El pasado 27 de noviembre del 2018 se llevó a cabo en la Jurisdicción Especial Para la Paz la audiencia de supervisión de las libertades de los agentes de Policía Nacional que actuaron a través de la Red del Blanco Antisubversivo de la DIJIN para cometer una horrenda masacre que ha sido conocida en los […]
El pasado 27 de noviembre del 2018 se llevó a cabo en la Jurisdicción Especial Para la Paz la audiencia de supervisión de las libertades de los agentes de Policía Nacional que actuaron a través de la Red del Blanco Antisubversivo de la DIJIN para cometer una horrenda masacre que ha sido conocida en los estrados judiciales como «la Masacre de Mondoñedo», ocurrida en septiembre de 1996, donde murieron, Vladimir Zambrano Pinzón, Jenner Alfonso Mora, Federico Quezada, Juan Carlos Palacios, Arquímedes Moreno y Martín Alonso Valdivieso, secuestrados, brutalmente torturados, con tiro de gracia en la cabeza, desmembrados y quemados sus restos humanos sobre llantas para que «nos los reconociera ni su madre», como lo dijeron los mismos policiales.
La audiencia tenía como objetivo escuchar a los comparecientes Filemón Fabara Zuñiga, Carlos Niño Flórez, Hernando Villalba Tovar, Pablo Salazar Piñeros, Milton Marino Mora Polanco, y uno de los máximos responsables de estos graves delitos de lesa humanidad el sentenciado Héctor Edisson Castro Corredor; todos ellos con Libertad Transitoria, condicionada y anticipada.
La gran sorpresa y preocupación para las víctimas, los abogados y hasta los siete magistrados que presidieron la audiencia, es que los comparecientes no presentaron un compromiso concreto, programado y claro para dar cumplimiento al SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición) y por lo tanto se tuvo que suspender la audiencia por un término de diez minutos, para que los comparecientes y sus abogados reelaboraran y presentaran propuestas que garanticen su sometimiento al sistema y a la JEP.
Reanudada la audiencia y escuchado nuevamente a los comparecientes no salimos nuevamente del asombro, de la forma en que presentaron su poco compromiso con las propuestas y su voluntad de continuar en la JEP. Y que podían perder por estar razones sus beneficios y ser expulsados de la JEP si no cumplen con presentar propuestas que realmente reparen a las víctimas y que manifiesten su compromiso de decir la verdad plena, la reparación integral y la no repetición.
La forma como los comparecientes manejaron el lenguaje no se compadece con la brutalidad en que cometieron esta horrenda masacre y en ese sentido también se les exigió que deben ajustarse a un lenguaje como es el de delitos de lesa humanidad.
La representante del Ministerio Público, fue enfática en manifestar que ni los mismos abogados de los comparecientes entendían y manejaban la naturaleza de la audiencia, sus propuestas no llenaban en nada las expectativas de las víctimas, ni entendían la ruta procesal correspondiente y tal vez, como se dijo en La Habana, Cuba , aquí no se viene a intercambiar impunidades.
Por su parte, los abogados de las víctimas expresaron también con mucha preocupación que los intervinientes han cometido un delito de lesa humanidad imperdonable y presentaron una lluvia de propuestas que sí apuntan para que los comparecientes cumplan con el sistema o de lo contrario sean expulsados y paguen sus condenas que le estableció la justicia ordinaria. Le advirtieron a los comparecientes que la Corte Penal Internacional – CPI, en el contexto de análisis de admisibilidad en el caso de la Masacre de Mondoñedo estará en comunicación con las autoridades colombianas a efectos de recibir información acerca de todas la actuaciones en la Jurisdicción Especial Para la Paz; dicha advertencia hoy podemos decir que se empieza a materializar en el informe que la CPI sobre un examen preliminar expedido el 5 de diciembre de 2018 sobre Colombia.
Finalmente, intervinieron los Honorables Magistrados de la sala de Definiciones de Situaciones Jurídicas y fueron unísonos también en manifestar que los comparecientes, todos debe rehacer sus propuestas, deben aportar elementos probatorios que aporten y que dignifiquen las víctimas , tal como lo han establecido algunos autos de la sección de apelación de la JEP, pero fue el magistrado Pedro Elias Diaz Romero que en una intervención magistral, prácticamente regañó a los comparecientes y los conminó a que cumplan con el sistema y la JEP o perderán sus beneficios que no son derechos o serán expulsados finalmente de la JEP. Se concluyó entonces que en un término de 20 días deberán presentar propuestas que se ajusten al régimen de condicionalidad para que puedan permanecer en el sistema.
Fuente original: https://prensarural.org/spip/spip.php?article23770