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Consideradas internacionalmente como instrumentos de tortura

El Gobierno de Canarias autoriza a los policías locales el uso de pistolas eléctricas

Fuentes: Rebelión

Canarias es la única comunidad autónoma que ha autorizado a sus policías locales la utilización de armas de electrochoque. El Ministerio del Interior ha reconocido oficialmente a Amnistía Internacional que, por los riesgos que entraña, el uso de estas armas por la policía se considera inapropiado.

La extensión de las armas de electrochoque entre los agentes encargados de hacer cumplir la ley está contribuyendo de forma directa al aumento de la tortura y los malos tratos. «La electricidad habla todos los idiomas conocidos por el hombre. No es necesaria la traducción. Todos temen la electricidad y tienen razón», afirmó Dennos Kaufman fabricante de armas eléctricas.

El Gobierno de Canarias ha autorizado a los policías locales el uso de armas paralizantes de electrochoque, y son ya varios los municipios canarios cuyos agentes las vienen utilizando. La Academia Canaria de Seguridad, dependiente de ese mismo Gobierno, promociona e incentiva el uso de estas pistolas eléctricas negando sus riesgos y ocultando las denuncias internacionales sobre su utilización abusiva. Ministerio del Interior confirmó oficialmente que «por los riesgos que entraña, el uso de estas armas por agentes encargados de hacer cumplir la ley, no se considera apropiado».

La mayoría de los instrumentos empleados para infligir dolor y sufrimientos extremos no son nuevos. Sin embargo, los torturadores emplean, cada vez mas, armas que incorporan los últimos avances tecnológicos, en especial, armas paralizantes de electrochoque. Para Amnistía Internacional la situación es grave y preocupante ya que las informaciones recibidas indican que la extensión de las armas de electrochoque entre los agentes encargados de hacer cumplir la ley está contribuyendo de forma directa al aumento de la tortura y los malos tratos. Como señala dicha organización en su Informe especial «Armas para los torturadores: Tortura mediante descargas eléctricas y extensión de los aparatos de inmovilización» este tipo de armas resulta especialmente atractivo para los agentes de policías dado su carácter portátil, la facilidad con la que se pueden ocultar, sus efectos paralizantes y dolorosos así como por lo difícil que puede resultar detectar las señales de su aplicación, razón fundamental que explica su rápida proliferación.

Desde 1990, Amnistía Internacional ha documentado estas violaciones en al menos 50 países y en 18 de esos hubo indicios de empleo de armas ligeras de electrochoque en tales violaciones. El avance de la técnica al servicio del dolor y la tortura. Las armas de electrochoque se han aplicado deliberadamente y, a menudo con reiteración, en zonas sensibles del cuerpo de presos o detenidos, como axilas, cuello, cara, pecho, abdomen, interior de las piernas, planta de los pies, interior boca, órganos sexuales, ano, etc. Las consecuencias inmediatas de la tortura mediante descargas eléctricas varían de una persona a otra y dependen de cómo se inflija la tortura, pero siempre causa dolor agudo, pérdida de control muscular, nauseas, convulsiones, desmayos así como defecación y orina involuntarias.

De la variada gama de armas de electrochoque (varas, bastones, pistolas, etc) ha adquirido una especial proyección comercial las pistolas marca «taser» dispositivo que dispara dardos conectados a un cable de varios metros que impacta en el cuerpo o la ropa de la víctima para que desde cierta distancia se inflija una descarga eléctrica de 50.000 voltios. Esta pistola eléctrica ha tenido gran éxito en Estados Unidos y es, precisamente, el tipo de arma autorizada por el Gobierno de Canarias para los policías locales.  

