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Reflexiones sobre el otro ‘Sí’ a la jurisdicción especial para la paz

Fuentes: Equipo Jurídico Pueblos

– Parte I –  Se anunció el nuevo acuerdo de paz entre el gobierno de Santos y las FARC-EP con la incorporación de las propuestas de algunos sectores que promovieron el No plebicitario. El 15 de febrero de este año, el Equipo Jurídico Pueblos, junto a otras organizaciones, publicó un documento de análisis titulado «Ambiguo […]

– Parte I – 

Se anunció el nuevo acuerdo de paz entre el gobierno de Santos y las FARC-EP con la incorporación de las propuestas de algunos sectores que promovieron el No plebicitario. El 15 de febrero de este año, el Equipo Jurídico Pueblos, junto a otras organizaciones, publicó un documento de análisis titulado «Ambiguo y decepcionante acuerdo: Itinerario para la impunidad de los crímenes de Estado» (http://derechodelpueblo.blogspot.com.co/2016/02/ambiguo-y-decepcionante-acuerdo.html), en el que además de celebrar los acuerdos alcanzados entre las Farc y el Gobierno, asumimos que era «una obligación política y moral realizar observaciones críticas sobre aquellas materias que consideramos pudieran tener graves consecuencias para los derechos humanos y de los pueblos». La reacción, desde distintos sectores incluso de izquierda, fue la estigmatización y la condena. Unos pocos, en voz baja, respaldaron nuestras reflexiones; pero en general, la defensa mayoritaria al Acuerdo, se reduce a plantear que en cualquier proceso de «paz» debe haber intercambio de impunidades.

El anuncio reciente del presidente Santos en el sentido que «…se protocolizó que en cualquier circunstancia los miembros de nuestras Fuerzas Armadas no quedarán en condiciones inferiores en materia de la aplicación de la justicia transicional, comparado con lo que se les va a dar a los miembros de la guerrilla», complementadas con las manifestaciones de su ministro de defensa Luis Carlos Villegas cuando indica que «en el caso de los miembros de la Fuerza Pública, se aplica la renuncia a la acción penal, con la que buscamos que nuestros hombres puedan estar rápidamente gozando de la libertad», sumado al estudio de las modificaciones incorporadas al Acuerdo, nos lleva a reafirmar nuestras conclusiones.

Insistimos en que es un mal inicio para la construcción de verdad y memoria histórica, partir de asimilar la Rebelión con la criminalidad del Estado o efectuar distinciones que asumen la justicia para las víctimas como una afrenta a los «héroes de la patria». Posturas éstas que han sido insistentemente defendidas por Álvaro Uribe Vélez y ACORE y reafirmadas por Juan Manuel Santos al defender nuevas fórmulas de impunidad frente a los miembros de las Fuerzas Armadas, lo que en suma significa que seguimos en el país de las manzanas podridas, que cobraron al menos cinco mil víctimas de ejecuciones extrajudiciales, 45 mil desaparecidos, más de 6.18 millones desplazados y despojados de sus tierras, sindicalistas y defensores de derechos humanos asesinados o exiliados.

Tras estos falsos presupuestos, que adquirirán el carácter de presunciones de ley («Por lo anterior, sus agentes, en particular los miembros de la Fuerza Pública, ostentan el ejercicio legítimo de la fuerza y sus acciones se presumen legales»), se desvanecen las esperanzas de las víctimas de crímenes de Estado por alcanzar, verdad y justicia y se esfuman las garantías de no repetición. En primer lugar, porque no puede ser transformado lo que no se conoce; si no se desnuda y escudriña la realidad ésta se repite, máxime cuando el modelo económico sobre el cual se sustenta y fundamenta el Estado actual, no se ha puesto en juego.

En segundo lugar, porque las fórmulas jurídicas propuestas, que no son otras que fórmulas de auto-amnistía, constituyen un grave revés para quienes de manera constante, en medio de un camino tortuoso y revictimizante, han logrado arañar unas cuantas sentencias condenatorias, en su mayoría, contra el escalafón más bajo de quienes ejecutaron políticas criminales diseñadas y trazadas desde altas instancias del poder. Finalmente, no deja de ser preocupante que mientras las clases dominantes se ocupan de «bestializar» las acciones a las fuerzas rebeldes agrupadas en las FARC-EP y aún a pesar de los actos de perdón público a las víctimas, que ha realizado esta organización insurgente en los últimos meses, no se observa asomo alguno de contrición estatal por los crímenes sistemáticos y generalizados que tienen en su haber y en el Acuerdo mismo se reafirma la legalidad y legitimidad de éstos.

En esta columna queremos enfatizar en que el problema no es en principio jurídico, la cuestión de fondo es que de entrada se desconozca la naturaleza del conflicto que se ha desarrollado en Colombia por más de siete décadas y partiendo de allí, se insista en ocultar el carácter asesino de la democracia vigente, con las graves consecuencias que esto impone para el futuro del país. Evidentemente el derecho, se ofrece como una respuesta o forma de regulación de conflictos sociales y nunca ha estado desligado de los intereses de las clase en el poder.

