LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUR OCCIDENTE COLOMBIANO«Francisco Isaías Cifuentes» COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL MOVIMIENTO POLÍTICO Y SOCIAL MARCHA PATRIÓTICA. COMUNICA Suroccidente de Colombia, 20 de Mayo de 2013. Sobre las declaraciones realizadas y lo contenido en los comunicados emitidos por el CRIC, la ACIN y la ONIC en el marco de la […]
LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUR OCCIDENTE COLOMBIANO
«Francisco Isaías Cifuentes»
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL MOVIMIENTO POLÍTICO Y SOCIAL MARCHA PATRIÓTICA.
COMUNICA
Suroccidente de Colombia, 20 de Mayo de 2013.
Sobre las declaraciones realizadas y lo contenido en los comunicados emitidos por el CRIC, la ACIN y la ONIC en el marco de la llamada «Asamblea de las Comunidades Indígenas Del Norte Del Cauca» realizada en el territorio ancestral de Toribio en el Departamento del Cauca, el día 29 de abril 2013, en donde entre otros se expreso que «el juicio que hoy se va a dar es para castigar comuneros», «pero no demoran en sacar un comunicado diciendo que el cabildo viola los derechos humanos (…) y hasta esta ONG defensora de Derechos Humanos Francisco Isaías Cifuentes, diciendo eso es violación de derechos humanos y del derecho internacional humanitario», y haciendo referencia a las FARC se dijo «Preparan política y militarmente a sus unidades para enfrentar al movimiento indígena, generando y auspiciando al interior de las comunidades, grupos organizados denominados AVELINOS, RESERVAS CAMPESINAS, entre otros. Los cuales tiene como único fin el dominio territorial, ideológico, político y hegemónico para obstruir el desarrollo de nuestras organizaciones propias».
Luego del despliegue mediático que se presento con el hecho, nos dimos a la tarea de realizar un trabajo de campo e indagar en el terreno, no con los círculos de poder de la ACIN, el CRIC o los indígenas de otros municipios que llegaron, puesto que ya lo habíamos recogido de sus pronunciamientos y declaraciones. Lo hicimos con el indígena de a pie de Toribio, los verdaderos indígenas de los resguardos de San Francisco, Toribio y Tacueyo, con los estudiantes del Colegio y obviamente con las familias de los señalados y de los condenados, obteniendo además los audios y videos de la audiencia.
Teniendo como base lo anterior La Red de Derechos Humanos del Suroccidente Colombiano «Francisco Isaías Cifuentes», nos vemos obligados ética y moralmente a escribir estas letras:
Tenía razón el dirigente Alcibíades Escue al señalar en medio de la audiencia que nos íbamos a pronunciar sobre el tema. Y como no hacerlo si en diferentes escenarios hemos identificado claros abusos de poder y la violación de derechos fundamentales que se viene presentando en Ejercicio de la llamada Jurisdicción Especial indígena por parte de los administradores de Justicia indígenas y las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos de los cuales es responsable el Estado colombiano al permitir este tipo de vejámenes.
En el caso particular de Toribio, en diferentes espacios académicos y sociales y ante instituciones estatales hemos señalado el carácter sistemático de represión ideológica y de persecución política que se ha presentado en ejercicio de la «justicia indígena» y pretende justificar bajo la bandera del respeto a los usos y costumbres.
¿Acaso es respeto a los Derechos Humanos el herir, torturar, confinar en calabozos y no suministrar agua y alimentos, o privar de visitas de familiares y amigos a seres humanos sin distingo de si son hombres, mujeres y niños, los cuales han tenido en común que han sido objeto de la aplicación de la llamada justicia indígena?.
Al igual que académicos, la Defensoría del Pueblo y algunos medios de comunicación hemos propuesto el debate sobre los límites que debe tener la aplicación de la Jurisdicción especial indígena y la urgencia y necesaria actuación estatal en ejercicio de la inspección, vigilancia y control en pro de la protección del acceso a la justicia para los comuneros indígenas, máxime si la justicia es un pilar de todo estado social y democrático de derecho.
Y lo hemos señalado básicamente porque: hemos conocido casos de víctimas de la «justicia indígena» en los que se les violan los derechos a un debido proceso, a la presunción de inocencia y se anula el principio de legalidad, puesto que, no hay claridad sobre los tipos «penales» sancionatorios y los procedimientos y las penas no están preestablecidas, y antes de iniciar el «juicio» el «tribunal» tiene preestablecida la necesidad de condenar e inclusive días antes ha definido la pena.
A lo anterior se le suma que en la práctica muchos de los indígenas son condenados a penas excesivas, no obtienen rebajas de pena por trabajo o buena conducta, no hay eximentes de responsabilidad, ni tienen acceso a libertad condicional y se los abandona a su suerte en una cárcel común. A no ser que sea «amigo» de la cúpula de poder que gobierna, constituyéndose lo anterior en un foco de corrupción.
