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Nacionalización del cobre en 1971

Un juego de influencia trasandino

Fuentes: Revista Debate

La nacionalización del cobre durante el gobierno socialista de Salvador Allende (1970-1973) fue una de las medidas más trascendentales de la historia económica de Chile. Mediante una reforma constitucional, aprobada por unanimidad en julio de 1971, el cobre pasó a ser propiedad estatal. Esa reforma chilena fue prácticamente igual al artículo 40 de la Constitución […]

La nacionalización del cobre durante el gobierno socialista de Salvador Allende (1970-1973) fue una de las medidas más trascendentales de la historia económica de Chile. Mediante una reforma constitucional, aprobada por unanimidad en julio de 1971, el cobre pasó a ser propiedad estatal. Esa reforma chilena fue prácticamente igual al artículo 40 de la Constitución argentina de 1949, que había sido sancionada años antes, durante el gobierno de Juan Domingo Perón (1946-1955). Poco se ha dicho al respecto, pero la lectura de los textos demuestra una influencia innegable. Inclusive, el propio Arturo Sampay, redactor del proyecto constitucional de 1949, lo dice en su libro Constitución y Pueblo, editado en el año 1973, y su visita a Chile durante los años sesenta y setenta también parecería confirmarlo.

El repaso histórico

El 27 de agosto de 1948, a tono con el proceso de transformaciones que había llevado a cabo el peronismo, se promulgó la Ley Nacional 13.233, que proponía la revisión de la Constitución de 1853 y convocaba a elecciones para una Constituyente. Del lado de la oposición, las posturas estuvieron encontradas: hubo fuerzas políticas que optaron por no presentarse a las elecciones y otras que sí lo hicieron, pero no alcanzaron los votos para integrar la Constituyente, que estuvo compuesta por una mayoría peronista y una minoría del radicalismo.

Las reuniones se realizaron entre enero y marzo de 1949 y hubo grandes discusiones, incluso dentro del peronismo. El 16 de marzo se aprobó el nuevo texto constitucional, aunque para ese entonces el radicalismo ya se había retirado de los debates. La Constitución mantuvo la forma representativa, republicana y federal y la clásica división de poderes que venía de 1853. Amplió derechos sociales y políticos, incorporando el voto directo para presidente y vicepresidente e incluyendo a los habitantes de los territorios nacionales.

Definió un Estado con mayor presencia en la economía y la función social de la propiedad. Esta última quedaba sometida a lo que estableciera la ley con fines de bien común. Incumbía al Estado fiscalizar la distribución y la utilización del campo. Las riquezas debían estar en manos estatales y su explotación tenía por fin el bienestar del pueblo «dentro de un orden económico conforme a los principios de justicia social».

El emblemático artículo 40 definió que «los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón, de gas y las demás fuentes de energía (…) son propiedad imprescindible e inalienable de la Nación». El punto más sobresaliente de este artículo fue el que pautó los mecanismos para la deducción del monto a indemnizar a las empresas extranjeras: «El precio por la expropiación de empresas concesionarias de servicios públicos será el del costo de origen de los bienes afectados a la explotación menos las sumas que hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión, y los excedentes sobre una ganancia razonable, que serán considerados también como reintegración del capital invertido».

Vayamos a Chile. La nacionalización del cobre en 1971 se hizo mediante una reforma constitucional, que tuvo al jurista Eduardo Novoa Monreal como uno de los principales artífices. Como la UP no tenía mayoría en el Congreso, hubo que hacer grandes esfuerzos para alcanzar el apoyo parlamentario. Se realizaron varias reuniones en las que se convocaron especialistas, muchos de los cuales defendían a las compañías extranjeras probando un hecho conocido: las empresas tenían sus propios operadores locales. Luego de largos y encendidos debates, la Democracia Cristiana decidió apoyar la reforma. Y la derecha, acorralada por esta situación, también acompañó, evitando pasar a la historia como los únicos defensores de las compañías extranjeras. Por unanimidad, en julio de 1971, se aprobó la Ley Nº 17.450 que pautó la nacionalización.

Con la reforma constitucional, el Estado pasaba a tener «dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón y demás sustancias fósiles». Pero el punto clave de esa reforma fue el mecanismo de deducción del monto a indemnizar, que tenía grandes similitudes con el artículo 40 de la Constitución argentina. La indemnización debía calcularse «sobre la base del costo original de dichos bienes, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolencia», además de «el todo o parte de las rentabilizadas excesivas» que hubieran obtenido las empresas. Allende fijó que más del 12% derivado de ese cálculo constituía ganancias extraordinarias. Por tanto, las principales compañías cupríferas, la Anaconda y la Kennecott, no recibieron ninguna compensación económica. Se creó la Corporación Nacional del Cobre (Codelco), uno de los pilares de la economía chilena desde entonces hasta la actualidad.

Tanto la Constitución chilena como la argentina de 1949 fueron derogadas por sendos golpes de Estado. La dictadura de Pinochet promulgó el Estatuto para la Inversión Extranjera, que abrió camino para la desnacionalización del cobre y, además, pautó que el 10% de las ganancias obtenidas fuera destinado a las Fuerzas Armadas. En la Argentina, la autoproclamada «Revolución Libertadora» derogó la Constitución de 1949, que otorgaba un papel clave a los recursos naturales y al Estado como promotor de una economía conforme a los principios de la justicia social. Mediante una ilegítima Constituyente reunida en 1957, restituyó el texto de 1853, al cual se le incorporó el artículo 14 bis referido a los derechos del trabajador. Hasta aquí, sólo es una anécdota de la historia. Pero es también una invitación a pensar el Estado, la economía y la función social de los recursos nacionales.

*Doctora en Ciencias sociales, docente UBA, Conicet.

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1949

Nueva Constitución argentina Papel clave a los recursos naturales y al Estado

1957

Restitución de la Carga Magna argentina de 1853

1971

Reforma constitucional chilena Nacionalización del cobre

1980

Sanción de una nueva Constitución chilena Gobierno de Augusto Pinochet

 

http://www.revistadebate.com.ar/?p=5717