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Pronunciamiento de la Mesa de Cambio Climático de El Salvador ante los resultados de la COP-22 de Marrakech sobre cambio climático

Fuentes: Scribd

  La Mesa de Cambio Climático de El Salvador (MCC-SLV), con base en los resultados obtenidos por las recientes reuniones de la Vigésimo segunda Conferencia de las Partes (COP-22) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Convención) celebrada en Marrakech entre el 7 y 18 de noviembre: Acoge con optimismo la […]

 

La Mesa de Cambio Climático de El Salvador (MCC-SLV), con base en los resultados obtenidos por las recientes reuniones de la Vigésimo segunda Conferencia de las Partes (COP-22) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Convención) celebrada en Marrakech entre el 7 y 18 de noviembre:

Acoge con optimismo la temprana entrada en vigor del Acuerdo de París (Acuerdo) el 4 de noviembre de 2016, contándose con la ratificación de 111 países partes de la Convención para la fecha de finalización de la COP-22.

Lamenta que el resultado de la COP-22 y de la «COP en calidad de Primera Reunión de las Partes al Acuerdo de París» (CMA-1) haya sido desafortunadamente la postergación de la negociación hacia la segunda y tercera sesiones de la CMA-1 para la COP-23 (2017) y COP-24 (2018) respectivamente; con el propósito de revisar el avance en la COP-23, y de acelerar el trabajo y adelantar los resultados de la implementación del programa de trabajo adoptado bajo el Acuerdo de París para la COP-24.

Desaprueba el desempeño de las delegaciones de países desarrollados y en desarrollo, que sistemáticamente se dedicaron a dilatar y a promover la postergación de la CMA-1, incluidas aquéllas que sólo podían asistir a la CMA-1 en calidad de observadores. El Estado salvadoreño participó como observador en la CMA-1 al no haber ratificado el Acuerdo oportunamente, a pesar que el gobierno se había comprometido a ser de los primeros países en ratificarlo.

Hace notar con preocupación que las decisiones tomadas por la COP-22 y la CMA-1 son de tipo meramente procedimental y de seguimiento sobre los temas de la agenda de negociaciones de la Convención, incluyendo la aplicación del Acuerdo, como resultado de la dinámica ralentizadora y diversionista impulsada por grupos de delegaciones tanto de países desarrollados como de países en desarrollo; los cuales amparados en la bandera de la participación universal de todas las Partes en virtud de la Convención, lograron frenar avances y resultados sustantivos, en cuanto al logro de la meta global de mitigación y al aumento de la ambición para mejorar e implementar los marcos de política nacionales para la adaptación a nivel nacional y local, los cuales son los temas centrales para la aplicación plena del Acuerdo.

Expresa su rechazo al derroche de capacidades, tiempo y recursos nacionales e internacionales invertidos por los Estados en las negociaciones bajo la Convención, lo cual debería hacerse con el fin de aprovechar y fortalecer el sistema multilateral de las Naciones Unidas para ventilar y resolver los problemas globales de la humanidad, como es el cambio climático. Todo lo cual ha sido desaprovechado durante la COP-22 y la CMA-1, al no haber tomado las decisiones y acciones requeridas y urgentes sobre las directrices, modalidades y procedimientos que: (i) garanticen que las Contribuciones Determinadas a nivel Nacional (NDC) aumenten su ambición y proporcionen información necesaria a los fines de la claridad, transparencia y comprensión; (ii) orienten y sustenten, en el marco del «diálogo de facilitación de 2018», la evaluación del esfuerzo agregado mundial por lograr una máxima concentración de gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera que conduzca a mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 1.5°C en 2100 respecto a la era pre-industrial; y (iii) ayuden a determinar, desde un enfoque «de arriba hacia abajo», las obligaciones relativas y equitativas de todos los países para aumentar su nivel de ambición en mitigación, mediante acciones reales y efectivas con base en el principio de las «responsabilidades comunes pero diferenciadas y capacidades respectivas», y en adaptación, mediante medidas idóneas, legítimas, oportunas, viables y eficaces.

