AMPLIAR LA DEMOCRACIA Y LAS GARANTIAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLITICOS ES CREAR LAS CONDICIONES PARA PONER FIN AL CONFLICTO ARMADO La negación de los derechos políticos a la participación, a la organización autónoma de las comunidades, a las libertades de expresión, movilización y a incidir en los destinos políticos de la nación, […]
AMPLIAR LA DEMOCRACIA Y LAS GARANTIAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLITICOS ES CREAR LAS CONDICIONES PARA PONER FIN AL CONFLICTO ARMADO
La negación de los derechos políticos a la participación, a la organización autónoma de las comunidades, a las libertades de expresión, movilización y a incidir en los destinos políticos de la nación, de las comunidades y los territorios ha constituido uno de los principales factores que han motivado y han hecho que se mantenga y se reproduzca el conflicto armado por casi 5 décadas. Por esta razón, la Coordinación Colombia – Europa – Estados Unidos (CCEEU) considera que las reformas políticas que permitan ampliar la democracia, profundizar y cualificar la participación política de la ciudadanía e integrar a los espacios de decisión política y de garantía eficaz de derechos a amplios sectores de la población vulnerable y excluida como sujetos y actores plenos de la democracia, constituyen condiciones no solo necesarias para cerrar la larga etapa de conflicto armado que ha propiciado una de las más largas crisis humanitarias y de derechos humanos en el mundo, sino también para sentar las bases para una paz estable y duradera.
En este propósito, la CCEEU reafirma y propone que en la consideración de condiciones para facilitar el cese del alzamiento armado de todas las organizaciones guerrilleras y facilitar el tránsito hacia la lucha política que ponga fin a la confrontación armada se consideren condiciones como las siguientes:
1. El desmantelamiento de los grupos neoparamilitares debe ser una prioridad estatal que muestre resultados verificables en el corto plazo en todo el territorio nacional. Su denominación como «Bandas Criminales», su control cada vez más hegemónico de actividades de tráfico local e internacional de narcóticos y su presencia extorsiva en los territorios, – mediante los cuales pretenden financiar y camuflar sus acciones de control territorial y poblacional en grandes ciudades y en amplias zonas del territorio nacional y disfrazar la naturaleza centralizada de sus estructuras-, no puede continuar sirviendo de pretexto para que el Estado se muestre tolerante con su presencia, omita su confrontación como estructuras de macrocriminalidad organizada y se muestre complaciente con la tolerancia o falta de eficacia de las entidades de la Fuerza Pública para confrontar y desmantelar sus estructuras, como si fueran meros casos aislados de delincuencia común.
El desmantelamiento del neoparamilitarismo implica también un esfuerzo estatal por develar, procesar y sancionar a quienes han estado agenciando, financiando, promoviendo, tolerando, consintiendo o coordinando sus acciones criminales, o beneficiándose del accionar paramilitar en los territorios, de sus actividades para impedir la restitución o continuar el despojo de las tierras, y de sus estructuras sociales, políticas y empresariales. Los nexos de miembros de la Fuerza Pública que se mantienen en ciudades y municipios, los vínculos con sectores empresariales y las alianzas de líderes y sectores políticos con los neoparamilitares son el mayor obstáculo para la participación política y expresión libre de las comunidades y deben ser prioridad para los órganos judiciales y entidades de control, si tienen voluntad de realizar las transformaciones políticas que demanda el tránsito hacia un país en paz y con mayor democracia.
