«Recuerdo que levantó su mirada al cielo, hizo un gesto con las manos, las puso sobre su corazón, movió los labios como si estuviera rezando y dijo ‘Padre, perdónalos’. Yo le disparé la ráfaga y cayó al tiro». El primer procesamiento por el crimen del sacerdote español Joan Alsina fue dictado por el ministro de […]
«Recuerdo que levantó su mirada al cielo, hizo un gesto con las manos, las puso sobre su corazón, movió los labios como si estuviera rezando y dijo ‘Padre, perdónalos’. Yo le disparé la ráfaga y cayó al tiro».
El primer procesamiento por el crimen del sacerdote español Joan Alsina fue dictado por el ministro de fuero Jorge Zepeda Arancibia, quien encausó como autor de homicidio al mayor (R) de Ejército Donato López Almarza y ordenó su arresto. El cura fue detenido el 19 de septiembre de 1973 y ejecutado en el Puente Bulnes, sobre el Mapocho, y su cuerpo arrojado a las aguas. Ocho días después su cadáver apareció río abajo.
El mayor (R) López comandaba un destacamento del Regimiento Yungay de San Felipe que viajó a Santiago para reforzar las acciones militares del golpe militar. Alsina fue detenido por efectivos de ese regimiento en el Hospital San Juan de Dios, donde trabajaba, quienes lo trasladaron hasta el Internado Nacional Barros Arana (INBA) en Quinta Normal. En ese liceo el personal del Yungay tenía su campamento y allí se mantuvo por esos días a un número indeterminado de detenidos.
De acuerdo al auto de procesamiento, el sacerdote, nacido en Gerona, en Cataluña, y que a la fecha de su muerte tenía 31 años, fue golpeado y luego sacado desde el internado la misma noche de su detención para ser ejecutado.
En los expedientes se consigna la declaración del soldado que le disparó: «Al llegar al Puente Bulnes mi capitán frenó (López). Yo me bajé como lo hacía con cada uno de los que fusilaba y saqué a Juan del furgón y fui a vendarle los ojos. Pero Juan me dijo ‘por favor, no me pongas la venda, mátame de frente, porque quiero verte para darte el perdón’. Fue muy rápido. Recuerdo que levantó su mirada al cielo, hizo un gesto con las manos, las puso sobre su corazón, movió los labios como si estuviera rezando y dijo ‘Padre, perdónalos’. Yo le disparé la ráfaga y cayó al tiro. Quería dispararle con la pistola, pero lo hice con la metralleta para que fuera más rápido. El impacto fue tan fuerte que volteó su cuerpo y prácticamente cayó solo al Mapocho, yo tuve que darle un empujoncito no más. Otros a veces caían al piso del puente y había que levantarlos y echarlos al río. Eran las diez de la noche y de este fusilamiento no me voy a olvidar nunca más».
A pesar de que en el caso de Alsina se trata de un ejecutado y no de un detenido desaparecido secuestrado, donde opera la tesis del delito permanente hasta que no aparezca la víctima o su cuerpo, y por tanto los jueces no están aplicando la amnistía porque el delito se sigue cometiendo, el ministro Zepeda tampoco aplicó la amnistía ni consideró el delito prescrito por el paso del tiempo.