Es necesario recordar que en la cárcel de San Isidro se presentan casos como, que:
Un indígena pagó casi 4 años por haber empujado al gobernador del resguardo.
Un profesor está pagando 40 años por abusar sexualmente de una niña, aun cuando cuenta con un examen de Medicina Legal que dice que la supuesta víctima es virgen.
Por el hurto de una gallina y unas ollas viejas, un indígena paga una pena de 20 años.
Tres indígenas fueron condenados a sendas penas de 60 años por el asesinato de un gobernador. Ellos, además de alegar su inocencia, se quejan de la severidad del castigo.
Jesús Eduardo Mestizo, fue condenado a 8 años por el presunto delito de armar desorden en la comunidad. por el simple hecho de contradecir a las autoridades de la época.
Nuevamente las organizaciones indígenas de forma irresponsable insisten en tildar, negar y señalar procesos sociales campesinos e indígenas del Departamento, los cuales dicho sea de paso son legítimos y legalmente constituidos.
Desde antaño algunos dirigentes indígenas de la ACIN y el CRIC han buscado ocultar, desinformar, dividir, confundir, manipular y negar derechos de quienes dicen representar. El argumento siempre es el mismo el señalar a organizaciones y dirigentes que contradicen los círculos empotrados en el poder sobre los pueblos indígenas, inventar supuestos «planes de división y exterminio» y buscar relacionar a civiles con la insurgencia armada de las FARC-EP.
Una estrategia que día a día a pesar de sus esfuerzos sale a la luz pública: Por un lado se victimizan, mientras desconocen a los demás sectores sociales u organizaciones de su mismo sector en el departamento que contradiga su proyecto político y económico, y a su vez evaden sus responsabilidades históricas.
El Contexto que actualmente padecen las comunidades indígenas con énfasis en los Municipios de Toribio y Jámbalo lejos de ser situaciones aisladas tienen su origen en las crecientes diferencias y tensiones internas por el manejo de la salud, la educación, la distribución de tierras y la aplicación de la jurisdicción especial indígena que se sostienen al interior de las comunidades que dicen representar algunos directivos de las organizaciones indígenas CRIC y ACIN.
Frente a la supuesta garantía al debido proceso y a el respeto a los usos y costumbres en el caso particular de los retenidos, señalados y condenados es importante señalar:
El día 26 de abril de 2013, la Guardia indígena retienen a seis comuneros indígenas que son señalados públicamente por parte de la dirigencia de la ACIN y el CRIC, como integrantes de las FARC-EP. A través de los medios masivos de comunicación se difunde la información que son los responsables de la muerte del señor VENANCIO TAQUINAS.
Los días sábado 27 y domingo 28 de abril de 2013, los detenidos son trasladados a las instalaciones del colegio CECIDIC del Municipio de Toribio con el objeto de realizar la asamblea de juzgamiento y condena. Los miembros de la ACIN convocan a los comuneros a Asamblea, pero la comunidad no acude. Sería importante indagar ¿Porque la comunidad indígena de Toribio siendo la competente para discutir el tema no asiste?
El día lunes 29 de abril de 2013, arriban a Toribio los gobernadores de diecinueve (19) cabildos que integran la ACIN con una pequeña delegación. Por lo cual se decide realizar una Asamblea indígena del norte del Cauca, integrada con los gobernadores y su comitiva, la Guardia Indígena y con algunos alumnos de bachillerato acelerado de los colegios de Toribio.
La Asamblea se realiza en un salón, con una capacidad restringida, sobre el cual se despliegan cinco anillos de seguridad de la Guardia Indígena.
La guardia indígena no permite el ingreso de la mayoría de comuneros de los resguardos indígenas de San Francisco y de Toribio, pero si entran las delegaciones de los demás cabildos. A las familias de los retenidos se les restringe el ingreso.
Los asistentes a la Asamblea indígena del Norte del Cauca sumaban aproximadamente ochocientas (800) personas, no cuatro mil (4000) como lo han dicho en los medios de comunicación.
En el desarrollo de la Asamblea intervienen el señor NELSON LEMOS quien la coordina, junto con ALCIBIADES ESCUE, JESUS CHAVEZ Consejero Mayor del CRIC, DANILO SECUE, Consejero Mayor de la ACIN, y otros dirigentes, que con los gobernadores conforman el «Tribunal Indígena». Señalan que para garantizar a los detenidos el derecho de defensa, les permiten que cada uno haga sus descargos durante tres (3) minutos y un familiar de cada uno de los detenidos también durante tres (3) minutos. Pero antes el señor LEONARDO ESCUE, quien tiene el cargo de Jurídico de la ACIN, ha manifestado que las pruebas que tienen indican que son culpables, que no había que dudar de la investigación que habían realizado. ALCIBIADES ESCUE habla de castigos.