2. Como garantías de no repetición del exterminio de la oposición política y de los movimientos y organizaciones populares, es necesario también que se esclarezcan y se desmantelen las estructuras criminales que desde el Estado han propiciado estos crímenes. La Justicia tiene la obligación de continuar las investigaciones que permitan develar quienes han sido los máximos responsables por los crímenes sistemáticos perpetrados desde el Estado, -sea a través de su propio accionar criminal o por haber organizado o promovido organizaciones privadas- para la comisión sistemática de miles de casos de desapariciones forzadas, torturas, ejecuciones extrajudiciales, desplazamientos, violencia sexual y otros crímenes sistemáticos contra los derechos humanos. El esfuerzo asimétrico, débil y casi nulo que las instituciones estatales de justicia han desplegado para investigar crímenes perpetrados por servidores estatales o sus colaboradores, en comparación con las esfuerzos desplegados contra otros sectores, debe ser corregido para poner en evidencia estas estructuras, alcanzar a sus máximos responsables y garantizar de este modo los derechos de las víctimas a conocer la verdad, a obtener justicia, reparaciones y garantías eficaces de no repetición. Solo así, la participación libre de sectores subalternos y excluidos de la vida política podrán confiar en que las vías y mecanismos de la democracia funcionan también a su favor y que es en el espacio de la legalidad estatal en que van a tramitarse legítimamente sus conflictos y demandas.
La depuración de las entidades de la Administración Pública – de las 3 ramas del Poder Público-, de los servidores públicos que han estado involucrados, por acción o por omisión en graves violaciones de derechos humanos, y de quienes han promovido la impunidad para estos crímenes, debe complementare son una reorientación de la misión estratégica de las Fuerzas Militares y de la Policía para adecuarlas, en su tamaño, en sus estructuras y en su orientación doctrinaria a las condiciones de un país en paz y que busca la consolidación de la convivencia pacífica por las vías de la democracia.
3. Una profunda reforma a los mecanismos electorales, de representación política, de garantías de integridad y transparencia del mandato conferido por los electores a los elegidos y de eficacia de los mecanismos de la democracia directa, de la participación más allá de la consulta, y de un sistema genuino de partidos políticos con democracia interna y con instancias de control sobre sus representantes y voceros, son necesarios para relegitimar el sistema político, crear confianza en los ciudadanos en la democracia y profundizar y cualificar la participación de los ciudadanos en la vida política.
Ello exige además el de regulaciones claras para la actividad de los partidos políticos, el desarrollo de un amplio sistema de garantías para el ejercicio de la oposición política, que vaya más allá de las garantías para la participación electoral, y que impida y sancione los señalamientos, la persecución política, la inteligencia ilegal e incluso que prevenga, investigue y sancione ejemplarmente la parcialización de las entidades estatales o la persecución que se adelante desde las mismas, y con mayor razón si ésta se realiza desde los órganos de control, que por mandato legal tendrían más bien que estar dedicados a vigilar las eficacia de las garantías para la participación de las minorías, de la oposición y de los sectores tradicionalmente excluidos. La participación de los grupos minoritarios en las instancias directivas de los órganos legislativos y entidades de control a nivel local, departamental y nacional debería ser parte también de estas garantías.
4. El establecimiento de mecanismos que permitan a las organizaciones de oposición armada la cesación del alzamiento armado y su tránsito la vida política por medio de medio de garantías para su participación en los espacios de representación en las instancias estatales a nivel local, regional y nacional (por ejemplo a través de circunscripciones especiales para la paz que ya antes han sido ensayadas en otros procesos de tránsito de la lucha armada a la lucha política) deben complementarse con mecanismos que garanticen la efectividad y permanencia de garantías para la participación de diversos sectores subalternos y vulnerables en la vida política nacional, regional y local. La prohibición del establecimiento de umbrales que impidan la participación de sectores vulnerables, excluidos o minoritarios debe establecerse como garantía de que la eventual conformación de coaliciones mayoritarias no vaya en el futuro a impedir el pluralismo, la diversidad y la efectividad de la participación política de sectores opositores o de los sectores más vulnerables de la población. Igualmente, garantías para la financiación estatal de las campañas políticas y de prohibición de estrategias desbordadas de financiamiento privado que encarezcan excesivamente las actividades de participación y las campañas políticas son indispensables para mantener la eficacia de la voluntad popular.
5. Garantías de participación adecuada en los medios de comunicación públicos y privados, deberían ir acompasados con estrategias de democratización de la propiedad de los medios y medidas para impedir y evitar su concentración monopólica y que garanticen la participación de movimientos y organizaciones sociales en la gestión de las diversas modalidades de comunicación e información públicas.
