En un sorpresivo y unánime fallo, la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia decidió anular ayer miércoles el falló del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, que el pasado mes de noviembre había absuelto a 8 miembros de la Coordinadora Arauco-Malleco del delito de «asociación ilícita terrorista». Según el máximo tribunal, la […]
En un sorpresivo y unánime fallo, la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia decidió anular ayer miércoles el falló del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, que el pasado mes de noviembre había absuelto a 8 miembros de la Coordinadora Arauco-Malleco del delito de «asociación ilícita terrorista». Según el máximo tribunal, la no valoración de todas las pruebas inculpatorias presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público, entre ellas los polémicos testigos sin rostro, ameritaría la realización de un nuevo juicio oral en contra de los dirigentes mapuches, varios de los cuales permanecen encarcelados. Juan Agustín Figueroa, ex ministro de Estado y uno de los querellantes en la causa, estuvo presente en los alegatos, lo que fue criticado por la defensa de los mapuches
En horas de la mañana de miércoles, en un fallo unánime la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia resolvió anular el fallo del Tribunal Oral de Temuco que absolvió en noviembre de 2004 a 8 mapuches, acusados de «asociación ilícita terrorista» en un juicio seguido contra la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM). La decisión fue leída en audiencia pública por el ministro Alberto Chaigneau y los abogados René Abeliuk y Fernando Castro. También resolvieron los ministros Domingo Kokisch y Jaime Rodríguez Espoz. Juan Agustín Figueroa, ex ministro de estado y uno de los querellantes, estuvo presente en los alegatos.
Juicio histórico
El juicio, calificado como histórico por su trascendencia en la zona de conflicto mapuche, culminó el pasado 4 de noviembre con un fallo de primera instancia que absolvió a los ocho imputados y fue conocido por la Segunda Sala del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco, que estimó que en el proceso no pudo acreditarse el delito de asociación ilícita terrorista.
Después de una investigación de dos años, el Ministerio Público acusó a los absueltos en primera instancia de participar de una agrupación de «carácter terrorista», responsable de una serie de hechos ocurridos entre enero de 2001 y noviembre de 2002, en las comunas de Vilcún, Ercilla, Collipulli, Traiguén, Galvarino y Temuco, entre los que figuran incendios a seis casas patronales y bosques de diez fundos, además de desórdenes y daños a la propiedad pública y privada. En un principio, los imputados por este caso sumaban 18, pero debido a que dos de ellos nunca fueron ubicados por las policías, esta cifra se redujo a 16.
Tras el fallo de noviembre pasado que absolvió a los dirigentes, el Ministerio Público recurrió de nulidad ante la Corte Suprema de Santiago, por cuanto, consideró que tal sentencia absolutoria no guardaba relación con la abundante prueba rendida, la cual no fue debidamente valorada por los jueces Oscar Viñuelas, Leopoldo Vera y Luis Torres. Del mismo modo se incorporaron en dicho fallo elementos extrajuridicos en la valoración de la prueba lo que no corresponde a lo establecido en la ley, declaró el máximo tribunal.
Ayer, la Corte Suprema decidió anular el fallo inicial y ordenar repetir el juicio. De esta forma, deberá ahora fijarse una nueva fecha para la realización del juicio oral, el que deberá ser conocido por jueces no inhabilitados. Cabe recordar que el juicio se inició el 8 de octubre del año 2004 y tuvo una duración cuatro semanas y media. El Ministerio Público acusó a 18 personas por «asociación ilícita terrorista» compareciendo al juicio solo ocho de los acusados:
PATRICIA TRONCOSO ROBLES, quien ya cumple una condena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por el delito de incendio terrorista del fundo Poluco Pidenco de Ercilla, acusada en esta causa como líder operativa de la asociación;
PASCUAL PICHUN y ANICETO NORIN, quienes fueron condenados el año 2003 por amenazas terroristas en contra de los propietarios de los fundos Nancahue y San Gregorio, comuna de Traiguén a una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo;
JOSE FRANCISCO LLANCA AILLA, condenado por ataque con arma de fuego a los propietarios del fundo Ginebra de Ercilla en el año 2001, en que dos personas padre e hijo resultaron gravemente heridos además de robo con fuerza en el mismo predio;
JORGE HUAIQUIN ANTINAO, MAURICIO CONTRERAS QUEZADA, OSCAR HIGUERAS QUEZADA, MARCELO QUINTRILEO CONTRERAS, quienes fueron acusados como miembros operativos de la asociación ilícita. Tambien se encuentran acusados y profugos José Huenchunao Mariñan, quien se encuentra condenado a diez años y un día por el delito de incendio terrorista, y José Llanquileo Antileo, Hector Llaitul Carillanca, entre otros.
