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Denuncia pública

Rechazo nombramiento nueva Defensora Regional del Pueblo Quindío

Fuentes: Rebelión

Con asombro las distintas organizaciones sociales del Departamento del Quindío, recibimos la noticia del nombramiento, la profesional en Administración de Negocios, con especializaciones y maestrías en Hotelería y Turismo. Luisa Fernanda Leòn Betancurt. Dicho nombramiento se dio para ocupar el cargo que había desempeñado, la anterior Defensora Regional del Pueblo, Piedad Correal Rubiano, profesional en […]

Con asombro las distintas organizaciones sociales del Departamento del Quindío, recibimos la noticia del nombramiento, la profesional en Administración de Negocios, con especializaciones y maestrías en Hotelería y Turismo. Luisa Fernanda Leòn Betancurt.

Dicho nombramiento se dio para ocupar el cargo que había desempeñado, la anterior Defensora Regional del Pueblo, Piedad Correal Rubiano, profesional en el derecho que estuvo por un periodo de 21 años en dicha entidad.

Aclaramos: las organizaciones aquí firmantes no tenemos nada contra la profesional que nombro el Defensor del Pueblo nivel nacional, Doctor Carlos Negret. Lo que debemos llamar la atención fue como, en una argucia jurídica, el Defensor del Pueblo, para favorecer intereses políticos oscuros de la Región – cambio el manual de requisitos para ocupar dicho cargo.

Mediante resolución 065 de 2014, la Defensoría del Pueblo expidió el manual de funciones actualizado, conforme a la reforma que se realizó con el decreto 025 del mismo año.

«En ese momento los requisitos para ser defensor regional eran título profesional y tarjeta profesional en derecho, título de posgrado en derecho, ciencia política, derechos humanos derecho penal o en áreas afines a las funciones a desempeñar y seis años de experiencia profesional, relacionada con las funciones a desempeñar. Algo más que lógico».

En diciembre pasado (2018), en menos de tres semanas, se hicieron dos curiosas reformas a los estatutos para ajustar los requisitos; el 3 de diciembre del 2016 se expidió la resolución 1488 mediante la cual se reformó el manual de funciones.

«Posteriormente se adoptó un nuevo manual ya unificado, expedido el 27 de diciembre del año 2018, el que cambió diametralmente los requisitos.

En la resolución del 3 de diciembre (2018) se indicó que el defensor regional debía tener título profesional en áreas afines a las funciones a desempeñar y matrícula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley, con una experiencia de 5 años profesional docente relacionada con las funciones a desempeñar.»

Desde las organizaciones que hemos rechazado este nombramiento, también hemos expresado nuestra preocupación que la situación podría reproducirse en otras regiones del país. «Someter el destino de la Defensoría del Pueblo al vaivén del clientelismo, tan nocivo para el país, significa una afrenta directa a la ciudadanía, y posiblemente limita la capacidad de protección de derechos humanos que misionalmente tiene la entidad», agregó el mismo sindicato de defensores de la institución.

Con este nombramiento espurio de la profesional en Negocios y especializaciones en hotelería y Turismo, trasgrede literalmente la Misión y la Visión de la misma Defensoría del Pueblo:

Misión

La Defensoría del Pueblo es la institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior, en el marco del Estado Social de Derecho democrático, participativo y pluralista, mediante las siguientes acciones integradas:

• Promover, ejercer y divulgar los derechos humanos.

• Proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones.

• Fomentar la observancia del derecho internacional humanitario.

Visión

La Defensoría del Pueblo al año 2020 será reconocida por su incidencia en la construcción de paz, la promoción de los derechos humanos, la optimización de su gestión y la actuación institucional fundada en el respeto de la dignidad humana y el concepto de integralidad de los derechos humanos, especialmente en los territorios más vulnerables.

Pregunta ¿qué tiene que ver este perfil profesional ya mencionado con la Misión y Visión, de la única entidad garante de los derechos Humanos para el pueblo?.

Pregunta ¿Señor Defensor del Pueblo usted se dejaría hacer una cirugía estética, de un profesional en Electricidad y Electrónica? Como decimos aquí en Colombia ¡zapatero a su zapato¡.

Este nombramiento va en contraía de la Ética y Moral Administrativa, violando el principio de idoneidad (Como idoneidad denominamos la cualidad de idóneo. Como tal, se refiere a la aptitud, buena disposición o capacidad que algo o alguien tiene para un fin determinado. En este caso se necesita un profesional idóneo en el Derecho, y Derechos Humanos, Humanista; no un profesional de Negocios y Hotelería y Turismo).

A la luz y al amparo del Estado Social de Derecho dicha profesión va en contravía de la misma Naciones Unidas: » En la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 1998, las Naciones Unidas no solo reconocieron su legitimidad al considerar la defensa de los derechos humanos como un derecho en sí mismo, sino también el papel decisivo que desempeñan y la necesidad de garantizar su protección» . En este caso la nueva Defensora del Pueblo no es prenda de garantía para la protección de los Derechos Humanos por su desconocimiento en dicha área.

Señor defensor del Pueblo en aras de una verdadera reconciliación y la Paz con Justicia social, pedimos respeto por la única institución que da un mínimo de garantías de Derechos Humanos. En un acto de sensatez y honradez, le solicitamos formalmente replantear dicho nombramiento que este a la altura de la misma Defensoría del pueblo.

C.C: Defensor del Pueblo Carlos Negret Mosquera- Procuraduría Regional Quindío – Carlos Eduardo Osorio Buriticà, Gobernador del Quindìo- Luisa Fernanda León Defensora del Pueblo Regional, Quindio- Medios de Comunicación – Diócesis de Armenia – Comisión Interamericana de Derechos Humanos – O.N.G,S de Derechos Humanos Nacionales , e Internacionales. Naciones Unidas Sede Colombia- Organización de Estados Americanos O.EA. Facultades de Derecho del Quindìo.

¡¡Fuera el clientelismo politquero del Defensora del Pueblo¡¡

Organizaciones firmantes:

Redepaz, Quindio- Comité Permanente de Derechos Humanos Eje Cafetero – Asociación de Derechos Humanos Demetrio Prieto – Asociación Agroecológica GUARANI – Mesa Departamental de Victimas – Movimiento Ambiental, Social Marcha Carnaval – Fundación Autos – Comunidad L.G.T.B I, Quindío – Colectivos de Mujeres Rosa de Los Vientos – Unión Patriótica Quindío victima Genocidio – Colectivo Ambiental Pava-