A pesar de las numerosas pruebas sobre la grave vulneración de derechos fundamentales de la población reclusa en el establecimiento de alta seguridad de Valledupar, el Tribunal administrativo del Cesar, con ponencia del magistrado José Antonio Aponte Olivella del 13 de julio de 2011, negó la acción de tutela interpuesta por los reclusos solicitando el cierre […]
A pesar de las numerosas pruebas sobre la grave vulneración de derechos fundamentales de la población reclusa en el establecimiento de alta seguridad de Valledupar, el Tribunal administrativo del Cesar, con ponencia del magistrado José Antonio Aponte Olivella del 13 de julio de 2011, negó la acción de tutela interpuesta por los reclusos solicitando el cierre del establecimiento.
La acción fue presentada por 560 personas privadas de libertad en dicho centro carcelario, buscando el amparo de sus derechos fundamentales a la vida, la integridad personal, a no recibir tortura ni tratos crueles, inhumanos y degradantes, a un ambiente sano, a la familia y a la protesta. La vulneración a estos derechos ha venido siendo constatada, por la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -FCSPP-, en diferentes visitas de verificación realizadas con los órganos de control y distintas autoridades del orden nacional y local. El representante Iván Cepeda en misión oficial de la Cámara de Representantes, ante la crítica situación vivida en el centro de reclusión, comparó a Valledupar con las «profundidades del infierno».
La FCSPP y el Colectivo José Alvear Restrepo, coadyuvaron la acción de tutela por considerar que la vulneración de los derechos de la población reclusa es evidente y se encuentra suficientemente documentada.
Sin embargo el Tribunal Administrativo del Cesar, desconociendo el material probatorio recaudado, resuelve no amparar los derechos fundamentales vulnerados por los accionantes, argumentando que si bien reconoce que existen fallas en el suministro del agua (que no llega a las celdas), esta no es absoluta porque se suministra a los internos por 15 minutos, dos veces al día; que las quejas por maltrato «solo se constituye en suposiciones y afirmaciones de los reclusos»; y que las fallas en el servicio de salud, no se pudieron evidenciar por cuanto, al momento de la visita el área de sanidad se encontraba debidamente demarcada y en condiciones adecuadas. Como se informó estas conclusiones están en total contradicción con las declaraciones recibidas en el proceso, tanto de los reclusos como del Dr. HOSMAN HERNANDEZ funcionario de la Procuraduría Regional, así como los diferentes informes aportados que dan cuenta de la crisis humanitaria que vive el penal.
Por lo anterior, la FCSPP en calidad de coadyuvante apeló la decisión del Tribunal Administrativo del Cesar, en espera que el Consejo de Estado, ampare los derechos de los reclusos del establecimiento de alta seguridad de Valledupar.
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