Defensa lamenta decisión
Como era de esperar, el Ministerio Público, representado por el fiscal de la zona sur de Santiago, Alejandro Peña, manifestó al finalizar la lectura del fallo su plena conformidad con el dictamen, afirmando que los antecedentes que existen en esta investigación judicial acreditarían que los acusados incurrieron en el delito de «asociación ilícita de carácter terrorista» (Ley 18.314 del régimen militar).
Según explicó el fiscal Alejandro Peña, de las 18 personas acusadas, sólo ocho fueron presentadas en el juicio, el resto se declaró en clandestinidad y pesa sobre ellas órdenes de detención permanente. «El resto fueron declaradas rebeldes y tendrá que hacerse un nuevo juicio para determinar la responsabilidad criminal de estos sujetos en el nuevo juicio por los tribunales habilitados», señaló Peña.
En tanto, el representante de la Defensoría Penal Pública, Andrés Reiutort, expresó en Santiago su preocupación respecto de que la Corte Suprema haya vertido opiniones sobre las pruebas que obran en el proceso, lo cual -a su parecer- puede significar una condena anticipada hacia los dirigentes mapuches involucrados en el caso.
El Defensor Regional (S) de La Araucanía, José Martínez Ríos, calificó como una situación de «congoja y asombro» el fallo de los supremos, además de «claramente adverso» para las pretensiones de la defensa de los imputados. Sin embargo y pese a lamentar la decisión del Máximo Tribunal, señaló que el escenario generado se convierte en un nuevo desafío para la Defensoría. «Estamos preparados para enfrentar el nuevo escenario que se abre y se genera con este fallo que es obviamente adverso para la pretensión de nuestros imputados», sentenció.
Al ser consultado sobre la percepción que existe en la Defensoría respecto a esta decisión, dijo que, «como defensores, ciertamente es de congojo, en cuanto a las impresiones que son vertidas en este fallo, toda vez que principios básicos del nuevo sistema de enjuiciamiento se ponen en entredicho a través de los considerándoos que se expresan en él».
Martinez afirmó que a pesar del revés que significa el fallo, «tengo plena confianza en los jueces que van a conocer de este nuevo juicio, que cuando conozcan la acusación y el contenido de la prueba, con la misma evidencia y con el mismo marco que impone el marco de apertura del juicio oral, debería llegar necesariamente a la misma conclusión de absolución para los imputados».
Finalmente, Martinez criticó la presencia del abogado y ex ministro, Juan Agustín Figueroa, en los alegatos, presencia que podría interpretarse como una presión indebida sobre los magistrados encargados de ver el recurso de nulidad, en atención a su calidad de ex ministro de Estado, influyente abogado y miembro del Tribunal Constitucional de la República.
Derecha celebra
Conocida la noticia del falló de la Corte Suprema, los primeros en sacar cuentas alegres fueron los personeros de la derecha empresarial, acérrimos defensores en la IX región de los intereses de los principales latifundistas y empresarios forestales hoy en conflicto con comunidades mapuche que reivindican la tenencia ancestral de las tierras.
Como «una muy buena noticia para la región», calificó el Senador Alberto Espina (RN), el que la Corte Suprema halla resuelto anular el fallo absolutorio. Para el parlamentario esta resolución del Tribunal es de suma importancia, «porque anuló un fallo que en definitiva absolvió a personas que estaban imputadas por delitos gravísimos, como asociación ilícita terrorista, que en la araucanía han causado violencia y pobreza, y porque detrás de cada acto terrorista, se alejan las posibilidades de inversión privadas a la región», señaló.
Ante el nuevo escenario judicial, Espina dijo que espera que en el nuevo juicio penal «se rehaga justicia, se proteja a las víctimas de los actos terroristas y se sancione a quienes son responsables, porque a través de este tipo de decisiones judiciales, que por una parte se absuelve a los imputados, se anula el fallo, y por otro lado se rehace un nuevo juicio, significa en la práctica, que muchas de éstas personas, pasan a ser prófugas de la justicia, como de hecho ya ha ocurrido en muchos casos, dificultando que se administre justicia adecuadamente», argumentó Espina.
Finalmente el parlamentario señaló que esta es una muy buena señal que envia la Corte Suprema, en que «los actos de violencia, provenga de quien provenga, y los actos de terrorismo sea quien los cometa, deberán ser drásticamente sancionados, por ser este un requisito básico para que exista seguridad jurídica y paz social en nuestra región, que es fundamental, para que nosotros tengamos progreso», indicó.