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Propuesta quinta sobre el «Fin del Conflicto», referida a la definición de Territorios Especiales para la Construcción de la Paz (TERREPAZ).

Fuentes: Rebelión

La Habana, Cuba, sede de los Diálogos de Paz, noviembre 24 de 2015 La normalización territorial en relación con la transformación de las FARC-EP y su tránsito hacia organización abierta , se fundamentará en la definición de zonas geográficas organizadas de manera excepcional y extraordinaria como «Territorios especiales para la construcción de la paz (TERREPAZ)», […]

La Habana, Cuba, sede de los Diálogos de Paz, noviembre 24 de 2015

La normalización territorial en relación con la transformación de las FARC-EP y su tránsito hacia organización abierta , se fundamentará en la definición de zonas geográficas organizadas de manera excepcional y extraordinaria como «Territorios especiales para la construcción de la paz (TERREPAZ)», que tendrán un régimen especial y extraordinario, protegido constitucionalmente y en cuyo desarrollo legal se contemplarán regulaciones específicas sobre la organización política, económica, social, ambiental y de seguridad integral, participativa, autogestionaria y comunitaria, así como las concernientes a las medidas y acciones reparativas en desarrollo de la justicia restaurativa. La normalización territorial hará parte integral del «Plan Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera (PLANPAZ)».

Las iniciativas correspondientes a la Definición estos Territorios especiales, se centrarán en tomar definiciones sobre:

1. Las dimensiones espaciales de transformación y paso de las FARC-EP a Organización Política abierta;

2. La conformación de los Territorios especiales para la construcción de la paz (TERREPAZ);

3. La naturaleza y criterios básicos para la conformación de los TERREPAZ;

4. Los fundamentos normativos de los TERREPAZ;

5. Los TERREPAZ como contribución a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición;

6. Los TERREPAZ como dimensión territorial del «Plan Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera» (PLANPAZ);

7. La Creación del Consejo Nacional de la Normalización Territorial (CONATER) y

8. El acompañamiento internacional a los TERREPAZ, con veeduría popular y ciudadana.

Sobre las tres primeras iniciativas, lo siguiente:

1. En lo que concierne a las Dimensiones espaciales de transformación y paso de las FARC-EP a Organización Política abierta, tal proceso implica el reconocimiento de las formas propias de organización social de las que ha hecho parte la insurgencia a lo largo de su historia. El tránsito hacia la normalización integral supone por tanto, el reconocimiento de la presencia de las FARC-EP en la configuración de la realidad espacial, nacional y territorial, lo cual implica el diseño de un acuerdo que respete esa presencia articulada a las comunidades.

2. Sobre la conformación de los «Territorios especiales para la construcción de la paz (TERREPAZ)».

La normalización territorial en relación con las FARC-EP tendrá como fundamento la creación de zonas delimitadas geográficamente, para la generación y ensanchamiento de relaciones sociales en sentido amplio (políticas, económicas, culturales y socioambientales), con el propósito superior de contribuir a la reparación de las víctimas del conflicto, la provisión de garantías de no repetición y la construcción de la paz estable y duradera. Al mismo tiempo, tendrán la función de posibilitar la concreción del proceso de cese bilateral de fuegos y de hostilidades definitivo y la dejación de armas por las partes.

3. Naturaleza y criterios básicos para la conformación de los TERREPAZ.

Los Territorios especiales para la construcción de la paz, constituyen el espacio social y geográfico para la transformación integral de las FARC-EP en su dimensión territorial, en lo político, lo económico, lo social y cultural, habitados por excombatientes, familiares y allegados, y los ciudadanos vecinos del lugar, dentro del orden constitucional surgido del proceso de diálogos y las formas de organización política y social que se derivan del ejercicio de la democracia directa, autogestionaria y comunitaria, a través de cabildos o asambleas populares. En ellos se produce la dinámica de implementación de los acuerdos logrados garantizando la sostenibilidad socioambiental, el derecho al territorio, al agua, al medio ambiente sano, a la producción de alimentos, la soberanía alimentaria y al buen vivir en general.

El criterio principal para la delimitación geográfica de tales territorios será la presencia histórica y actual de las FARC-EP, en estrecha relación con las comunidades. Las Partes examinarán la pertinencia y viabilidad de emprender de manera inmediata la implementación de un plan piloto en uno o más Territorios especiales de construcción de paz.