Asume la «Proclamación de acción de Marrackech para nuestro clima y el desarrollo sostenible» como un documento mediático y una mera declaración política de buenas intenciones, que llama a la implementación plena e irreversible del Acuerdo en el momento histórico de su entrada en vigor y la coyuntura especial del proceso electoral de los Estados Unidos de América. No obstante, es un llamado, que no incluye acuerdos de acción sustantiva en la medida que exigiría el ritmo, magnitud y alcance del cambio climático; no hace referencia a propuestas y rutas alternativas para la transformación de los patrones de extracción, producción, circulación, consumo y manejo de los residuos, prevalecientes en las sociedades actuales; y que continúa reafirmando la visión mercantilista y utilitaria que concibe a las tierras y ecosistemas como simples reservorios o sumideros de carbono.

Hace un llamado de alerta, a las sociedades y gobiernos para estar vigilantes ante la iniciativa del «Asocio de Marrackech para la Acción Climática Global» y su plataforma asociada llamada «Zona de Actores No-Estatales para la Acción Climática» (NAZCA), cuyo propósito formal es apoyar la implementación de la acción climática por parte de todos los actores, incluyendo aquellos que no son «partes» de la Convención, y procurar mayor ambición en mitigación, adaptación y medios de implementación; ya que dichas iniciativas podrían convertirse en plataformas paralelas al proceso multilateral oficial, desde las cuales se podría intentar la subordinación, manipulación y debilitamiento del proceso de negociaciones de la Convención, Protocolo de Kioto y el Acuerdo. Ninguna plataforma o espacio plurilateral deberá sustituir la funcionalidad y mandatos de los órganos subsidiarios de la Convención, cuya eficacia se mide por su apego al marco de transparencia, inclusión y derechos, y a las reglas de procedimiento del proceso multilateral, en línea con el objetivo de la Convención y el Acuerdo, principalmente el aumento de la ambición de las NDC de los países; ni aminorar la responsabilidad de los Estados en materia de protección de los derechos humanos frente a los impactos del cambio climático.

Expresa la urgente necesidad de fortalecer los procesos nacionales, regionales y multilaterales, para la realización oportuna de los exámenes técnicos de mitigación y adaptación establecidos en la decisión del Acuerdo (1/CP.21, párrafos 109, 124 y 125) para el período 2016-2020, con el fin de evaluar las oportunidades de adoptar medidas que tengan un alto potencial de mitigación, particularmente las que reporten beneficios secundarios en materia de adaptación, salud y desarrollo sostenible; y determinar las oportunidades concretas para reforzar la resiliencia, reducir las vulnerabilidades y aumentar la comprensión y la aplicación de las medidas de adaptación.

Señala la falta de resultados del diálogo facilitador, que en virtud de la decisión del Acuerdo (1/CP.21, párrafo 115), debió celebrarse en ocasión de la COP-22 para evaluar los avances realizados en torno a la dotación de medios de implementación, como el apoyo en tecnología, financiamiento y fomento de la capacidad, considerando que ello aumentará la ambición en el período anterior a 2020, y lograr así que los esfuerzos de mitigación de todas las Partes en el marco de la Convención y el Protocolo de Kioto sean lo más intensos posibles. Lo anterior , incluye, entre otros, la notificación e implementación de las NAMA en el caso de los países en desarrollo, y las metas cuantificadas de reducción de las emisiones para el conjunto de la economía o los compromisos cuantificados de reducción de emisiones para el segundo período de compromiso del Protocolo de Kioto, en el caso de los países desarrollados según corresponda.

La Mesa de Cambio Climático de El Salvador exhorta al Gobierno salvadoreño, especialmente al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) y la Cancillería de la República, a:

Adoptar un abordaje transparente e incluyente respecto a la participación del Estado salvadoreño en el proceso multilateral de negociación sobre cambio climático bajo la Convención y el Acuerdo, el cual sea sustentado con el mejor conocimiento, sobre la base de los siguientes aspectos: (i) definición y oficialización de la posición que se asumirá como Estado en los diferentes temas de las agendas de negociación; (ii) conformación de equipos de trabajo en apoyo a la delegación oficial, ambos con las capacidades requeridas para analizar y plantear propuestas y posiciones de negociación; (iii) divulgación y consulta de las propuestas de negociación; y (iv) rendición de cuentas al regreso de las negociaciones sobre el desempeño y los logros obtenidos.