Estados Unidos: «paraíso» de la seguridad

En los años 70 comenzó a introducirse el uso de armas de electrochoque; en la actualidad, las Taser vienen siendo utilizadas en más de 7.000 de los 18.000 organismos policiales en Estados Unidos. En noviembre de 2004, Amnistía Internacional publicó un exhaustivo informe titulado «Estados Unidos: ¿Fuerza excesiva y letal? Motivos de preocupación de Amnistía Internacional por las muertes y los malos tratos relacionados con el uso de armas Taser por parte de la policía», en el mismo se denunciaba el importante incremento de muertes relacionadas con dichas armas; la falta de estudios independientes y rigurosos sobre los efectos que los dispositivos de electrochoque tienen sobre la salud de las personas; el uso de las taser como instrumento habitual de fuerza y no como último recurso sustitutivo de las armas de fuego; así como que su uso excesivo y desproporcionado constituye tortura o trato cruel, inhumano o degradante para las personas.

Uno de los casos de mayor repercusión mediática de uso de estas armas en el contexto de una brutal agresión policial fue la paliza televisada propinada por agentes de la policía de Los Ángeles a Rodney King que precedió a los disturbios ocurridos en esa ciudad en 1992. En el vídeo se veía al sargento intentando evitar que los cables (tras ser disparada el arma e impactar los dardos en el cuerpo de King) se rompieran o enredaran, aparentemente más preocupado por su «juguete» que por controlar los agentes que en ese mismo instante apaleaban brutalmente a King, mientras la descarga infligida por la pistola eléctrica le hacía más vulnerable a los golpes. Precisamente, la Corte del Condado de los Ángeles recomendó al Departamento del Sheriff que sustituyera las pistolas taser, pero dicho Departamento rechazó la recomendación. 

¿Arma «no letal»?

Los fabricantes de estas armas y sus apologistas niegan que se haya producido muerte alguna por causa de su uso y que no provoca efectos secundarios. Que constituye un método no letal que sirve para salvar vidas, pero, paradójicamente no sustituye ni debe sustituir el arma de fuego reglamentaria. La realidad constatada como afirma Susan Le, directora del Programa Regional para América de AI, es que «el aumento del número de muertes de personas que han recibido descargas de armas Taser hace que sea más urgente que nunca la necesidad de una investigación completa, independiente y rigurosa».

Ciertamente, según ha registrado Amnistía Internacional más de 150 personas han muerto en USA tras recibir descargas de armas Taser desde junio de 2001 (sólo en 2005 fueron 61 los fallecidos) y la cifra va en aumento. La mayoría de las víctimas fueron sometidas a descargas múltiples o prolongadas. En la mayoría de los casos, se ha atribuido la muerte a otros factores como «delirio con excitación» asociado con intoxicación de drogas o lucha violenta, pese a ello, en 23 casos referidos los médicos forenses han determinado que el uso de las Taser han sido la causa de la muerte o factor que contribuyó a ella (concausa  o causa concurrente). En 3 de las muertes acaecidas en 2005 el uso del arma Taser fue la causa principal establecida.

El patólogo forense Terence B Allen recoge en un artículo publicado en la Journal of Forensic Sciences la opinión de varios compañeros según la cual «ciertas afecciones, como el consumo de drogas y las enfermedades del corazón pueden incrementar el riesgo de que la pistola taser resulte mortal» añadiendo «parece lógico que un dispositivo capaz de despolarizar el sistema músculo-esquelético pueda también despolarizar los músculos del corazón y causar fibrilación en determinados casos». Por su parte, el Parlamento Europeo ha venido a reconocer el riesgo objetivo que entraña para la vida y la salud de las personas estas armas y la ausencia de estudios médicos rigurosos y consistentes, al solicitar a la Comisión Europea, mediante Resolución de 3 de octubre de 2001, que se «suspendan las transferencias de equipos cuyos efectos médicos no se conozcan plenamente, como las armas de electrochoque de alto voltaje, mientras no se realice una investigación rigurosa e independiente sobre estos efectos»(punto 12).

Primero dispara y luego pregunta: Uso «preventivo»- Uso abusivo de las taser.

Uno de los pocos estudios realizados respecto de los patrones de uso de las «taser», al que tuvo acceso AI, revelaba que entre julio de 1980 y 1985, en el servicio de urgencias de un hospital de Los Ángeles se recibieron 218 pacientes que habían recibido disparo de pistola taser y que en el 76 % de los casos los policías realizaron el disparo por lo que describieron como un «comportamiento raro, pero no necesariamente violento», el 40 % por un comportamiento extraño y extremadamente hostil («con violencia directa») y el 5 % por un comportamiento extraño y descontrolado con «nudismo» (sic). Los datos recabados por AI confirman que la mayoría de las personas fallecidas tras recibir descargas de taser eran hombres desarmados cuyo comportamiento, aunque descontrolado o extraño, no hacía suponer racionalmente una amenaza para la integridad de los agentes, terceras personas o si mismo, en el momento en que recibieron la descarga.  

