El juez paraliza un proceso de embargo por indicios del carácter ‘abusivo’ de un contrato de hipoteca y pide al Constitucional que revise la legislación hipotecaria actual por dejar «desprotegidos» a los usuarios. Dación en pago, una solución posible y necesaria PP y PSOE se escudan en las competencias autonómicas para rechazar la dación en […]
El juez paraliza un proceso de embargo por indicios del carácter ‘abusivo’ de un contrato de hipoteca y pide al Constitucional que revise la legislación hipotecaria actual por dejar «desprotegidos» a los usuarios.
Dación en pago, una solución posible y necesaria
PP y PSOE se escudan en las competencias autonómicas para rechazar la dación en pago
Hace sólo un mes una sentencia obligaba por primera vez a dar por liquidada la deuda de una familia con su banco con la sola entrega de su piso.
La pasada semana se supo que el magistrado Guillem Soler, del juzgado número 2 de Sabadell, elevó una consulta al Tribunal Constitucional sobre la posible inconstitucionalidad de un proceso de embargo contra una familia del municipio. Esta consulta paraliza ‘de facto’ el procedimiento.
El juzgado considera que la Ley que regula los embargos hipotecarios deja «poco margen de defensa» a los usuarios y, por lo tanto, podría vulnerar derechos constitucionales. Según el magistrado de primera instancia del juzgado número 2 de Sabadell, Guillem Soler, «el problema es que la Ley de Enjuiciamiento Civil impide que el juez entre a valorar si una cláusula es nula o no». De lo contrario, según el magistrado en este caso «no se debería haber subastado el piso».
«La consulta es importante porque refleja la frustración de muchos jueces que están llevando este tipo de procesos», ha declarado a DIAGONAL Ada Colau, de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca. «Tal y como está planteada la Ley, el juez no puede entrar a valorar ninguna de las circunstancias relevantes que pueden concurrir en un proceso de embargo, por ejemplo si en el hogar todo el mundo está en paro, o si había cláusulas abusivas en el contrato», detalla.
Por otro lado, la semana pasada se emitió la primera sentencia en Cataluña por la que un juzgado aplica ‘de facto’ la dación en pago, después de que el Juzgado de Primera Instancia Número 44 de Barcelona respaldara a mediados de este mes la doctrina de saldar una hipoteca tras el embargo.
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) está difundiendo un modelo de solicitud de la dación en pago para aquellos hogares que se encuentran en proceso de embargo. La PAH aclara que, si bien estas sentencias no sientan jurisprudencia, sí pueden «dar pie a que más jueces se animen a interpretar la ley en el mismo sentido en que lo hicieron la juez y la audiencia de Navarra».
Fuente: http://www.diagonalperiodico.net/Otra-sentencia-en-Cataluna-da-por.html