Dar seguimiento a la ratificación del Acuerdo realizada por la Asamblea Legislativa el 17 de noviembre de 2016, con miras a su pronta implementación en el ámbito nacional, promoviendo un proceso de sensibilización y divulgación que movilice a la sociedad y gobierno salvadoreños para: aumentar la conciencia sobre las implicaciones socioeconómicas, ambientales y políticas; asumir los compromisos, obligaciones y desafíos, y aprovechar las oportunidades y beneficios para el país, derivados de su ratificación; e identificar las capacidades humanas y recursos materiales y financieros requeridos.

Elaborar la Primera NDC del Estado salvadoreño, cumpliendo los criterios de claridad, comprensibilidad y transparencia, y aumentando el nivel de ambición; la cual deberá ser presentada lo antes posible y a más tardar al momento de depositar el instrumento de ratificación del Acuerdo ante la Secretaría de la Convención; integrando la información básica requerida en materia de mitigación, adaptación y medios de implementación, y superando las falencias de falta de idoneidad, sustentación, viabilidad, y métrica y la doble contabilidad del carbono de la Contribución Prevista Determinada a nivel Nacional (INDC) presentada en 2015, la cual no reúne la calidad ni completitud mínima para constituirse en la línea de referencia para las subsiguientes actualizaciones de las NDC del país.

Cumplir con la diligencia y calidad debidas con los compromisos pendientes adquiridos desde 2010 bajo el Acuerdo de Cancún, de preparar el inventario nacional de GEI de 2010, las NAMA, el Plan Nacional de Adaptación (PNAD) y la Estrategia Nacional de Desarrollo Bajo en niveles de Emisiones, además del primer informe bienal de actualización que debió ser entregado a finales de 2014 y la Tercera Comunicación Nacional de cambio climático. El cumplimiento oportuno de dichas obligaciones proporcionaría el respaldo moral a los Estados, especialmente a El Salvador y a los de la región centroamericana con la finalidad de exigir una mayor ambición en la acción y en el apoyo a otros Estados en el período previo a 2020, en el entorno de las negociaciones de la Convención y del Acuerdo.

Justificar ante la población y la comunidad internacional los compromisos ofrecidos por la ministra del MARN en el discurso de alto nivel de la COP-22 y la CMA-1; respecto a la restauración de «casi la totalidad de nuestras tierras degradadas en el año 2030» y una «reducción de emisiones del 42% al año 2025 respecto al año 2015» en el área de generación energética.

La Mesa de Cambio Climático de El Salvador expresa su compromiso de continuar aportando de manera propositiva al Estado salvadoreño para contribuir a fortalecer el marco de políticas y la acción para enfrentar el cambio climático, y considera la necesidad de   que los procesos de participación sean:

· Con amplia inclusión de los diferentes pueblos, sectores y actores sociales relevantes, incluyendo la Mesa de Cambio Climático de El Salvador y cada uno de sus miembros, en todas las etapas, ámbitos y niveles;

· Fundamentados en el «Principio del Consentimiento Libre, Previo e Informado»,

· Garantes de la incorporación de un enfoque ecocéntrico, la perspectiva de derechos humanos, equidad de género, equidad inter-generacional y conocimiento y experiencia ancestral y local de los diferentes territorios, comunidades y pueblos indígenas; y

· Con la integración de un enfoque de derechos de la naturaleza.

 

Adoptado en San Salvador, El Salvador, el 24 de noviembre de 2016.

Fuente: https://es.scribd.com/document/332236593/Pronunciamiento-de-La-MCC-SLV-Ante-Los-Resultados-de-La-COP-22-CMNUCC-24Nov2016