Las taser como instrumentos de tortura internacionalmente reconocido.

La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en su Resolución sobre tortura u otros tratos o penas inhumanas, crueles o degradantes, adoptada el 25 de abril de 2001 hizo un llamamiento a los Estados para que tomaran medidas apropiadas, incluidas legislativas, para prevenir y prohibir, entre otras cosas, la exportación de materiales diseñados para infligir tortura u otros tratos o penas inhumanas, crueles y degradantes.

Dicha Resolución, en este punto ha sido confirmada por sendas Resoluciones de 16 de abril de 2002, 23 de abril de 2003, 19 de abril de 2004 y 19 de abril de 2005. Del mismo modo, el Relator Especial sobre la cuestión de la tortura, Theo van Boven, aborda en un estudio de 13 de enero de 2003 la situación del comercio y producción de equipo concebido para infligir tortura u otros tratos inhumanos, en dicho estudio se hace referencia expresa a las armas de electrochoque como instrumentos de tortura o para infligir otros tratos inhumanos.

A nivel comunitario, la consideración jurídica de las armas de electrochoque como instrumentos utilizables para aplicar tortura la encontramos en el Reglamento del Consejo nº 1236/2005, de 27 de junio de 2005, sobre comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte, o infligir tortura u otros tratos o penas inhumanas, crueles o degradantes. En el Anexo II de dicho Reglamento se incluye como «productos» utilizables para infligir tortura u otros tratos o penas inhumanas, crueles o degradantes, los «dispositivos portátiles para provocar descargas eléctricas incluidos entre otros picanas, escudos eléctricos, armas aturdidoras y pistolas que disparan dardos eléctricos de una tensión en circuito abierto superior a 10000 voltios».

«La electricidad habla todos los idiomas conocidos por el hombre. No es necesaria la traducción. Todos temen la electricidad y tienen razón», estas palabras pronunciadas por Dennos Kaufman, propietario de una de las empresas norteamericanas dedicadas a la fabricación de pistolas eléctricas y otros instrumentos similares, expresan con evidente descaro la relación que media entre dolor, miedo, tortura y armas de electrochoque; esa relación es lo que venden las empresas multinacionales a los gobiernos de los Estados dispuestos a mantener el control social y el orden establecido a cualquier precio.

Canarias: «una tierra única»

El Gobierno de Canarias ha llegado más lejos que nadie. Canarias es la única comunidad autónoma del Estado que ha autorizado a sus policías locales la utilización de armas de electrochoque, sentando un peligroso precedente. La Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias mediante Orden de 16 de febrero de 2001 (BOCA 28/2001, de 2 de marzo) modificada por otra posterior Orden de 17 de junio de 2002 (BOCA 88/2002, de 28 de junio) ha autorizado a los Ayuntamientos la disposición y utilización como material «básico» en el equipamiento de sus policías locales «del arma eléctrica inmovilizadora con un alcance mínimo de 2 metros» añadiendo que «se dispondrá de un elemento por cada vehículo policial que se encuentre de servicio» (artículo 3).

Resulta significativo al tiempo que preocupante el hecho constatado de que mientras que la Orden de 16 de febrero de 2001 incluía las armas eléctricas como material meramente opcional en el equipamiento policial, lo cual era en si mismo negativo, por su parte la Orden de 17 de junio de 2002 viene a modificar la anterior en el sentido de establecer que las pistolas eléctricas formen parte necesaria del material «básico» lo que supone la exigencia de que todas las policías municipales tengan que adquirir y disponer de dichos instrumentos.