CIVILINO UL, públicamente admite ser miliciano de las FARC, pero aclara que nunca ha atentado contra la población civil, pero que él sí sabe quiénes son los responsables de la muerte de ALFREDO RIOS, dirigente campesino asesinado el día 23 de julio de 2011, cuando era candidato al Consejo Municipal de Toribio. Inmediatamente le arrebataron el micrófono e impidieron que siguiera hablando.
Los acusadores se limitaron a manifestar que tenían los elementos probatorios, pero no aparecieron los testigos de cargos, no se escucharon. Algunos de los integrantes de la comunidad que pudieron ingresar al salón y pidieron que les permitieran intervenir, les negaron ese derecho.
Finalmente el tribunal indígena señala que de los seis retenidos, contra cuatro de ellos no tienen pruebas para condenarlos y se los entregan a sus familias, quedan solo CIVILINO UL SECUE Y JHON JAIRO MAYORGA SUAREZ, de las pruebas que dicen tener en su contra, para CIVILINO alguna persona dice haberlo visto en una motocicleta, el día de los hechos, cerca al sitio, pero no atienden a lo dicho por el acusado que manifiesta en su intervención que ese día y hora estaba en su casa laborando, los trabajadores que lo acompañaron en ese momento, tienen temor de hablar, pero que si les garantizan seguridad para ello, están dispuestos a declarar lo que saben.
De JHON JAIRO lo señalan porque ese día a las dos de la tarde, alguien lo vio acompañado del señor FABIO OPOCUE, que estaba embarrado y con el trasero con barro, la razón para ello que da JHON JAIRO, es que ese día estuvo laborando en un cultivo de papa apolcando, que llovió y por eso estaba embarrado.
Ya con la acusación, es JESUS CHAVEZ, consejero del CRIC, quien toma la palabra y manifiesta a la Asamblea que a cuantos años quieren que los condenen, que si a 10 o 20 o 30 o 40, fueron los integrantes de la Guardia Indígena y los gobernadores y un pequeño grupo de comuneros quienes gritaron que a 40 años de condena.
De los familiares de los acusados sufrieron agresiones por parte de la Guardia indígena y les causaron lesiones en su cuerpo la señora YESICA SHIRLEY MAYORGA, que estando embarazada con 7 meses de gestación, fue golpeada y debió acudir al Hospital, SILVANA LUCIA UL, lesionada, ROSA JULICUE, anciana mayor de 70 años, que fue golpeada en la cabeza, DARVIN URIEL UL, también lesionado en varias partes del cuerpo.
Pese al proceso «legal» en ciernes, a la presunción de inocencia, y las afectaciones en derechos fundamentales como la libertad, la honra y reputación que han debido padecer este grupo de comuneros indígenas, las autoridades indígenas insisten en desarrollar procesos amañados, desconociendo los usos y costumbres.
Responsabilizando a las organizaciones indígenas CRIC, ACIN y ONIC y al Estado Colombiano por los derechos a la vida, la seguridad e integridad personal, la dignidad humana, la honra y reputación y la libertad de los integrantes de las organizaciones campesinas e indígenas señaladas.
Ante la gravedad de lo descrito anteriormente solicitamos al estado colombiano:
Que se cumpla realmente con la función de inspección, vigilancia y control en la aplicación de la jurisdicción especial indígena de manera tal que se garanticen los derechos fundamentales de nacionales que independiente de su pertenencia étnica son ciudadanos colombianos y están viendo afectados sus derechos.
Que se adelante un proceso de reglamentación normativa que ponga al centro la garantía de pilares fundamentales tales como el de legalidad, debido proceso, libertad, dignidad, igualdad y presunción de inocencia. Los cuales están siendo afectados en aplicación de la jurisdicción especial indígena. y de paso que se ponga límites y controle el ejercicio del poder jurisdiccional sobre las autoridades indígenas.
Que se adelante un proceso exhaustivo de revisión de las sentencias dictadas por los tribunales indígenas en el Departamento del Cauca.
Que se la jurisdicción ordinaria asuma la investigación de la muerte del señor ALFREDO RIOS, dirigente campesino asesinado el día 23 de julio de 2011, cuando era candidato al Consejo Municipal de Toribio. Y que en dicho proceso investigativo se llame a rendir testimonio al señor CIVILINO UL.
Que se reglamente todo lo relacionado con los recursos de las transferencias que, de los impuestos de todos los colombianos, se hacen a entidades indígenas de derecho público especial,
RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUR OCCIDENTE COLOMBIANO «Francisco Isaías Cifuentes»
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL MOVIMIENTO POLÍTICO Y SOCIAL MARCHA PATRIÓTICA
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