6. El establecimiento de la verdad sobre las causas, circunstancias y responsables que han impedido el ejercicio de la oposición política y la participación política deben parte integrante de las tareas de la Comisión de la Verdad que se acuerde para esclarecer los graves crímenes perpetrados contra los derechos humanos por todos los actores del conflicto armado. En especial, dicha Comisión deberá abocarse a esclarecer las circunstancias y responsabilidades individuales e institucionales de los crímenes perpetrados desde el año 1946 hasta el día de hoy, y que condujeron al genocidio del movimiento gaitanista y al genocidio de la Unión Patriótica, y los crímenes sistemáticos contra líderes populares y de oposición perpetrados por motivaciones políticas, con amplia divulgación y pedagogía pública de las conclusiones alcanzadas en cuanto a estas circunstancias y responsables.
7. Las garantías para la participación política no pueden circunscribirse a la contienda electoral. Deben generarse las condiciones para que los ciudadanos y organizaciones puedan expresarse libremente en el espacio público y defender sus derechos, intereses y concepciones de buen vivir mediante la organización autónoma, la libre expresión y la movilización pública. Debe contemplarse el fortalecimiento de la autonomía de las organizaciones y comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas para la defensa de la integridad de sus planes de vida, sus formas de subsistencia y el control de sus territorios. La efectividad de los mecanismos de consulta previa para el adelanto de proyectos y actividades en sus territorios que contravengan sus modos de vida debe ser garantizada. Igualmente, la derogación de la normas que penalizan la movilización pública y el derecho a la protesta en la Ley de Seguridad Ciudadana lo mismo que las normas que autorizan la persecución y la intromisión estatal por parte de la Ley de inteligencia y sus reglamentos son necesarias para canalizar los conflictos por las vías que debe ofrecer una sociedad democrática.
8. Las condiciones de extrema desigualdad, de pobreza extendida y de exclusión política y social en que han permanecido amplios sectores de la población, exigen que en la transición hacia una sociedad que busca construir la paz en democracia se amplíe el poder de las comunidades en la superación de sus problemáticas sociales, económicas, de convivencia y seguridad humana ampliamente postergadas. Ello requiere fortalecer los procesos de descentralización ciudadana y revertir los procesos de recentralización de los recursos fiscales y las competencias de las entidades territoriales para gestionar de manera autónoma las necesidades vitales de la población. En esta misma dirección es necesario, replantear la pérdida de autonomía y capacidad de controlar y dirigir la gestión del desarrollo social que han padecido las comunidades y administraciones locales en las denominadas Zonas de Consolidación. La prevalencia del mando militar y de las entidades del orden nacional en la definición de las soluciones y los recursos para la atención de las necesidades locales debe ceder a una devolución del poder de decisión sobre estos asuntos a las autoridades civiles locales y a las comunidades locales, con garantías plenas para las libertad de asociación, expresión, organización y participación política de dichas comunidades sin injerencia ni control ilegítimo por parte de las autoridades.
9. La necesidad de proteger y blindar las condiciones que permitan poner fin a la contienda armada y la garantía de que los acuerdos celebrados para poner fin al alzamiento armado sean asumidos como política de Estado son asunto de la nación entera, que va más allá de la voluntad de las partes negociadoras, y exige por tanto un amplio proceso de validación, discusión y refrendación de estos acuerdos en el que participen todos los sectores de la sociedad colombiana, y con garantías amplias de participación a los sectores que han estado por fuera de la institucionalidad. El tránsito de 5 décadas de guerra a la voluntad de encaminar al país hacia la construcción de una sociedad en paz debe contar con espacios amplios de validación y refrendación de amplia legitimidad y participación, que hagan que efectivamente los acuerdos por poner fin a la confrontación armada y construir un país más democrático, más equitativo, incluyente y en paz sea una decisión irreversible de todos los colombianos y colombianas.
Bogotá, Abril 28 al 30 de 2013
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