Del mismo modo, resulta preocupante la ausencia de regulación en cuanto a su utilización, es decir, se autoriza su uso pero no se regula jurídicamente mediante protocolos su utilización concreta dejando «en manos» de los agentes un amplio margen de discrecionalidad que acrecienta los riesgos de uso abusivo, malos tratos y tortura. Lo cierto es que desde la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias así como desde la Academia Canaria de Seguridad se fomenta activamente el uso de las armas de electrochoque ocultando de forma deliberada las denuncias internacionales en cuanto su uso como instrumento para infligir malos tratos y tortura; se niega los efectos secundarios y riesgos para la integridad y vida de las personas que sufren las descargas; y se trasmite una imagen falsa de «eficacia» policial asociada a una mal entendida «modernidad» que encubre realmente la configuración de un modelo policial represivo, de fascismo ultraperiférico, alejado del respeto a los derechos humanos y generador de una mayor violencia social. Y así la Academia Canaria de Seguridad se dedica ha organizar con fondos públicos cursillos por las distintas islas para adiestrar a los policías en el uso de las armas de electrochoque como el desarrollado en La Palma el 26 de mayo de este año titulado «Uso y manejo del arma eléctrica».

Mientras que, por su parte, en la revista publicada por la Consejería de Presidencia «Policías de Canarias» incluyen «publirreportajes» carentes del menor rigor como el publicado en su nº 4 de enero de 2004 donde se describe con admiración las ventajas y beneficios que proporcionan a los policías las taser como instrumentos de trabajo. En dicho publirreportaje se describe la magnífica experiencia de recibir el impacto de uno de los dardos de las taser al tiempo que descarga 50000 vatios, al decir que «este tipo de arma en primer lugar ocasiona un efectos disuasorio, ya que el ruido es muy similar al que produce un arma de fuego. Este efecto sonoro provoca un momento de desconcierto inicial. De pronto, una vez recibido el impacto, la persona observa que va perdiendo el control sobre sus extremidades, cae al suelo.

De esta manera, la primera impresión que siente el que ha recibido el impacto es que le han disparado con arma de fuego»; añadiendo que «es una sensación extraña para la persona que lo recibe porque pasados varios segundos se da cuenta de que puede hablar, de que puede ver pero que, momentáneamente, no puede mover sus extremidades»; verdaderamente una experiencia única que nos hace reflexionar acerca de la suerte que tenemos de vivir aquí. En este mismo artículo se afirma sin rubor que «el arma Táser no provoca efectos secundarios de ningún tipo» al tiempo que se explica para qué supuestos está indicada su utilización como pueden ser los «casos en los que es preciso inmovilizar a una persona en concreto por el peligro que suponía para sí mismo o para los demás; en casos de personas con síndromes de demencia que se ‘atrincheran’ en un lugar determinado o en casos de intento de suicidio»(sic), lo que resulta tremendamente tranquilizador.

Probablemente no sepamos apreciar las «ventajas» de estas armas y su efecto «terapéutico» sobre quién trata de suicidarse al hacerle sentir la maravillosa experiencia de creer que lo están matando tras haber recibido un disparo con arma de fuego con pérdida de la capacidad de habla, vista y control de extremidades. Ironías al margen, la gravedad de los riesgos asociados al uso de las armas de electrochoque son evidentes y reconocidas oficialmente por el Ministerio del Interior.

Tras la muerte del agricultor Juan Martínez Galdeano el 24 de julio de 2005 en dependencias de la Guardia Civil de Roquetas, tras la brutal agresión recibida por guardias civiles donde se utilizó un bastón eléctrico, ha saltado a la opinión pública la realidad de los abusos y malos tratos en dependencias policiales. Escasos meses antes, la Dirección General de la Guardia Civil mediante escrito de 25 de febrero de 2005 manifestó a Amnistía Internacional que «oficialmente» dicho cuerpo policial no hacía uso de armas eléctricas. Posteriormente, el 26 de abril, el Ministerio del Interior confirmó oficialmente a Amnistía Internacional que «por los riesgos que entraña, el uso de estas armas por agentes encargados de hacer cumplir la ley, no se considera apropiado».  Canarias, pese a todo, sigue siendo una tierra única.    

* José M. Pérez Ventura. Abogado.