deberes y responsabilidades más importantes que el debate constitucional debería considerar, con mismo procedimiento que la anterior; c) cuáles son las instituciones del Estado más importantes para el debate constitucional y qué características debería tener.

Las respuestas se plasman mediante una pauta ya diseñada, en la cual se marcan los ítems sobre los derechos respectivos. Entre éstos existirán tres formas de consenso: el «acuerdo», que vendría ser el acuerdo pleno sobre el ítem en discusión; el «acuerdo parcial», y el «desacuerdo».

Sin embargo, detectamos profundos problemas respecto de la concreción de la metodología propuesta a nivel gubernamental, por varias razones.

Las reuniones se reducen prácticamente en volcar lo debatido en alternativas previamente determinadas, que si bien la «Guía paso a paso de encuentros locales», otorga la posibilidad de señalar «otros conceptos», la formulación de ellos no es más que una enumeración de «términos», ni siquiera de «conceptos», ya que a través de ellos se pretende reducir a una palabra o dos, los propuestos «valores y principios», los «derechos y deberes» y la «institución» que supone resaltar la importancia para el ciudadano del mismo, pero la reducción a término hace imposible consignar la discusión efectiva, que es justamente la que proporcionaría el significado del mismo. Como no está presente el significado, no puede ser un concepto, sino solo un término.

El significado ciudadano, así, es filtrado y desechado. Como no se consigna el significado, no puede determinarse qué significan realmente ciertos términos, los que para unas u otras personas, tienen distinta significación.

Por ejemplo, entre los «valores y principios» aparece el «emprendimiento libre» y también, la «libre iniciativa económica». Estos no son iguales para alguien que sustente una ideología neoliberal, respecto de otro que afirme un mutualismo. Y lo mismo para una serie de términos como «desarrollo», «justicia», «participación». Se podrá decir que ante tales términos, se les puede consignar como «acuerdos parciales». Pero, ¿habrá de tenerse la suficiente instrucción por cada organizador y/o moderador a efectos de poder distinguir cuando un término tiene un significado polémico (en el entendido de ser, de contenido debatido)? ¿Podrá además tener la altura de miras para expresarla ante la audiencia como discrepancia, en vez de guardar silencio y consignarla como un acuerdo pleno, por razón de su ideología? Esto acarrea un problema serio de ambigüedad.

En segundo lugar, dentro de esta selección de términos en la señalada Guía, existen algunos que son un tanto naïve, tales como: «amistad cívica», «unidad», «paz / convivencia pacífica», «solidaridad», «tolerancia», «patriotismo». Por un lado, aquéllos funcionarán como distractores, porque representan los deseos de buena voluntad de cualquier persona, elegibles por todos, pero que constitucionalmente y en el ámbito de derechos reales a expresarse, tienen poca o nula relevancia. Por otro lado, operarán como reductores de posibilidad de elección de otros valores y principios constitucionales de concreción más real y práctico, dado a que, según la Guía, existen solo siete alternativas elegibles a consignar grupalmente, como las más importantes y en orden decreciente.

En tercer lugar, si los grupos son netamente de ciudadanos no instruidos en el derecho constitucional a nivel general, la tendencia es a elegir aquellos «términos» que han de representar «valores y principios», «derechos» y «deberes» normalmente ya consensuados en una sociedad, y respecto de los cuales no habrá dificultad a la hora de determinarlos como acuerdos plenos sobre ellos. Por ende, se elegirán valores y principios tales como la igualdad, la justicia, la dignidad de modo prioritario, y entre los derechos, el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, las libertades. Esto ya ha sido ampliamente aceptado a nivel general, tanto nacional como internacionalmente, y no se ve cómo podría no estar presente en cualquier Carta Fundamental, cuestión que hace que la consulta en estos puntos, sea algo ya redundante y con resultados predecibles, lo que se traduce en una pérdida de tiempo y en un inoficioso dispendio de recursos.

Esto supone prácticamente en convertir los encuentros locales y cabildos, en terapias constitucionales de grupo, donde cada uno quedará satisfecho de haber «contribuido» en la discusión constitucional, pero que en la práctica no se verá efectivamente reflejado, puesto que lo que finalmente habrá de tener resultado práctico, es un cuestionario con la marcación de los ítems elegibles como valores, principios, derechos y deberes. Con lo cual el procedimiento propuesto se acerca mucho más a una encuesta reducida a términos mínimos, o a una mera consulta acotada y simplificada al máximo, no mejor que aquellas que sumergidas entre reglas de mercadeo, interrogan acerca de las preferencias sobre un producto y sus «bondades».

Los procesos de discusión constituyente a nivel popular o ciudadano, debieran ser más que esto. Pero para ello, se requiere instrucción cívica y constitucional real, y la actuación de intelectuales que tengan por fin traducir y leer las necesidades populares, y no imponer ni actuar con una lógica vertical en las decisiones. Estas formas de participación ciudadana no son más que modos de sabotear un proceso constituyente popular real. Son encuestas de opinión disfrazadas de debate constitucional, solo travestidas de republicanismo de quien actúa como un mero prestador de servicios.

Fuente: http://elsismografo.cl/blog/2016/04/19/problemas-de-los-cabildos-para-la-nueva-constitucion/