Se cansaron las casi 25 mil víctimas de la violencia ubicadas en el departamento del Quindío de reclamar y demandar sus derechos ante las autoridades e instituciones creadas por la Ley 1448 del 2011, dizque para resolver el grave problema humanitario de casi 7 millones de colombianos desplazados por la violencia estatal y paramilitar. Han […]
Se cansaron las casi 25 mil víctimas de la violencia ubicadas en el departamento del Quindío de reclamar y demandar sus derechos ante las autoridades e instituciones creadas por la Ley 1448 del 2011, dizque para resolver el grave problema humanitario de casi 7 millones de colombianos desplazados por la violencia estatal y paramilitar.
Han pasado 5 años de vigencia de tal norma y sus resultados son una verdadera farsa. El proceso de restitución de tierras no funciona; o si, pero para los grandes hacendados y narcotraficantes, que la están utilizando en el Meta y otras regiones como nuevo instrumento de despojo, mediante la compra de los jueces agrarios que han sido nombrados por recomendaciones de los políticos terratenientes.
A los campesinos no les regresan las tierras y son objeto de nuevas violencias ejecutadas por las bandas paramilitares que están muy organizadas en los principales centros urbanos. Son un león en reposo que intimida y amenaza a los más débiles como sucede en el departamento del Quindío, en el que las autoridades militares y de policía se hacen las de la vista gorda.
Con el liderazgo del jurista Cesar Arias y un colectivo de activistas de los derechos humanos, las víctimas han estructurado un Pliego de peticiones con sus exigencias y han proyectado un repertorio de acciones desde el día 16 de junio, en la Plaza de Bolívar de Armenia, para demandar la solución de sus graves problemas.
Dicho pliego de reivindicaciones es el siguiente:
Reconocimiento real y pleno de la condición de víctima del conflicto Colombiano, garantizando la atención, la vivienda y el soporte financiero de los proyectos productivos.
Un buen trato en el Centro de atención a las víctimas, para lo cual se requiere reformar el actual sitio por un espacio más acorde con las necesidades de la atención de las víctimas contemplado en la ley 1448. Atención a las víctimas con enfoque diferencial, teniendo como prioridad las embarazadas, adulto mayor, enfermos, discapacidad.
Oferta y mejoramiento de vivienda ya que no hay convocatorias ni en las Cajas de Compensación Familiar, la alcaldía, la gobernación y las entidades del SNARIV que la integran.
Entrega de bienes incautados a las mafias del narcotráfico, a victimas organizadas, para proyectos, manejados, de forma autónoma, por grupo familiares, como unidades productivas independiente o como personas naturales.
Acceso a la lista efectiva de los bienes incautados que sean susceptibles de ser utilizados por Asociaciones de víctimas o familias desplazadas o población vulnerable, vinculada a proyectos productivos, vivienda.
Los programas del Ministerio de agricultura como COLOMBIA SIEMBRA, deben tener en cuenta a víctimas del conflicto armado, menos favorecidas, como prioritarios, antes que a los grandes empresarios del sector agropecuario.
Facilidad de oferta y acceso al capital semilla que permita poner en funcionamiento proyectos productivos, que las víctimas tienen concebidos para enfrentar la dificulta de acceder a empleos formales del sector productivo.
Acompañamiento en la ejecución de proyectos.
Asignación de recursos para financiar los proyecto en concordancia con los costos reales de los insumos, materiales, equipos y servicios que los proyectos requieren.
Dar fiel cumplimiento a las ayudas humanitarias fijadas por la ley 397 de 1997, en modo tiempo y lugar como lo estipula la le y como lo ordeno la Corte Constitucional
Salud.
Solicitar ante el Ministerio de salud y Protección social y entidades promotoras de salud EPS, IPS y las entidades territoriales, que la población víctima del conflicto armado goce de medidas integrales y de una adecuada y eficaz atención en salud sin ningún costo.
En caso de vínculos laborales por periodos inferiores de un año, exonerar a las víctimas de pago de la afiliación a régimen contributivo.
Atención en salud prioritaria y sin costo a personas en situación de discapacidad o con enfermedades crónicas, huérfanas, catastróficas, congénitas o mentales etc.
Dar a conocer y poner en práctica la ley que apoya a los cuidadores de personas con discapacidad o enfermedades graves.
Educación.
Propiciar los mecanismos, medios y convenios con las diferentes entidades como Sena y universidades estatales y privadas, para que las víctimas del conflicto armado y sus descendientes, tengan un fácil acceso y goce efectivo a la educación técnico, tecnológico, profesional y especialización en diferentes ramas del conocimiento, garantizando que el acceso a estos sea gratuito.
Definición de situación militar.
Ordenar a las unidades militares en relación con la gratuidad de la definición y entrega de documentos y trámites relacionados con la situación militar de las víctimas y sus descendientes, sin tener en cuenta consideraciones de edad.
Difundir ante las unidades militares correspondientes, la información necesaria en relación con el artículo. 140 de la ley 1448, de 2011, que exonera a las víctimas del conflicto, de la prestación del servicio militar obligatorio.
Retornos y ubicaciones.
El proceso de retornos y ubicaciones debe adelantarse respetando y teniendo en cuenta la seguridad, voluntariedad y dignidad de las familias víctimas, garantizando los componentes prioritarios universales que son: salud, tierras, educación, servicios públicos básicos, alimentación, vías y comunicaciones, identificación, reunificación familiar, ingresos y trabajo, orientación ocupacional, organización social, vivienda, atención psicosocial, Capacitar al personal que trabaja en diferentes entidades para para que conozca los componentes prioritarios para retornos y reubicaciones y así garantizar la aplicación eficaz de la Ordenanza que no se está cumpliendo en el departamento.
Buscar mecanismos y medios de comunicación que informen al personal de entidades oficiales, la UAO y a las víctimas en general, de las leyes, ordenanzas y documentos que favorecen el goce efectivo a la reparación integral de las víctimas del conflicto armado.
Comité promotor del pliego
El comité promotor del pliego de peticiones, en nombre de las víctimas asociadas e independientes, presenta a la Gobernación, la Alcaldía de Armenia, a las entidades territoriales, a las organizaciones de la sociedad civil y a la comunidad Quindiana en general, e invita a escuchar nuestras más sentidas necesidades, el día 16 de Junio, a las 10 A.M. en la plaza de Bolívar de Armenia, en que realizaremos un acto público de movilización.
Voceros de las víctimas.
Los voceros de este Movimiento social de las víctimas son:
Nora Elisa Vélez. Coordinadora de la mesa municipal.
Jorge Hernando Niño Aponte. Representante Asopoderq, Montenegro.
Nota. La Asociación de Trabajadores Agrarios del Quindío/Astracaquin, está organizando para finales del mes de julio la Cumbre agraria del departamento del Quindío cuyo objetivo es proyectar la movilización agraria, campesina, indígena y afro, para hacer realidad la Reforma Agraria Integral en el Quindío. Las juntas de Acción Comunal rurales de Génova, Pijao, Córdoba, Calarcá, Quimbaya, Circasia y otros municipios desempeñaran un papel protagónico en esta importante actividad en el marco de la lucha por la paz.
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