Entendemos que en ésta, como en cualquier «negociación», existen tensiones que finalmente se concilian en un Acuerdo final. Sin embargo, los pactos entre dos actores, sólo pueden versar sobre aquellos aspectos que están legitimados para transar, por lo tanto, a las partes en la mesa de La Habana, no les estaba dado efectuar estipulaciones que afectara a las víctimas de crímenes de Estado, sin que éstas formaran parte de la misma.

Y no puede plantearse que están en similar condición quienes han sido impactados por la violencia insurgente. Primero, porque la administración de «justicia» en Colombia, ha perseguido con suma diligencia e incluso exceso, a los rebeldes (afectando de paso miles de inocentes que fueron encarcelados), mientras que los crímenes de Estado en su gran mayoría permanecen en la impunidad, habiendo sido sus víctimas o familiares perseguidos y revictimizados. Segundo, porque el crimen de Estado por su naturaleza tiene una dimensión que afecta profundamente el conjunto de la sociedad, a la humanidad, por tanto, legitimar por vía de Acuerdo el negacionismo, es cuando menos triste.

Tercero, porque las FARC-EP asumieron la decisión política de deponer las armas y cambiar su forma de lucha y han dado las más férreas muestras de su determinación (desde la ejecución extrajudicial del comandante Alfonso Cano, hasta el asesinato, en los últimos días de dos de sus militantes); sin embargo no promete lo mismo el Establecimiento, del que pocos actos de arrepentimiento hemos visto y menos aún, compromisos de transformación radical de las condiciones que han dado lugar al conflicto en Colombia, por lo que cabe preguntarse: ¿Transición hacia dónde?

Dos aspectos más para la reflexión queremos abordar en este espacio y empezamos por expresar nuestras serias dudas sobre la capacidad real que tienen las víctimas del Estado, la sociedad, para confrontar el grado de verdad que ofrecerán quienes pretenden acceder a penas alternativas, peor aún, a la suspensión de la pena o renuncia a la persecución penal.

El alto grado de impunidad y el ocultamiento, destrucción o tergiversación de las evidencias, sobre todo de las políticas que dieron lugar a graves crímenes que constituyen violaciones a los derechos humanos, ha sido la constante. A pesar de los grandes esfuerzos de las víctimas y organizaciones de derechos humanos, por demostrar la autoría de los más altos responsables y la sistematicidad de estos crímenes contra la humanidad, los avances han sido escasos, fundamentalmente porque las pruebas se encuentran en poder de éstos (lo más responsables) y porque quienes hasta el momento han logrado ser llevados a los tribunales o han decidido narrar su verdad ante los mismos, o no alcanzan a tener el conocimiento sobre la dimensión real de lo acontecido (en razón a su rango) o no tiene en su poder los medios para demostrar su dicho: la prueba reina es casi imposible de lograr («Cuando un testigo declare contra alguna persona por conductas de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz a cambio de obtener beneficios procesales o punitivos de cualquier naturaleza, el valor probatorio de su testimonio estará supeditado a que el contenido del mismo sea corroborado por otros medios de prueba» – 5.1.2. numeral 14).

Así pues, nada garantiza que la sumatoria de reconocimientos individuales de parte de agentes estatales permita la construcción de la verdad histórica. Menos aún que los más altos responsables – distintos a los presidentes de turno – acudan voluntariamente a la Jurisdicción especial, en tanto más incentivo encuentran en la justicia ordinaria (encargada de mantenerlos siempre lejos de la condena), que en una pena alternativa.

El segundo aspecto enunciado, tiene que ver con el reconocido carácter restaurativo de las penas que tiene la Justicia Especial para la Paz. No somos defensores de la sanción retributiva, esto es, que no consideramos que la Justicia se alcance, per se, con el sometimiento de los criminales de Estado a altas penas de prisión. Sin embargo, creemos que hablar de Justicia restaurativa, es hablar de las garantías de participación real de las víctimas, que como se sabe, han estado excluidas de los debates que dieron lugar a los acuerdos. Más aún, aceptar que sea el Estado quien defina las penas que serán aplicadas a sus agentes, es sinónimo de permitir que el victimario se imponga su propia sanción (Las sanciones propias del sistema aplicables a los agentes del Estado, serán decididas por el Estado, respetando lo ya establecido en la JEP respecto a las sanciones propias, alternativas y ordinarias – 5.1.2. numeral 60).

A lo anterior queremos agregar, la importancia que tiene en este momento (pese a que en los nuevos acuerdos se define – 5.1.2. numeral 9), acotar cuáles son los delitos cometidos con ocasión o en relación con el conflicto armado. No todo lo ocurrido en este país es producto del mismo. Más allá de las implicaciones jurídicas que ello tiene, esta reflexión hace parte de comprender nuestra historia.

Finalizamos esta columna de opinión, señalando que nuestros planteamientos sólo tienen un objetivo: Hacer un llamado a las víctimas de crímenes de Estado y a la sociedad en general, a estudiar y plantear con sumo cuidado, las estrategias y propuestas que contribuyan a abrir caminos de Justicia desde los pueblos, que vayan más allá de los tribunales, más allá de las argucias estatales que burlan la memoria social.

Fuente: http://derechodelpueblo.blogspot.com.tr/2016/11/reflexiones-sobre-el-otro-si-la.html